COMPONENTE BOSQUES NATIVOS Y SU BIODIVERSIDAD



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COMPONENTE BOSQUES NATIVOS Y SU BIODIVERSIDAD PROYECTO MANEJO SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS NATURALES - BIRF 7520-AR - PNUD ARG08/008 Diseño de sistema de trazabilidad de productos forestales del Parque Chaqueño: Recopilación de Antecedentes Provincias Jujuy, Salta, Tucumán y Santiago del Estero Buenos Aires, 3 de Diciembre de 2010 1

Indice Resumen Ejecutivo... 4 2 Producción de productos forestales... 4 2.1 Provincia de Santiago del Estero (en ton)... 4 2.2 Provincia de Tucumán (m3)... 6 2.3 Provincia de Salta... 7 2.4 Provincia de Jujuy... 8 2.5 Productos Forestales No Madereros... 10 3 Normativa vigente... 12 3.1 Provincia de Santiago del Estero... 12 3.2 Provincia de Tucumán... 12 3.3 Provincia de Salta... 13 3.4 Provincia de Jujuy... 13 4 Proceso administrativo... 15 4.1 Santiago del Estero... 15 4.2 Tucumán... 16 4.3 Salta... 18 4.4 Jujuy... 20 5 Proceso productivo... 21 5.1 Provincia de Santiago del Estero... 21 5.2 Provincia de Tucumán... 22 5.3 Provincia de Salta... 22 5.4 Provincia de Jujuy... 23 6 Proceso sancionatorio... 24 6.1 Provincia de Santiago del Estero... 24 2

6.2. Provincia de Tucumán... 25 6.3 Provincia de Salta... 26 6.4 Provincia de Jujuy... 27 7 Falencias de los Sistemas de ACVS... 27 7.1 Aspectos generales... 27 7.2 Control en origen... 28 7.3 Control en tránsito... 28 7.4 Control en destino... 29 8 Recomendaciones de mejora... 29 8.1 Unificación de los sistemas... 30 8.2 Informatización de los sistemas... 31 8.3 La función del mercado... 32 Anexos... 32 A.1 Referentes Provinciales... 33 Jujuy... 33 Salta... 33 Santiago del Estero... 33 Tucumán... 33 A.2 Guías Forestales... 34 A.2.1 Provincia de Santiago del Estero... 34 A.2.2 Provincia de Tucumán... 36 A.2.3 Provincia de Salta... 39 A.2.4 Provincia de Jujuy... 41 3

1 Resumen Ejecutivo Ante la creciente demanda de productos forestales de origen legal-certificado que garantice que las actividades realizadas para obtención de los mismos, contribuyan a la reducción de emisiones, deforestación y degradación de los bosques nativos (REDD) y sumado al compromiso asumido por el Componente BNB (Bosque Nativos y su Biodiversidad) se genera esta consultoría, cuyo objetivo consistió en realizar un relevamiento de los procesos de administración, control, verificación y sanción (ACVS)en las provincias de Santiago del Estero, Tucumán, Salta y Jujuy. Para cumplir con este cometido se viajó a cada una de ellas y se entrevistó a las autoridades de los organismos encargados de las ACVS. Asimismo se efectuaron reuniones con productores, asociaciones de productores, profesionales y ONG, en cada destino, con la finalidad de conocer la situación en la que se encuentra la producción forestal local. Previo a cada traslado, se busco información referida a la actividad en las mismas, incluyendo toda mención existente en los periódicos locales, y se intentó tomar contacto con todos los referentes posibles. Este informe es el resultado de toda la información recabada, tratando de reflejar las producciones locales, los sistemas en vigencia, su normativa y que organismo aplica las ACVS, las falencias y vacancias que hubiere, como así también se incluyen algunas sugerencias para mejorar o adaptar los mismos. Tiene por finalidad, suministrar los insumos necesarios para el diseño de un sistema de trazabilidad de productos forestales del Parque Chaqueño, que garantice la correcta aplicación de ACVS a las faltas que se cometan en el proceso productivo y comercial. Con la posibilidad, de que dicho sistema, sea implementado como prueba piloto y, una vez mejorado, podrá ser replicado en el futuro en otras regiones. 2 Producción de productos forestales En los datos de producción aportados a continuación, se respetaron los ítems de las estadísticas provinciales. Es preciso tener en cuenta que en tres de las cuatro provincias existen otros tipos de bosques, y, por ende, cuentan con mayor número de especies y de productos forestales. 2.1 Provincia de Santiago del Estero (ton) 4

Poste s Leña Rollos Rodrigone s Varillas Durmientes Año 2005 2006 2007 2008 2009 Total de guías 6933,00 5975,00 5933,00 5944,00 5837,00 Quebracho Colorado 38310,00 24361,00 22101,00 19010,00 12341,50 Blanco 10,00 75,00 15,00 16,00 Algarrobo blanco 47,00 189,00 113,00 Itín 1217,00 1214,00 617,00 2663,00 1962,00 Mezcla 13088,50 21905,50 47713,00 50711,00 48397,00 Campana 11315,00 7454,50 8285,00 8091,00 7150,00 Carbón 106998,00 103691,50 100372,00 99180,40 107868,30 Carbonilla 253,00 320,00 96,00 48,00 50,00 Itín 17162,00 10738,50 6348,00 5351,00 2440,50 Quebracho Blanco 2928,00 3731,50 2475,00 3596,00 1742,50 Colorado 27898,00 34140,00 26737,00 41234,90 21242,00 Algarrobo 851,00 663,00 1482,00 948,00 775,00 Varios 258,00 891,00 68,00 Itín 716,00 833,00 40,00 30,00 Algarrobo Blanco 54,00 21,00 Negro 7327,00 7633,00 4367,00 2687,00 1995,00 Vinal 20,00 97,00 62,00 13,00 25,00 Quebracho Blanco 166,00 578,00 200,50 333,00 264,50 Colorado 32,00 18,50 12,00 3,00 Itín 2,00 Algarrobo 15,00 5,00 Quebracho Colorado 540,00 5,00 141,00 363,00 271,00 Blanco 7,00 80,00 330,00 581,00 179,00 Estacone s de itín 195,00 754,00 218,00 627,00 285,00 Algarrobo 6,00 46,00 23,00 45,00 Blanco 1695,00 1792,00 1190,00 1079,00 673,50 Quebracho Maderas Colorado 4868,00 2217,00 1180,00 798,00 570,00 Varios 151,00 39,50 13,00 Aserrada 383,00 158,00 94,00 151,00 192,00 Tirantes Quebracho Blanco 59,50 51,00 55,50 100,00 Colorado 64,00 25,00 144,00 10,00 Tablas Quebracho Blanco 16,50 7,00 49,00 37,00 95,00 Colorado 41,00 10,00 20,00 26,60 79,00 Algarrobo Blanco 20,00 Negro 54,00 20,00 Costaneras 5,00 Alfajías 88,00 Fuente: Estadísticas Dirección de Bosques y Fauna 5

2.2 Provincia de Tucumán (m3) Especie 2008 2009 Pino 54918,85 12518 Eucaliptus 1331,9 140 Álamo 1340,1 650 Sauce 90 0 Nogal 497,82 24 Cedro 773,21 40,8 Laurel 59,53 0 Cebil 405,95 30 Pacará 271,71 24 Queb. Bco. Viraru 89,23 0 Tarco Tipa 108,91 16 P. Amarillo P. Blanco 72,45 Algarrobo 39,74 0 Cochucho 31,02 0 Guayacán Horco Molle 20 Queb. Colorado 270,09 10 Palo Bco. 7 0 Poste s Leña 24710,5 2980 Carbón 199,5 72 Mora Siempreverde Lanza 8,36 0 Horco Quebracho 2,7 Horco Cebil 233,7 0 Molle Lecherón 3 San Antonio Lapacho Zapallo Caspi 16,04 Gravilleas 12 20 Productos Fore stales No Maderable no hay datos estadísticos confiables 6

Fuente: Estadísticas Dirección de Flora, Fauna y Suelo 2.3 Provincia de Salta Especies Nativas (m3) 2005 2006 2007 2008 2009 Afata 774,04 1319,16 874,22 643,77 339,00 Aguay 9,46 0,00 Álamo 343,45 0,00 Algarrobo 1925,66 80,99 200,81 Algarrobo blanco 1784,52 2885,39 1995,92 2380,31 687,99 Algarrobo negro 256,91 636,98 144,05 735,73 210,99 Arca 86,50 4,90 59,42 11,12 0,00 Cebil 18908,22 18611,11 3461,08 Cebil colorado 18569,78 27595,68 349,56 439,29 0,00 Cedro 4787,24 5398,92 3057,11 4066,48 564,20 Coronillo 0,30 2,50 0,00 Chañar 35,35 3,10 11,97 0,20 0,00 Duraznillo 41,14 30,00 Espinillo 40,42 69,32 27,65 1,02 0,00 Guayacán 55,15 161,34 116,26 186,33 166,35 Guayaibil 0,41 79,90 36,39 13,24 8,91 Horco cebil 174,72 114,29 261,81 464,23 84,05 Horco quebracho 99,15 165,96 167,27 41,50 103,00 Lanza amarilla 110,96 173,08 359,47 106,09 5,13 Lanza blanca 124,50 770,61 2714,36 395,76 187,62 Lapacho 3502,13 201,31 2246,99 541,94 Lapacho amarillo 103,68 44,66 42,40 0,00 0,00 Lapacho rosado 2680,06 475,74 291,06 355,29 18,79 Laurel 770,23 787,45 0,00 20,41 9,30 Lecherón 2,10 0,00 75,12 0,00 0,00 Mistol 6,38 308,75 254,62 31,79 141,02 Molle 156,48 276,18 90,06 305,57 306,38 Mora amarilla 649,88 1602,20 587,16 174,93 146,96 Mora 374,55 38,72 Nogal 53,83 146,65 123,66 74,42 36,87 Otra s especies 1,25 74,10 13,36 0,00 0,00 Pacará 214,71 308,62 121,60 74,35 194,62 Pacay 0,30 0,00 0,00 0,00 0,00 Palo amarillo 3372,30 6329,04 6397,99 3270,91 1174,49 Palo barroso 28,12 0,00 36,19 0,00 0,00 Palo blanco 2934,55 5500,09 5057,01 3535,46 1403,14 7

Palo cruz 12,00 0,00 126,12 0,92 0,00 Palo san Antonio 2,97 0,45 0,00 0,69 0,00 Palo santo 3086,85 1258,20 5521,12 1762,51 1277,29 Pino del cerro 580,00 2468,27 0,00 25,80 588,07 Quebracho blanco 2351,36 5866,55 6940,71 7786,56 5005,07 Quebracho colorado 2793,60 4283,14 4655,87 4888,82 2129,89 Quina 828,91 21,42 8,17 Quina blanca 38,01 31,77 64,58 25,64 8,55 Quina colorada 2069,45 3096,67 1306,59 1236,55 381,24 Quita scato 14,00 0,00 3,64 1778,00 0,00 Roble 219,36 270,43 174,04 101,22 32,29 Sachapera 23,37 0,73 0,20 Sauce 70,62 571,61 0,00 0,00 0,00 Tipa blanca 390,84 915,49 563,03 539,35 283,69 Tipa colorada 71,29 839,55 104,74 148,93 133,82 Urundel 3326,25 5954,55 3589,65 3019,95 738,06 Virarú 500,47 54,31 3,35 347,61 0,00 Visco 13,15 16,80 9,70 0,00 0,00 Zapallo caspi 22,83 0,00 Carbón (ton.) 5054,30 7638,67 9141,91 4688,76 15243,48 Leña (ton.) 16014,63 31808,62 35273,61 40511,05 22764,25 poste s (u) 11961,00 68302,00 69277,64 37834,00 7840,00 poste s palo santo (u) 364,00 rodrigone s (u) 10839,88 23320,00 23942,00 13704,00 1200,00 rodrigone s palo santo (u) 18952,00 trocillos (m3) 449,00 243,21 0,00 0,00 palo bobo (u) 34850,00 0,00 0,00 0,00 suncho (u) 518000,00 2151,00 0,00 0,00 Productos Fore stales No Maderables se incluirán a partir del 2010 Fuente: Informe SIAF. Secretaría de Política Ambiental 2.4 Provincia de Jujuy (m³) Rollos Año 2005 2006 2007 2008 2009 Varios 54 157 92 Cedro 3124 3686 1680 1399 881 Quina 2136 1339 529 320 431 Nogal 497 836 178 139 134 Cebil 1082 868 380 94 214 Lapacho 233 53 114 9 22 8

Trocillos Urundel 254 150 204 2 78 Palo Blanco 517 477 45 41 35 Palo Amarillo 429 290 58 20 39 Molle 3 Mora 119 59 49 3 8 Quebracho 263 261 409 135 316 Algarrobo 83 21 20 29 Tipa 118 59 145 86 44 Guayacán 15 Pino del Cerro 30 103 27 90 Lanza 6 47 1 Arca 14 6 109 7 Palo Barroso 36 Pacará 74 47 29 Laurel 8 Virarú 3 1 10 Afata 4 20 2 Mistol 10 10 Roble 5 14 Varios 231 140 10 Cedro 482 728 1137 1048 797 Cebil 2694 2279 2199 1758 969 Quina 694 873 1423 509 604 Nogal 151 24 90 115 75 Urundel 121 268 650 740 122 Algarrobo 130 143 93 119 93 Lapacho 127 200 381 209 184 Quebracho 246 236 504 465 602 Palo Barroso 13 Palo Blanco 1508 1283 1762 1421 774 Palo Amarillo 1603 1071 1516 1284 766 Tipa 99 46 103 255 105 Lanza 179 119 464 177 60 Mora 159 193 431 62 149 Afata 42 450 452 42 Molle 7 32 33 28 Arca 6 12 70 20 27 Pino del Cerro 127 174 37 55 9

Pacará 5 54 10 14 Virarú 28 5 Pata 12 Mistol 11 Paraíso 4 Guayacán 62 Roble 15 10 Sauce 28 Cochucho 25 San Antonio 22 Chañar 19 Lecherón 2 Leñas Varias (m3) 69069 47497 53025 49375 44223 Carbón Vegetal (tn) 1401 2441 1190 912 40856 Madera Aserrada (m3) 7279 5610 6683 7596 5862 Poste s Varios (u) 528 Varillas Varias (u) 16000 Productos Fore stales No Maderables no incluidos en las estadísticas por escasa relevancia Fuente: Estadísticas Secretaría de Gestión Ambiental 2.5 Productos Forestales No Madereros Producto y Especie Año Provincia Total Alimenticios Miel de monte Harina de algarrobo blanco Chaguar Goma Brea Caña Tacuara Forrajes Algarrobo blanco Espina corona Musgos Y Líquenes Semillas para forestación Algarrobo blanco Santiago del Estero 193,27 3,27 10 180 2008 Tucumán 58,20 15 43,20 Salta 235,50 15 0,50 2 218 2007 Santiago del Estero Salta 262 4 8 250 64 10 6 48 10

2006 Santiago del Estero Salta 6 3 3 100 25 19 15 1 2 1 2005 Santiago del Estero Salta 77,28 0,2 2 60 15 0,08 322,08 1 21 240 60 0,08 Fuente: Programa Nacional de Estadística Forestal. S. A. y D. S. 11

3 Normativa vigente 3.1 Provincia de Santiago del Estero Ley Provincial 6942/09 con el Decreto 1830/08 de Orde namiento Territorial de Bosque Nativos de la Provincia de Santiago del Estero, según los términos de la Ley Nacional 26331/07. Toma en cuenta la propuesta del Consejo Provincial de Bosques y establece los elementos de zonificación, y de categorización de los bosques nativos (área roja, amarilla, verde y blanco), a la vez que determina categoría de áreas específicas y elabora el mapa OBN. Ley Provincial 6841/07 con el Decreto Reglamentario 1162/08 de Conservación y Uso de las Áreas Forestales de la Provincia de Santiago del Estero. Clasifica las áreas forestales; establece la creación del Consejo Provincial de Bosques; determina la política para áreas forestales; pauta áreas forestales especiales, áreas forestales fiscales y áreas forestales de uso múltiple, áreas de forestación y reforestación; demarca las obligaciones y pautas administrativas para las partes, reglamenta la protección de áreas forestales, y la mejora de la producción; crea el Fondo Forestal provincial y determina infracciones y sanciones. Decreto Provincial B523/51 Decreto Provincial A100/00 Resolución 310/98 DisposiciónA08/98 establece el Régimen de Guías Forestales y de Contralor de Transporte de Productos Forestales y Anexos según los términos de la Ley Nacional 13273/48. Establece requisitos previos de los interesados, medidas previas a adoptar por el guardabosque, sanciones. Estipula clases y textos de guías forestales, vigencia de las guías. Contralor-obligaciones de los transportistas, marcación de la madera. Forma de extensión de las guías y rendición de guías. Ley Provincial 5787/90 de Protección de Aéreas Naturales de Santiago del Estero. Define ambientes y áreas naturales, criterios de conservación, ordenamiento de ambientes, categorías y clasificación de áreas naturales. Ley Provincial 6381/97 de Áreas Protegidas-Reserva Provincial de Uso Múltiple. Enumera las Reservas Provinciales de uso múltiple acorde a la ley provincial 5787. 3.2 Provincia de Tucumán Ley provincial 8304/10 Ley de Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos, en cumplimiento con la Ley Nacional 26331. Establece definiciones y categorías para el OBN, así como la autoridad de aplicación; define autorizaciones, evaluación de impacto ambiental, participación ciudadana, infraccio nes y sanciones; a la vez que establece el Fondo Nacional para la Conservación de Bosques Nativos Tucumanos. Ley Provincial 6292/91 Ley de Recursos Naturales Renovables y Areas Naturales Protegidas. Clasifica los bosques, establece un régimen para bosques privados y fiscales, define los registros para el control forestal, así como impuestos, derechos de inscripción, guías forestales, derechos de fiscalización, aprovechamientos de bosques implantados, promoción de forestaciones, quema de vegetación, prevención y lucha contra incendios, transgresiones. Incluye además un capítulo sobre fauna acuática y otro sobre fauna silvestre. Establece normas para áreas naturales protegidas. Crea el Fondo Forestal Provincial. 12

Resolución 37/06 Montos de Multas, Diámetros Mínimos de Corte, Características de los Cupones, Montos de Aranceles, Tasas y Aforos. Establece los montos de multas para infracciones a la ley 6292, así como diámetros mínimos en base a tres zonas, características de los cupones o guías, y determina aranceles de inscripción y marcación y medición, establece aforos para derechos forestales de acuerdo al producto forestal. 3.3 Provincia de Salta Ley Provincial 7543/08, Decreto Provincial 2785/09 y Decreto Provincial 3676/09 Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos de la Provincia de Salta en cumplimiento de la Ley Nacional 26331. Determina categorías según criterios de zonificación, define actuación administrativa, compensaciones, régimen de adecuación al manejo ambiental sostenible, y el Sistema Provincial de Areas Protegidas (ley 7107), establece el Fondo Fiduciario Provincial de Bosque Nativos y el régimen sancionatorio. Decreto Provincial 2211/10 Procedimiento para el Análisis de Proyectos a Escala Predial. Clasifica los proyectos de uso de BN en base a la ley 7543. Establece los requisitos según superficie del predio y a partir de allí determina los requisitos legales, el informe técnico sintético o detallado según corresponda, la planilla de régimen forestal común, la declaración jurada de aptitud ambiental, y, si la autoridad considera, plan de ordenamiento predial. Decreto Provincial 1077/10 Prorroga de Régimen de Transitoriedad - Actividades Forestales. Prorroga el régimen de transitoriedad de actividades forestales establecido en la ley 7543. Decreto Provincial 2789/ 09 No Podrán Ejecutarse las Autorizaciones de Desmontes Pendientes en Tierras Ocupadas por Comunidades Aborígenes, conforme Ley Nacional 26160/06. Suspende desmontes y dispone el relevamiento técnico-jurídico-catastral de tierras ocupadas por comunidades indígenas, se considera a dichas áreas como Categoría ll (amarillo) del OBN. Ley Provincial 7070 y Decreto Provincial 3097/00 Protección del Medio Ambiente. Determina principios que regirán la política ambiental provincial como así los instrumentos para dicha tarea. Crea el Sistema Provincial de Información Ambiental, el Consejo Provincial del Medio Ambiente, los Consejos Regionales de MA, el Fondo Provincial del MA. Establece la defensa jurisdiccional del MA. Formula normas técnicas ambientales, procedimiento de evaluación de Impacto Ambiental y Social, establece permisos, concesiones y autorizaciones, normas para protección de recursos naturales y un régimen de fiscalización, control y sanciones. Resolución 128/10 Valor de Arancel por Inspección en la Tramitación de Autorizaciones de las Actividades de Desmontes. Actualiza los valores de aranceles fijados por Res. 109/05 y modificados por Res. 144/05 basados en el área total del proyecto de desmonte o aprovechamiento forestal. Resolución 490/10 Inclusión de la Especie Palo Santo (Bulnesia sarmientoi) en Apéndice II de la CITES (Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestres) 3.4 Provincia de Jujuy 13

Decreto Provincial 2187/09 Plan de Ordenamiento Territorial Adaptativo para las Áreas Boscosas de la Provincia de Jujuy según los términos de la ley 26331. Con base en la Res.82/07 aprueba el Ordenamiento Territorial Adaptativo para Areas Boscosas de Jujuy como parámetro del ordenamiento territorial. Resolución 81-SGA/09 Reglamentaria. Pautas para la Evaluación de Impacto Ambiental y para la Aprobación de Planes de Manejo Sostenible y Cambio de Uso de Suelo de las Áreas Boscosas de la Provincia de Jujuy. Reglamenta el decreto 2187/09 contiene normas técnicas, requisitos y normativas para la presentación de planes, estudios, mapas y portada común de estos. Establece el organismo de aplicación. Resolución 01-SGA/09 Régimen Provisorio de Procedimiento Administrativo para las Solicitudes de Factibilidad Ambiental de Trabajos forestales. Establece formularios de adecuación y requisitos técnicos para solicitudes de trabajos forestales. Resolución 076-DPMAyRN/04 Disposiciones de otorgamiento de guías forestales. Establece la metodología de otorgamiento y de utilización, y también la normativa respecto de infracciones y de sanciones. Resolución 072-DPMAyRN/04 Requisitos a Presentar por los Permisionarios Forestales. Determina los requisitos de inscripción de propiedades y de arrendatarios para poder iniciar expediente Decreto Provincial 676/72 Reglamentación de Aprovechamientos Forestales y Diámetros Mínimos de Corta. Modificado por Decreto Provincial 5113/78. Ordena delimitar superficies anuales de aprovechamiento por medio de picadas, diámetros mínimos de corta para cada especie, a la vez que prohíbe el aprovechamiento de roble del país y queñua, y determina que las reforestaciones de sustitución o compensación no podrán exceder los 5 años. 14

4 Proceso administrativo 4.1 Santiago del Estero Los planes productivos ingresan por mesa de entradas de la Dirección General de Bosques y Fauna, se remiten a Secretaría General, de allí son remitidos a División Registros y Prontuarios, la cual elabora un informe conforme al Legajo de la firma solicitante. Con el informe realizado se eleva al Departamento de Evaluación y Control de Proyectos, el cual analiza la documentación técnica al respecto, y lo eleva a la Subdirección General de Bosques, quien remite a la Secretaría General, para ser girado a la Dirección General de Medio Ambiente, quien realiza la Evaluación del Estudio de Impacto Ambiental. Conforme al resultado se emite el Certificado de Aptitud Ambiental, otorgado por la Secretaria de Agua, a través de una Resolución. El plan ingresa nuevamente a Mesa de Entradas, pasando a Secretaría General, siguiendo a Subdirección General de Bosques quien lo deriva al Departamento de Evaluación y Control de Proyectos, quien elaborará el informe técnico consignando la Zona donde se encuentra la propiedad en cuestión y sugiriendo tipo de trabajo a realizar, cantidad de hectáreas y productos forestales a extraer. Con el informe técnico se eleva el Plan a la Subdirección General de Bosques, quien realiza un Informe Técnico completo y detallado, se remite a la Secretaría General para evaluar la aprobación de acuerdo a las consideraciones formuladas. Esta última confecciona la resolución respectiva. El tiempo que demanda este trámite es de, aproximadamente, 15 o menos días. Resumiendo: 1. Mesa de entrada 2. Secretaria general 3. División registros y prontuarios 4. Departamentos de evaluación y control de proyectos 5. Subdirección general de bosques 6. Dirección general de medio ambiente 7. Mesa de entrada 8. Secretaría general 9. Subdirección general de bosques 10. Departamento de evaluación y control de proyectos 11. Subdirección general de bosques 15

12. Secretaría general Se emplean dos tipos de guías, para TRANSPORTE DE MADERA DE PROPIEDA PRIVADA y GUIA PARA REMOVIDO Y TRANSFERENCIA DE PRODUCTOS FORESTALES (ver anexo A.2.1). Tonelada es la unidad que se aplica. Se gestionan individualmente en los Destacamentos Forestales correspondientes que se encuentran distribuidos por toda la provincia. Las unidades expresadas en las guías son kilogramos. Costo de Guías en Vigencia. Esta provincia hace un desglose respecto a los destinos de la recaudación. Productos por Toneladas Durmientes y madera aserrada Postes Quebracho Colorado Carbón Rollos Leña media Campana Rodrigones Leña Mezcla Postes Lonjeados de Itín Aforo Reforestación Derechos de Guía Total de Retención Bosques F.O.S.I.F. A.P.I.F. O.S.P.I.F. Total 0,34 0,03 2,00 2,37 7,65 0,75 11,80 22,57 0,50 0,05 2,00 2,55 13,33 0,75 20,60 37,23 0,06 0,01 2,00 2,07 6,54 0,50 10,10 19,21 0,06 0,01 2,00 2,07 1,74 0,50 2,69 7,00 0,09 0,01 2,00 2,10 1,74 0,50 2,69 7,03 0,06 0,01 2,00 2,07 2,60 0,50 4,00 9,17 0,06 0,01 2,00 2,07 1,74 0,50 2,69 7,00 0,25 0,03 2,00 2,28 6,67 0,75 2,66 12,36 Fuente: Dirección de Bosques y Fauna 4.2 Tucumán Los planes productivos ingresan por mesa de entrada a la Dirección de Flora, Fauna y suelo, de allí pasan a la secretaría administrativa quien lo remite a dirección para su evaluación. De allí vuelve a secretaría administrativa que lo reenvía al departamento recursos naturales para su inspección. Una vez 16

efectuada vuelve a secretaría administrativa para continuar hacia la dirección donde se elabora informe técnico. Hecho esto, pasa por secretaría administrativa para seguir a servicio jurídico para evaluación de antecedentes. Finalmente pasa a secretaría administrativa que lo eleva a dirección, que con el informe final lo vuelve a la secretaría administrativa para que elabore la resolución correspondiente. Aproximadamente el trámite demora un mes. Resumiendo: 1- mesa de entrada. 2- secretaría administrativa. 3- dirección. 4- secretaría administrativa. 5- dpto. recursos naturales. 6- secretaría administrativa. 7- dirección. 8- secretaría administrativa. 9- servicio jurídico. 10- secretaría administrativa. 11- dirección. 12- secretaría administrativa para resolución. Utiliza un sol tipo de guía, con la salvedad en CLASE del producto de que se trate y en ESPECIE todo expresado en metros cúbicos (ver anexo A.2.2). Las guías se gestionan en la sede de la Dirección y tiene valides por treinta (30) días Costo de Guías en vigencia según Resol. 37/06 en concepto de aforos de acuerdo al producto forestal de que se trate: Güili, Quebracho Colorado por m3 40,00 Cedro, Lapacho por m3 8,00 Carbón por m3 4,50 Tarco, Quina por m3 6,00 Algarrobo, Nogal, Aliso, Palo Amarillo, Guatambú, Tipa Colorada, Peteribí, Mora, Guaica por m3 3,00 Pino, Eucaliptus, Álamo o cualquier otra especie implantada exótica o nativa por m3 Sin cargo Cochucho, Quebracho Blanco, Urundel, Cebil, Horco Molle por m3 2,00 Virarú, Lanza, Arca, Zapallo Caspi, Afata, Ramo, Laurel, Pacará, San Antonio, Sauce y otras especies por m3 1,50 Leña Campana por m3 3,00 Leña Mixta por m3 2,50 Varejones por unidad 0.30 17

Postes Labrados por unidad 0,30 Postes no Labrados y Rodrigones por unidad 0,20 Fuente: Res.37/06 4.3 Salta Los planes productivos que ingresan a Secretaría de Política Ambiental pasan al Programa Legal y Audiencias a los efectos de revisión de requisitos legales, allí se emite un dictamen, si cumplen o no. Luego pasan a Programa Planificación y Relevamiento y dentro de este al Laboratorio de Imágenes para categorización. Simultáneamente se solicita informe al Programa Control y Fiscalización, si el proponente tiene infracciones registradas. De Planificación y Relevamiento pasa a Unidad Ejecutora de Pueblos Originarios (solo casos de cambio de uso del suelo) para corroborar si el área es de Comunidades Aborígenes. Vuelve a Programa Legal y Audiencias, a revisión de inconvenientes sigue a Programa Planificación y Relevamiento para inspección de la zona. Luego pasa a Programa Habilitaciones para analizar información técnica presentada y compararla con lo verificado por la inspección emitiendo, informe técnico si correspondiere. Si el predio es menor de 300 has, vuelve a Legales y se emite dictamen final. Si es mayor se remite a Programa Registros para verificar a los profesionales firmantes del Estudio de Impacto Ambiental y Social. Pasa a Programa Impacto Ambiental para evaluación del mismo. De allí pasa a Legales para emitir dictamen y Resolución designando Comisión Interdisciplinaria que evaluará y emitirá informe final de dicho estudio. Luego se remite al Programa Planificación y Relevamiento para inspección, y una vez realizada la misma vuelve a Comisión que evalúa si exige nueva inspección o se emite informe pudiendo prestar conformidad o realizar observaciones. Si la Comisión evaluadora se expide favorablemente, el expediente vuelve a Legales donde se dictamina llamar a Audiencia Pública, se dicta Resolución de llamado a audiencia, se publica dicho llamado en diversas publicaciones, se invita a ONG ambientalista, sociedad rural, etc. Realizada la misma, se verifican impugnaciones y se hace el dictamen final y Resolución autorizando o no la habilitación del Proyecto. Este proceso tarda aproximadamente siete (7) meses. 18

Existe la excepción contemplada en la Ley 26331/07, Ley Provincial 7543/08 y su Decreto reglamentario, en los que se determina que quedan exceptuados todos aquellos aprovechamientos realizados en superficies menores a diez (10) hectáreas que sean propiedad de comunidades indígenas o pequeños productores. Los proyectos aprobados pasan al Programa SIAF (Sistema Información Agrícola Forestal) para su registro y Rentas Provincial hace entrega de guías (25) al productor para que este las administre. Estas se rinden a las Delegaciones y de allí al SIAF donde se cotejan y controlan. Resumiendo: 1. Mesa de entradas 2. Programa Legal y Audiencias 3. Programa Planificación y Relevamiento 4. Laboratorio de Imágenes 5. Programa Control y Fiscalización 6. Unidad Ejecutora de Pueblos Originarios (solo casos de cambio de uso del suelo) 7. Programa Legal y Audiencias 8. Programa Planificación y Relevamiento para inspección 9. Programa Habilitaciones (si el predio es menor de 300 Ha, pasa a legales para dictamen final) 10. Programa Registros 11. Programa Impacto Ambiental 12. Programa Legal y Audiencias designando Comisión Interdisciplinaria 13. Programa Planificación y Relevamiento 14. Programa Legal y Audiencias para audiencia pública 15. proyectos aprobados pasan al Programa SIAF. Tiene tres tipos de guías, GUIA DE EXTRACCION (vigencia por 24 horas desde el día de su emisión), GUIA FORESTAL PARA TRANSPORTAR EXCLUSIVAMENTE CARBON VEGETAL y GUIA DE REMOVIDO DE PRODUCTOS FORESTALES (ver anexo A.2.3). Emplea metro cúbico como unidad de medida, salvo el caso del carbón en que usa tonelada. Costo de trámites y guías. Los costos de inspecciones varían de acorde al plan de que se trate. La lista de aforos se resumió en especies: Inspección de Autorizaciones Cambio de Uso de Suelo o Desmontes manuales y/o mecánicos 50,00/ha 19

Res.128/10 Aforos para Extracción y Transporte Manejo Sostenible de Bosques Nativos o Aprovechamiento Forestal Elaboración de Carbón Madera en Rollos de Palo Santo Madera en Rollos de otras especies Leña de Quebracho Otras Leñas Carbón 30,00/ha 100/horno 0,80/m3 de 0,60 a 0,25/m3 0,10/tn 0,05/tn 1,40/tn Fuente: Secretaría de Política Ambiental 4.4 Jujuy Los planes productivos se presentan ante la Secretaría de Gestión Ambiental. Para todos es requisito presentar previamente el estudio de Impacto Ambiental, el cual se evalúa en el Area de Recursos Naturales. Una vez aprobado este, puede recién entonces presentarse el Plan de Ordenamiento Predial. El que se evalúa de acuerdo al ordenamiento territorial, luego se digitaliza. A continuación viene la resolución de inclusión, la cual se publica tres veces durante cinco días, a continuación se esperan diez días para oposición, y, de no mediar ninguna oposición, se autoriza el plan. El tiempo estimado de evaluación de los planes varían entre 30 a 45 días promedio A partir de entonces, se entregan diez guías al permisionario, para que las llene acorde la producción. Al completar las mismas, debe entregar las copias para su verificación cotejando los volúmenes registrados con los cupos del plan aprobado, y, de no mediar inconvenientes, se le entrega un nuevo talonario. Resumiendo: 1. Mesa de entradas 2. Area de Recursos Naturales. Evaluación de Estudio de Impacto Ambiental 3. Mesa de Entrada 4. Area de Recursos Naturales. Evaluación multidisciplinaria de Plan de Ordenamiento Predial con inspección 5. Resolución de Inclusión. 6. Autorización del Plan Existen dos tipos de GUIA REMITO C para leña y carbón, y para rollos y trocillos. Todo expresado en metros cúbicos. Las guías tienen una validez de 24hs.Las de 20

rollos y trocillos llevan detallados los números de piezas correlativos, que fueron pintados para identificar los productos. Costo de Guías Talonario 10 guía-remito para Rollos y Trocillos 100,00 Talonario 10 guía-remito para Carbón y Leña 50,00 Fuente: Secretaría de Gestión Ambiental. 5 Proceso productivo 5.1 Provincia de Santiago del Estero La Dirección de Bosques y Fauna, dependiente del Ministerio de Producción, Recursos Naturales, Forestación y Tierras, es el organismo con competencia en la ACVS de los productos forestales que se aprovechan en la provincia. Como eje de la actual gestión, está trabajando sobre el marco regulatorio, su estructura organizativa, recursos y equipamiento, en perspectivas inmediatas y a futuro. Su accionar está focalizando preferentemente los recursos de que dispone, en el control de planes de desmonte y realizando operativos, sobre aquellos ilegales, en coordinación con fiscalía y policía provincial. Realiza programas de capacitación del personal, con el fin de mejorar su accionar, y además, está incorporando imágenes satelitales. La policía provincial es quien se encarga de los controles en ruta de transporte de productos forestales. Localizados en puestos camineros, ubicados en los límites de dicha provincia; aunque en algunas oportunidades, hace controles en rutas del interior. Según comentan los productores, el martillo, elemento que se debería emplear para la marca de trozas, ha caído prácticamente en desuso, a pesar de que por ley su aplicación continúa en vigencia. Al entrevistar al Ing. Oláis, integrante del MOCASE vc, nos describió las distintas producciones de los campesinos de su organización entre las que figuran los dulces artesanales de frutos extraídos del monte y la harina de algarrobo, y aclaró que los estaban comercializando a través de la Cooperativa Puentes del Sur. 21

5.2 Provincia de Tucumán La Dirección de Flora, Fauna y Suelo, dependiente de la Subsecretaria de Asuntos Agrarios y Alimentos, es la encargada de los ACVS en la provincia. Actualmente se encuentra en etapa de reestructuración, debido a ello se están realizando algunos cambios para mejorar los procesos. Realiza controles móviles con colaboración de Policía. Instruye y aporta datos sobre planes en ejecución a la Policía Provincial División Ecológica para realizar controles en ruta de productos forestales. Respecto del Parque Chaqueño, en esta provincia, su porcentaje de bosques es ínfimo, se lo encuentra hiperfragmentado, pudiéndoselo encontrar en isletas sueltas, y muy degradado. El resto de las áreas boscosas pertenece a Selvas Subtropicales de Montaña (Yungas), en mejor estado de conservación. Industrialmente se trabaja, mayormente, madera proveniente de otras provincias y en menor grado la originada en áreas boscosas locales. 5.3 Provincia de Salta La Secretaría de Política Ambiental, dependiente del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable es el organismo con competencia en la administración, control, verificación y sanción (ACVS) de los productos forestales. Esta provincia se encuentra bajo una medida cautelar dictada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación que suspende los desmontes y solo permite la extracción de madera en aprovechamientos forestales a productores locales. Esta particular situación ha reducido la ilegalidad considerablemente. El año pasado comenzó, este organismo, con controles utilizando casillas móviles ubicadas en distintos puntos del interior de la provincia, en colaboración con gendarmería, Sin embargo, estas tareas han quedado suspendidas hasta nuevo aviso por la actual gestión. Aparte de lo anterior, el organismo en cuestión, suele realizar operativos coordinados con Policía y Gendarmería a los predios, sobre todo para fiscalizar desmontes. Aunque, debido a la medida cautelar antes mencionada, ha bajado actividad forestal en el último tiempo. 22

En los sumarios administrativos por infracciones ambientales, determina el daño y establece que acciones se deberán realizar por parte de los infractores para corregirlas. Las Guías falsificadas y adulteradas van directamente a fiscalía por falsificación de instrumento público. Los controles en ruta son realizados por la Policía Provincial división Protección del Medio Ambiente, la cual ha sido capacitada para este fin, y es a la que se le envía copia de todas las Resoluciones. En el territorio de esta provincia conviven Parque Chaqueño y Yungas, este último con especies de mayor valor económico y además de mayor extensión, aproximadamente, las tres cuartas partes de su superficie boscosa de la provincia. 5.4 Provincia de Jujuy La Secretaría de Gestión Ambiental, dependiente de la Dirección Provincial de Políticas Ambiente y Recurso, es el organismo con competencia en la ACVS de los productos forestales en la provincia, a nivel predial. En esta provincia, los controles en ruta son realizados por un organismo diferente, la Dirección Provincial de Desarrollo Agrícola y Forestal, dependiente del Ministerio de Producción y Medio Ambiente. Este hecho genera una situación conflictiva respecto de las incumbencias de cada repartición, sumándosele el agravante de que pertenecen a distintas áreas de la gobernación. La actual gestión de la Secretaría está trabajando sobre el marco regulatorio, realizando consultas públicas con participación de los distintos actores provinciales. También se están realizando gestiones para poder incluir los controles en ruta y de esta forma mejorar la ACVS del organismo de los planes que se realizan o bien las infracciones si las hubiere. La provincia se encuentra en emergencia económica, motivo por el cual dicha secretaría se halla con escases de personal, recursos y equipamiento, por ejemplo comparten rodado el área inspecciones con otras áreas de la repartición, y esto condiciona acciones a seguir. Su accionar está focalizado en la evaluación de los distintos planes, el control de los mismos, el otorgamiento de guías, cotejar que estas últimas tengan correlación con los planes, el control de stock en canchones y aserraderos, a nivel predial por el momento. 23

En el territorio de esta provincia conviven Parque Chaqueño y Yungas, este último con especies de mayor valor económico y mayor extensión, aproximadamente el 90% de la superficie boscosa de la provincia. 6 Proceso sancionatorio En general, las sanciones son impuestas por los organismos encargados de las ACVS, los cuales ponderan la infracción cometida por los individuos y de acuerdo a las características de la misma, realizan el sumario, finalmente se impone la sanción correspondiente, y en casos puntuales el cobro de la multa correspondiente. No siempre se les obliga a los individuos a efectuar las acciones correctivas correspondientes. Las infracciones menores como transporte sin guía, exceso de cupo, falsificación de guías, guías sin fecha o con fecha adulterada, etc. se tramitan como sumarios administrativos internos. En Salta falsificación y adulteración de guías pasa directamente a fiscalía. En lo referido a infracciones ambientales por desmontes no autorizados, en el caso de la provincia de Santiago del Estero, toma intervención fiscalía. Las otras provincias, adoptan distintas modalidades pero se tramita este tipo de infracciones como sumario administrativo interno. Todos los sumarios por infracciones son tramitados en los organismos respectivos de cada provincia siguiendo el debido proceso acorde a pautas establecidas en la normativa. 6.1 Provincia de Santiago del Estero La Dirección General de Bosques y Fauna es la encargada de determinar infracciones y sanciones que, según la ley 6841/07, establece multas en equivalente al precio promedio (consumidor final) de litro de gas oil o el equivalente al valor de las especies forestales removidas indebidamente, más el decomiso de los productos. Aprovechamientos hasta 10 ha 4000 l mayor superficie 300 l /ha adicional Desarbustado hasta 2 ha 4000 l mayor superficie 1500 l/ha adicional 24

Desmonte s hasta 1ha 4000 l mayor superficie 3000 l/ha adicional Transporte sin documentación Comercio de productos generados en áreas en infracción 4000 l 4000 l Un hecho policial que fue publicado en los diarios locales, llamó la atención de esta consultoría, es que hubo un atentado en el domicilio del Director Ing. Publio Araujo por causas desconocidas. 6.2. Provincia de Tucumán La Dirección de Flora, Fauna Silvestre y Suelos está facultada por res. 37/06 para fijar multas por infracciones en tantas veces el monto fijado para el mayor aforo por extracción de productos y/o subproductos forestales en la provincia, establece que las multas por infracciones son: Intervención con eliminación de cubierta vegetal Adicional (veces x ha) Superficie Limpieza, Tala rasa (ha) acondicionamiento Raleo de sitios y otros Desmonte s 1-10 3 3 3 10 vece s 11-50 5 5 5 51-250 10 10 10 2500 veces Mayor 250 Iniciar trabajos en áreas fiscales, parque s, reserva s o zonas prohibidas Falta de Delimitación de superficie permisionada No ajustarse a diámetros mínimos de corta Despachar productos sin cupone s, sin marcas y sin fecha de despacho Facilitar o prestar cupone s a terceros Cupone s adulterados y/o sin fecha de transporte, con fecha vencida o adulterada. Sin datos del vehículo de transporte Omitir declaraciones juradas o falsear las mismas Arrancar, lesionar árboles y otra s especie s vegetales sin autorización Encender fuego en interior de Bosque s y/o pa stizales y/o cordone s Introducir ganado en bosque s y tierra s fiscales con bosques sin autorización 20 a 2500 veces 10 veces 10 a 2500 veces 10 a 100 veces 50 a 100 veces 10 a 500 veces 10 a 500 veces 10 a 2500 veces 100 2500 veces 100 2500 veces 25

Transportar productos o subproductos fore stales sin cupone s, sin marca s y/o adulteradas No estar inscripto o reinscrito en registros previstos en ley 6292 Adquirir productos fore stales sin cupón corre spondiente Desobedecer órdenes impartidas por la autoridad forestal Enviar más productos que lo amparados por cupone s o productos distintos a los cupone s Transportar productos de Tucumán con cupone s de otra s provincias o viceversa Cortar en época de veda Toda transgresión al plan aprobado 100 a 500 veces 10 20 veces 10 500 veces 10 a 200 veces 10 a 500 veces 10 a500 veces 100 a 2500 veces 100 a 2500 veces 6.3 Provincia de Salta La Secretaría de Política Ambiental es la autoridad competente para aplicar sanciones a los infractores de la ley 7070/00 y su decreto reglamentario. Dicho organismo deberá evaluar el daño ambiental ocasionado y en base a este aplicar las sanciones administrativas con sus respectivas multas cuyo valor está basado en litros de nafta especial sin plomo y es periódicamente actualizado por resolución de la autoridad de aplicación. Muy leve: Apercibimiento administrativo formal Retención Leve Decomiso: La reglamentación preverá el destino a dar a los bienes decomisados que no fueren objetos de destrucción o desnaturalización Daño ambiental Grave Muy grave Gravísimo Sanciones administrativa s Destrucción y desnaturalización Clausura: Si fuera preventiva, por un plazo máximo de 60 días prorrogable por otro tanto. Suspensión o cancelación de: Licencias, permisos, concesiones, inscripciones en el registro o estímulos acordados; según fuere el caso. Multa: De 100 litros de nafta especial sin plomo y un máximo equivalente al monto de 100.000 litros de ese combustible. 26

6.4 Provincia de Jujuy En Jujuy, es la Secretaría de Gestión Ambiental quien se encarga de sancionar las infracciones cometidas según la res. 76/04 y el decreto 676/72 con multas basadas en el valor comercial del producto forestal en cuestión y decomiso de los productos forestales. Incumplimiento de normas en aprovechamientos Transporte sin guía, con guía vencida, con guía adulterada, con guía sin fecha, con guía incompleta Transporte sin marcación de madera Comprar o poseer productos fore stales sin guía y/o sin marcación Monto igual al valor comercial de aprovechamiento de las especies más 100% Son pasibles el despachante como el transporte y su monto igual al valor comercial del producto transportado Monto igual al valor comercial al producto en infracción 7 Falencias de los Sistemas de ACVS 7.1 Aspectos generales A grandes rasgos, puede decirse que los organismos están desbordados en su accionar, pudiendo aducirse que hay falta de recursos humanos y materiales en relación con los objetivos y la dimensión de la tarea. El modo de enfrentar esta problemática en la actualidad, se basa en dirigir dichos elementos hacia los problemas que consideran de mayor envergadura, como por ejemplo los desmontes, descuidando de esta manera al resto de otros ilícitos que se suceden. Son generadas así situaciones contradictorias entre las normas, los procedimientos y las prácticas regulares. Los actuales ACVS están enfocados en dos puntos básicos. Por un lado, a control en ruta de los productos forestales en tránsito, particularmente en los fronterizos donde interviene la Policía y algunas veces con colaboración del organismo pertinente; y por otro lado, a operativos por desmontes no autorizados en coordinación con Policía y, en algunas provincias, interviene fiscalía. Por lo antedicho se deduce que se registra solo una porción de lo efectivamente extraído o producido, y el resto, en general de mayor proporción, se extrae sin su respectiva documentación, por lo tanto, ilegalmente. 27

Con respecto a la seguridad de las guías, las provincias ponen énfasis en aplicar diferentes marcas de seguridad, pero dichas medidas solo se aplican a nivel provincial y además, no se dispone actualmente, de medios para controlar los datos consignados en el papel. Las unidades de medida que se utilizan en las guías son el metro cúbico o el kilogramo según el producto de que se trate, salvo el caso de Santiago que utiliza el kilogramo para todos los productos forestales. 7.2 Control en origen Se realizan inspecciones a los campos para la aprobación de los planes, en las que se deslinda el área de corta. Pero, durante el aprovechamiento, dichas inspecciones se hacen espaciadas, con falta de continuidad, o incluso dejan de hacerse justificándose en la falta de disponibilidad de personal y materiales antes mencionada. La marcación de productos en general no se lleva a cabo. En algunas provincias utilizan sistemas de marcación ya sea por trozas numeradas pintadas a mano, pero mayormente en especies no pertenecientes a Parque Chaqueño. El martillo, aunque por ley debería aplicarse, en la práctica se puede decir que está en desuso. La demarcación del área de corta muchas veces no se concreta, y esto se ve agravado con el hecho de los problemas de tenencia de la tierra existentes. 7.3 Control en tránsito Se realiza en base a la guía forestal, emitida por el organismo pertinente y administrado según la provincia. Se efectúa principalmente en puestos fronterizos y por parte de la Policía provincial. El control es llevado a cabo únicamente para productos originarios de la misma provincia, y no de otras, ya que en la actualidad cada provincia cuenta con su guía y capacita a su policía para el control las mismas. Estos controles dependen, pura y exclusivamente, de la capacitación y pericia del agente actuante, pues en base a la guía como único elemento, este individuo debe determinar la existencia o no de infracción. Agregado al hecho de que en estos puestos no tienen como única función dichos controles, es fácil advertir que este 28

acontecimiento facilita las prácticas ilegales como sería, por ejemplo, el reiterado uso de una misma guía. Ocasionalmente, la policía local hace controles en el interior de las provincias, en los cuales se han detectado infracciones sobre todo de circulación sin guía, pero estos controles son aislados, hechos al azar, y sin continuidad. Salta y Tucumán implementaron controles móviles en ruta mediante sus respectivos organismos con colaboración de la Policía o Gendarmería. En el caso de Salta los mismos están suspendidos hasta nuevo aviso por la actual gestión. 7.4 Control en destino Respecto a este tipo de controles, prácticamente es muy poco lo que se hace. Se realizan verificaciones indirectas o conciliaciones, se cotejan los cubicajes o volúmenes de lo ingresado con lo egresado, considerándose un porcentaje de merma de los mismos según las respectivas guías. Este procedimiento se realiza en las sedes de los organismos, está limitado a cada jurisdicción y se focaliza en los productos industrializados provenientes de la misma provincia, no incluyéndose los productos que se industrializan de otras provincias. No se practican verificaciones de existencias in situ. Como tampoco verificaciones, ni inspecciones fuera del territorio provincial ya sea por cuenta propia o por terceros. 8 Recomendaciones de mejora Lo primero que se debe hacer es reforzar los controles así como fomentar el manejo sustentable a largo plazo, con medidas concretas y no limitadas como las actualmente en vigencia. También tomarse en cuenta experiencias piloto o bien realizar nuevas, que puedan servir como referencia de sustentabilidad, sobre todo en los sistemas silvopastoriles, ya que hoy en día tenemos opiniones encontradas y que generan confusión. Sería interesante que las infracciones ambientales se judicialicen en todas las provincias en forma unificada, inclusive algunas infracciones menores, actualmente pasadas por alto, dado que de alguna forma todas son delitos. De 29

esta forma no quedaría limitado al accionar de un organismo y cobraría mayor relevancia todo aquel acto ilícito. Debemos considerar que en la actualidad la mayoría de los productos forestales, proviene de desmontes, además de que las especies de esta región, no presentan grandes diámetros, como así también que su valor comercial no es de los de mayor relevancia, todo esto conjugado se deberá tener en cuenta para no caer en un sistema de trazabilidad que sea inviable por no poder dejar marca en el lugar de extracción, y que además, por su alto costo sea inaplicable. Es por eso que considero conveniente aplicar un sistema de certificación volumétrica que uno por individuos, aunque en el caso de las Yungas el sistema por individuos es recomendable por diámetros, valuación de los productos obtenidos y que además los sistemas de corta que se aplican dejan elementos donde es posible la marcación de origen. Una certificación volumétrica podría llegar a aplicarse perfectamente para casos de cambio de uso de la tierra en donde no es posible realizar marcaciones in situ, además de la posibilidad de que podría llegar a aplicarse sobre trazabilidad de carbón producido con leña proveniente de desmontes. Un problema que deberá clarificarse es lo respectivo a la tenencia de la tierra, ya que debido a esto, no pueden delimitarse fehacientemente los predios. Favoreciéndose de esta manera la generación de ilícitos y limitándose las ACVS al no tener claro sobre que individuos accionar. Sería conveniente reducir la vigencia de las guías de transporte, dado que actualmente los productos no superan la semana para llegar a destino, y esto reduciría o bien imposibilitaría la reutilización de las mismas como práctica ilegal corriente. Hay que implementar en todas las jurisdicciones, los procesos y acciones comunes a ejercer sobre ilícitos producidos en y de otras provincias, de modo tal que no se generen problemas de competencia. 8.1 Unificación de los sistemas La unificación de las guías para las provincias del Parque Chaqueño constituye un paso más que interesante, pues amplía la posibilidad de control al permitir detectar un ilícito durante el paso por otra provincia con la consiguiente multiplicación de puestos. Además de que, teniendo requisitos comunes a todas las provincias para 30

el otorgamiento, no darían lugar a extracción de productos con guías de provincias lindantes. Las bases de datos provinciales deberán tener un formato común a todas y contemplar todos los productos forestales que se obtienen por especie. Las mismas deberán actualizarse corrientemente, estar disponible y ser fácil de acceder para todos los agentes intervinientes en los distintos procesos, de otro modo, todo lo antedicho pierde sentido. Debería aportar información lo más clara posible, ya que a ella accederán distintos individuos, con diferentes niveles educativos, que son los que intervendrán en las distintas ACVS. Se tendrá que generar una red integrada para que las infracciones que se sucedan dentro y fuera del territorio provincial sean elevadas al organismo que será el encargado de las actuaciones que pudieran corresponder. Por otra parte, si todas las guías llevaran el peso del producto se simplificaría la tarea del control en tránsito por parte de la Policía, es un hecho que es más fácil de comprobar el peso con una balanza que cubicar una carga. Además de que muchos puestos fronterizos ya cuentan con balanza para controles de exceso de carga por parte de Vialidad. Todas las provincias deberían aplicar el geoposicionamiento al control predial con una determinada continuidad y, de esta forma, realizar un seguimiento que incluya visitas a los predios con una cierta periodicidad. De esta forma controlar el cumplimiento o no de los planes, como así también verificar la existencia de alteraciones de los mismos. Sería interesante implementar más controles en destino, e incorporar aquellos que se encuentran fuera del Parque Chaqueño, los cuales actualmente no están contemplados. 8.2 Informatización de los sistemas Uno de los grandes obstáculos es el bajo nivel de informatización con que se cuenta. Esto afecta todas las etapas de los ACVS y a la administración en general de los organismos provinciales. La información que manejan las provincias actualmente, como podemos observar en las estadísticas, no es común a todas, pues como vemos unas contemplan los productos elaborados empleando tonelada por producto y por especie; mientras que otras solo especies y emplean metro cúbico, unidades y tonelada de acuerdo 31