INVITACIÓN A LICITACIÓN



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Transcripción:

INVITACIÓN A LICITACIÓN Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia Teléfono: 56 2 422 88 00 Oficina para Chile Fax: 56 2 422 88 88 Av. Isidora Goyenechea 3322, Las Condes www.unicef.org Santiago, Chile Santiago, 27 de Enero de 2015 Estimados señores: Por medio de la presente, la Oficina de UNICEF para Chile, tiene el agrado de invitarles a participar en la licitación para la prestación de Servicios de Tercerización de Personal, según los términos de referencia que se adjuntan. Agradeceremos indicar su interés en presentar una propuesta a la señora Roxana Millas, rmillas@unicef.org. Reciban ustedes un cordial saludo, Isabel M. Hurtado Operaciones UNICEF Chile

I. TERMINOS DE REFERENCIA SERVICIOS DE TERCERIZACIÓN DE PERSONAL Proporcionar los servicios de subcontratación para 15 puestos para la Oficina de UNICEF en Santiago, Chile, todos con jornada de 35 horas semanales. II. ESPECIFICACIONES DEL SERVICIO La empresa debe comprometerse a prestar a UNICEF los siguientes servicios: Contratación del personal. Reemplazo del personal en caso de licencia médica o maternal. Reemplazo del personal en caso de vacaciones. Incorporación de todo el personal subcontratado al Instituto de Seguridad de Trabajo (I.S.T.) Pago electrónico de remuneraciones y anticipos. La modalidad de contrato del personal será fijada en conjunto con UNICEF. La fecha de pago de remuneraciones corresponderá al último día hábil de cada mes, con posibilidad de un anticipo el día 15. La facturación dentro de los primeros diez días hábiles del mes siguiente al mes en que se prestaron los servicios, por un monto que detalla la renta bruta, ley de accidentes, seguro de cesantía, provisiones de vacaciones y años de servicio, como cualquier otra obligación laboral que corresponda según la ley laboral vigente del personal subcontratado, más la comisión correspondiente al contratista, incluyendo bonos o descuentos adicionales. La calificación de la idoneidad del personal proporcionado por la empresa estará entregada al exclusivo criterio de UNICEF, debiendo la empresa reemplazar a quien sea objetado, sin expresión de causa. III. PRESENTACIÓN DE PROPUESTA ECONÓMICA UNICEF proporcionará a las empresas que indiquen su interés en participar, los nombres y montos de los sueldos base de los puestos a subcontratar, para la preparación de la propuesta económica. La propuesta económica debe incluir el desglose del costo total por mes, en los siguientes conceptos: Cargo N de Días Sueldo Base Bonos Gratificaciones Sueldo Imponible Colación ($3000 diarios) Transporte ($1350 diarios) Total Haberes Cotización Accidentes del Trabajo (IST/ACHS) Seguro de Desempleo Comisión Empresa Tercerizadora Provisión por Indemnización Provisión Vacaciones Total Factura

Sólo se aceptarán propuestas económicas en pesos chilenos. Se debe incluir en la propuesta todos los beneficios adicionales que se puedan presentar. Se solicita además incluir en la propuesta los antecedentes generales de la empresa, la estrategia de trabajo, las condiciones generales de la contratación y la modalidad de facturación. IV. PRESENTACIÓN DE OFERTAS Contenido: Se deberá enviar dentro de un sobre cotización impresa y firmada, detallando las características y valores del servicio. Validez: La propuesta deberá ser válida durante 30 días hábiles. No se considerarán propuestas con menor validez. Formato: Las ofertas deberán ser entregadas en sobre cerrado, rotulados como sigue: Propuesta para UNICEF: LICITACIÓN SERVICIO DE TERCERIZACIÓN DE PERSONAL UNICEF SANTIAGO A: UNICEF Sección Operaciones Attn: Isabel Hurtado Isidora Goyenechea 3322, Las Condes, Santiago, Chile De: (Nombre de la empresa) Etapas y plazos: - Fecha de convocatoria: 27 de enero de 2015 - Fecha de cierre de recepción de propuestas: 20 de febrero de 2015 a las 12:00 horas. - Fecha adjudicación de propuesta: 20 de marzo de 2015 - Fecha de inicio del contrato: 1 de abril de 2015 - Fecha de término del contrato: 31 de marzo de 2017 UNICEF se reserva el derecho de declarar desierta esta licitación.

V. CRITERIOS DE EVALUACIÓN PARA LA SELECCIÓN CRITERIO Sub-aspecto a evaluar Ponderación Ponderación Total Propuesta Económica Valor de la oferta presentada 60% 60% Presentación de la empresa Antecedentes generales de la empresa, la estrategia de trabajo, las condiciones generales de la contratación y la modalidad de facturación 30% 40% Beneficios adicionales para el personal 10% subcontratado Total Puntaje 100% VI. CONTRATO Y PAGOS - UNICEF seleccionará a la empresa tercerizadora de entre varias propuestas, y se reserva el derecho de declarar desierta la asignación de este contrato. - Luego de aceptada la propuesta presentada, UNICEF emitirá un contrato de con la empresa por el monto establecido en el propuesta, pagadero mensualmente según se indica arriba. Se anexan las condiciones del servicio, aplicables a este contrato. - El monto establecido como comisión de la empresa tercerizadora no podrá ser modificado posteriormente, y el pago se realizará contra factura. - Los pagos se realizarán contra entrega de una planilla mensual detallando los costos de cada puesto tal como se indica arriba, y acreditando a UNICEF el pago de todas las obligaciones previsionales y tributarias del personal subcontratado. VII. COMUNICACIONES Consultas Técnicas: Enviar por email a: rmillas@unicef.org

ANEXO 1: CONDICIONES DEL SERVICIO 1. CONDICION JURIDICA Se considera que el contratista tiene la misma condición jurídica que un contratista independiente. Sus agentes o empleados no se consideran empleados de Naciones Unidas. 2. OBLIGACIONES El consultor se abstendrá de aceptar instrucciones, respecto a sus deberes con el UNICEF, de ningún gobierno o autoridad ajena al UNICEF. El contratista evitará cualquier acción que pueda afectar adversamente al UNICEF y cumplirá sus compromisos teniendo presente en todo momento los intereses de UNICEF. El contratista además, no podrá utilizar el nombre, emblema o sello oficial de Naciones Unidas o UNICEF, ni abreviación del nombre de Naciones Unidas o UNICEF, en conexión con su trabajo o para cualquier otra actividad. Los contratistas se abstendrán de transmitir a ninguna otra persona, gobierno o autoridad externa a Naciones Unidas o UNICEF cualquier información que posean como resultado de su asociación con UNICEF que no haya sido publicada, excepto en el transcurso de sus deberes o mediante autorización previa del Director Ejecutivo de UNICEF o la persona que designe, ni utilizarán en ningún momento tal información para beneficio propio. Estas obligaciones no cesan al terminar su acuerdo con las Naciones Unidas o UNICEF. 3. DERECHOS DE AUTOR a. El UNICEF ejercerá todos los derechos de propiedad, tales como, derechos de autor, patentes y marcas registradas, sobre materias que tenga relación directa con, o se derive de labor desempeñada mediante un contrato con UNICEF. A solicitud de UNICEF, el contratista colaborará en proporcionar estos derechos de autor y los transferirá a la Organización en cumplimiento con los requerimientos de la ley respectiva. A requerimiento de UNICEF, el contratista tomará las medidas necesarias, ejecutará todos los documentos necesarios y en general, asistirá en asegurar los derechos de autor y los transferirá a la Organización en cumplimiento con los requisitos de la ley correspondiente. b. Los títulos de dominio de cualquier equipo y suministros que puedan ser proporcionados por UNICEF seguirán siendo propiedad de UNICEF y cualquier equipo será devuelto a la Organización al finalizar este contrato o cuando ya no le sea necesario al contratista. Este equipo, cuando sea devuelto a UNICEF estará en las mismas condiciones que cuando fue entregado al contratista, sujeto al desgaste normal. 4. RESCISION DEL CONTRATO Este contrato puede ser rescindido por cualquiera de las partes antes de su fecha de vencimiento del contrato dando aviso por escrito a la parte contraria. El período de aviso no será menor de 5 (cinco) días en el caso de contratos por un período total de menos de dos meses, y 14 (catorce) días en el caso de contratos de mayor plazo. En el caso de una rescisión anticipada, se podrá indemnizar al contratista mediante el prorrateo del volumen real de trabajo terminado a satisfacción del UNICEF. Los costos adicionales incurridos por UNICEF que resulten de la rescisión anticipada del contrato iniciada por el contratista o por el hecho que el consultor no haya podido terminar el servicio en forma satisfactoria se podrán deducir de cualquier suma adeudada al contratista que provenga de UNICEF. 5. ASIGNACION DE PERSONAL El contratista no asignará ninguna persona que no sea aceptada por UNICEF para el trabajo a realizar bajo este contrato. 6. INDEMNIZACION Y SEGURO a. El contratista indemnizará, protegerá y defenderá a sus propias expensas a UNICEF y sus oficiales, y sus agentes y empleados de y contra todo juicio, reclamo, demanda y responsabilidad de cualquier naturaleza o tipo, incluyendo costos y gastos que surjan de actos y omisiones del contratista o sus empleados en el cumplimiento de este contrato. b. El contratista proveerá y después mantendrá durante la duración de este contrato y cualquier extensión de éste, los correspondientes seguros de compensación de sus trabajadores, y deberá mostrar pruebas de ello a UNICEF. 7. PRIVILEGIOS E INMUNIDADES DE NACIONES UNIDAS Nada en lo relacionado a este contrato será considerado como renuncia a su derecho a los privilegios e inmunidades de Naciones Unidas. 8. ARBITRAJE Cualquier controversia o reclamo que surja de este contrato o en relación con este contrato o de cualquier parte o incumplimiento suyo, que no sea superada a través de negociación directa, será negociada de acuerdo a los reglamentos de arbitraje de UNCITRAL que estén vigentes. Las partes se regirán por cualquier adjudicación entregada como resultado de este arbitraje como adjudicación final de tal controversia o reclamo. 9. ENMIENDAS Y TAREAS No se efectuará ningún cambio o modificación a este contrato excepto a través de un acuerdo escrito entre UNICEF y el contratista. El contratista no podrá asignar, transferir, comprometer, subcontratar o tomar alguna otra disposición de este contrato o cualquier parte de el, o de cualquiera de los derechos, reclamos u obligaciones del contratista, bajo este contrato, a menos que exista un consentimiento previo por escrito con UNICEF. 10. OFICIALES DE UNICEF El contratista deja constancia y garantiza que ningún oficial de UNICEF o Naciones Unidas ha tenido, tiene o tendrá alguno beneficio directo o indirecto sobre la adjudicación de este contrato. El contratista está de acuerdo que el incumplimiento de esta provisión significa incumplimiento de una cláusula esencial de este contrato.