Régimen Especial Decreto 6.699/11 RFC o RTU Que Implica el Régimen de Comercialización RTU. 004 / RFC o RTU 19 de marzo de 2012 (Análisis) Mario Caceres - Carlos Zapata
Régimen de Tributo Unificado (R.T.U.) o Régimen Fronterizo de Comercialización (R.F.C.) Contenido de este documento: este documento es un breve explicativo que con un esquema de preguntas y respuestas explica en qué consiste el régimen tributario especial de Brasil. Cuál es el nombre del régimen? En Paraguay: Régimen Fronterizo de Comercialización (R.F.C.) En Brasil: Régimen de Tributo Unificado (R.T.U.) En adelante a efecto práctico llamaremos al régimen en adelante simplemente RTU. Que busca este régimen? Apunta hacia una formalización de la actividad comercial fronteriza. En qué consiste, y que beneficios otorga?: Para el Microempresario Brasileño: Es un régimen brasileño, establecido por ley N º 11.898, del 8 de enero de 2009, que le permite a MICROEMPRESARIOS (comúnmente llamados sacoleiros ), ingresar a territorio brasileño productos originarios de CIUDAD DEL ESTE PARAGUAY LEGALMENTE (el régimen no hace referencia a la posibilidad de ingresar desde otros puntos). Para el microempresario brasilero implica igualmente la posibilidad de ingresar al Brasil productos sin que existan riesgos de que en la frontera se decomisen los mismos a los compradores, lo cual amplia el marco de negociación, pues éstos productos serán más requeridos por su legalidad. Para el Comercio Paraguayo: Posibilita vender a microempresarios Brasileños, por un canal legal. Para el comercio Paraguayo, no representa un régimen especial, el régimen solo es excepcional en Brasil. Cuanto es el Tributo Único que deben tributar los productos de la lista en Brasil? Es el 25%, tributo sustitutivo de todos los tributos en Brasil, ordinariamente los tributos en Brasil rondan entre el 45% y el 50%. Que productos se pueden importar de Paraguay a Brasil, bajo este régimen? La lista de productos esta en el Decreto anexo en este documento). Nº 6956 del 09/09/09 de Brasil (ver No se admite que productos que no estén contemplados en la lista de productos (ver anexo) sean importados en Brasil con el régimen R.T.U., así como armas y municiones, fuegos artificiales, explosivos, bebidas, incluyendo el alcohol, cigarrillos, vehículos de motor en general y a los buques de todo tipo, incluyendo sus partes, medicamentos, neumáticos, productos usados y de las mercancías de importación con el suspendido o prohibido en Brasil.
Que tramites deben hacer los Microempresarios Brasileños que deseen vender a Microempresarios Brasileños bajo este régimen? La Activación previa de microimportadora es el procedimiento que permitirá a la responsable microimportadora para llevar a cabo los actos en el sistema de gestión informatizada de la RTU, que se realiza por la unidad del servidor del Servicio Interno de Rentas supervisión aduanera con las actividades en el establecimiento de microimportadora matriz. Esta pre-calificación se llevará a cabo a través de un procedimiento administrativo con la entrega de la solicitud debidamente cumplimentada y una lista de documentos que se requieren. Que tramites deben hacer los comerciantes Paraguayos que deseen vender a Microempresarios Brasileños bajo este régimen? Inscribirse en la Subsecretaría de Estado de Tributación en la Sede Regional de Alto Paraná y/o en la central de Asunción, utilizando el formulario FL_RFC06 "CREACIÓN/ACTUALIZACIÓN del USUARIO. Que formalidades deben cumplir las operaciones en el momento de la venta? El comercio paraguayo inscripto como comercio autorizado RTU, debe emitir: 1) FACTURA CON TIMBRADO AUTORIZADO POR LA SET 2) Mas un comprobante especial que reúna las especificaciones del RTU, Ambos comprobantes deben ser entregados al comprador juntamente con el producto empaquetado y etiquetado para que este inicie con su clave de acceso obtenida en el Brasil, los trámites para el transporte de la mercadería. Que formalidades deben cumplir las operaciones en el momento de su entrada al Brasil? El microempresario brasileño debe presentar la FACTURA del comercio paraguayo para su anotación en el sistema informático de la Receita Federal en el Servicio Interno de Rentas supervisión aduanera, para proceder al del 25% de Tributo Único sobre el valor de la factura. Cuál es el tope máximo a importar desde Ciudad del Este bajo este régimen para los Microempresarios brasileños? Cada microempresa brasilera con licencia en el RTU estará sujeto a los siguientes límites máximos para las importaciones bajo este régimen: 1) Desde Enero a Marzo de cada año: R $ 18.000,00 2) Desde Abril a Junio de cada año: R $ 18.000,00 3) Desde Julio a Setiembre: R $ 37.000,00 4) Desde Octubre a Diciembre de cada año: R $ 37.000,00 5) El límite máximo por año es de R $ 110.000,00. Si estos montos son superados el tratamiento tributario en Brasil debe ajustarse al régimen general, lo que implica más complicaciones administrativas y económicas para dicho microempresario. Ante este escenario, nada impide que siga comprando los productos que desee, debiendo iniciar los trámites de importación o en el peor de los escenarios introducirlos de manera clandestina con todas las consecuencias, riesgos e implicancias que representa esta modalidad.
Cuáles son las disposiciones legales del Brasil que reglamentan al régimen R.T.U. para los Microempresarios que deseen importar de Paraguay y comercializarlos en Brasil?. 1) La Ley N º 11.898, del 8 de enero de 2009 - Crea el Régimen Tributario Unificado - RTU de la importación por vía terrestre, las mercancías procedentes de Paraguay, y que modifica las Leyes n de 10.637, del 30 de diciembre de 2002, y 10833 del 29 de diciembre de 2003. 2) Reglamentado por el Decreto Nº 6956 del 09/09/09 Regula las disposiciones de la Ley N º 11.898 del 8 de enero de 2009, se establece el Régimen Tributario Unificado - RTU de la importación por vía terrestre, los bienes provenientes de Paraguay y, 3) Por la Instrucción Normativa RFB Nº 1098 del 14/12/10. Cuáles son las disposiciones legales del Paraguay que reglamentan al régimen R.T.U. para los comercios que deseen comercializar a clientes brasileños. 4) DECRETO Nº 6.699/11 - POR EL CUAL SE ESTABLECE UN RÉGIMEN DE TRAMITES SIMPLIFICADOS PARA LA COMERCIALIZACIÓN DE BIENES EN LAS ZONAS AFECTADAS POR EL COMERCIO FRONTERIZO ENTRE CIUDAD DEL ESTE (REPÚBLICA DEL PARAGUAY) Y FOZ DE IGUAZÚ (REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL). 5) RESOLUCIÓN GENERAL N 63/11 - POR LA CUAL SE ESTABLECEN PROCEDIMIENTOS PARA EL REGISTRO Y CONTROL DE USUARIOS INTERVINIENTES EN EL RÉGIMEN FRONTERIZO DE COMERCIALIZACIÓN ENTRE CIUDAD DEL ESTE Y FOZ DE IGUAZÚ. 6) RESOLUCIÓN GENERAL N 72/12 - POR LA CUAL SE ESTABLECEN LINEAMIENTOS DE FACTURACIÓN, DOCUMENTOS COMPLEMENTARIOS, EMBALAJE, ETIQUETADO Y RÉGIMEN DISCIPLINARIO PARA LA COMERCIALIZACIÓN DE BIENES AL AMPARO DEL RÉGIMEN FRONTERIZO DE COMERCIALIZACIÓN. Que implica para el comercio paraguayo la inscripción en el régimen R.T.U.? La implicancia principal es la de poder comercializar a clientes brasileños, productos legalmente, lo que posibilita a los mismos poder acrecentar sus ventas. Al comercio paraguayo la SET entregará una cuenta de acceso (usuario y contraseña) para el ingreso al Sistema Informático de Control de tal forma a convalidar las operaciones realizadas. La SET tiene la facultad de inhabilitar a los vendedores paraguayos si éstos incurren en incumplimientos o irregularidades, con lo cual quedan fuera del referido régimen.
Anexo MERCADERIAS O PRODUCTOS QUE FIGURAN EN EL ANEXO DEL DECRETO EMITIDO POR EL BRASIL Y QUE SON LOS QUE PUEDEN SER OBJETO DEL REGIMEN FRONTERIZO - RTU NCM DESCRIPCIÓN 8470 Máquinas de calcular y máquinas de bolsillo de grabación, reproducción y visualización con función de cálculo; máquinas de contabilidad, de franquear, máquinas, expedir boletos y máquinas similares, con dispositivo de cálculo con, las cajas registradoras. 8470.10.00 Calculadoras electrónicas que puedan funcionar sin una fuente externa de energía eléctrica y máquinas de bolsillo con función de cálculo de grabación, reproducción y visualización de 8470.2 Las demás máquinas de calcular electrónicas: 8470.21.00 - Construida en el dispositivo de impresión 8470.29.00 - Otros 8470.30.00 Las demás máquinas de calcular 8471 Máquinas expendedoras de procesamiento de datos y sus unidades; lectores magnéticos u ópticos, máquinas para registro de datos sobre soporte en forma codificada y máquinas para el procesamiento de estos datos, no expresados ni comprendidos en otra parte. 8471.30 Máquinas para el procesamiento automático de datos, portátiles, de peso de 10 kg, que contiene al menos una unidad central de proceso, un teclado y una pantalla 8471.30.1 Que puedan funcionar sin una fuente externa de energía 8471.30.11 Que pesan menos de 350g, con teclado alfanumérico por lo menos 70 teclas y un área de exposición que no exceda de 140cm2 8471.30.90 Otro 8471.4 Las demás máquinas para procesamiento de datos: 8471.41 - Con un contenido en la misma envoltura, al menos una unidad central de procesamiento, e incluso combinadas, una unidad de entrada y una unidad de salida 8471.41.10 Que pesan menos de 750g, sin teclado, reconocimiento de escritura de datos de entrada, y los comandos a través de un área de pantalla de menos de 280cm2 8471.41.90 Otro 8471.49.00 - Los demás, presentados en forma de sistemas 8471.60 Unidades de entrada o salida, aunque incluyan en el mismo cuerpo, las unidades de memoria 8471.60.5 Unidades de entrada 8471.60.52 Teclados 8471.60.53 Indicadores o punteros ("mouse" y "track-ball", por ejemplo) 8471.60.54 Tabletas 8471.60.59 Otro 8472 OTRAS MÁQUINAS Y EQUIPOS DE OFICINA (por ejemplo, duplicar hectógrafo o estarcido, DIRECCIONES para máquinas de impresión, máquinas expendedoras de billetes, MÁQUINAS PARA SELECCIONAR, contando o el embalaje, máquinas para afilar lápices, perforadoras o grapadoras). 8472.90.40 Máquinas para afilar lápices, perforadoras, grapadoras y unstapling 8506 Pilas y baterías de pilas, eléctricas.
NCM DESCRIPCIÓN 8506.40 De-óxido de plata 8506.40.10 Volumen exterior inferior o igual a 300 cm ³ 8506.40.90 Otro 8506.50 De litio- 8506.50.10 Volumen exterior inferior o igual a 300 cm ³ 8506.50.90 Otro 8506.60 De zinc-aire 8506.60.10 Volumen exterior inferior o igual a 300 cm ³ 8506.60.90 Otro 8508 Aspiradoras. 8508.1 -Con motor eléctrico: 8508.11.00 - De potencia inferior o igual a 1.500 W y cuyo volumen del depósito no sea superior a 20 litros 8508.19.00 - Otros 8508.60.00 Vacío, otros 8509 Aparatos electromecánicos para el motor eléctrico del hogar, excepto las aspiradoras de la partida 85.08. 8509.40 -Trituradoras y mezcladoras de alimentos, licuadoras o vegetales 8509.40.10 Licuadoras 8509.40.20 Mezcladores 8509.40.30 Picadoras de carne 8509.40.40 Extractores centrífugos de jugo 8509.40.50 Múltiples dispositivos, equipados con accesorios intercambiables para procesar alimentos 8509.40.90 Otro 8509.80 Radio-otros 8509.80.90 Otro 8510 Equipo de aparatos o máquinas de afeitar, tijeras o cortadora de cabello y el afeitado, el motor eléctrico. 8510.10.00 -Aparatos o máquinas de afeitar 8510.20.00 Máquina de corte de cabello o afeitarse 8510.30.00 -Afeitado aparato 8512 El equipo eléctrico de iluminación o señalización (excepto los artículos de la partida 85.39), limpiaparabrisas, eliminadores de escarcha y vaho (vaho) eléctrica, de los tipos utilizados para bicicletas y coches. 8512.10.00 -Aparatos de alumbrado o señalización visual de los tipos utilizados en bicicletas 8512.20 -Otros de iluminación o de señalización visual 8512.20.1 Aparatos de alumbrado 8512.20.11 Faros 8512.20.19 Otro 8512.20.2 Aparatos de señalización visual 8512.20.21 Luces fijas 8512.20.22 Luces indicadoras de maniobras 8512.20.23 Cajas de luces combinadas 8512.20.29 Otro 8513 Lámparas eléctricas portátiles diseñados para funcionar por su propia fuente de energía (por ejemplo: de pilas, acumuladores,
NCM DESCRIPCIÓN electromagnéticas), excepto los aparatos de alumbrado de la partida 85.12. 8513.10 -Linternas 8513.10.10 Manuales 8513.10.90 Otro 8516 Calentadores eléctricos de agua y calentadores eléctricos de inmersión, aparatos eléctricos para la calefacción, el suelo o usos similares; Electro-cuidado del cabello (por ejemplo, secadores de pelo, rulos, pinzas para el cabello y calentadores) o en seco manos, planchas eléctricas; otros aparatos electrotérmicos de uso doméstico, resistencias calentadoras, excepto las de la partida 85.45. 8516.10.00 Calentadores de agua eléctricos, y calentadores de inmersión 8516.2 -Calefacción eléctrica el espacio y en el suelo o usos similar: 8516.21.00 - Radiadores de acumulación 8516.29.00 - Otros 8516.3 -Electro-el cuidado del cabello o para secar las manos: 8516.31.00 - Secadores de pelo 8516.32.00 - Otros equipos para peluquería 8516.33.00 - Aparatos para secar las manos 8516.60.00 -Otros hornos, cocinas, cocinas (incluidas las placas, la ebullición), parrillas y asadores 8516.7 -Los demás aparatos electrotérmicos: 8516.71.00 - Aparatos para preparar café o té 8516.72.00 - Tostadoras 8516.79 - Otros 8516.79.10 Utensilios de cocina 8516.79.20 Freidora 8516.79.90 Otro 8516.80 -Resistencias 8516.80.10 Para los dispositivos de esta partida 8516.80.90 Otro 8517 Teléfonos, incluidos los teléfonos móviles celulares u otras redes inalámbricas; los demás aparatos de transmisión o recepción de voz, imagen u otros datos, incluidos los de comunicación en una red cableada o inalámbrica (por ejemplo, una red de área local ( LAN) o red de área amplia (WAN)), a excepción de los aparatos de las partidas 84.43, 85.25, 85.27 o 85.28. 8517.1 -Telefonos, incluidos los teléfonos móviles celulares u otras redes inalámbricas: 8517.11.00 - Teléfonos con transmisión por cable de micrófono inalámbrico, teléfono 8517.12 - Teléfonos para redes celulares u otras redes inalámbricas: 8517.12.1 En radio, analógica 8517.12.12 Fijo, sin un suministro de energía, Monochannels 8517.12.13 Muebles, del tipo utilizado para vehículos de motor 8517.12.19 Otro 8517.12.2 Sistema troncalizado ("trunking") 8517.12.21 Ordenadores portátiles 8517.12.22 Fijo, sin un suministro de energía 8517.12.23 De los tipos utilizados en vehículos automóviles
NCM DESCRIPCIÓN 8517.12.29 Otro 8517.12.3 Las redes celulares, excepto por satélite 8517.12.31 Ordenadores portátiles 8517.12.32 Fijo, sin un suministro de energía 8517.12.33 De los tipos utilizados en vehículos automóviles 8517.12.39 Otro 8517.12.4 Telecomunicaciones por satélite 8517.12.41 Operación digital en la banda C, Ku, L o S 8517.12.49 Otro 8517.12.90 Otro 8517.18 - Otros 8517.18.10 Interfono 8517.18.20 Teléfonos públicos 8517.18.9 Otro 8517.18.91 Sin combinar con otros dispositivos 8517.18.99 Otro 8517.6 -Los demás aparatos de transmisión o recepción de voz, imagen u otros datos, incluidos los de comunicación en red cableada o inalámbrica (por ejemplo, una red de área local (LAN) o red de área amplia (WAN)): 8517.62.92 Receptores personales de paginación con la presentación del mensaje en la pantalla alfanumérica ("LCD") 8517.62.93 Otros receptores de localización personal 8518 Micrófonos y sus soportes, altavoces, incluso montados en sus recipientes; auriculares, incluso combinados con un micrófono, y juegos o conjuntos constituidos por un micrófono y uno o más altavoces, amplificadores de audio de frecuencia eléctrica, aparatos de amplificación del sonido. 8518.30.00 Auriculares, incluso combinados con micrófono, y juegos o conjuntos constituidos por un micrófono y los altavoces de uno o más 8518.40.00 -Audio amplificadores eléctricos de audiofrecuencia 8518.50.00 -Eléctricos para amplificación de sonido 8519 Aparatos de grabación, reproducción de sonido, grabación y reproducción de sonido. Los dispositivos de sonido activados con monedas, billetes, 8519.20.00 tarjetas, fichas o cualquier otro medio de pago. 8519.30.00 -Tocadiscos, sin dispositivos de amplificación de sonido 8519.50.00 Secretario electrónica 8519.8 -Los demás aparatos: 8519.89.00 - Otros 8521 De grabación o reproducción, que no incorporen un sintonizador de vídeo. 8521.10 En cinta magnética 8521.10.10 Grabador-reproductor, sin sintonizador 8521.10.8 Los demás, para cintas de anchura inferior a 19,05 mm (¾ ") 8521.10.81 En la cinta, el ancho de la cinta igual a 12,65 mm (½ ") 8521.10.89 Otro 8521.10.90 Los demás, para cintas de mayor o igual a 19,05 mm (¾ ") 8.521,90 -Otros 8521.90.10 El escritor y editor de jugadores imagen y el sonido de los discos a través magnéticos, ópticos o optomagnético
NCM DESCRIPCIÓN 8523 Discos, cintas, dispositivos de almacenamiento no volátil de datos basados en semiconductores, "tarjetas inteligentes" ("smart cards") y demás soportes para grabar sonido o grabaciones análogas, incluso si se ha grabado, incluyendo las matrices y moldes galvánicos para la fabricación registro, excepto los productos del capítulo 37. 8523.2 -Magnética medios de comunicación: 8523.21 - Las tarjetas con banda magnética 8523.21.10 No se registran 8523.21.20 Grabado 8523.29 - Otros 8523.29.1 Discos magnéticos 8523.29.11 De los tipos utilizados en los discos duros 8523.29.19 Otro 8523.29.2 Cintas magnéticas, sin grabar 8523.29.21 De una anchura no superior a 4 mm, en casetes 8523.29.22 De anchura superior a 4 mm pero no superior a 6,5 mm 8523.29.23 De anchura superior a 6,5 mm pero inferior o igual de 50,8 mm (2 "), en rollos o bobinas 8523.29.24 De anchura superior a 6,5 mm, en casetes para grabación de video 8523.29.29 Otro 8523.29.3 Cintas magnéticas, grabado 8523.29.31 Para reproducir fenómenos distintos del sonido o imagen 8523.29.32 De una anchura no superior a 4 mm, en cartuchos o casetes, a excepción de la cláusula 8523.29.31 8523.29.33 De anchura superior a 6,5 mm, a excepción de la cláusula 8523.29.31 8523.29.39 Otro 8523.29.90 Otro 8523.40 Los medios de comunicación óptica 8523.40.2 Grabado 8523.40.21 Para reproducir únicamente sonido 8523.40.22 Para reproducir fenómenos distintos del sonido o imagen 8523.40.29 Otro 8523.5 Semiconductor-Media: 8523.51 - Existentes no volátil de almacenamiento de datos basadas en semiconductores 8523.51.10 Tarjetas de memoria ("las tarjetas de memoria") 8523.51.90 Otro 8523.52.00 - Las tarjetas inteligentes ("smart cards") 8523.59 - Otros 8523.59.10 Tarjetas y etiquetas por aproximación 8523.59.90 Otro 8523.80.00 -Otros 8525 Transmisores (emisor) de radiodifusión o televisión, aparato que incorpora un aparato receptor o de grabación o reproducción de sonido, cámaras de televisión, cámaras fotográficas digitales y videocámaras. 8525.80 -Cámaras de televisión, cámaras digitales y videocámaras 8525.80.1 Las cámaras de televisión 8525.80.11 Con tres o más sensores de imagen 8525.80.12 Con el semiconductor de imagen CCD sensor, más de 490 x 580
NCM DESCRIPCIÓN elementos de la imagen ("píxeles") los activos, sensibles a la intensidad de la luz por debajo de 0,20 lux 8525.80.19 Otro 8525.80.2 Cámaras digitales y videocámaras 8525.80.21 Con tres o más sensores de imagen 8527 Aparatos receptores de radiodifusión, combinados o no en la misma envoltura con grabador o reproductor de sonido o con reloj. 8527.2 -Aparatos receptores de radiodifusión que sólo funcionan con una fuente externa de energía, de los tipos utilizados en vehículos de motor: 8527.21 - Combinados con grabador o reproductor de sonido 8527.21.10 Con cassette 8527.21.90 Otro 8527.29.00 - Otros 8527.9 -Los demás: 8527.91 - Combinados con grabador o reproductor de sonido 8527.91.10 Con reproductor de casetes y una grabadora 8527.91.20 Con jugadores de la grabadora y grabar 8527.92.00 - Sin combinar con el sonido de grabación o reproducción de sonido, pero combinado con un reloj 8527.99 - Otros 8527.99.10 Amplificador con sintonizador ("receptor") 8527.99.90 Otro 8528 Monitores y proyectores, que no incorporen aparato receptor de televisión, receptores de televisión, incluso con aparato receptor de radiodifusión o de grabación o reproducción de sonido o imágenes. 8528.4 -Los monitores con tubo de rayos catódicos: 8528.41 - De los tipos utilizados exclusiva o principalmente, con un sistema de procesamiento automático de la partida 84.71 8528.41.10 Monocromo 8528.41.20 Policromo 8528.49 - Otros 8528.49.10 Monocromo 8528.49.2 Policromo 8528.49.21 Con la selección de dispositivos de exploración ("subanálisis") y la sincronización de retraso horizontal o vertical ("H / V delay" o "pulso-cross") 8528.49.29 Otro 8528.5 -Otros monitores: 8528.51 - De los tipos utilizados exclusiva o principalmente, con un sistema de procesamiento automático de la partida 84.71 8528.51.10 Monocromo 8528.59 - Otros 8528.59.10 Monocromo 8528.6 -Proyectores: 8528.61.00 - De los tipos utilizados exclusiva o principalmente en un sistema automático de procesamiento de datos de la partida 84.71 8528.69.00 - Otros 8528.7 -Aparatos receptores de televisión, incluso con aparato receptor de radiodifusión o de grabación o reproducción de
NCM DESCRIPCIÓN sonido o imágenes: 8528.71 - No concebidos para incorporar un dispositivo de pantalla ("display visual") o una pantalla de video 8528.71.1 Decodificador receptor integrado (IRD) de señales de vídeo digitales codificados 8528.71.11 No hay salida de radiofrecuencia (RF) modulada en el canal 3 o 4, con salidas de audio balanceadas con una impedancia de 600 ohms, adecuada para el montaje de "bastidores" y el conector de salida de vídeo BNC 8528.73.00 - Otros, negro y negro o demás monocromos 9006 Cámaras, equipos y dispositivos, incluidos lámparas y tubos, la luz de flash ("flash"), fotos, excepto las lámparas y tubos de descarga de la partida 8539. 9006.10.00 -Cámaras fotográficas de los tipos utilizados para la preparación de planchas de impresión o cilindros 9006.30.00 -Cámaras especialmente diseñado para bajo el agua o el aire, el examen médico de órganos internos de los laboratorios de medicina legal o investigación judicial 9006.40.00 Cámaras, el cine y el doblaje al instante de la revelación 9006.5 -Otras cámaras: 9006.51.00 - Con la pantalla de reflexión a través de la lente (la "reflexión"), el cine, en rollos de anchura no superior a 35 mm 9006.52.00 - Las demás películas en rollos, anchura inferior a 35 mm 9006.53 - Las demás películas, en rollos de 35 mm de ancho 9006.53.10 Foco fijo 9006.53.20 Enfoque ajustable 9006.59 - Otros 9006.59.10 Foco fijo 9006.59.2 Enfoque ajustable 9006.59.21 Para obtener negativo de 45 mm x 60 mm o más dimensiones 9006.59.29 Otro 9006.6 -Los aparatos y dispositivos, incluidos lámparas y tubos, la luz de flash ("flash") foto: 9006.61.00 - Aparatos de tubo de descarga para producir luz de flash ("flash" de la electrónica) 9006.69.00 - Otros 90.07 Cámaras, proyectores, películas, incluso con grabador o reproductor de sonido incorporados. 9007.1 -Cámaras: 9007.11.00 - Para la película de menos de 16 mm de ancho o de las películas "8mm doble" 9007.19.00 - Otros 9007.20 -Proyectores 9007.20.10 Para la película de 16 mm menos de ancho 9007.20.9 Otro 9007.20.91 Para el cine de ancho mayor o igual a 35 mm pero inferior o igual 70 mm 9007.20.99 Otro 9008 Proyección fija-fija, cámaras, zoom o alejar. 9008.10.00 -Proyectores de diapositivas 9008.20 -Microfilm, lectores de microformas microfichas u otros, sean
NCM DESCRIPCIÓN o no capaces de producir copias 9008.20.10 Los lectores de microfilm 9008.20.90 Otro 9008.30.00 Imagen de otros proyectores fijos 9008.40.00 -Cámaras, la ampliación o reducción
Régimen Especial Decreto 6.699/11 RFC o RTU Régimen Fronterizo de Comercialización o Régimen de Tributo Unificado 004 / RFC o RTU