LINEAMIENTOS PARA IMPLEMENTAR PROGRAMAS DE EDUCACION PARA JOVENES Y ADULTOS.



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Transcripción:

LINEAMIENTOS PARA IMPLEMENTAR PROGRAMAS DE EDUCACION PARA JOVENES Y ADULTOS. Para la implementación de programas de alfabetización y educación básica y media de jóvenes y adultos, se debe tener en cuenta lo establecido en el Decreto 3011 de 1997, así como, la Directiva 14 de julio 8 de 2004 y la circular 007 de abril de 2008, con las cuales se dan orientaciones sobre los procedimientos, de carácter administrativo y financiero, para garantizar la atención educativa de los jóvenes y adultos del país. De acuerdo con las anteriores normas, les corresponde a las Secretarias de Educación de las Entidades Territoriales Certificadas ETC; organizar y promover la atención educativa para población mayor de 13 años y adultos iletrados. El Ministerio de Educación Nacional promueve desde el 2003 el Programa Nacional de Alfabetización y Educación Básica para Jóvenes y Adultos Iletrados; este proceso se adelanta en cooperación con las entidades territoriales que presentan altas tasas de analfabetismo. El objetivo del Programa Nacional de Alfabetización de Jóvenes y Adultos es apoyar a las entidades territoriales certificadas en el proceso de formación del joven y el adulto iletrado en competencias básicas del lenguaje, matemáticas, ciencias sociales y naturales, y competencias ciudadanas, integrando de manera flexible las áreas del conocimiento y la formación establecidas en el Ciclo Lectivo Especial Integrado, CLEI 1 de educación de adultos. La ETC pueden contratar, con recursos del Sistema General de Participaciones - SGP, a operadores de modelos particulares que hayan sido revisados y conceptuados por el MEN, que cuenten con la capacidad para implementar Programas de Alfabetización y Educación Básica y Media para Jóvenes y Adultos, con cobertura nacional, materiales educativos propios, estructura pedagógica, administrativa y operativa demostrada para la escolarización de dicha población. Por otra parte es importante que la Entidad Territorial, tenga en cuenta los siguientes aspectos: Un modelo educativo es considerado como, un conjunto de estrategias estructuradas para atender con calidad y pertinencia las demandas educativas específicas de una población objetivo. Tiene explícito sus principios pedagógicos, metodológicos, procesos de gestión y administración, que responden a los estándares y competencias definidos por el MEN para los ciclos educativos, cuenta con materiales propios (guías, biblioteca, laboratorios, etc.) y con un proceso de capacitación y seguimiento, con los cuales logra que tanto los docentes que los implementan, como los estudiantes se apropien de sus objetivos. Institucionalización: El Programa se desarrolla en las Instituciones Educativas y se articula con los Proyectos Educativos Institucionales PEI. La matrícula se reporta a

través de los sistemas de información así como en los reportes existentes a nivel regional y nacional. La certificación de los estudiantes está a cargo de la institución. Formación en competencias: Los programas curriculares para la alfabetización y la educación básica de jóvenes y adultos ejecutados a través de los modelos se basarán en los estándares básicos de calidad en las áreas de lenguaje, matemáticas, ciencias naturales, ciencias sociales y competencias. Docentes profesionales: el programa será atendido con docentes de planta que presten sus servicios en las IE en las cuales se implementará el programa de educación de adultos. Sus currículos son flexibles, permitiendo ajustes según el nivel de conocimientos y destrezas alcanzados por los estudiantes, respetando los diferentes ritmos del aprendizaje y teniendo en cuenta los saberes, conocimientos, prácticas, destrezas y habilidades previamente adquiridas por las personas en el transcurso de la vida. Los materiales de trabajo se diseñan con temas, contenidos e ilustraciones ajustados a la realidad de los adultos, facilitando su empleo por fuera del aula, de manera auto didáctica. Los modelos a implementar bajo esta estrategia deben ser revisados y conceptuados por la Dirección de Calidad del Ministerio de Educación Nacional. Si la ETC considera que, tiene conocimiento de un modelo que cumple con lo indicado en este comunicado, debe remitir la propuesta pedagógica, metodológica, administrativa y operativa, junto con los materiales educativos; para que sea revisado por la Dirección de Calidad de este Ministerio y haga parte del portafolio de modelos pertinentes para adultos. Una vez realizado este procedimiento, la Entidad Territorial podrá contratar al operador e iniciar la atención educativa a los jóvenes y adultos, esta contratación deberá contemplar la capacitación, seguimiento y evaluación a los docentes, los materiales educativos y la remuneración a los tutores por las horas laboradas; garantizando que los estudiantes sean reportados oportunamente en la matricula oficial de la ET. El MEN reconoce a las ETC los recursos por la atención de esta población a través del SGP, una vez verificado que los estudiantes beneficiarios del programa hayan sido matriculados en las Instituciones Educativas Oficiales. El siguiente formato pretende orientar los aspectos que serán evaluados por parte de la Subdirección de Estándares y Evaluación.

Los siguientes formatos dan cuenta de la estructura Operativa y administrativa de los modelos, propuestos por la Subdirección de Acceso.