QUE ES EL AMIANTO? y acústico y su resistencia a altas temperaturas, al paso de la electricidad,



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El amianto anfíbol, como el amianto azul (crocidolita) y el amianto marrón (amosita), son variedades menos utilizadas.


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Transcripción:

Boletín de Seguridad y Salud Laboral Boletín Monográfico QUE ES EL AMIANTO? Orden de 31-10-84 modificada por Orden de 26-07-93 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Reglamento sobre trabajos con riesgos de amianto (B.O.E. nº267 de 7-11-84 y nº 186 de 5-8-93, respectivamente) Comprende en su ámbito de aplicación las operaciones y actividades en las que los trabajadores estén expuestos o sean susceptibles de estarlo a fibras de amianto. El término amianto (castellano) o asbesto (inglés) procede del griego y significa indestructible o inextinguible, haciendo referencia a las propiedades de estas fibras minerales, es un término utilizado para denominar una serie de meta-silicatos de hierro y magnesio, entre otros, que presentan formas fibrosas. Existe una amplia gama de variedades de amianto, siendo las más empleadas en aplicaciones de construcción el crisotilo o amianto blanco, la amosita o amianto marrón y la crocidolita o amianto azul. Todas las variedades de amianto se caracterizan por su incombustibilidad, un buen aislamiento térmico y acústico y su resistencia a altas temperaturas, al paso de la electricidad, a la abrasión y a los microorganismos. Estas propiedades han hecho del amianto un elemento muy útil en la industria de la construcción. Se remonta a 1880 la primera explotación moderna de amianto y de una forma más o menos intensa, se ha utilizado durante todo el siglo XX. En España, el periodo de máxima utilización es el comprendido entre los años 1960 y 1984. A medida que el amianto se utilizaba, fueron conociéndose los riesgos que presentaban para la salud la inhalación de sus fibras y lentamente, se ha ido procediendo a la prohibición de sus distintos usos. En España, la prohibición de fabricación y comercialización de la última variedad de amianto, el crisotilo, fue fijada para el 14 de junio 2002. Como consecuencia de ello y debido al uso masivo durante las décadas de los 50-70 y el largo período de latencia de las enfermedades relacionadas con el amianto, se espera que el número de casos de cáncer de pulmón y mesotelioma sea máximo en toda Europa en torno a 2020, decreciendo después la epidemia. El riesgo que tiene para la salud los materiales con contenido de fibras de amianto, radia en tres características:

Página 2 Boletín de Seguridad y Salud Laboral 1. La cantidad y la composición del tipo de fibras, siendo más peligrosas para la salud las anfiboles que las serpentínicas, debido a la forma de la fibra en sí. 2. La friabilidad del material, que se define como la capacidad que tiene de desprender fibras como respuesta a la simple manufacturado, el tipo de mezcla con otros compuestos y el estado de conservación del material. El riesgo potencial de inhalación de fibras depende del estado de conservación del material, las características de la protección física, el grado de exposición a la circulación del aire y el grado de exposición a choques y a vibraciones. Esta accesibilidad a las fibras es determinante ya que un material de alto contenido en anfiboles y muy friable puede no tener ningún riesgo para la salud por estar confinado y ser inaccesible. En cuanto a los usos futuros, que será la mayor preocupación una vez prohibido el amianto en España, debemos centrarnos en las labores de mantenimiento y reparación de todos aquellos sitios donde se encuentre el amianto y en las labores de desamiantado cuando sea preciso (edificios públicos, escuelas, etc.). Para ello sería conveniente tener un registro completo de empresas y trabajadores autorizados al efecto. DESARROLLO DEL TEMA A TRATAR. En España, según la propia empresa Uralita, la fabricación de tubos de amianto-cemento corresponde a dos veces y media la circunferencia de la tierra en 1966. Según el estudio CAREX ( 1990-93) había en España unos 56.600 trabajadores expuestos al amianto, con predominio del sector de la construcción, seguido del transporte terrestre, talleres de coches y el sector de extracción (petróleo y productos energéticos), dándose la circunstancia de que en muchos de estos sectores la exposición era baja o la evaluación estaba hecha con poca fiabilidad. La primera directiva sobre el amianto en la Unión Europea fue publicada en 1983. En España, hasta 1961 no se había regulado la exposición a fibras de amianto desde el punto de vista de la protección de la salud de los trabajadores expuestos.

Boletín monográfico - Febrero 09 Página 3 A finales de este año se publicó el reglamento de actividades molestas, insalubres, Nocivas y Peligrosas (RD 2414/1961, BOE 292) que en su anexo 2 establecía por primera vez en España una concentración máxima permitida en el ambiente interior de las explotaciones industriales. En el apartado de polvo industrial en suspensión, la primera sustancia era el amianto o asbesto, para el que fijaba un valor de 175 mg/m. Se trataba pues de una relación ponderal, que implicaba una determinación mediante procedimientos gravimétricos. Por lo que hace referencia a las enfermedades profesionales, en España se reconocen como derivadas de los trabajos expuestos a la inhalación de polvos de amianto las siguientes: Asbestosis. Decreto 762/1961 Carcinoma primitivo de bronquio o pulmón. Decreto 1995/1978 Mesotelioma pleural y mesotelioma peritoneal. Decreto 1995/1978 La Ley 31/95 de Prevención de Riesgos laborales determina el cuerpo básico preciso para establecer un adecuado nivel de protección de la salud de los trabajadores frente a los riesgos derivados de las condiciones de trabajo. Como desarrollo de esta ley, cabe mencionar aquellas normas reglamentarias que están relacionadas con la posible exposición de amianto en el ámbito laboral que se trata aquí y que son: RD 665/1997 de protección de la salud de los trabajadores frente a la exposición a agentes cancerígenos en el trabajo, BOE 124. RD 1627/1997 sobre disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción, BOE 256. La aprobación de la Directiva 2003/18/CEE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de marzo de 2003, que una vez más modifica a la Directiva 83/477/CEE, obliga a adaptar la legislación española en esta materia. Se ha optado por la aprobación de una norma en la que, al tiempo que se efectúa esta adaptación de la normativa española a la comunitaria, se incorpore toda la dispersa regulación española sobre esta materia, evitando desarrollos o remisiones a regulaciones posteriores. Lo primero que hace el Real Decreto 2414/1961, BOE 292, es definir el término amianto como los siguientes silicatos fibrosos: actinolita amianto, granerita amianto, antofilita amianto, crisolito, crocidolita y tremolita amianto.

Página 4 Boletín de Seguridad y Salud Laboral El ámbito de aplicación será las operaciones y actividades en los que los trabajadores estén expuestos a fibras de amianto o materiales que lo contengan. Quedan excluidas las actividades cortas y discontinuas cuando se trabaje con materiales no friables. Fija el límite de exposición en una concentración de amianto en el aire no superior al valor limite ambiental de exposición diaria de 0,1 fibras por centímetro cúbico, medidas como una medida ponderada en el tiempo para un período de ocho horas. Se prohíben las actividades que expongan a los trabajadores a las fibras del amianto, salvo el tratamiento y desecho de los productos resultantes de la demolición y de la retirada del amianto. Y es para estas actividades donde entra en juego el artículo 16 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales que obliga a la Evaluación de Riesgos, a la toma de medias preventivas y a la realización de controles periódicos para garantizar la salud de los trabajadores. El propio Reglamento, en su Anexo I, establece el procedimiento a seguir para la toma de muestras y análisis entendiendo por fibras de amianto o asbestos, aquellas partículas de esta materia en cualquier de sus variedades, cuya longitud sea superior a 5 micrómetros, su diámetro inferior a 3 micrómetros y la relación longitud-diámetro superior a 3. A continuación enumera una serie de medidas tendentes a salvaguardar la integridad de los trabajadores que realicen tareas de desamiantado, como son que los procedimientos de trabajo no producirán fibras de amianto o en cualquier caso no se dispersarán en el aire; la fibras se eliminarán en el foco emisor mediante su captación por sistemas de extracción y los locales y equipos utilizados deberán poderse limpiar y mantener eficazmente y con regularidad. Un punto importante del Decreto es la obligación de inscripción en el Registro de Empresas con Riesgos por Amianto (RERA) que han de cumplir todas aquellas empresas que vayan a realizar actividades u operaciones incluidas en el ámbito de aplicación del mismo. Establece un sistema de registro de datos y de archivo de la documentación que obliga a las empresas que trabajen con amianto a cumplimentar una ficha de inscripción y presentarla en el Registro de Empresas con Riesgo por Amianto, a tener los planes de trabajo a probados,

Boletín monográfico - Febrero 09 Página 5 disponer de fichas para el registro de datos de la evaluación de la exposición en los trabajos con amianto, y fichas para el registro de datos sobre la vigilancia sanitaria específica de los trabajadores. Toda la información que se reciba por los distintos cauces que establece este Real Decreto deberá remitirse al Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo para que éste pueda desarrollar sus funciones de asesoramiento. APLICACIONES DEL AMIANTO. Hay dos tipos de fibras: las serpentinas cuyo exponente es el crisotilo (amianto blanco), de forma, como su nombre indica, ondulada; y los anfíboles, fibras más rectas, que aglutinan a la amosita (amianto marrón), crocidolita (amianto azul), antofilita, actinolita y tremolita (contaminante del talco). Las características principales de este grupo de minerales son: Su fuerza tensil que les permite mezclarse con agua, cemento, asfalto y plásticos. Estabilidad a la fricción (frenos, embragues). Resistencia al calor (aislamiento, ignífugo) por lo que se ha empleado en edificios, buques, trenes, hornos, etc.

Página 6 Boletín de Seguridad y Salud Laboral Resistencia biológica (no se degrada por virus, bacterias u hongos) Absorción del sonido (por su gran volumen interno). Durante estos 100 años, sus aplicaciones han sido muy variadas en la construcción de edificios. A continuación se presentan las diferentes formas de introducción del amianto en un edificio y sus aplicaciones más conocidas. Productos aislantes. Por su carácter ignifugo y prácticamente nula conductividad térmica, el amianto se ha utilizado para la fabricación de numerosos productos aislantes térmicos, acústicos y de protección al fuego. Al edificio, estos productos llegaban a diferentes formas. Fibras sueltas: suministradas para el relleno de cámaras de aire en cubiertas, fachadas o falsos techos, así como para la realización de distintos revestimientos aislantes térmicos, correcciones acústicas, protección contra el fuego y control de condensaciones actuando como material higroscópico. Mezcladas con adhesivos y aglutinantes que, aplicados al soporte, fijaban las fibras proyectadas o aplicadas con la llana mezclándolas al mortero de protección, ya sea en estructuras para su protección al fuego, o en revestimientos de mortero en fachadas aisladas por el exterior. Fibras puras manufacturas y tejidas: En la confección de mantas aislantes, cordones para el aislamiento en juntas de calderas y tuberías, apaga chispas en cuadros eléctricos o en las calorifugaciones para el aislamiento de turbinas, hornos, calderas y canalizaciones de agua o gas a temperaturas extremas. Productos prefabricados. Mezclándose las fibras de amianto con otros materiales se proveía las construcciones de placas conformadas de diferentes fibras mezcladas con yeso, celulosa, viruta de madera, etc., También mezcladas las fibras con celulosa se fabricaban papeles y cartones aislante utilizados para el relleno en juntas y huecos. Otros productos con fibras de amianto que llegaban a la obra eran los elementos cortafuego como puestas, telones, compuertas para sectorización de incendios, etc., realizados normalmente en chapa de acero con una cámara interior de fibras puras de amianto, y las protecciones aislantes de cables eléctricos donde se mezclaban las fibras de amianto con diferentes polímeros.

Boletín monográfico - Febrero 09 Página 7 Productos de alta resistencia mecánica. Por su gran resistencia a la fricción, elevada flexibilidad y por ser resistente al ataque de productos químicos, las fibras de amianto han tenido gran difusión en la industria y también en la construcción con productos prefabrica. Productos de fibrocemento. Aquí se agrupan todos las manufacturas realizadas de fibrocemento, ya que este producto revelación, aunó todas las propiedades y características del mineral de amianto para la realización de numerosas y variadas aplicaciones ya se ha comentado su característica aislante como protección al fuego. Otros usos han sido en tubería para el desagüe, la conducción de agua a presión en grandes diámetros, la evacuación de humos o la protección al impacto de cableados eléctricos, depósitos de contención de aguas, persianas, rejillas de ventilación, tejas de cubrición, jardineras y elementos de jardín como bancos o mesas, piezas de decoración, frisos, molduras y zócalos y su más extenso uso en placas lisas u onduladas para la confección de cubiertas, forrado de medianeras o realización de fachadas. Si se trabaja en oficios de construcción, de mantenimiento o de limpieza, se puede estar en riesgo de exposición al amianto. Algunos lugares típicos en los que éste se puede encontrar son: Paredes. Recubrimientos y pinturas texturizados. Baldosas Suelos de linóleo. Calderas con aislamiento térmico. Aislamiento de los armazones de acero de edificios. Conductos de ventilación. Techos Planchas de techo. Puestas Instalaciones eléctricas. Sistemas de calefacción. Tejados. Tejas. Parámetros típicos de edificaciones que pueden contener materiales con amiento Año de construcción: Tipo de estructura: Uso del edificio: Instalaciones que contiene: 1965-1985 Pilares, jácemas y techos de estructura de acero. Oficinas, espectáculos, equipamientos, aparcamientos. Calefacción central, producción centralizada de agua caliente sanitaria.

Página 8 Boletín de Seguridad y Salud Laboral Fachadas de edificios, incluidos canalones, aleros y cubiertas, cañerías de agua corriente y aguas residuales. Válvulas, rebordes y juntas, que también pueden estar recubiertos o sellados con amianto. Cisternas de sanitarios, jardineras, forros de papel con amianto. Principales materiales con amianto que se pueden encontrar en el edificio y sus composiciones aproximadas, así como la friabilidad y riesgo que para la salud conllevan. La friabilidad es la característica de los MCA (material que contiene amianto que ha sido añadido deliberadamente en su composición) lo cual quiere decir que es la capacidad que tiene un material de liberar las fibras que contiene. En función de esta característica se establecen dos agrupaciones: A. Materiales friables. B. Materiales no friables. Se denomina Material friable aquel que puede ser disgregado o reducido a polvo con la sola acción de la mano. Material no friable es el que necesita herramientas mecánicas para ser desmoronado o reducido a polvo. Los materiales friables son mucho más peligrosos que los no friables.

Boletín monográfico - Febrero 09 Página 9 TIPO DE MATERIAL COMPOSICION FRIABILIDAD RIESGO Fibras sueltas Proyecciones y morteros Paneles y falsos techos acústicos, térmicos y tabiques ligeros Losetas vinílicas Adhesivos, sellantes, pinturas y barnices 100% amianto en cualquiera de las variedades de crocidolita, amosita o crisotilo pudiendo encontrar mezclas de varias fibras Se puede encontrar hasta un 85% de fibra que suele ser amosita y crisotilo Composiciones variadas pudiendo encontrarse fibras de diferentes amiantos mezcladas, en proporción de hasta un 85 Fibras de crocidolita y crisotilo en proporciones del 10 al 25% Fibras de cualquier tipo en proporción del 0.5 al 2% Friable Friable Friable No Friable No Friable Riesgo medio en caso de estar confinado tras paredes, planchas metálicas, etc., y no tener ninguna manipulación. Riesgo alto en cualquier tipo de intervención de manipulación, actuación de inspección, mantenimiento, desamiantado o derribo. Riesgo medio en caso de morteros con alta proporción de cemento o yeso si no tiene manipulación Riesgo alto en caso de rociados de baja densidad (flocage) y en cualquier tipo de intervención de manipulación, actuación de inspección, mantenimiento, desamiantado o derribo, tanto en morteros como en proyectados. Riesgos alto por la asiduidad en su manipulación para el mantenimiento de instalaciones. Posibilidad de desprender alguna fibra en caso de manipulación. Posibilidad de desprender alguna fibra en caso de manipulación Riesgos alto en actuaciones por abra-

Página 10 Boletín de Seguridad y Salud Laboral Calorifugaciones Fibrocemento Conductos de aire Mezclas con betún Cordones, empaquetaduras y tejidos Cartones, papeles, etc.,. Se puede encontrar mezclado con silicatos o carbonatos cálcicos en proporción del 6 al 10% de estos compuestos, si bien podemos encontrar hasta un 100% de amianto. Contenidos del 12 al 15% de crisotilo en general, habiéndose utilizado la variedad de crocidolita en placas y en tuberías de alta presión y en cantidades de hasta un 25% Composiciones variadas pudiendo encontrarse fibras de diferentes amiantos mezcladas, en proporciones de hasta un 100 Fibras de cualquier tipo en proporciones del 10 al 25% Se suele encontrar usualmente fibra de crisotilo al 100%, aunque al inicio se utilizaban todas las variedades Se suelen encontrar usualmente fibra de crisotilo al 100% Friable No Friable cuando el material está en óptimas condiciones y no se manipula Friable cuando está degradado y/o tiene manipulación Friable No Friable Friable Friable Riesgos medio en caso de estar confinado con ven-das, mallas, o equivalentes, conservarse en buen estado y no tener ninguna manipulación Riesgos alto en actuaciones de inspección, mantenimiento, desamiantado o derribo. Riesgo medio en actuaciones de desmontaje Riesgos alto en manipulaciones por abrasión, corte o perforación, y con la degradación del producto por envejecimiento, abrasión o ataque químico. Riesgo por alto por la posibilidad de repartir las fibras por las canalizaciones a través de las impulsiones de aire. Posibilidad de desprender alguna fibra en caso de manipulación Riesgo alto en actuaciones por abrasión o cepillado. Riesgos alto con manipulación,. Con gran desprendimiento de fibras con el uso y desgaste del material Riesgos alto con manipulación, con desprendimiento de fibras con el uso y desgaste del material.

Boletín monográfico - Febrero 09 Página 11 La fibras de amianto, si se inhalan, pueden tener efectos graves para la salud, pues producen enfermedades con la asbestosis o amiantosis, el cáncer de pulmón y el mesotelioma. No se conoce un nivel seguro de exposición al amianto. Cuanto mayor sea la exposición y la aparición de los primeros síntomas de enfermedad puede llegar a ser de hasta treinta años. Ahora están apareciendo los efectos de la exposición en el pasado. Por ejemplo. Unas 3.000 personas mueren al año en Gran Bretaña debido a enfermedades causadas por la exposición al amianto en el pasado, y se supone que la cifra se elevará a casi 10.000 en el año 2010. de esas 3.000 personas, el 25% ha trabajado en algún momento en oficios de la construcción o de mantenimiento. En Suecia se producen más muertes por los efectos tardíos de la exposición al amianto (mesotelioma pleural) que por accidentes laborales. Oficios en riesgos: 1. Fontaneros. 2. Instaladores de sistemas de calefacción. 3. Electricistas. 4. Carpinteros. 5. Instaladores de moquetas y otros tipos de suelos. 6. Instaladores de establecimientos comerciales. 7. Personal de mantenimiento, incluido el personal de contratas y conserjes. 8. Techadores. 9. Limpiadores. Otros oficios que necesitan tener acceso a los huecos del tejados, a huecos bajo paneles y otras zonas escondidas similares.

Página 12 Boletín de Seguridad y Salud Laboral 2. TRABAJO O ELIMINACIÓN DE MATERIALES CON AMIANTO. El uso del amianto ha estado muy extendido durante años por sus especiales características de resistencia al fuego, a productos químicos y por el aislamiento térmico y acústico, utilizándose en construcción, paneles, suelos, falsos techos, fibrocementos, pinturas, asfaltos y masillas; es también un buen aislante en barcos, vagones, aviones, centrales térmicas y nucleares, electrodomésticos, calderas, tuberías e, incluso, en mobiliario urbano. Algunas variedades, como el crisotilo, se ha utilizado como componente de tejidos ignífugos. Por ello, aunque no se maneje en el proceso de fabricación, se puede encontrar formando parte de multitud de materiales cercanos a muchos puestos de trabajo. Cuando se realizan operaciones de derribo, rehabilitación, mantenimiento, reparación u otras labores que impliquen manipulación de materiales que contengan algo de amianto debe seguirse un plan de trabajo especifico, dados sus ya conocidos graves riesgos para la salud. 3. MEDIDAS PREVENTIVAS DURANTE LA INTERVENCIÓN. Etapa inicial: SELECCIÓN DE PROCEDIMIENTOS DE TRABAJO. Preparación del área de trabajo. Para la preparación del área de trabajo es fundamental delimitar dicha zona y colocar una señalización adecuada Etapa intermedia: INTERVENCION DE LOS MATERIALES DE AMIANTO Humectación de materiales. Entre las medidas para la reducción de la emisión de fibras de amianto se recomienda la humectación de los materiales. Esta humectación puede ser con agua sola o con agua modificada con agentes humectantes. El sistema que se utilice no debe producir impacto brusco del agua sobre el material con el fin de evitar una posible liberación y proyección de partículas y fibras de su superficie. Para que la humectación sea eficaz es necesario asegurarse que no se moja solo la capa superficial sino todo el material. Esto obliga a que la humectación se realice continuamente según vaya avanzando el trabajo.

Boletín monográfico - Febrero 09 Página 13 Herramientas manuales o de baja velocidad. La utilización combinada de herramienta manual y aporte de agua puede reducir las concentraciones de fibras de amianto para el mismo trabajo a niveles no detectables. Otros aspectos importantes del procedimiento de trabajo. Se optará por los métodos que causen el menor daño y produzcan la mínima desintegración de los materiales. Extracción localizada. La extracción localizada permite capturar las fibras de amianto muy cerca del punto de origen y en consecuencia controlar su dispersión en el ambiente. Es imprescindible que el sistema de extracción esté provisto de filtros de alta eficacia para partículas, que se verifique con regularidad su buen funcionamiento y se sustituyan cuando sea necesario. Limpieza y recogida continua de residuos durante los trabajos. El material desprendido o retirado, especialmente cuando se trate de materiales friables deberá ser introducido en contenedores lo antes posible para reducir la liberación de fibras. Cuando se trabaje con sistema de confinamiento se debe evitar tirar el material al suelo para recogerlo después, ya que el material se seca y además será pisado, empujado, etc. Etapa final: MEDIDAS PREVENTIVAS APLICABLES. Limpieza de locales y equipos. Las herramientas y equipos que hayan estado en contacto con amianto se limpiarán antes de ser recogidos. Preferentemente se lavarán con agua o con un paño mojado. Los que no puedan ser humedecidos se limpiarán en seco con aspiradora de filtro HEPA ( esta compuesto de diminutas fibras de vidrio que tejidas, forman un papel muy tupido. De este modo se crea un filtro con un tamiz muy pequeño que permite capturar partículas diminutas). En los trabajos con confinamiento se sacarán a través de la salida de residuos. Verificación de limpieza y descontaminación. Se realiza mediante inspección visual y muestreo del aire para la medida del índice de descontaminación

Página 14 Boletín de Seguridad y Salud Laboral 4. EPIS EQUIPOS DE PROTECCIÓN RESPIRATORIA Y ROPA DE PROTEC- CIÓN. EQUIPOS DE PROTECCIÓN RESPIRATORIA. Los equipos de protección individual de las vías respiratorias tienen como fin primordial reducir la concentración inhalados hasta mantenerla por debajo de los niveles de exposición recomendados, en la zona de inhalación del usuario. En los equipos de protección individual de las vías respiratorias hay que distinguir dos partes perfectamente diferenciadas; el adaptador facial y el sistema encargado de llevar aire respirable a dicho adaptador. ROPA DE PROTECCIÓN. La ropa de protección química se clasifica básicamente, según las normas europeas, en seis tipos de trajes. La diferencia entre ellos se basa fundamentalmente en la hermeticidad de su diseño y la resistencia de su material frente a productos químicos según estén éstos presentes en forma de gas o vapor, líquidos o partículas sólidas. La selección de ropa de trabajo y EPIs se hará EN FUNCIÓN DE: Naturaleza del trabajo y lugar en el que se efectúan los trabajo. Duración del trabajo y número de trabajadores implicados. Métodos empleados cuando los trabajos impliquen la manipulación de amianto o de materiales que lo contenga. Medidas preventivas contempladas para limpiar la generación y dispersión de fibras de amianto en el ambiente. Procedimiento a establecer para la evaluación y control del ambiente de trabajo, de acuerdo con lo previsto en el art. 4º del Reglamento sobre Trabajos con Riesgo de Amianto.

Boletín monográfico - Febrero 09 Página 15 Tipo y modo de uso de los equipos de protección individual. Características de los equipos utilizados para la protección y la descontaminación de los trabajadores encargados de los trabajos y la protección de las demás personas que se encuentran en el lugar donde se efectúen los trabajos o en sus proximidades. Medidas destinadas a informar a los trabajadores sobre los riesgos a los que están expuestos y las precauciones que deben tomar. Medidas para la eliminación de los residuos, de acuerdo con la legislación vigente. Eliminación de todo el amianto de los materiales que lo contengan antes de empezar cualquier operación de demolición. Siempre que sea técnicamente posible. 5. PLAN DE TRABAJO EMPRESARIO ELABORACIÓN DE UN PLAN DE TRABAJO GENERAL PRESENTACION ANTE LA AUTORIDAD LABORAL(1) AUTORIDAD LABORAL RECABAR INFORME DE LA ITSS Y ÓRGANOS TÉCNICOS DE LAS CA Antes del comienzo de cada trabajo con riesgo de exposición al amianto incluido en el ámbito del R.D. 396/2006, de 31 de marzo, el empresario deberá elaborar un Plan de trabajo, documento en el que se describe de forma pormenorizada la acción que se pretende ejecutar, la metodología a seguir y las medidas de prevención y protección técnicas y organizativas necesarias para que el trabajo se realice en condiciones de mínima exposición. NO SE APRUEBA EL PLAN? SI COPIA (2) Contenido del Plan de trabajo: a. Deberá prever que el amianto o los materiales que lo contengan sean eliminados antes de aplicar las técnicas de demolición, salvo en el caso de que dicha eliminación cause un riesgo aún mayor a los trabajadores que dejándolo in situ. b. Preverá que, una vez que se hayan terminado las obras de demolición o de retirada del amianto, se asegurará de que no existen riesgos debidos a la exposición del amianto en el lugar de trabajo. c. Contendrá la información sobre las medidas necesarias, según el presente R.D., para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores que vayan a llevar a cabo las operaciones, especificando: Titulo general del Plan. Identificación de la empresa responsable del Plan y de su ejecución. Nº de inscripción en el R.E.R.A. Persona responsable del Plan y de la obra. Recurso preventivo. Modalidad preventiva, laboratorio de análisis y contraseña de homologación. d. Información que debe contener el Plan de Trabajo: NOTIFICAR A LA EMPRESA (3) INSHT (1) De la CA donde estén las instalaciones principales de la empresa. (2) Copia de la resolución aprobatoria del plan. (3) Si no existe pronunciamiento expreso en 45 días, el plan se entenderá aprobado.

Página 16 Boletín de Seguridad y Salud Laboral d. Información que debe contener el Plan de Trabajo: Descripción del trabajo a realizar con especificación del tipo de actividad que corresponda: demolición, mantenimiento, reparación, Tipo de material a intervenir indicando si es friable o no, y en su caso la forma de presentación del mismo en la obra, cantidades, Ubicación del lugar donde se realizarán los trabajos. Fecha de inicio y duración prevista. Relación nominal de trabajadores implicados directamente en el trabajo, categorías profesionales, oficios, formación y experiencia en los trabajos especificados. Procedimientos que se aplicarán y particularidades que se requieran para la adecuación de éstos al trabajo concreto a realizar. Medidas preventivas contempladas para limitar la generación y dispersión de fibras en el ambiente y las medidas adoptadas para limitar la exposición de trabajadores al amianto. Equipos destinados a la protección de los trabajadores especificando características, nº de unidades de descontaminación y el tipo y modo de uso de los EPIs. Medidas adoptadas para evitar la exposición de otras personas que se encuentren en las proximidades de los trabajos. Información a los trabajadores sobre los riesgos a los que están expuestos y precauciones a tomar. Medidas para la eliminación de residuos de acuerdo con la legislación vigente indicando empresa gestora y vertedero. Recursos preventivos de la empresa, indicando actividad concertada en el caso de que sean externos. Procedimiento establecido para la evaluación y el control del ambiente de trabajo de acuerdo con lo previsto en el R.D. QUIÉN, DÓNDE Y CUÁNDO SE HA DE PRESENTAR EL PLAN DE TRABAJO? Los empresarios que contraten o subcontraten con otros la realización de los trabajos comprendidos en el ámbito del Real Decreto 171/2004 deberán comprobar que dichos contratistas o subcontratistas cuentan con el correspondiente plan de trabajo. A tales efectos, la empresa contratista o subcontratista deberá remitir a la empresa principal el plan de trabajo, una vez aprobado por la autoridad laboral. Quién? La empresa que realiza los trabajos con amianto.

Boletín monográfico - Febrero 09 Página 17 Dónde? Si sólo afecta a una comunidad autónoma el plan de trabajo se ha de presentar la Autoridad Laboral de la comunidad autónoma correspondiente. Si los trabajos afectan a más de una comunidad autónoma se habrán de presentar en la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Cuándo? El Plan ha de estar aprobado antes del inicio de los trabajos con amianto. 6. FORMACIÓN DE LOS TRABAJADORES.. 1. El De conformidad con el artículo 19 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, el empresario deberá garantizar una formación apropiada para todos los trabajadores que estén, o puedan estar, expuestos a polvo que contenga amianto. Esta formación no tendrá coste alguno para los trabajadores y deberá impartirse antes de que inicien sus actividades u operaciones con amianto y cuando se produzcan cambios en las funciones que desempeñen o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo, repitiéndose, en todo caso, a intervalos regulares. 2. El contenido de la formación deberá ser fácilmente comprensible para los trabajadores. Deberá permitirles adquirir los conocimientos y competencias necesarias en materia de prevención y de seguridad, en particular en relación con: Las propiedades del amianto y sus efectos sobre la salud, incluido el efecto sinérgico del tabaquismo. Los tipos de productos o materiales que puedan contener amianto. Las operaciones que puedan implicar una exposición al amianto y la importancia de los medios de prevención para minimizar la exposición. Las prácticas profesionales seguras, los controles y los equipos de protección. La función, elección, selección, uso apropiado y limitaciones de los equipos respiratorios. En su caso, según el tipo de equipo utilizado, las formas y métodos de comprobación del funcionamiento de los equipos respiratorios. Los procedimientos de emergencia. La eliminación de residuos. Las exigencias en materia de vigilancia de la salud.

Página 18 Boletín de Seguridad y Salud Laboral 7. INFORMACIÓN DE LOS TRABAJADORES De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18.1 de la ley 31/1995, de 8 de noviembre, el empresario, en todas las actividades a que se refiere el artículo 3.1, deberá adoptar las medidas necesarias para que los trabajadores y sus representantes reciban información detalladas y suficiente sobre: A. Los riesgos potenciales para la salud debidos a una exposición al polvo procedente del amianto o de materiales que lo contengan: B. Las disposiciones contenidas en el presente real decreto y, en particular, las relativas a las prohibiciones y a la evaluación y control del ambiente de trabajo. C. Las medidas de higiene que deben ser adoptadas por los trabajadores, así como los medios que el empresario debe facilitar a tal fin. D. Los peligros especialmente graves del hábito de fumar, dada su acción potenciadota y sinérgica con la inhalación de fibras de amianto. E. La utilización y obligatoriedad, en su caso, de la utilización de los equipos de protección individual y de la ropa de protección y el correcto empleo y conservación de los mismo. F. Cualquier otra información sobre precauciones especiales dirigidas a reducir al mínimo la exposición al amianto. El empresario informará a los trabajadores y a sus representantes sobre: A. Los resultados obtenidos en las evaluaciones y controles del ambiente de trabajo efectuados y el significado y alcance de los mismo. B. Los resultados no nominativos de la vigilancia sanitaria específica frente a este riesgos. Además, cada trabajador será informado individualmente de los resultados de las evaluaciones ambientales de su puesto de trabajo y de los datos de su vigilancia sanitaria específica, facilitándole cuantas explicaciones sean necesarias para su fácil comprensión.

Boletín monográfico - Febrero 09 Página 19 Si se superase el valor límite fijado, los trabajadores afectados, así como sus representantes en la empresa o centro de trabajo, serán informados lo más rápidamente posible e ello y de las causas que lo han motivado, serán consultados sobre las medidas que se van adoptar o, en caso de urgencia, sobre las medidas adoptadas. Se aconsejará e informará a los trabajadores en lo relativo a cualquier control médico que sea pertinente efectuar con posterioridad al cese de la exposición. En particular, sobre la aplicación a dichos trabajadores de lo establecido en el artículo 37.3.e) del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, en materia de vigilancia de la salud más allá de la finalización de la relación laboral. El trabajador tendrá derecho a solicitar y obtener los datos que sobre su persona obren en los registro y archivos que los empresarios tengan establecidos en virtud de lo previsto en el presente real decreto. En todo caso, el empresario, con ocasión de la extinción del contrato de trabajo, al comunicar a los trabajadores la denuncia o, en su caso, el preaviso de la extinción del mismo, deberá entregar al trabajador certificado donde se incluyan los datos que sobre su persona consten en el apartado 3, referido a los datos de las evaluaciones, del anexo IV, y en el anexo V de este real decreto. Los delegados de prevención o, en su defecto, los representantes legales de los trabajadores recibirán una copia de los planes de trabajo a que se refiere el artículo 11 de este Real Decreto. 8.CONSULTA Y PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES. El derecho de consulta se traduce en un deber de información del empresario y un derecho de los trabajadores a efectuar propuestas al empresario y a los órganos de participación y representación de la seguridad y salud de los trabajadores. Este derecho/deber se ejercerá a través de los representantes de los trabajadores en materia preventiva, válidamente elegidos, en defecto de éstos, a los delegados de personal o miembros del comité de empresa, y cuando no hubiera representantes, directamente a través de los trabajadores.

Página 20 Boletín de Seguridad y Salud Laboral 9. CONCLUSIONES. A. Es obligatoria la aprobación por la Autoridad Laboral del plan de trabajo previo al inicio de las actividades con amianto preceptivas. B. El plan de trabajo lo presentará la empresa que realice los trabajos contemplados en el mismo. La empresa que realice los trabajos deberá inscribirse en el Registro de Empresas con Riesgo de Amianto, RERA y disponer de los correspondientes libros de Registro Oficiales. Equipos de protección individual (EPI). Los EPI estarán bien documentados y sus características bien especificadas. Los equipos de protección respiratoria trabajarán con presión positiva con aporte de aire, previamente filtrado con filtros tipo P3. Las mascaras auto filtrantes se utilizaran para trabajos en el exterior. Se recomienda utilizar trajes con capucha y sin bolsillos ni costuras de material fácilmente lavable o de un solo use y polainas. Las botas y guantes se elegirán según otros riesgos, como caídas de objetos o pinchazos. Equipos de protección colectiva. Se dispondrá de dos vestuarios con taquillas: el limpio, donde se dejará la ropa de calle y el sucio, donde se dejará la ropa de trabajo y los EPI de un solo uso en recipientes adecuados. Protección de las personas en lugares próximos a la zona de trabajo. El trabajo se realizará con depresión para evitar la emisión de fibras al exterior. Deberá también especificarse el sistema de extracción de aire y las características de los materiales plásticos que se utilizarán para aislar la zona de trabajo.