Toledo, 21 de enero de 2014 Aitor Domínguez Martín Departamento Doméstico y Edificios - IDAE
Índice 1. Normativa energética en el sector de la edificación en España 2. Proceso de Certificación Energética de Edificios 3. Documentos Reconocidos 4. Procedimientos de certificación energética 5. Modelo de certificado de eficiencia energética y etiqueta 6. Certificación energética de edificios en Europa
1. Normativa energética en el sector de la edificación en España NORMATIVA VIGENTE Ley de Ordenación de la Edificación (LOE)( Ley 38/1999, de 5 de Noviembre). Directiva 2002/91/CE de Eficiencia Energética de los Edificios transpuesta mediante la aprobación de Reales Decretos: 1º- RD 314/2006 Código Técnico de la Edificación (mediante los Documentos Básicos HE1,HE2,HE3,HE4 y HE5 del CTE). 2º- RD 1027/2007 de revisión del RITE (Documento HE.2 del CTE). 3º- RD 47/2007, procedimiento básico de Certificación Energética de Edificios Nuevos. Directiva 2010/31/UE relativa a la eficiencia energética de los edificios, pendiente de transponer, que entre otras cosas obliga a: 1º- Revisión del RITE RD 238/2013 (Documento HE.2 del CTE). 2º- RD 235/2013 Procedimiento básico de Certificación Energética de Edificios. 3º- Revisión del CTE Orden CTE FOM_1635_2013 3
1. Normativa JORNADA: NUEVAS SOLUCIONES
2. Proceso de Certificación Energética de Edificios Directivas 2002/91/ EC 2010/31/ UE RD 47/2007 RD 235/2013 Certificado + Etiqueta Registro del Certificado de eficiencia Publicidad venta o alquiler Mostrar en lugar visible
2.1. Real Decreto 47/2007, de 19 de enero (BOE 31 enero 2007) OBJETIVO Procedimiento Básico para la certificación energética de edificios Promoción de la eficiencia energética mediante la información objetiva que obligatoriamente se ha de proporcionar a los compradores y usuarios en relación con las características energéticas de los edificios HERRAMIENTA Certificado de eficiencia energética que permita valorar y comparar sus prestaciones.
2.2. Real Decreto 235/2013, de 5 de abril Artículo 2. Ámbito de aplicación. 1. Este Procedimiento básico será de aplicación a: edificios de nueva construcción. edificios o partes de edificios existentes que se vendan o alquilen a un nuevo arrendatario, siempre que no dispongan de un certificado en vigor. edificios o partes de edificios en los que una autoridad pública ocupe una superficie útil total superior a 250 m 2 y que sean frecuentados habitualmente por el público.
2.2. Real Decreto 235/2013, de 5 de abril Artículo 13. Obligación de exhibir la etiqueta de eficiencia energética en edificios. 1. Todos los edificios o unidades de edificios de titularidad privada que sean frecuentados habitualmente por el público, con una superficie útil total superior a 500 m 2, exhibirán la etiqueta de eficiencia energética de forma obligatoria, en lugar destacado y bien visible por el público, cuando les sea exigible su obtención. 2. Todos los edificios o partes de los mismos ocupados por las autoridades públicas y que sean frecuentados habitualmente por el público, con una superficie útil total superior a 250 m 2, exhibirán la etiqueta de eficiencia energética de forma obligatoria, en lugar destacado y bien visible. 3. Para el resto de los casos la exhibición pública de la etiqueta de eficiencia energética será voluntaria, y de acuerdo con lo que establezca el órgano competente de la Comunidad Autónoma. 0 2
3. Documentos reconocidos Directivas 2002/91/EC 2010/31/UE RD 47/2007 RD 235/2013 Certificado + Etiqueta Registro del Certificado de eficiencia Publicidad venta o alquiler Mostrar en lugar visible
Certificad o + Etiqueta 3. Documentos Reconocidos
Certificad o + Etiqueta 3. Documentos Reconocidos
Certificad o + Etiqueta 3. Documentos Reconocidos
Certificad o + Etiqueta 3. Documentos Reconocidos http://www.minetur.gob.es/energia/desarrollo/eficienciaenergetica/certificacionenergetica/documentosreconocidos
4. Procedimientos de certificación energética IDAE ha puesto a disposición de los técnicos certificadores 2 herramientas para la realización de la certificación energética de los edificios existentes Programa CE3 Programa CE3X Los procedimientos calculan la calificación energética del edificio y propondrán medidas de mejora para elevarla. Éstas medidas de mejora deberán de evaluarse tanto técnica como económicamente.
5. Modelo de certificado de eficiencia energética y etiqueta Son Documentos Reconocidos por sí mismos
5. Modelo de certificado de eficiencia energética y etiqueta JORNADA: NUEVAS SOLUCIONES
5. Modelo de certificado de eficiencia energética y etiqueta JORNADA: NUEVAS SOLUCIONES
5. Modelo de certificado de eficiencia energética y etiqueta 0 2
6. Certificación energética de edificios en Europa JORNADA: NUEVAS SOLUCIONES
6. Certificación energética de edificios en Europa Dinamarca Lleva desde 2002 certificando Para edificios existentes si son de menos de 1500 m 2 Los certificados los hacen los arquitectos e ingenieros con al menos 5 años de experiencia. Escala va de A1 a C5, y mide además del CO 2 también el consumo de agua. Inspecciones; son aleatorias, y las sanciones para el certificador pueden ser perder su acreditación para certificar ó cuantías económicas. Francia Su certificado se denomina Diagnostic de Permormance Energétique (DPE). Desde 2006 para la venta de edificios ya existentes y desde 2007 para el alquiler de edificios ya existentes y edificios de nueva construcción. La validez del diagnóstico es de 10 años, a partir del cual debe renovarse. La clasificación energética media de los edificios franceses es E (240 kwh/(m 2 /a)) Portugal Desde Julio 2007 ed. Nuevos > 1000 m 2. Desde Julio 2008 ed. Nuevos < 1000 m 2. Desde Enero 2009 existentes Etiqueta en 9 escalores, de A+ a G, Técnicos cualificados: Arquitectos, ingenieros civil, mecánico, eléctrico ó medio ambiente, etc. 5 años de experiencia y formación específica.
Muchas gracias por su atención www.idae.es