FICHA DE INFORMACIÓN PERSONALIZADA / OFERTA VINCULANTE DE PRÉSTAMO HIPOTECARIO



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FICHA DE INFORMACIÓN PERSONALIZADA / OFERTA VINCULANTE DE PRÉSTAMO HIPOTECARIO A/A de [interviniente 1] [carácter de la intervención] [DNI/NIF] [interviniente 2] [carácter de la intervención] [DNI/NIF] [interviniente 3] [carácter de la intervención] [DNI/NIF] Estimado Cliente, Una vez facilitada la información precisa sobre sus necesidades de financiación, su situación financiera y sus preferencias, PEPPER le proporciona la información personalizada de este documento en relación con su solicitud de crédito, para que pueda Ud. comparar los préstamos disponibles en el mercado, valorar sus implicaciones y adoptar una decisión fundada sobre si debe o no suscribir el contrato. Esta información se entrega de forma gratuita, con la debida antelación y, en todo caso, sin que Ud. haya quedado vinculado por ningún contrato u oferta. El presente documento se extiende el [ ] en respuesta a su solicitud de información, y tiene el carácter de OFERTA VINCULANTE. Se ha elaborado basándose en la información que usted ha facilitado hasta la fecha, así como en las actuales condiciones del mercado financiero. La información que sigue será válida hasta el [ ] salvo que medien circunstancias extraordinarias o no imputables a PEPPER. Después de esa fecha, la información que sigue puede variar con arreglo a las condiciones del mercado. 1. ENTIDAD ACREEDORA Identidad / Nombre comercial. PEPPER FINANCE CORPORATION, S.L. (Unipersonal) PEPPER Domicilio social. C/Juan Esplandiú 13 C1, 28007 Madrid (España) Número de teléfono. 902 63 63 23 Correo electrónico. cliente@peppergroup.es Dirección de página electrónica. Autoridad de supervisión: PEPPER NO está sujeta a la supervisión del Banco de España. PEPPER es una sociedad limitada sujeta la Ley de Sociedades de Capital y al régimen de la Ley 2/2009 de 31 de marzo

sobre contratación con consumidores de préstamos y créditos hipotecarios y a las normas y autoridades generales de protección del consumidor. PEPPER está inscrita en el Registro de Público Estatal de concedentes de préstamos sujetos a la Ley 2/2009 dependiente del Instituto Nacional de Consumo con el Número [ ], y cuenta con un seguro de responsabilidad civil con la entidad aseguradora La Unión Alcoyana, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros. 2. CARACTERÍSTICAS DEL PRÉSTAMO 2.1 Importe y moneda del préstamo: [ ] Euros. 2.2 Duración del préstamo. [ ] meses desde la fecha de formalización de la escritura. 2.3 Tipo de préstamo. Préstamo con garantía hipotecaria del inmueble titularidad de los prestamistas y/o hipotecantes y que constituye su vivienda habitual. El reembolso del préstamo se hará mediante el pago de cuotas mensuales mixtas de amortización e intereses (sistema francés) consecutivas y constantes que variarán anualmente en función del tipo de interés aplicable a cada periodo. 2.4 Clase de tipo de interés aplicable. El préstamo devengará a favor de PEPPER (i) Inicialmente un tipo de interés fijo del [ ] por un periodo de [6/12] meses, y (ii) posteriormente un tipo de interés variable calculado mediante la suma de un índice de referencia sumado a un diferencial. El tipo de interés se actualizará anualmente sobre la base del índice de referencia (Euríbor Referencia Interbancaria a un año publicado en el BOE por el Banco de España). A) EL TIPO DE REFERENCIA. La Referencia Interbancaria a un año (Euríbor) se define como la media aritmética simple de los valores diarios de los días con mercado de cada mes, del tipo de contado publicado por la Federación Bancaria Europea para las operaciones de depósito en euros a plazo de un año calculado a partir del ofertado por una muestra de bancos para operaciones entre entidades de similar calificación. Ud. puede encontrar información histórica sobre el índice de referencia (Euríbor a un año) en la página web del Banco de España (www.bde.es). B) ÍNDICES DE REFERENCIA SUSTITUTIVOS. 1º. El tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en España. 2º. El tipo medio de los préstamos hipotecarios entre uno y cinco años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en la zona euro. C) EL DIFERENCIAL. Será de [ ] puntos porcentuales, que se sumarán al índice de referencia para el cálculo del tipo de interés aplicable a cada periodo de interés variable. D) DEVENGO DE INTERESES. Los intereses se devengarán diariamente y se liquidarán mensualmente. La fórmula de cálculo del devengo de intereses será:

capital x rédito x tiempo intereses = 36.000 Donde capital = importe principal del crédito pendiente de reembolso; rédito = a tipo de interés aplicable; y tiempo igual al número de días del periodo (considerando un año de 360 días). 2.5 Importe total a reembolsar. [ ] Euros 2.6 Importe máximo de préstamo disponible en relación con el valor del bien inmueble. El ratio de importe del préstamo / valor de la garantía en esta operación es del [ ], calculado sobre un valor de tasación [ ] Euros y un importe de préstamo de [ ] Euros. 2.7 Garantía/s. 1. Finca [ ] del Registro de la Propiedad número [ ] de [ ], sita en [ ]. 2. [ ] 3. TIPO DE INTERÉS La TAE es el coste total del préstamo expresado en forma de porcentaje anual. La TAE sirve para ayudarle a comparar las diferentes ofertas. La TAE aplicable a su préstamo es [ ]%. Comprende: El tipo de interés anual inicial del [ ]% El tipo de interés del [ ]% para el primer periodo de interés variable calculado asumiendo que el índice de referencia (Euríbor) se fija en [ ]% (valor actual). La comisión de apertura. [ ] Euros La TAE no incluye los gastos que el prestatario no habría de pagar de no haber incumplimiento de las obligaciones con arreglo a la escritura de préstamo, partiendo de la base de que El contrato de préstamo permanece vigente durante todo el plazo acordado en la escritura; y Tanto PEPPER como el prestatario cumplen todas sus obligaciones y plazos. Otros gastos que deberá Ud. abonar de conformidad con los productos solicitados y que no forman parte de la TAE del préstamo son: Prima anual del Seguro multirriesgo: [ ] Euros Prima única del Seguro de Protección de Pagos: [ ] Euros 4. PERIODICIDAD Y NÚMERO DE PAGOS 4.1 Periodicidad de reembolso: Los pagos se realizarán mensualmente. 4.2 Número de pagos: [ ] cuotas mensuales. 5. IMPORTE DE CADA CUOTA HIPOTECARIA

5.1 Importe de las Cuotas [ ] Euros. 5.2 Las primeras 12 cuotas mensuales serán de [ ] Euros cada una (excepto la primera que podrá ser ligeramente inferior o superior por razón de los días efectivos de devengo de intereses en función de la fecha de formalización definitiva de la escritura de préstamo) y variarán en función de la evolución del tipo de interés de referencia (Euríbor a un año) con periodicidad anual a partir de la cuota de fecha [ ] una vez finalizado el periodo de interés fijo de 12 meses. IMPORTANTE: El tipo de interés de referencia Euríbor a un año ha sufrido alteraciones significativas al alza y a la baja a lo largo de su historia y específicamente en los últimos años. La variación máxima experimentada en los últimos dos (2) años ha sido de [ ] puntos porcentuales. En los últimos quince (15) años el Euríbor se ha fijado en un mínimo de [ ]% y en un máximo de [ ]%, siendo el promedio de esos quince (15) años de [ ]%. A modo de ejemplo se incluyen a continuación importes simulados para su cuota hipotecaria en función de la variación del tipo de interés de referencia a lo largo de su historia: - El Euríbor a un año sufre una variación equivalente a la máxima experimentada en los dos (2) últimos años: su cuota hipotecaria revisada quedaría por importe de [ ] - El Euríbor a un año en su mínimo de los últimos quince (15) años: su cuota hipotecaria revisada quedaría por importe de [ ] - El Euríbor a un año queda fijado en su máximo de los últimos quince (15) años: su cuota hipotecaria revisada quedaría por importe de [ ] - El Euríbor a un año queda fijado en su tipo medio de los últimos quince (15) años: su cuota hipotecaria revisada quedaría por importe de [ ] 6. TABLA DE AMORTIZACIONES La siguiente tabla muestra el importe que ha de pagarse cada mes. [ ] ADVERTENCIA: La variación del tipo de interés aplicable conforme a la regla de cálculo aplicable a partir de los primeros 12 meses del préstamo modificará el importe de la cuota mensual a pagar en función de la evolución del Euríbor a un año (suba o baje) y del capital pendiente en cada momento. Por ello en la tabla que antecede los pagos por cuotas indicados como pertenecientes a periodos de interés variable podrán sufrir variaciones y están calculados conforme al índice de referencia actual del [ ]% (Euríbor actual). Las cuotas (columna [ ]) son iguales a la suma de los intereses pagados (columna [ ]), el capital pagado (columna [ ]) y, si ha lugar, otros costes (columna [ ]). El capital pendiente (columna [ ]) es igual al importe del préstamo que queda por reembolsar. Datos de cálculo de la presente tabla: Importe: [ ] Euros. Duración: [ ] meses. Tipo de interés: [ ] para el primer periodo anual. El tipo de interés variará a partir del primer [semestre/año] del préstamo calculándose mediante la suma de [ ] puntos porcentuales al tipo de interés de referencia, esto es, el último Euríbor a un año publicado en el BOE cuarenta y cinco (45) días antes de la fecha de la primera cuota revisada. 7. VINCULACIONES Y OTROS COSTES No existen otras obligaciones o productos de contratación vinculada a este préstamo para beneficiarse de las

condiciones descritas en la presente ficha. Observe que las condiciones de préstamo descritas, incluido el tipo de interés aplicable, pueden variar en caso de incumplimiento de las citadas obligaciones. Además de los costes ya incluidos en las cuotas mensuales, este préstamo conlleva los siguientes costes: o Costes que deben abonarse una sola vez. - La tasación del inmueble, por importe de [ ]. o Costes que deben abonarse periódicamente. - Seguro del hogar. Una prima del seguro del hogar por importe de [ ] Euros para la primera anualidad. Junto con los costes propios del préstamo las cuotas mensuales indicadas más arriba incluyen ya por haber solicitado Ud./s. que sean financiados con cargo al propio préstamo como parte del principal los siguientes costes: - Prima del seguro de Protección de Pagos: [ ] Euros a favor de [ ]. - La gestión administrativa del préstamo e inscripción de la garantía [ ]. - Los gastos de comprobación de la situación registral del inmueble (notas simples): 9,02 euros por cada nota registral solicitada. - El pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados que se devenga por la constitución de la garantía hipotecaria, que se calcula sobre la base de la responsabilidad hipotecaria aplicando el tipo impositivo que se fije en cada Comunidad Autónoma. (*) - Los gastos notariales y registrales de inscripción de la escritura de préstamo hipotecario así como los de inscripción de cuantas otras escrituras conexas a ella se hayan otorgado (como escrituras de cancelación de deudas anteriores, etc.).(*) (*) Estos gastos se han incorporado y financiado junto al principal del préstamo como provisiones de fondos y, por tanto, están sujetas a liquidación. En caso de existir tras la oportuna liquidación, el sobrante de la provisión de fondos corresponderá al/los prestatario/s; en caso de no ser suficiente la entidad requerirá del/los prestatario/s el complemento correspondiente. Asegúrese de que tiene conocimiento de todos los demás tributos y costes (p.ej., gastos notariales) conexos al préstamo. Ud./s. ha/n solicitado la operación a PEPPER a través de un intermediario de crédito independiente cuyos honorarios se regulan por el contrato de intermediación que han suscrito al efecto y que según nos han informado han quedado fijados en [ ] Euros. Dicho importe podrá ser satisfecho por PEPPER, siguiendo sus instrucciones, con cargo al principal de la operación. 8. AMORTIZACIÓN ANTICIPADA 8.1 Ud. puede amortizar total o parcialmente el préstamo anticipadamente. Si decide hacerlo, consúltenos a fin de determinar el nivel exacto de la compensación en ese momento. el importe mínimo a cancelar anticipadamente será el equivalente a tres (3) cuotas mensuales con un mínimo de tres mil euros (3.000 ). la solicitud de cancelación anticipada deberá cursarse a cliente@peppergroup.es. La amortización parcial anticipada puede destinarse a reducir el plazo de la operación o el importe de las cuotas mensuales. Si Ud. no indica un destino concreto se aplicará por defecto a la reducción de cuotas. 8.2 PEPPER cobrará una compensación por desistimiento (tanto en caso de subrogación en posición acreedora como en caso de amortización anticipada total o total) de: si el desistimiento tiene lugar dentro de los primeros cinco años del préstamo: 0,50% sobre el capital reembolsado

anticipadamente; si el desistimiento tiene lugar a partir del quinto (5º) año de vigencia del préstamo: 0,25% sobre el capital reembolsado anticipadamente. 9. DERECHO DE SUBROGACIÓN El préstamo no está incluido en el ámbito de aplicación de la Ley 2/1994 de 30 de marzo de subrogación y novación de préstamos hipotecarios por no ser PEPPER una entidad de crédito a las que se refiere el artículo 2 de la Ley 2/1981 de 25 de marzo reguladora del Mercado Hipotecario. En consecuencia, de pretender realizarse tales operaciones de novación o subrogación acreedora Ud/s. podría/n no disfrutar de las rebajas fiscales previstas al efecto. En todo caso, de recibir una oferta vinculante de subrogación de otra entidad (para llevarse su préstamo a dicha entidad) no será necesario que Ud/s. cuente/n con el consentimiento de PEPPER. 10. DEPARTAMENTO DE RECLAMACIONES Departamento de Reclamaciones: C/ Juan Esplandiú 13 C1 (28007 Madrid). Dirección de correo electrónico: servicio_atencioncliente@peppergroup.es. 11. INCUMPLIMIENTO DE LOS COMPROMISOS VINCULADOS AL PRÉSTAMO: CONSECUENCIAS PARA EL CLIENTE El incumplimiento de las obligaciones del préstamo puede acarrear diversas consecuencias negativas para Ud. por lo que le rogamos lea atentamente la información que sigue. Consecuencias del incumplimiento de las obligaciones de pago - No atender los recibos domiciliados de las cuotas mensuales (impago de cuotas) conlleva una comisión por posiciones deudoras de 30,00 euros, así como un recargo por moras calculadas diariamente a un tipo de interés resultante de sumar 4 puntos al tipo de interés ordinario vigente en cada momento sobre la base de las cantidades dejadas de abonar. - No atender los recibos domiciliados de tres (3) o más cuotas o de una sola de ellas (o más) durante un periodo de más de tres (3) meses puede conllevar el vencimiento anticipado del préstamo, la interrupción del giro de nuevas cuotas y la reclamación del importe total debido por todos los conceptos (principal, intereses ordinarios o moratorios, comisiones y otros gastos). Además, la cantidad total debida generará un recargo por intereses moratorios calculados diariamente a un tipo de interés resultante de sumar 4 puntos porcentuales al tipo de interés ordinario vigente en cada momento. - Cualquier cantidad vencida y liquidada que no haya sido atendida en plazo generará un recargo por moras calculadas diariamente sumando 4 puntos porcentuales al tipo de interés ordinario vigente en cada momento. - La entidad podrá declarar la deuda liquidada, requerida de pago y no abonada en ficheros de cumplimiento e incumplimiento de obligaciones pecuniarias tales como el fichero Experian o el Fichero Asnef u otros a los que se adhiera en cada momento. - La entidad podrá reclamar las cantidades debidas en cada momento por cauce extrajudicial o incluso judicial haciendo uso de los procedimientos pactados en le escritura y que incluyen los procedimientos general y especial de ejecución previstos en la Ley de Enjuiciamiento Civil, sin perjuicio de otros pactados y admitidos en derecho. Recuerde que responde usted del pago del préstamo no solo con su vivienda sino con todos sus bienes presentes y futuros. - En caso de haberse contratado, el seguro de protección de pagos no cubrirá las cantidades debidas por retrasos o comisiones/compensaciones incurridas por incumplimiento (esto es, el seguro no cubrirá intereses de demora, comisiones por impago, costas en caso de ser imputadas judicialmente, etc.).

El préstamo incluye otras obligaciones distintas de las de pago. Es importante que Ud. revise la minuta de préstamo hipotecario a suscribir y plantee antes de su firma cuantas dudas le surjan tanto a PEPPER como al notario autorizante. El incumplimiento de algunas de esas obligaciones distintas de las de pago puede determinar asimismo el vencimiento anticipado del préstamo con pérdida del beneficio del plazo, interrupción del giro de recibos y reclamación del total debido a la fecha por cualquier concepto, como: - Falta de pago por la parte prestataria, o de reintegro a la parte acreedora que, por delegación y cuenta de dicha parte prestataria, las hubiera anticipado, de las cantidades adeudadas por razón de contribuciones de la finca hipotecada, impuestos, gastos de comunidad y seguros correspondientes a la misma o cualesquiera otras prestaciones accesorias relacionadas con la conservación de la finca hipotecada y señaladas en la cláusula financiera quinta de esta escritura o que tengan preferencia de cobro sobre el crédito hipotecario. - Cuando se compruebe falseamiento en los datos de la parte prestataria o en los documentos aportados por la misma que sirvan de base a la concesión del préstamo o a la vigencia del mismo. - Si sobre la finca que se hipoteca apareciesen cargas o gravámenes, limitaciones, arrendamientos o situaciones posesorias preferentes a la hipoteca que aquí se constituye o que no se hubiesen mencionado en esta escritura. - Cuando por cualquier circunstancia sufriera deterioro o merma el bien hipotecado que disminuya su valor en más de un veinte por ciento (20%) y la parte prestataria no ampliase la hipoteca a otros bienes suficientes para cubrir la relación exigible entre el valor del bien y el préstamo que garantiza o en su caso, practicado el oportuno requerimiento no devolviese la parte del préstamo que exceda del importe resultante de aplicar a la tasación actual el porcentaje utilizado para determinar inicialmente la cuantía del mismo. - Si la presente escritura no fuese inscrita en el Registro de la Propiedad en un plazo de seis meses a contar desde el día de hoy, por causa imputable a la parte prestataria o hipotecante. - Si se arrendase la vivienda o la/s finca/s hipotecada/s con sujeción al artículo 13 de la Ley de Arrendamientos Urbanos o en condiciones tales que: (i) en caso de realización forzosa no se hubiese de producir su purga o extinción; (ii) la renta pactada no cubra la cuota de amortización más los gastos o impuestos que la graven; o (iii) se acuerde la percepción de rentas anticipadas sin expresa autorización de la parte acreedora. Si tiene dificultades para efectuar sus pagos mensuales, póngase en contacto con nosotros a la mayor brevedad posible para estudiar posibles soluciones. 12. RIESGOS Y ADVERTENCIAS LE ROGAMOS TOME NOTA DE LOS RIESGOS QUE CONLLEVA UN PRÉSTAMO HIPOTECARIO. SUS INGRESOS PUEDEN VARIAR. ASEGÚRESE DE QUE SI SUS INGRESOS DISMINUYEN AÚN SEGUIRÁ PUDIENDO HACER FRENTE A SUS CUOTAS HIPOTECARIAS MENSUALES. TIENE USTED DERECHO A EXAMINAR EL PROYECTO DE DOCUMENTO CONTRACTUAL EN EL DESPACHO DEL NOTARIO AUTORIZANTE, CON LA ANTELACIÓN DE 3 DÍAS HÁBILES PREVIOS A SU FORMALIZACIÓN ANTE EL MISMO. PUEDE USTED PERDER SU VIVIENDA SI NO EFECTÚA SUS PAGOS PUNTUALMENTE. RESPONDE USTED ANTE PEPPER DEL PAGO DEL PRÉSTAMO NO SOLO CON SU VIVIENDA SINO CON TODOS SUS BIENES

PRESENTES Y FUTUROS. DEBE TENER EN CUENTA EL HECHO DE QUE EL TIPO DE INTERÉS DE ESTE PRÉSTAMO NO PERMANECE FIJO DURANTE TODO SU PERÍODO DE VIGENCIA. AL MARGEN DE LO RECOGIDO EN LA PRESENTE FICHA, TENDRÁ QUE PAGAR OTROS TRIBUTOS Y GASTOS, COMO LOS GASTOS NOTARIALES, LOS DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD, LOS DE TASACIÓN, EL IMPUESTO DE TRANSMISIONES PATRIMONIALES, LOS GASTOS DE GESTIÓN DE LA ESCRITURA DE PRÉSTAMO Y OTRAS CONEXAS, ETC.. El presente documento tiene carácter de OFERTA VINCULANTE 1 manteniéndose vigentes las condiciones informadas durante el plazo de 15 días naturales desde la fecha de su emisión. En [ ] a [ ]. 1 De conformidad con lo establecido en el artículo 16 de la Ley 2/2009 de 31 de marzo sobre contratación con los consumidores de préstamos o créditos hipotecarios y el artículo 23 de la Orden EHA/2899/2011 de 28 de octubre sobre transparencia en las operaciones bancarias.

ANEXO A LA FICHA DE INFORMACIÓN PERSONALIZADA (texto revisable en función de las circunstancias de los solicitantes, las garantías y el producto contratado) SELECCIÓN DEL PRODUCTO FINANCIERO: CONSOLIDACIÓN / REUNIFICACIÓN El producto que Ud./s. ha/n solicitado tiene por finalidad principal la refinanciación o consolidación de otros créditos y/o deudas en un solo préstamo con garantía hipotecaria. Si su interés no fuera dicha reunificación considere la conveniencia de contratar un producto distinto. La finalidad de la refinanciación o consolidación de deudas anteriores es la de adecuar el montante total a pagar en los recibos periódicos (generalmente mensuales) o puntuales por dichos créditos y/o deudas refinanciadas o consolidadas para ajustar sus gastos a sus ingresos así como, en su caso, a las necesidades de liquidez. A mayor liquidez solicitada, menor efecto en la adaptación de las obligaciones de pago mensuales. Ud./s. debe/n tener en consideración que las condiciones de los préstamos de refinanciación o consolidación de deudas son distintas y no comparables con las de los préstamos de adquisición de vivienda habitual o de segunda residencia u otros productos de financiación; asegúrese de que es el producto que se adecua a sus necesidades. Las condiciones de tipos de interés y otros gastos y comisiones del préstamo solicitado pueden ser superiores o inferiores a las de los créditos y/o deudas reunificados. Asimismo, la refinanciación o consolidación de dichos créditos y/o deudas anteriores en el nuevo préstamo solicitado puede suponer una mayor carga financiera total (coste por intereses y comisiones) que su amortización ordinaria considerando el nuevo plazo de la deuda. GARANTÍA HIPOTECARIA: DATOS ADICIONALES FINCA [ ] - El importe por principal de [ ]; - El importe de 12 meses de intereses ordinarios calculados al tipo máximo a efectos hipotecarios del [ ]%; - El importe de 24 meses de intereses moratorios calculados al tipo máximo a efectos hipotecarios del [ ]%; - Una cantidad equivalente al 15% del principal del préstamos para costas y gastos; - Una cantidad equivalente al 5% del principal del préstamo para gastos suplidos por PEPPER. CONTACTOS TASADORA: [denominación social, dirección, CIF y teléfono tasadora] GESTORÍA: [denominación social, dirección, CIF y teléfono gestoría] NOTARÍA: [nombre notario, dirección y teléfono notaría] SEGURO DE PROTECCIÓN DE PAGOS: [de haberse solicitado algún seguro, denominación, dirección y teléfono aseguradora]. OTROS El préstamo se regirá por la legislación española. Si el préstamo no llegase a formalizarse tiene/n Ud./s. derecho a solicitar la entrega del informe de tasación efectuado siempre que haya sido previamente abonado.