Asamblea Nacional Secretaría General TRÁMITE LEGISLATIVO 2014-2015



Documentos relacionados
públicos, por la supuesta comisión del abuso en el ejercicio de sus funciones

Asamblea Nacional Secretaría General TRÁMITE LEGISLATIVO

PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO. PRIMER ENCUENTRO ESTATAL DE JUECES. LA REPARACIÓN DEL DAÑO EN RELACIÓN CON LA CONDENA CONDICIONAL

Dios, Patria y Libertad República Dominicana


ORDENANZA REGULADORA DE LA SEDE ELECTRÓNICA Y DEL REGISTRO ELECTRÓNICO DEL CONSORCIO DE AGUAS DE BILBAO-BIZKAIA.

4. INSTITUCIONES Y ÓRGANOS DE AUTOGOBIERNO 4. C) Presidente 4. C). 3. Estatuto, funciones o atribuciones

FE DE ERRATAS. Debe decir: Judicial, serán hechos preferentemente, entre aquellas personas que

Ley No que crea la Ley Orgánica de la Suprema Corte de Justicia. Publicada en la G.O. No del 15 de octubre de 1991.

- Tramitación de denuncias contra abogados ante su Colegio Profesional

ARTICULO 3. - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

ADVERTENCIA. 18 de febrero de Licenciado Mario Calderón Cornejo, Director Dirección General de la Policía de Tránsito

RESOLUCIÓN DE CONVOCATORIA DE UN CURSO DE LENGUAJE JURÍDICO GALLEGO PARA EL PERSONAL AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Sistemas de formación para abogados en la UE Polonia

LEY CONVENCION INTERNACIONAL RELATIVA AL CONTRATO DE VIAJE

RESUMEN. I. Obligaciones del Mediador. II. Casos en que el Mediador puede ser eliminado del Registro. III. Materias de mediación.

El Deber de Protección del empleado expatriado o desplazado en la legislación española Por Javier Contin Guillén Abogado SOS Assistance España, S.A.

Resolución aprobada por la Asamblea General el 10 de diciembre de [sobre la base del informe de la Sexta Comisión (A/69/495)]

Asamblea Nacional Secretaría General TRÁMITE LEGISLATIVO 2011

Diario Oficial de la Unión Europea

Entran en vigor el 1 de enero de 2016, respecto de los procedimientos que se inicien a partir de esta fecha.

OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS

Gabinete Jurídico. Informe 0542/2009

Minuta Proyecto de Ley que reforma el régimen económico matrimonial de Sociedad Conyugal

Nota de prensa. Anteproyecto de Ley de Protección de la Vida del Concebido

1º) El título oficial de Médico Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria fue creado a través del Real Decreto 3303/1978, de 29 de diciembre,

profesorado o el personal no docente

Segundo.- Los expedientes a que se refiere el número anterior podrán responder a alguno de los siguientes supuestos:

DERIVACION RESPONSABILIDAD A ADMINISTRADORES POR DEUDAS CUOTAS SEGURIDAD SOCIAL

Gerente de Políticas de Gestión de Recursos MANUEL MESONES CASTELO. Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.

El Ministerio Fiscal considera que la apreciación de la prueba llevada a cabo por la Jueza debe ser rectificada.

REGLAMENTO TIPO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CONSEJO DE REPRESENTANTES DE LA ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE BURGOS

LEY DE SOCIEDAD DE CONVIVENCIA PARA EL DISTRITO FEDERAL

REGLAMENTO DE LA CORTE DE ARBITRAJE DEL COLEGIO OFICIAL DE AGENTES DE LA PROPIEDAD INMOBILIARIA DE LA PROVINCIA DE ALICANTE

Proyecto de ley pretende regular y ampliar los efectos de la justicia restaurativa en materia penal. Proyecto de ley

Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza

LEY 7/2015, NOTAS PARA SU INTERPRETACION Y APLICACIÓN

Tratado sobre Asistencia Jurídica Mutua en Materia Penal entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República Dominicana

DECRETO NÚMERO EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que las debilidades del sistema de justicia penal deben ser atendidas y

PROYECTO DE REAL DECRETO SOBRE HOMOLOGACION DE PLANES DE ESTUDIOS Y TÍTULOS DE CARÁCTER OFICIAL Y VALIDEZ EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL

PROTOCOLO NÚMERO 7 AL CONVENIO EUROPEO PARA LA SALVAGUARDIA DE LOS DERECHOS HUMANOS Y LAS LIBERTADES FUNDAMENTALES

Ley 42/2015, de 5 de octubre, de Reforma de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil

Instrucción 13/S SUPUESTOS DE POSIBLE IMPUTACIÓN PENAL EN CASOS DE PÉRDIDA DE VIGENCIA DECLARADA.

ORDENANZA REGULADORA DE LOS HORARIOS DE ESTABLECIMIENTOS Y ESPECTÁCULOS PÚBLICOS Y ACTIVIDADES RECREATIVAS.

Asamblea Nacional Secretaría General TRÁMITE LEGISLATIVO

ACUERDO GUBERNATIVO No

(TEXTO DE APROBACION FINAL POR LA CAMARA) (25 DE AGOSTO DE 2014) ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C.

XXII Congreso Nacional de

TEMAS DERECHO PROCESAL PENAL

Qué requisitos deben cumplir los albaranes o notas de entrega?

NOTA TÉCNICA DERECHO DE SEPARACIÓN DEL SOCIO EN CASO DE FALTA DE DISTRIBUCIÓN DE DIVIDENDOS.

RESOLUCIÓN DEL JURADO

PERITAJES SOCIALES EN CASOS DE VIOLENCIA DE GÉNERO 180 horas online

ALERTA ANTICORRUPCIÓN: Apuntes de tipicidad sobre el delito de enriquecimiento ilícito

El Derecho de la Competencia en Argentina

Violencia de género y doméstica. Asuntos del Registro central.

LA LEY DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DE BIENES A FAVOR DEL ESTADO Federico Escóbar Klose Asesor Legal

LEY DE RESPONSABILIDAD PENAL EMPRESARIAL

RESOLUCIÒN.- Hermosillo, Sonora a cuatro de Mayo de dos mil doce

SOCIEDAD ESPAÑOLA DE MEDICINA Y SEGURIDAD DEL TRABAJO PRESIDENTE. Madrid 3 de Noviembre de Excelentísimo Señor:

INDICE LIBRO QUINTO "EJECUCION" TITULO I. DISPOSICIONES GENERALES (Art. 498 a 502)...

SEGUNDO.- Las diligencias están declaradas secretas desde el 21 de junio del presente año.

PRONTUARIO DE TÉRMINOS, PRÁCTICAS Y PROCEDIMIENTOS MÁS USADOS EN EL TRABAJO PARLAMENTARIO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LA UNIÓN

PROCESO CAS N MC

COLEGIO COLOMBIANO DE PSICÓLOGOS Concepto Jurídico

A) Preguntas relacionadas con el apartado 1 del artículo único del citado real decreto-ley:

Dip. José Alfredo Ferreiro Velazco Presidente de la mesa directiva del Congreso Del Estado de la XIX Legislatura. Compañeras y compañeros Diputados:

REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN (REAL DECRETO 39/1997, DE 17 DE ENERO) REDACCIÓN ANTERIOR REDACCIÓN VIGENTE A PARTIR DEL

ESTADÍSTICAS SOCIALES RECOPILACIÓN DE ESTADÍSTICAS JUDICIALES CONCEPTOS Y DEFINICIONES

Presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla,

No Gaceta Oficial Digital, jueves 22 de mayo de LEY 27 De 21 de mayo de 2008

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL FORO ELECTRÓNICO DE ACCIONISTAS

LEY DE SOCIEDAD DE CONVIVENCIA PARA EL DISTRITO FEDERAL.

INDICADORES DE EVALUACIÓN DE CALIDAD DE DECISIONES DE JUECES Y FISCALES DEL PERÚ

3. DERECHOS ESTATUTARIOS Y PRINCIPIOS RECTORES 3.C) GARANTÍAS DE LOS DERECHOS Y PRINCIPIOS RECTORES

EXPOSICION DE MOTIVOS

CATALUÑA Decreto 24/2005

E X P O S I C I Ó N D E M O T I V O S:

BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES

1. Consideraciones previas.

CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES.

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA REGLAMENTO PARA LA AUTORIZACIÓN DE PERMISOS DE SALIDA DEL PAÍS DE PERSONAS MENORES DE EDAD

Artículos del Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar, 1974

Segunda Mesa de Trabajo

MINISTERIO DE LA PROTECCiÓN SOCIAL

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE. Edición 30 de octubre de 2013

I.- FUNDAMENTOS JURÍDICOS PARA LA EJECUCIÓN DE LAS DECISIONES DE RETORNO FUNDADAS EN EL CONVENIO DE LA HAYA.

GOBIERNO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. 2115

Una vez llevada a cabo la correspondiente investigación, constan los siguientes ANTECEDENTES

(2) La Fundación está autorizada a recibir ayudas de terceros. La Fundación promueve recibir más ayudas de terceros.

En consecuencia, proclama, en presencia del ser supremo, la declaración siguiente de los derechos del hombre y del ciudadano.

Reglamento sobre el visado de gastos con cargo al Presupuesto de la República

29 de octubre de Estimada/o compañera/o:

PODER JUDICIAL. Modifica la Ley Orgánica 6/1985, de (RCL 1985\1578 y 2635), del Poder Judicial, relativa a la justicia universal.

CONVENCION SOBRE LA PREVENCION Y EL CASTIGO DE DELITOS CONTRA PERSONAS INTERNACIONALMENTE PROTEGIDAS, INCLUSIVE LOS AGENTES DIPLOMÁTICOS

Normativa específica de movilidad de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales. (Acuerdo de la Junta de Facultad de 12 de mayo de 2011)

Test " Estatuto de Autonomía de Valencia 2006

NORMA GENERAL NO

Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales

Transcripción:

Asamblea Nacional Secretaría General TRÁMITE LEGISLATIVO 2014-2015 ANTEPROYECTO DE LEY: 086 PROYECTO DE LEY: LEY: GACETA OFICIAL: TÍTULO: QUE DEROGA LA LEY 55 DE 2012, SOBRE PROCESOS CONTRA LOS MIEMBROS DE LA ASAMBLEA NACIONAL. FECHA DE PRESENTACIÓN: 28 DE AGOSTO DE 2014. PROPONENTE: LIC. EDNA E. RAMOS CHUE, PRESIDENTE DEL MOVIMIENTO DE ABOGADOS GREMIALISTAS, MAG. COMISIÓN: GOBIERNO, JUSTICIA Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES. Apartado 0815-01603 Panamá 4, Panamá

nv'c:i"ti"\ DE LEY N 08S COI\i1ISlé>N DE GOBIERNO, JUSTICIA Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES PROPUESTA CIUDADANA DE REFORMA LEGISLATIVA Presentada por el Movimiento de Abogados Gremialistas MAG. hoy martes 15 de julio de 2014. Antes de la reforma constitucional del año 2004 el artículo 149 del texto constitucional disponía que los miembros de la Asamblea Legislativa gozarían de inmunidad. En el período de cinco días antes de cada legislatura durante este y hasta cinco días después no podrían ser perseguidos ni detenidos por causas penales o policivas sin previa autorización de la Asamblea Legislativa. Esta inmunidad constitucional se convirtió en la mas absoluta y vergonzosa impunidad por lo cuat con la reforma constitucional del año 2004 el texto constitucional varió así: "Artículo 155. Los miembros de la Asamblea Nacional podrán ser investigados y procesados por el Pleno de la Corte Suprema de Justicia por la presunta comisión de algún acto delictivo o policivo sin que para estos efectos se requiera autorización de la Asamblea Nacional. La detención preventiva o cualquier medida cautelar será determinada por el Pleno de la Corte Suprema de Justicia... /1. El Código Judicial de 1916 ha dispuesto a propósito de los procesos contra servidores públicos que /lel que promueva querella por delito o denuncia de la clase a que se refiere el artículo 2464 deberá acompañar la prueba sumaria de su relato. En caso contrario o si tal prueba no constare por otro medio cualquiera se ordenará su archivo. Para efectos de este artículo se entiende por prueba sumaria cualquier medio probatorio que acredite el hecho punible atribuido./i El artículo 2464 citado se refiere únicamente a los procesos contra servidores públicos l/por abuso en el ejercicio de sus funciones o por falta de cumplimiento de los deberes de su destino/l. No obstante la exigencia de la prueba sumaria se extendió en algunas ocasiones a otros delitos distintos del abuso de autoridad e infracción de los deberes de su destino con lo cuat dicha exigencia se constituyó en un verdadero obstáculo en la investigación de los delitos cometidos por servidores públicos. El Código Procesal Penal ha venido a eliminar este obstáculo. A pesar de la eliminación de la inmunidad legislativa y del requisito de la prueba sumarial la investigación de los delitos cometidos por los Diputados se ha tornado muy difícit sino imposible porque gozan de la prerrogativa funcional de ser investigados y juzgados por el Pleno de la Corte Suprema de Justicia cuyos miembros son a su vez investigados y juzgados por los miembros de la Asamblea Nacional. Pero esta prerrogativa funcional que hace difícil o imposible tales investigaciones requiere de un cambio constitucionat (no legal) para remediarla. Con la entrada en vigencia progresiva del Código Procesal Penal y de su entrada en vigencia en todo el territorio nacionat desde el dos (2) de septiembre de 2011 para los casos que sean de competencia del Pleno (caso de los Diputados) o de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia y de la Asamblea Nacional (caso de los 1

Magistrados de la Corte), no se requiere de la prueba sumaria para la denuncia o querella por delitos cometidos por un servidor público. En tales circunstancias, los Diputados, mediante el proyecto de ley 131 propuesto del Diputado Hernán Delgado, se hicieron aprobar la Ley 55, de 21 se septiembre de 2012, publicada en la Gaceta Oficial número 27127-A, de 24 de septiembre de ese mismo año, mediante la cual se reformaron artículos del Código Procesal Penal sobre procesos contra los Miembros de la Asamblea Nacional (Diputados) regulados en sus artículos 487 a 496. El proyecto de ley 131, convertido en ley 55, se justificó mediante una exposición de motivos contentiva de falsos o errados conceptos, como, por ejemplo, que el Código Procesal Penal lt... adolece de serias deficiencias, viola normas constitucionales y no se adecúa a los principios del sistema de enjuiciamiento penal más acusatorio,... ". Pero, en verdad, la ley 55 revive y propicia, por el contrario, la impunidad legislativa, fenómeno político-social aberrante de nuestra incipiente democracia que la reforma constitucional del año 2004 pretendió eliminar. Por ejemplo, dicha ley 55 dispone, entre otros privilegios insostenibles, que: 1.- Para denunciar o querellar a un Diputado se requiere Itprueba idónea del hecho punible imputado". 2.- El Magistrado Fiscal debe concluir la investigación dentro de dos (2) meses siguientes a su iniciación. 3.- Si en el término de diez (10) días el Magistrado Juez de Garantías no fija el plazo de finalización solicitado por el imputado o si el Magistrado Fiscal no remite a dicho Juez la investigación en el plazo fijado, se tendrá por extinguida la acción penal, que será decretada por el Pleno de la Corte Suprema de Justicia. La pregunta que nos formulamos resulta apenas obvia: Por! qué de estos fueros y privilegios para solo los Diputado~ de la República y miembros panameños del Parlamento Centroamericano (Parlacén), cuando ningún otro servidor público o ciudadano común los tiene? Lo anterior nos permite justificar la presente propuesta legislativa consistente en derogar en todas sus partes la Ley 55, de 21 de septiembre de 2012, publicada en la Gaceta Oficial número 27127- A, del 24 de septiembre del mismo año y en restablecer la vigencia de las normas del Código Procesal Penal subrogadas por dicha Ley 55, por ser inconveniente, posiblemente inconstitucional, pero seguramente inmoral. Abrigamos la esperanza que llegará pronto el momento de acabar con el ya tradicional pacto tácito de no agresión constitucional 2

existente entre Diputados de la Asamblea Nacional y Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, mediante un adecuado cambio en el actual texto constitucional. Panamá, quince (15) de julio de 2014. Movimiento de Abogados Gremialistas, MAG. PROYECTO DE LEY NÚMERO... DE... DE... DE 2014. (Mediante la cual se deroga la ley 55, de 21 de septiembre de 2012, en virtud de la cual se reformaron varios artículos del Código Procesal Penal en materia de procesos contra los miembros de la Asamblea Nacional y se restablece la vigencia de las normas legales I reformadas por dicha ley contenidas en el Código Procesal Penal aprobado mediante la Ley número 63, de 28 de agosto de 2008). ARTÍCULO PRIMERO: Se deroga la Ley número 55, de 21 de septiembre de 2012, publicada en la gaceta oficial número 27,127-A el día 24 de septiembre de 2012. ATÍCULO SEGUNDO: Se restablece la vigencia del texto de los artículos del Código Procesal Penal, en materia de procesos contra los miembros de la Asamblea Nacional, reformados por la Ley 55, de 21 de septiembre de 2012. ARTÍCULO TERCERO: Esta Ley deroga la Ley 55 de 21 de I septiembre de 2012 y restablece la vigencia del texto de los artículos 487, 488, 491, 492 Y 493 del Código Procesal Penal, modificados por dicha Ley. ARTÍCULO CUARTO: Esta ley entrará en vigencia a partir de su promulgación. Panamá, quince (15) de julio de 2014. Atentamente, Presidente del Moviml 3

,. ANTEPROYECTO DE LEY W085 COMISIÓf\l DE GOBIERNO, JUSTICIA Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES ANTEPROYECTO DE LEY No. (De de de 2014) Que deroga la Ley 55 de 2012, sobre procesos contra los miembros de la Asamblea Nacional LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA: Artículo 1. Se deroga la Ley 55 de 21 de septiembre de 2012. Artículo 2. Se restablece la vigencia de los artículos de la Ley 63 de 28 de agosto de 2008, Que adopta el Código Procesal Penal, en materia de procesos contra los miembros de la Asamblea Nacional. Artículo 3. Esta ley deroga la Ley 55 de 21 de septiembre de 2012 y restablece la vigencia de los artículos 487,488, 491, 492 Y 493 de la Ley 63 de 28 de agosto de 2008. Artículo 4. Esta ley entrará a regir al día siguiente de su promulgación. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Propuesto a la consideración de la Asamblea Nacional hoy, de de 2014, por la suscrita Edna E. Ramos Chue, ejerciendo la representación legal del Movimiento de Abogados Gremialistas M.A.O. mediante iniciativa presentada ante la Dirección Nacional de la Promoción para la Participación ciudadana.