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Transcripción:

Directora: Lic. Sandra Luz Romero Ríos Sección Segunda Tepic, Nayarit; 26 de Mayo del 2010 SUMARIO Tomo CLXXXVI Número: 089 Tiraje: 080 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL AL PLAN Y PROGRAMAS DE ESTUDIO DE LA CARRERA TÉCNICO EN RADIOLOGÍA, EN LA MODALIDAD MIXTA, PERIODOS SEMESTRALES, TURNO DISCONTINUO Y ALUMNADO MIXTO, PARA SER IMPARTIDO EN LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA DENOMINADA INSTITUTO UNIVERSITARIO METROPOLITANO, S.C

2 Periódico Oficial Miércoles 26 de Mayo del 2010 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL DE ESTUDIOS Tepic, Nayarit; a 12 de abril de 2010 VISTA, la solicitud de reconocimiento de validez oficial de estudios al plan y programas de estudio de la carrera de TÉCNICO EN RADIOLOGÍA, modalidad mixta, periodos semestrales, turno discontinuo y alumnado mixto presentada por la C. LIC. MA. DEL REFUGIO URIBE VALADEZ, en su carácter de representante legal de la Sociedad Civil denominada INSTITUTO UNIVERSITARIO METROPOLITANO, S.C, para impartir estudios de nivel medio superior en la institución educativa del mismo nombre, ubicada en Calle Arquitecto Antonio Rivas Mercado (antes Miñón) No.68 pte. Colonia Centro, Tepic Nayarit. R E S U L T A N D O I.-Que con fecha 21 de mayo del 2009, la representante legal de la mencionada Sociedad Civil, presentó ante esta autoridad solicitud de reconocimiento de validez oficial de estudios al plan y programas de estudio de la carrera de TÉCNICO EN RADIOLOGÍA, para ser impartida en la institución educativa denominada "INSTITUTO UNIVERSITARIO METROPOLITANO, S.C.. II.- Que una vez presentada la solicitud, anexos, información y documentación complementaria por parte de la representante legal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 3º y 8º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 7º de la Constitución Política del Estado de Nayarit; 1º, 7º, 10, 11 fracción II, 14 fracción IV, 21 párrafo segundo, 28, 30, 37 párrafo tercero, 46, 47, 54, 55, 56 párrafo segundo, 57, 60 y 80 de la Ley General de Educación 1º, 2º, 8º, 9º fracciones VI y VIII, 19 fracción III, 34, 35, 39, 54, 55, 56, 57, 58 y 59 de la Ley de Educación del Estado de Nayarit; 36 BIS, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit, en observancia a lo dispuesto por el Acuerdo número 450, por el que se establecen los lineamientos que regulan los servicios que los particulares brindan en las distintas opciones educativas en el tipo medio superior, que abroga el Acuerdo número 330 por el que se establecen los trámites y procedimientos relacionados con el reconocimiento de validez oficial de estudios del tipo medio superior, esta autoridad ordenó la integración del expediente. III.- Que mediante oficio DAIR 493/06/2009 con fecha 3 de junio del 2009 se solicitó a la Dirección General de Educación Media Superior y Superior, la revisión de los planes y programas, de la carrera de TÉCNICO EN RADIOLOGÍA, determinando procedente emitir el dictamen correspondiente, toda vez que esta institución educativa, cumplió con las disposiciones legales y administrativas que enumeran los artículos 21 párrafo I de la Ley General de Educación; 55 y 56 de la Ley de Educación del Estado de Nayarit. IV.- Con relación al personal directivo y docente que se propone en la documentación que anexa, previa revisión de los documentos que se adjuntan, se encontró que los mismos cumplen con el perfil establecido, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 21 párrafo I, 55 fracción I de la Ley General de Educación, 8º, 9º, 10, 11, 12, 13 y 14 del Acuerdo número 450.

Miércoles 26 de Mayo del 2010 Periódico Oficial 3 V.- Derivado de la visita de inspección Técnico-Higiénica Pedagógica practicada por el nivel correspondiente, se encontró que el "INSTITUTO UNIVERSITARIO METROPOLITANO, S.C., cumple con los requisitos que señala el artículo 55 fracción II de la Ley de Educación del Estado de Nayarit y 7 fracción II del Acuerdo número 450, para la impartición del plan y programas en la modalidad solicitada. C O N S I D E R A N D O 1.- Que esta Secretaría de Educación Media Superior, Superior e Investigación Científica y Tecnológica es competente para conocer y resolver el presente asunto, de conformidad con los artículos 3º y 8º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 7º de la Constitución Política del Estado de Nayarit; 1º 7º, 10, 11 fracción II, 14 fracción IV, 37 párrafo tercero, 46, 47, 54, 55, 56 párrafo segundo, 57, 60 y 80 de la Ley General de Educación; 1º, 8º, 9º fracciones VI y VIII, 19 fracción III, 34, 35, 39, 54, 55, 56, 57, 58 y 59 de la Ley de Educación del Estado de Nayarit. 2.- Que la C. LIC. MA. DEL REFUGIO URIBE VALADEZ, en su carácter de representante legal del Instituto Universitario Metropolitano S.C., la cual acredita mediante poder general para pleitos y cobranzas contenido en instrumento público número 3,498, tomo octavo, libro tercero; pasado ante la fe pública de la Lic. María de Lourdes Yerena Galeana titular de la notaria pública número 21 en Tepic Nayarit, mismo que fue otorgado por el Dr. Rafael Lara Leal en su carácter de apoderado legal del Instituto Universitario Metropolitano S.C. quien acredita su personalidad mediante escritura pública número 1,671, volumen V, libro I, folio 203 pasado ante la fe pública del Lic. Oscar Ayarzagoitia Aguirre Notario Público número 20 en Monterrey Nuevo León, misma que contiene poder otorgado por la Dra. Juana Alicia Garza Rodríguez administradora única de la Sociedad Civil Instituto Universitario Metropolitano S.C. acreditando su existencia legal en escritura pública número 11,256, tomo VI, volumen XXXII, foja 115 pasada ante la fe del Lic. Antonio Héctor Guerra Gutiérrez notario público suplente en ejercicio de la notaria pública número 46 en San Nicolás de los Garza, Nuevo León; presentó la solicitud de reconocimiento de validez oficial de estudios del plan y programas de estudio de la carrera de TÉCNICO EN RADIOLOGÍA, modalidad mixta, periodos semestrales, turno discontinuo y alumnado mixto, en términos de lo dispuesto por los artículos 38, 39, 40 y 41 del Acuerdo número 450. 3.- Que del análisis y estudio del plan y programas de la carrera TÉCNICO EN RADIOLOGÍA, modalidad mixta, periodos semestrales, turno discontinuo y alumnado mixto, propuesto por la C. LIC. MA. DEL REFUGIO URIBE VALADEZ, se desprende su procedencia y dictamen favorable emitido por el Departamento de Educación Media Superior, según obra el oficio DGEMSyS/DEMS/002/07/09, de conformidad en lo previsto por el artículo 55 fracción III de la Ley de Educación del Estado de Nayarit, así como en los artículos 31, 32, 33, 34, 35, y 36 del Acuerdo número 450. 4.- De igual forma se desprende que el personal docente y directivo propuesto por la C. LIC. MA. DEL REFUGIO URIBE VALADEZ cumple con la preparación académica para impartir el plan y programas de la carrera de TÉCNICO EN RADIOLOGÍA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 55 fracción I, de la Ley de Educación del Estado de Nayarit.

4 Periódico Oficial Miércoles 26 de Mayo del 2010 5.- Que la solicitud se resuelve en tiempo y forma, tomando en consideración la opinión favorable emitida por la Comisión Estatal Interinstitucional para la Formación y Capacitación de Recursos Humanos e Investigación en Salud, al plan y programas de estudio presentada por el Instituto Universitario Metropolitano, S.C, en la carrera de Técnico en Radiología, signado por el C. Dr. José Luis Amezcua Rojo, en su carácter de Secretario Técnico del CEIFCRHIS, bajo el oficio No. 002070, de fecha 23 de noviembre del 2009. 6.- Acreditó la ocupación legal del inmueble ubicado en Calle Arquitecto Antonio Rivas Mercado (antes Miñón) No. 68 pte. Colonia Centro, Tepic Nayarit, mediante contrato de promesa de venta celebrado por una parte los señores Francisco Javier Gómez y Reynalda López Godinez en su carácter de promitentes vendedores y por la otra el Dr. Rafael Lara Leal en su carácter de promitente comprador respectivamente. Pasado ante la fe pública del Lic. José Luis Bejar Rivera, notario público suplente adscrito y asociado a la notaria pública número 13 en Tepic Nayarit. Por lo expuesto, con fundamento en los artículos 3º y 8º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 7º de la Constitución Política del Estado de Nayarit; 1º, 7º, 10, 11 fracción II, 14 fracción IV, 21 párrafo segundo 28, 30 y 37 párrafo tercero, 46, 47, 54, 55, 56 párrafo segundo, 57, 60 y 80 de la Ley General de Educación; 1º, 2º, 8º, 9º fracciones VI y VIII, 19 fracción III, 34 35, 39, 54, 55, 56, 57, 58 y 59 de la Ley de Educación del Estado de Nayarit; 36 BIS de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit y en observancia al convenio de colaboración celebrado entre la Secretaría de Educación Pública y el Gobierno de esta Entidad el quince de septiembre de mil novecientos noventa y nueve; así como el Acuerdo número 450, publicado en el Diario Oficial de la Federación el ocho de diciembre de dos mil ocho, es de resolverse y se: R E S U E L V E PRIMERO.- Se otorga reconocimiento de validez oficial de Estudios al plan y programas de estudio de la carrera de TÉCNICO EN RADIOLOGÍA, modalidad mixta, periodos semestrales, turno discontinuo y alumnado mixto, a favor de la C. LIC. MA. DEL REFUGIO URIBE VALADEZ, bajo el Acuerdo número EMPT-1817-005-2009, para ser impartido en la institución educativa denominada "INSTITUTO UNIVERSITARIO METROPOLITANO, S.C., ubicada en Calle Arquitecto Antonio Rivas Mercado (antes Miñón) No.68 pte. Colonia Centro, Tepic, Nayarit. SEGUNDO.- El representante legal y/o titular del presente acuerdo queda obligado a: I.- Cumplir con los planes y programas de estudio amparados por este Acuerdo y autorizados por esta Secretaría de Educación Media Superior, Superior e Investigación Científica y Tecnológica. II.- Otorgar un mínimo de becas, equivalentes al cinco por ciento del total de alumnos inscritos en planes de estudios con reconocimiento, que por concepto de inscripción y colegiaturas se paguen durante cada ciclo escolar. La asignación de las becas se llevará a cabo con los criterios y procedimientos que establece la Ley General de Educación, la Ley de Educación del Estado de Nayarit; los artículos 82, 83, 84, 85, 86, 87 y 88 del Acuerdo

Miércoles 26 de Mayo del 2010 Periódico Oficial 5 número 450, así como las demás disposiciones que resulten aplicables en la materia y su otorgamiento no podrá condicionarse a la aceptación de ningún crédito o gravamen a cargo del becario, considerando a esta como la exención del pago total o parcial de las cuotas de inscripción y de colegiaturas que haya establecido el particular. III.- Facilitar y colaborar en las actividades de evaluación, vigilancia y supervisión que esta Secretaría de Educación Media Superior, Superior e Investigación Científica y Tecnológica realice y ordene: IV.- Dar aviso por escrito a esta Secretaría de Educación Media Superior, Superior e Investigación Científica y Tecnológica, respecto de los cambios relacionados con el horario, turno de trabajo y alumnado, denominación de la institución y/o en los planes y programas de estudio, así como para el caso de la actualización del contenido de las asignaturas que le integran de conformidad a lo establecido en el artículo 101 del Acuerdo número 450. V.- Tramitar un nuevo Acuerdo de reconocimiento de validez oficial de estudios, en términos de lo establecido por los artículos 101 y 102 del Acuerdo número 450. VI.- Contar con personal académico que cumpla con los requisitos académicos y profesionales, de conformidad con lo establecido por los artículos 57 fracción IV, de la Ley General de Educación; 55 fracción I, de la Ley de Educación del Estado de Nayarit; y en observancia en lo dispuesto por los artículos 31, 32, 33, 34, 35 y 36 del Acuerdo número 450. VII.- Conservar en las instalaciones del plantel, a disposición de la Secretaría de Educación Media Superior, Superior e Investigación Científica y Tecnológica, la documentación señalada en el artículo 73 del Acuerdo número 450. VIII.- Presentar ante esta Secretaría de Educación Media Superior y Superior e investigación Científica y Tecnológica, la documentación e información descrita en el artículo 74 del Acuerdo número 450. IX.- Conservar en los archivos de la institución educativa la documentación e información señalada en el numeral VII y VIII del presente resolutivo por un periodo mínimo de 3 años, de conformidad a lo establecido en el artículo 75 del multicitado Acuerdo número 450. X.- Cumplir con lo dispuesto en el artículo 3 de l a Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; la Ley General de Educación; la Ley de Educación del Estado de Nayarit, el Acuerdo Secretarial número 450, y demás disposiciones que resulten aplicables en la materia. TERCERO.- El "INSTITUTO UNIVERSITARIO METROPOLITANO, S.C., deberá mencionar en la documentación que expida y la publicidad que haga, su calidad de incorporada respecto al presente plan y programas de estudio, la fecha y número de este Acuerdo, así como la autoridad educativa que lo otorgó. CUARTO.- El presente reconocimiento de validez oficial de estudios es para efectos eminentemente educativos, por lo que la representante legal, queda obligada a renovar y

6 Periódico Oficial Miércoles 26 de Mayo del 2010 en general mantener vigente todos los permisos, dictámenes y licencias que procedan conforme a los ordenamientos que resulten aplicables, por parte de las autoridades no educativas que correspondan. QUINTO.- El reconocimiento de validez oficial de estudios que ampara el presente Acuerdo es específico para desarrollar el plan y programas de estudio de la carrera de TÉCNICO EN RADIOLOGÍA, modalidad mixta, periodos semestrales, turno discontinuo y alumnado mixto, en el inmueble ubicado en Calle Arquitecto Antonio Rivas Mercado (antes Miñón) No.68 pte. Colonia Centro, Tepic Nayarit; mismos que fueron aprobados por esta Secretaría en las siguientes asignaturas: PRIMER SEMESTRE o Técnicas Radiográficas I o Física Radiológica I o Seguridad Ocupacional o Anatomía Humana I o Terminología Médica I o Técnicas de Enfermería o Taller de Lectura y Redacción SEGUNDO SEMESTRE o Técnicas Radiográficas II o Física Radiológica II o Imagenología Radiológica I o Anatomía Humana II o Cuarto Oscuro o Terminología Médica II o Didáctica General TERCER SEMESTRE o Técnicas Radiográficas III o Medios de Contraste o Imagenología Radiológica II o Anatomía Humana III o Inglés I o Psicología General o Relaciones Humanas CUARTO SEMESTRE o Radiodoncia o Imagenología Radiológica III o Anatomía Humana IV o Técnicas Radiográficas IV o Manejo de Aparatos Electromédicos TÉCNICO EN RADIOLOGÍA

Miércoles 26 de Mayo del 2010 Periódico Oficial 7 o Inglés II o Ética QUINTO SEMESTRE o Administración de los Servicios de Rayos X o Patología o Computación o Inglés III o Metodología de la Investigación SEXTO SEMESTRE o Seminario de Titulación o Matemáticas o Inglés IV o Principios Básicos de Estadística SEXTO.- El reconocimiento de validez oficial de estudios que ampara el presente Acuerdo NO ES TRANSFERIBLE. SÉPTIMO.- De conformidad con lo previsto en el artículo 52 del Acuerdo número 450, el presente Acuerdo comienza a surtir efectos a partir del ciclo escolar 2009 2010. OCTAVO.- Notifíquese personalmente esta resolución a la C. LIC. MA. DEL REFUGIO URIBE VALADEZ quien legalmente representa sus intereses. A T E N T A M E N T E SUFRAGIO EFECTIVO NO REELECCIÓN SECRETARIO DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR, SUPERIOR E INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA, M. C. JOSÉ LUIS TORAL AGUILAR.- Rúbrica.