PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO GUIADO DE GRUPOS MEDIANTE UN SISTEMA ELECTRÓNICO EN EL PALACIO REAL DE MADRID I- OBJETO DEL CONTRATO: El objeto del contrato será la gestión y atención de los integrantes de los grupos guiados por personal de Patrimonio Nacional y por Guías de Turismo autorizados, en el Palacio Real de Madrid, haciéndole entrega a cada uno de los visitantes que vayan a realizar la visita turísticocultural al Palacio Real de Madrid mediante la modalidad de visita en grupo, de un sistema electrónico para la recepción mediante señal radio y a través de un receptor y auricular, de las explicaciones del Guía realizadas a través de un emisor. II- CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO: Deberán ajustarse a las que a continuación se relacionan: II.1. Dos puestos permanentes durante el horario de apertura de la visita turístico-cultural al Palacio Real de Madrid en el mostrador de entrega y recogida cuya ubicación será establecida por II.2. Un puesto de carácter dinámico durante el horario de apertura de la visita turístico-cultural al Palacio Real de Madrid para atender incidencias por parte de los visitantes durante el recorrido y reforzar los mostradores de entrega y recogida en momentos puntuales. II.3. Mobiliario necesario para el almacenamiento de los equipos en horario de apertura al público así como el mobiliario necesario para la entrega y recogida de los equipos. II.4. Sistema mecánico y/o electrónico de información a los visitantes sobre los horarios de inicio de las visitas e idiomas en los que se pueden hacerse: español, inglés, francés, italiano y alemán. II.5 Paneles informativos en los idiomas señalados en el punto anterior, sobre el uso y manejo de los equipos a la vista de los visitantes y cuyo diseño, cantidad y contenidos deberán ser autorizados previamente por II.6. Todo el personal adscrito al servicio deberá ser identificado ante Patrimonio Nacional previo al inicio de su relación laboral y deberán portar acreditación durante el desempeño de su labor así como acogerse a la normativa en materia laboral y de seguridad de 1
II.7. Existirá un coordinador del servicio que será interlocutor entre la empresa adjudicataria y II.8. El personal estará debidamente uniformado durante el desempeño de su trabajo y el uniforme deberá ser autorizado por II.9. La información del servicio que pueda ofrecer el personal adscrito al mismo será al menos en dos idiomas: español e inglés. II.10. Los equipos deberán reunir antes de su uso diario, las condiciones técnicas, estéticas y higiene que establezca Patrimonio Nacional, debiéndose reparar y/o sustituir aquellos que no cumplan alguna de las directrices establecidas. II.11. Se deberá realizar una formación sobre el funcionamiento y manejo de los equipos emisores a los Guías de Patrimonio Nacional, dentro de los tiempos y horarios que establezca dicho Organismo. II.12. Horario del servicio: Horario de invierno (octubre a marzo) 9,30 a 18,00 horas, días laborables. 9,00 a 15 horas, domingos y festivos. Horario de verano (abril a septiembre) 9,00 a 19,00 horas, días laborables. 9,00 a 16,00 horas, domingos y festivos. Días de la semana: de lunes a domingo. Las jornadas y horarios de apertura señalados podrían ser modificados por Patrimonio Nacional cuando las necesidades del servicio así lo requieran, si más requisitos por su parte que la previa comunicación al adjudicatario, que vendrá obligado a adecuar la prestación del servicio a las modificaciones que se establezcan sin derecho a compensación alguna. III- DOCUMENTACIÓN TÉCNICA: La totalidad de los aspectos técnicos, que de acuerdo con el contenido del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, hayan de ser valorados mediante la aplicación de fórmulas, deberán ser incluidos, por los licitadores, en el sobre C, siendo motivo de exclusión el incumplimiento de tal extremo. Los licitadores elaborarán un proyecto de ejecución en el que queden claramente definidas sus pautas de actuación para la prestación del servicio, con especial referencia a los apartados II. 1 y II.2 de este Pliego de Prescripciones Técnicas. Dicho proyecto contendrá, así mismo, la definición de cualquier aspecto y/o característica de los equipos que el citado Pliego de Cláusulas Administrativa fije como criterio de valoración de las proposiciones. 2
IV- DIRECCIÓN E INSPECCIÓN : La dirección e inspección de la ejecución de las prestaciones que se contratan, a que se hace referencia y que se define en la Cláusula VII. 3 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, será ejercida por el Jefe del Servicio de Coordinación de Museos de Patrimonio Nacional o persona que designe. V. DURACIÓN DEL CONTRATO Y FECHA DE INICIO DEL SERVICIO: El plazo de duración del contrato será de 1 año, a partir del indicado como la fecha de inicio en el documento contractual. En cualquier caso, el servicio no podrá iniciarse hasta tanto se haya formalizado el referido documento. Este plazo podrá ser prorrogado, antes de su finalización, por un periodo máximo de 1 año, sin que la duración total, incluidas prórrogas, pueda exceder de 2 años, reservándose el Patrimonio Nacional el derecho de rescindirlo en caso de incumplimiento o de deficiencias en el servicio. El servicio al que se refiere el presente Pliego deberá estar plenamente operativo para su uso por los visitantes del Palacio Real de Madrid el 1 de julio de 2.010. VI. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO: Además de las obligaciones de carácter específico establecidas en la Cláusula VII.3 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, también serán obligaciones del adjudicatario las siguientes: VI.1.Dotación de los equipos de guiado de grupos en una cantidad que no podrá ser inferior a 400 unidades receptoras y 60 emisores, complementadas con los equipos técnicos auxiliares necesarios. De no ser suficientes para atender el flujo de grupos en fechas y horarios punta, Patrimonio Nacional podrá solicitar tantos incrementos sin coste como considere necesario, siempre que cada uno de dichos incrementos no supere el 20 % de los equipos inicialmente previstos, lo que supondría un máximo de 80 equipos receptores y 12 emisores complementarios en cada ocasión. El adjudicatario deberá retirar de las instalaciones de Palacio las unidades complementarias que le hubieran sido solicitadas, cuando Patrimonio Nacional le comunique que ha finalizado la necesidad que originó la petición. El tiempo de respuesta para el incremento de unidades receptoras y emisores no podrá ser superior a 48 horas. VI.2.Dotación en el punto de entrega y recogida de equipos por parte de los visitantes, del mobiliario adecuado, así como de su conservación, reposición, y, aportar además, todo el material necesario para la realización de la actividad objeto del contrato e igualmente, reponer aquel que se degrade por uso de las instalaciones. Todo el material a aportar por el adjudicatario deberá reunir, a juicio del Patrimonio Nacional, las condiciones de diseño, calidad y pulcritud correspondientes al servicio que ha de prestarse y a las instalaciones facilitadas por 3
VI.3. Mantenimiento, reparación y/o sustitución de los equipos técnicos necesarios para la prestación del servicio y en especial sobre los equipos de guiado de grupos, que garantice un correcto uso por parte de los visitantes y que mantenga los niveles de calidad iniciales. VI.4.Incorporación de las evoluciones tecnológicas en los equipos o su sustitución por otros más avanzados sin coste alguno para la Administración VI.5.Personal necesario para atender la entrega y recogida a los visitantes de los equipos de guiado de grupos en el mostrador del servicio, señalados en los puntos II.1 y II.2 de este Pliego, es decir para atender los dos puestos de carácter permanente y un puesto de carácter dinámico, haciendo frente a sus obligaciones fiscales y laborales, sin que pueda establecerse relación laboral o responsabilidad alguna por parte de Patrimonio Nacional sobre el personal contratado para prestar el servicio en sus instalaciones. VI.6.Limpieza e higienización de los auriculares y equipos que usarán los visitantes y los Guías durante la visita. VI.7. Tareas de apoyo en la atención de los visitantes, ajenas al acompañamiento de grupos. VI.8 Tareas de apoyo a los Guías, ajenas al acompañamiento de grupos. VI.9.Mantener sin interrupción el funcionamiento del servicio desde el momento de la plena operatividad del mismo, según los plazos establecidos en la Cláusula V de este Pliego. VI.10.Mantener a su costa, en perfecto estado de conservación y limpieza, todas las instalaciones objeto de la prestación del servicio, incluidas las obras que, en su caso, se realicen, previamente aprobadas por VI.11.Facilitar las inspecciones que realice Patrimonio Nacional, cualquier oposición o entorpecimiento a las inspecciones se considerará como falta muy grave. VI.12.Respetar el horario de carga y descarga de los elementos que, en su caso, sean necesarios o estén relacionados con el servicio conforme a las instrucciones establecidas por VI.13.Previamente al comienzo de la actividad, el adjudicatario deberá suscribir a su cargo la siguiente póliza de seguro: Póliza que cubra las posibles responsabilidades de todo tipo que como consecuencia del ejercicio de la actividad pudiera incurrir el adjudicatario, incluyendo la Responsabilidad frente a Terceros. Dicha póliza cubrirá cantidades no inferiores a 60.000 por cada siniestro. VI.14.Entregar una unidad de receptor de frecuencia lista para usar a cada uno de los visitantes que establezca Patrimonio Nacional y una unidad de emisor para el Guía conductor del grupo. 4
VI.15.Colaborar en las labores de muestreo y atención de los visitantes, así como complementar en aquellas tareas de atención a los visitantes, ajenas a los acompañamientos de grupos, que pudiera requerirse por parte de VI.16.Patrimonio Nacional podrá exigir la sustitución de aquellos empleados que incumplan los objetivos del servicio de este Pliego. VII. DERECHOS DEL ADJUDICATARIO: El adjudicatario tendrá los siguientes: VII.1. El quieto y pacífico ejercicio de la actividad objeto de la prestación del servicio, conforme a las condiciones que han regulado su otorgamiento. VII.2. El uso y disfrute de los espacios especificados en la prestación del servicio y por el plazo establecido en el mismo con pleno sometimiento a la Normativa del VIII. DEBERES Y FACULTADES DEL PATRIMONIO NACIONAL: Patrimonio Nacional tendrá los siguientes: VIII.1. Determinar la información que se proporcionará al público. VIII.2. Proporcionar al personal que preste el servicio, la formación adecuada a los contenidos del Palacio Real, la operativa de su visita pública y a cuanta normativa se vea afectada dentro de VIII.3. Realizar cuantas obras e instalaciones sean necesarias para la correcta prestación del servicio. VIII.4. Modificar el emplazamiento de las instalaciones destinadas a la prestación del servicio cuando lo aconsejen los criterios generales de ordenación del recinto u otras razones de interés público, sin más requisito que su previa comunicación al adjudicatario. VIII.5. Controlar y fiscalizar que la actividad se desarrolla de la forma convenida realizando las inspecciones oportunas. A estos efectos, Patrimonio Nacional, podrá, siempre que lo estime conveniente, realizar inspecciones y ordenar al adjudicatario la adopción de cuantas medidas sean necesarias para el correcto funcionamiento de la actividad. VIII.6. Comunicar al adjudicatario con 24 horas de antelación los cierres del recinto en días distintos a los establecidos, siempre que Patrimonio Nacional los considere necesarios. VIII.7. Dotar de espacio físico adecuado para ubicar el mostrador de entrega y recogida así como uno destinado al almacenamiento nocturno y recarga de baterías de los equipos técnicos necesarios. 5
VIII.8. Sufragar el equipamiento, la línea y el consumo eléctrico que comporte la prestación del servicio. VIII.9. Dotar en la ubicación determinada por Patrimonio Nacional al mostrador de entrega y recogida de equipos, de fluido eléctrico necesario para la prestación del servicio. IX CONSULTAS Y COMPROBACIONES: Las empresas interesadas que precisen información administrativa o cualquier aclaración, aspecto técnico o solicitud de comprobaciones in situ de los espacios de ubicación se podrá dirigir al Jefe del Servicio de Coordinación de Museos, Antonio Rubio Sánchez, teléfono 914548743. Fax 915428947. antonio.rubio@patrimonionacional.es, en horario de 9 a 14 horas, los días laborables de lunes a viernes. Palacio Real de Madrid, a de de 2.010 LA VOCAL ASESORA DE PROGRAMAS CULTURALES Fdº: Pilar Martín-Laborda y Bergasa El Presidente del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, por Acuerdo del CAPN de 04-05-99, de conformidad con lo establecido en el artículo 100 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de contratos del Sector Público (BOE de 31 de octubre), ha resuelto aprobar el presente Pliego de Prescripciones Técnicas. Madrid, Enterado y conforme El Contratista Firma y sello 6