FORMACIÓN DE LA ENFERMERÍA ESPECIALIZADA EN ESPAÑA. SISTEMA DE DOCENCIA Autoras: María Teresa Rivas Cas-llo Zoraida de la Rosa Várez María del Valle Sánchez
Preguntas que intentamos responder: Cómo hacer más eficientes los procesos forma-vos? Cómo salvar la distancia entre formación y prác-ca? Qué papel deben jugar las administraciones públicas y los sistemas sanitarios en la formación?
OBJETIVO: Revisar la actual ordenanza y sistema de docencia de las especialidades de enfermería en España. PALABRAS CLAVE: Especialidades enfermería, docencia, formación, inves-gación, especialización
CONTEXTO Y DESCRIPCIÓN DEL PROBLEMA: La constante evolución que en los úl-mos años han experimentado: los conocimientos cienqficos, los medios técnicos y el propio sistema sanitario, así como la modificación de los patrones epidemiológicos la evolución de la pirámide de población y las necesidades de atención y cuidados especializados que demandan los pacientes y los usuarios del Sistema Nacional de Salud Se aconseja la revisión de todas las ordenanzas desde el del Real Decreto 992/1987, de 3 de julio, por el que se regula la obtención del Qtulo de Enfermero Especialista, hasta Real Decreto 183/2008 donde regula la formación, organización, supervisión, evaluación y acreditación de unidades docentes mul-profesionales.
METODOLOGÍA: Búsqueda bibliográfica en las bases del BoleQn Oficial del Estado teniendo como referencia el tema de nuestro trabajo: la formación y el sistema de docencia de la enfermería especializada en España. La búsqueda de documentos se remonta desde los inicios de las bases de datos hasta la actualidad. El idioma de la búsqueda se hace en idioma español.
RESULTADOS: Encontramos que ya en Real Decreto 450/2005, de 22 de abril, sobre especialidades de Enfermería se aprueban las siguientes especialidades: Enfermería Obstétrico- Ginecológica (Matrona). Enfermería de Salud Mental. Enfermería Geriátrica. Enfermería del Trabajo. Enfermería de Cuidados Médico- Quirúrgicos. Enfermería Familiar y Comunitaria. Enfermería Pediátrica.
RESULTADOS (Con]nuación): Posteriormente las especialidades que actualmente están vigentes (todas excepto Enfermería de Cuidados Médico- Quirúrgicos), se regulan por diferentes órdenes ministeriales siendo así las siguientes: Orden SAS/1730/2010, de 17 de junio, por la que se aprueba y publica el programa forma-vo de la especialidad de Enfermería Pediátrica. Orden SAS/1729/2010, de 17 de junio, por la que se aprueba y publica el programa forma-vo de la especialidad de Enfermería Familiar y Comunitaria. Orden SAS/1348/2009, de 6 de mayo, por la que se aprueba y publica el programa forma-vo de la especialidad de Enfermería del Trabajo. Orden SAS/3225/2009, de 13 de noviembre, por la que se aprueba y publica el programa forma-vo de la especialidad de Enfermería Geriátrica. Orden SAS/1349/2009, de 6 de mayo, por la que se aprueba y publica el programa forma-vo de la especialidad de Enfermería Obstétrico- Ginecológica (Matrona).
RESULTADOS (Con]nuación): El programa cons-tuye un paso importante en el modelo de desarrollo de la profesión enfermera diseñado por la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias. Las órdenes ministeriales que rigen el modelo de formación se ha establecido para cada especialidad entre el año 2009 y 2010 (ha falta del desarrollo de la especialidad de Enfermería de Cuidados Médico- Quirúrgicos). Este modelo forma-vo ha de implantarse de forma progresiva y llevarse a cabo teniendo en cuenta: las pautas contenidas en la disposición adicional tercera del mencionado Real Decreto, las caracterís-cas propias de cada Servicio de Salud así como las competencias que corresponden a las comunidades autónomas en materia de planificación, organización y ges-ón de recursos humanos.
RESULTADOS (Con]nuación): Para obtener el Qtulo de la especialidad, las enfermeras residentes cumplirán el programa forma-vo de la misma en unidades docentes mul]profesionales, acreditadas para la formación que cumplan los requisitos generales de acreditación aprobados al efecto.
DISCUSION: La nueva regulación de las especialidades de Enfermería ha de tener en cuenta no sólo las recomendaciones que, en este ámbito, se han producido en la Unión Europea. Además deben tenerse en cuenta las previsiones cons-tucionales rela-vas a la protección de la salud de los ciudadanos y las competencias que, en materia de asistencia sanitaria, -enen atribuidas las comunidades autónomas. Todo ello lleva al establecimiento de un sistema de especialización cuyo desarrollo ha de producirse dentro del modelo del Espacio Europeo de Educación Superior surgido de la Declaración de Bolonia, y cuyo nuevo catálogo de especialidades ha de responder al obje-vo de proporcionar una mejor atención sanitaria a los ciudadanos.
GRACIAS POR VUESTRA ATENCIÓN