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Transcripción:

Los objetivos de este curso han sido proporcionarles información de su interés sobre cómo acceder a los recursos sociosanitarios, a quién dirigirse o a qué servicios se debe acudir para poder solicitarlos, o pedir más información, etc. Definir lo qué es un recurso sociosanitario es un tanto difícil, porque en él convergen, confluyen, se unen aspectos sociales, sanitarios, educativos, etc. Delimitar lo que es de manera estanca, dejaría fuera de la definición aspectos importantes que aunque no estén relacionados directamente con los recursos sociosanitarios es necesario teners en cuenta. Desde una visión integral de la persona, es decir un enfoque biopsicosocial, podemos decir que los recursos socisanitarios son aquellos servicios, prestaciones a los que puede acceder una persona que vea limitada su funcionamiento en el día a día, afectando a su interacción con el entorno y por tanto con repercusión en su autonomía y bienestar. Estas limitaciones están causadas por un problema de salud, una discapacidad Estos recursos favorecerán que pueda alcanzar el mayor grado de autonomía posible. TAMBIÉN EXISTEN RECURSOS DESTINADOS A LOS CUIDADORES, QUE UNA DE SUS FINALIDADES ES CUIDAR AL CUIDADOR. Los recursos sociosanitarios pueden ser públicos, privados o concertados. 1

Es importante tener en cuenta: Normativa estatal y autonómica que los regula. Competencia en materia de bienestar transferidas a las CC.AA Profesional del trabajo social: profesional de referencia. Empezamos con algunas definiciones importantes: La deficiencia es la pérdida o anormalidad (no normal) de una estructura o función psicológica, fisiológica o anatómica. La deficiencia es, la falta de un órgano, estructura, función, etc La discapacidad está relacionada con la deficiencia, es la restricción (limitación) o ausencia (falta) de la capacidad para realizar algunas actividades de manera normal. La minusvalía es la desventaja social en la que se encuentra una persona en comparación a otras, de su misma edad, sexo, factores culturales y sociales, debido a su discapacidad. La dependencia es una situación permanente en la que se encuentra una persona, que debido a la edad, a la discapacidad, o tras haber sufrido una enfermedad, necesita la ayuda de otra persona para vestirse, comer, desplazarse, es decir lo que se conoce con el nombre de Actividades Básicas de la Vida Diaria. 2

Teniendo claro todo lo mencionado anteriormente, a continuación vimos cómo una persona puede acceder a los recursos sociosanitarios. Una persona puede solicitar el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía. Para ello deberá cumplimentar la solicitud Solicitud del reconocimiento de la discapacidad y ésta será enviada a la delegación territorial de Traballo e Benestar social. El Equipo de Valoración y orientación (EVO) formado por un médico, médica, psicólogo, psicóloga y trabajador social trabajadora social, evaluará a la persona e indicará en el certificado, el porcentaje del grado de discapacidad física, psíquica o sensorial que tenga la persona en ese momento. Este puede ser definitivo o temporal, en caso de ser temporal en la resolución se le indicará cuando deberá pasar una nueva revisión. Puede optar por solicitar el reconocimiento de la situación de dependencia, al igual que la situación anterior la documentación se enviará a la jefatura territorial de Traballo e Benestar. Después los órganos de valoración y asesoramiento de la dependencia, citan a la persona para ser valorada. Se hace una propuesta de Programa Individual de Atención, (PIA), dependiendo del nivel de dependencia que tenga la persona y su situación, se le informa que servicios y prestaciones económicas puede solicitar. Puede ser una resolución temporal o permanente. Indicando el grado de dependencia de la persona que son tres: 3

Grado I: Dependencia Moderada Grado II: Dependencia Severa Grado III: Gran Dependencia. Dependerá de la ayuda que necesite la persona para hacer las o ABVD (actividades básicas de la vida diaria) si la persona tiene más de 3 años. o EVE (Escala de Valoración Específica) si la persona tiene entre 0 y 3 años. Las Actividades Básicas de la Vida Diaria (ABVD) son: El cuidado personal, las actividades domésticas básicas, la movilidad esencial, reconocer personas y objetos, orientarse, ejecutar y entender órdenes o tareas sencillas (lavarse, vestirse, hacer comprar, tareas del hogar, coger el bus, etc.) La Escala de Valoración Específica (EVE): Valora la situación de dependencia de los niños y niñas con edades entre los 0 y 3 años, comparándolo con el funcionamiento esperado de otros niños y niñas que tienen su misma edad. Desplazarse, mantenerse en pie, entender una indicación, comer, etc. Tanto en el caso de solicitar el reconocimiento de discapacidad como el reconocimiento de la situación de dependencia, todo cambio relacionado con el empeoramiento o mejoría del estado de salud, se podrá comunicar a la administración para realizar una nueva revisión. 4

En la Cartera de Prestaciones y Servicios de la dependencia: Prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales: prestación económica de carácter excepcional, destinada al cuidado de la persona en situación de dependencia que permanece en su entorno familiar (domicilio). Prestación de asistencia personal: prestación económica destinada para facilitar la contratación de un asistente personal profesional que le preste apoyo para el acceso a la educación, al trabajo a una vida más autónoma. Prestación económica vinculada a un servicio: prestación económica destinada a facilitar el pago de un servicio que no pueda ser prestado a través del servicio público o concertado Cartera de Servicios Sociales: Cartera de Servicios Comunes Cartera de Servicios Específicos Cartera del Asistente Personal Cartera de servicios comunes: Forman parte de la cartera de servicios comunes los servicios de promoción de autonomía personal y atención a la dependencia, dirigido a personas cuyo diagnóstico no requiera asignación de servicios que están incluidos en cualquiera de las carteras específicas. Teleasistencia, Geolocalizador: facilita la atención inmediata de la persona en su ámbito habitual, y hace posible dar respuesta en situaciones de emergencia, inseguridad, soledad o asilamiento a 5

través de un dispositivo instalado en el propio domicilio y conectado a la línea telefónica o bien, dispositivo que proporciona información sobre la situación y movimientos de la persona (GPS). Servicio de Ayuda en el Hogar: actuaciones llevadas a cabo en el entorno de la persona (domicilio), éstas son de carácter personal, que le permiten a la persona la realización de las Actividades Básicas de la Vida Diaria, de carácter doméstico y del hogar con la finalidad de incrementar su autonomía personal, su calidad de vida, y favorecer su permanencia en el domicilio. Centro de día, Servicio de atención residencial, residencia: atención integral durante las 24 horas del día, de carácter personalizado, teniendo en cuenta la situación de dependencia de la persona y la intensidad de cuidados que necesita. Servicio de atención nocturna, Centro de noche. Cartera de Servicios Específicos Son todos aquellos servicios destinados a personas dependientes que, teniendo una edad igual o superior a 16 años, tiene diagnosticada alguna de las siguientes limitaciones: alzheimer, discapacidad física, parálisis cerebral, daño cerebral, discapacidad intelectual, trastorno del espectro autista, o enfermedad mental. 6

Cartera de servicios de asistente personal Servicios dirigidos a facilitar el apoyo personal, inclusión social y/o educativa, así como la promoción y participación de las personas de 16 o más años que se encuentran en una situación de gran dependencia o dependencia severa. Decreto 149/2013, de 5 de septiembre, por el que se define la cartera de servicios sociales para la promoción de la autonomía personal y la atención a las personas en situación de dependencia y se determina el sistema de participación de las personas usuarias en la financiación de su coste. Diario Oficial de Galicia, 182, de 24 de septiembre de 2013. Existen también una serie de servicios destinados a las personas cuidadoras, como, por ejemplo: Respiro familiar: Va dirigido a los/as cuidadores/as de las personas dependientes que sean mayores de 16 años y con reconocimiento de discapacidad o dependencia (Grado II o Grado III). Son días de descanso para los/as cuidadores/as. Las personas dependientes pueden ingresar en una residencia, durante 15 días, hasta un máximo de 45 días en los casos en que el cuidador reciba la prestación económica por cuidados en el entorno familiar, que no tenga la compatibilidad de respiro familiar con otro recurso, o los fines de semana. 7

Servicio de apoyo a la movilidad 065 Es un transporte adaptado, programado, no urgente. Para las personas con dependencia o discapacidad (75%) que no puedan utilizar trasporte público colectivo. Acudir a actividades de tipo educativo y formativo, centros de día, etc. Atención temprana Es un conjunto de técnicas aplicadas por profesionales de la psicología, medicina, fisioterapia, educación, logopedia etc. en menores con edades entre 0 y 6 años que presentan dificultades en su desarrollo y crecimiento. Estimulando sus potencialidades, capacidades, para compensar esas dificultades. Se trabaja con los menores, la familia y el entorno. Este tipo de atención puede ser recibida en los centros hospitalarios públicos, en entidades de iniciativa social, centros privados, etc. Decreto 183/2013, del 5 de diciembre, por el que se crea la Red Gallega de Atención Temprana. Diario Oficial de Galicia,244, de 23 de diciembre de 2013. Protocolo de coordinación, intervención y derivación interinstitucional de atención temprana. 8

Acceso material ortoprotésico : Una persona debido a su discapacidad puede necesitar un producto ortoprotésico para poder desenvolverse en su día a día. Estos productos son los que se pueden adquirir en las ortopedias, ópticas y centros audiológicos. La prescripción la hará el médico especialista del servicio público de salud, en Galicia, del Servizo Galego de Saúde u hospitales vinculados a dicho servicio. La prescripción (receta) será electrónica. La persona a partir de ese momento tendrá un mes para ir a recoger el producto a un establecimiento que tenga convenio con el servicio gallego de salud. El tipo de pago será reintegro de gastos, es decir, la administración le devolverá el dinero excepto la parte aportada por la persona, según su nivel de ingresos, la solicitud para el reintegro se entregará en el Registro de la Consellería de Sanidad. La Consellería de Traballo e Benestar de la Xunta de Galicia, crea el portal de productos de apoyo, impulsado por la Secretaría Xeral de Política Social con la finalidad de favorecer y facilitar la adquisición e intercambio de productos de apoyo para personas con discapacidad. Al mismo pueden acceder empresas, entidades y particulares. 9

Apoyo escolar Hay menores que debido a su discapacidad física, psíquica o sensorial, necesitarán una serie de medidas apoyo que cubra sus necesidades específicas y que les ayude en alcanzar su máximo desarrollo personal, intelectual, social y emocional. Los padres y madres de los menores con diversidad funcional (discapadidad) cubren la solicitud de matrícula al igual que otro menor que no tenga esa dificultad, y en un apartado del impreso marcan la necesidad de apoyo, para que los equipos especializados de educación puedan valorar la situación particular de cada niño y ofrecerle los recursos más adecuados a sus necesidades Los centros especiales de empleo (CEE) son centros que realizan un trabajo productivo, que tiene como finalidad favorecer la integración de las personas con discapacidad (diversidad funcional), asegurando un trabajo remunerado (pagado), y prestan los servicios de ajuste personal y social que necesitan los trabajadores. Para recibir información y realizar matrícula pueden acudir las personas interesadas a las oficinas de empleo público o bien directamente al centro especial de empleo. Los trabajadores deben tener reconocida una discapacidad de más del 33%. 10

IMSERSO Existen otros centros a nivel estatal de Atención a personas con discapacidad física del IMSERSO. Plazas que ofertan estos centros: Plazas residenciales Plazas residenciales de carácter temporal Plazas en régimen de Centro de día Centros de Atención a Personas con Discapacidad Física (CAMF): Son Instituciones que ofrecen atención integral a las personas con discapacidad física grave dificultades recuperación profesional e integración laboral con dificultades de ser atendidos en su entorno familiar o social. Centros de Recuperación de Personas con Discapacidad Física (CRMF): Son centros de ámbito estatal que ofrecen servicios de recuperación, para personas con discapacidad física o sensorial en edad laboral. Asociacionismo y voluntariado Las personas y las familias cuando se enfrentan a una situación problemática, un problema de salud, suelen reunirse para proporcionar ayuda a otras personas que puedan encontrarse en su misma situación, es por ello que se crean las asociaciones de enfermos, familiares, cuidadores, etc. 11

En la actualidad existen distintas asociaciones, fundaciones, entidades de iniciativa social, etc. que proporcionan atención a los enfermos y familiares. Realizan distintas actividades, formativas, educativas, de ocio tiempo libre, rehabilitadotas, información, orientación y asesoramiento, etc. Begoña Lehmkuhl Deiros, experta en Trabajo Social Sociosanitario. 12