Auditorias Integrales Programadas en Geriátricos



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Transcripción:

2011 Todas las herramientas a tu disposición Auditorias Integrales Programadas en Geriátricos Con las AIP ahora vos elegís estar en regla y la Agencia te acompaña Para conocer más sobre el programa de Auditorias Integrales Programadas, ingresá a la página de la Agencia: www.agcontrol.gob.ar

Índice Temario del Manual Página Introducción 3 Checklist para Geriátricos 4 Normativa del Checklist de Geriátricos 13 Descripción de las fallas más usuales en Geriátricos 20 Carecer de agarraderas adosadas a la pared 21 Cable de 220v sin protección y expuesto al alcance 21 Carecer de campana extractora de humo y olores con ventilación forzada 22 Carecer de agua caliente 22 Carecer de disyuntor y/o llave térmica 22 Carecer de certificado de fumigación - desinfección y desratización 23 Carecer de contratapa en el tablero eléctrico 23 Exceder la capacidad permitida 23 Falta de libreta sanitaria 24 Falta de luces de emergencia 25 Falta de plan de evacuación 25 Falta de plano de evacuación 26 Falta de matafuegos y/o tenencia con carga vencida 26 Falta de timbres de llamada 27 Falta de libro de atención médica 27 2/27

Introducción Con las Auditorias Integrales Programadas estar en regla es más fácil, y la Agencia Gubernamental de Control te acompaña poniendo todas las herramientas a tu disposición. De esta manera te acerca el presente Manual, el cual de aplicación específica al rubro Geriátricos en el marco de la política de Auditorias Integrales Programadas llevada adelante por la AGC. En este sentido, el manual se estructura en torno a tres elementos centrales, a saber: Checklist de Geriátricos Contempla los ítems exigidos durante el desarrollo de las AIP en los geriatricos, como así también las acciones a llevar a cabo por los inspectores en caso de verificar su incumplimiento Normativa del Checklist de Geriátricos El cumplimiento de cada uno de los ítems del checklist es requerido por una variedad de normas y reglamentaciones. En este sentido, el Manual presenta la normativa que exige el cumplimiento de cada ítem a ser verificado durante la Auditoria. Definición de las fallas más usuales en Geriátricos Refiere a una descripción de las fallas más comunes en los Geriátricos de la Ciudad de Buenos Aires. En este sentido se detallan las características de las mismas, los riesgos que implican, como así también cuál es el estado del correcto del funcionamiento del local. * El Manual de Auditorias Integrales Programadas en Geriátricos debe leerse de manera complementaria al Manual de Auditorias Integrales Programadas de la Agencia Gubernamental de Control. 3/27

2011 Auditorias Integrales Programadas Checklist de Geriátricos Todas las herramientas a tu disposición Con las AIP ahora vos elegís estar en regla y la Agencia te acompaña Para conocer más sobre el programa de Auditorias Integrales Programadas, ingresá a la página de la Agencia: www.agcontrol.gob.ar

Checklist para Geriátricos Un Checklist es una herramienta de fácil aplicación que le permitirá conocer con detalle qué elementos se verificarán durante la Auditoria, la normativa que así lo requiere, como también la posible consecuencia en caso de incumplir con lo establecido. 1 HABILITACIÓN 1.1 Deberá poseer habilitación 1.2 Deberá tener el libro de registro de inspecciones con certificado el habilitación 1.3 Deberá tener plano de habilitación del local 1.4 Deberá tener certificado de transferencia de habilitación (en caso de corresponder) 1.5 No deberá incorporar nuevos rubros o aumentar la superficie / El plano de habilitación debe concordar con lo existente 2 DOCUMENTACIÓN 2.1 Deberá tener tarjetas de cada uno de los matafuegos que indique que no están vencidos 2.2 Deberá tener el certificado de limpieza de tanque de agua (semestral) 2.3 Deberá tener un libro de registro de hospedados actualizado 2.4 Deberá tener el registro de atención médica actualizado semanalmente en el Libro de Atención Médica 2.5 Deberá tener el nombre y matrícula del inspector médico 2.6 Deberá tener vigentes las libretas sanitarias vigentes de todo el personal 2.7 2.8 2.9 Deberá tener el plano de evacuación y simulacro aprobado por la Dirección General de Defensa Civil del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, con el número de registro correspondiente Deberá tener seguro de responsabilidad civil que cubra riesgos por siniestro que afecten la integridad física de los residentes Deberá tener la constancia de inscripción en UGCOR (Unidad de Gestión de Control y Registro de Establecimientos Residenciales para Adultos Mayores) 2.10 Deberá exhibir los derechos de los residentes en un lugar visible 3 FUNCIONAMIENTO 3.1 Deberá tener chapa catastral 3.2 Deberá tener chapa mural en el frente de 0.30 x o.40 mts 3.3 Deberá tener un comedor (en caso de albergar a más de 20 alojados) 3.4 Deberá tener una ropería (en caso de albergar a más de 30 alojados) 3.5 Deberá tener un lavadero (en caso de albergar a más de 30 alojados) 3.6 Deberá tener botiquín de primeros auxilios (si no cuenta con servicio de sanidad) Acción por Incumplir Tipos de Acciones por incumplimiento de los ítems de la auditoria Acta de Intimación Acta de Comprobación Decomiso Secuestro Clausura 5/27

4 SALA DE ESTAR Y ROPERÍA Acción por Incumplir 4.1 La sala de estar deberá tener pisos resistentes al uso, lavables y antideslizantes 4.2 La sala de estar deberá tener cielorrasos aislados, revocados en cal, enlucidos en yeso y blanqueados o pintados 4.3 La ropería deberá tener pisos impermeables y de fácil limpieza 5 ESCALERAS Y PASILLOS 5.1 Los pasillos y escaleras deberán tener pasamanos 5.2 Los peldaños de las escaleras deberán estar cubiertos con material antideslizante 5.3 Deberá tener doble circuito eléctrico en pasillos y escaleras con instalación independiente por cañerías separadas 5.4 Deberá tener descansos, pedadas o alzadas, según la normativa vigente 6 ASCENSORES Y MONTACARGAS 6.1 6.2 La sala de máquinas de ascensores no deberán tener implementos ajenos al uso (Prohibido usar cuarto de maquinas como deposito o lugar de paso o de guarda de implementos ) La sala de máquinas de ascensor deberá tener matafuegos CO2 de 5 Kg que no esté vencido y con su correspondiente tarjeta 6.4 Los ascensores y montacargas deberán estar habilitados 6.5 Deberá tener el libro de mantenimiento de los ascensores y/o montacargas actualizado 6.6 Los ascensores y montacargas deberán tener mantenimiento y estar en buen estado 6.7 Los ascensores deberán tener seguro vigente de responsabilidad civil contra terceros 6.8 Se deben adecuar las instalaciones generales como apertura de puertas sin cabina o caño de gas en hueco 7 HABITACIONES 7.1 Se deberá indicar la capacidad en cada habitación 7.2 No deberá exceder la capacidad permitida por habitación (capacidad reglamentaria de ocupación) 7.3 La numeración de las habitaciones deberá ser correlativa 7.4 Deberá tener timbre de llamada en las habitaciones, el cual debe tener una instalación independiente por cañería separada al resto 7.5 Los pisos de las habitaciones deben ser resistentes al uso, lavables y antideslizantes 7.6 Las paredes de las habitaciones deberán estar revocadas, enlucidas, alisadas y blanqueadas 7.7 Las habitaciones deben tener mesita de luz 7.8 Las habitaciones deberán tener timbres de llamada en funcionamiento 7.9 Cada alojado deberá tener un guardarropas en su habitación 7.10 Se deberá mantener la higiene y conservación de las habitaciones Tipos de Acciones por incumplimiento de los ítems de la auditoria Acta de Intimación Acta de Comprobación Decomiso Secuestro Clausura 6/27

8 SANITARIO Y VESTUARIO DEL PERSONAL Acción por Incumplir 8.1 El personal deberá tener servicio sanitario (de haber más de 5 empleados por turno) 8.2 El personal deberá tener su propio guardarropas (de haber más de 5 empleados por turno) 8.3 Los planos de la instalación sanitaria deben ajustarse a la obra 8.4 No deberá haber cámaras de inspección en zonas de estar y dormitorios 8.5 No deberá haber un tanque de bombeo enterrado 8.6 Deberá haber 20 litros de capacidad de agua caliente por artefacto o recinto de artefactos 8.7 Deberá haber un equipo elevador de agua conectado directo a la red 8.8 Deberá tener ruptores de vacío a bajadas que surten artefactos peligrosos 8.9 Deberá tener paredes con revestimientos impermeables de una altura de 2,10 mts 8.10 Los pisos deberán ser impermeables 8.11 8.12 Los cielorrasos no deberán tener humedad, grietas, pintura descascarada y serán lisos e impermeables con pintura clara Los parámetros no deberán tener humedad, grietas, pintura descascarado y contarán con azulejos en buen estado y con pintura clara 8.13 El solado deberá ser liso, impermeable y con rejillas en desagües 8.14 Deberá haber ventilación en todos los ambientes 8.15 Las aberturas deben tener malla metálica fina contra insectos 8.16 Las aberturas (puertas y ventanas) deben ser integras 8.17 Deberá haber lavabos, duchas y bidet en buenas condiciones y funcionando 8.18 La superficie de los artefactos sanitarios debe ser lisa 8.19 Los desagües no deben tener pérdidas 8.20 El baño deberá contar con agua fría y caliente con llave mezcladora 8.21 Deberá haber agarraderas al lado de todo artefacto sanitario (ducha, bidet, inodoro, lavamanos) 8.22 Las puertas de los baños deberán abrir desde afuera con llave maestra 8.23 Deberá haber elementos de higiene personal tales como papel higiénico, jabón y toallas 8.24 8.25 Los vestuarios deberán tener casilleros, jaulas o percheros para la ropa, y deberán encontrarse en buen estado de conservación Los sanitarios deberán conservar un buen estado higiénico, sin suciedad acumulada, colillas de cigarrillos, polvo o desorden generalizado Tipos de Acciones por incumplimiento de los ítems de la auditoria Acta de Intimación Acta de Comprobación Decomiso Secuestro Clausura 7/27

9 COCINA - SECTOR DE ELABORACIÓN DE ALIMENTOS Acción por Incumplir 9.1 Las paredes de la cocina deberán tener revestimientos impermeables de una altura de 2,10 mts 9.2 Los pisos deberán ser impermeables 9.3 Las puertas deberán tener exteriores con cierre automático 9.4 La cocina deberá contar con servicio de agua caliente y fría 9.5 9.6 Los cielorrasos no deberán tener humedad, grietas, pintura descascarada y serán lisos e impermeables con pintura clara Los parámetros no deberán tener humedad, grietas, pintura descascarado y contarán con azulejos en buen estado y con pintura clara 9.7 El solado deberá ser liso e impermeable, contar con rejillas en los desagües y poseer zócalos sanitarios 9.8 La instalación eléctrica deberá tener protección antiestallido 9.9 La instalación eléctrica no deberá tener cables expuestos 9.10 Deberá haber tapas de luz 9.11 Las aberturas deberán tener protección de malla fina en vanos que den al exterior 9.12 Las aberturas deberán tener puertas y marcos íntegros y ventanas con marcos y vidrios integras 9.13 9.14 9.15 9.16 9.17 9.18 La mesada de trabajo deberá tener superficie lisa e impermeable, de acero inoxidable o mármol y sin oxido en las estructuras Los utensilios y vajillas deberán estar en buenas condiciones de conservación e higiene, y las tablas de picado deberán estar diferenciadas (alimentos crudos y cocidos) Deberá poseer una campana extractora de humos y olores con ventilación forzada, la cual deberá tener buena conservación y no contener grasitud Los hornos deberán tener cierre hermético, sin presencia de óxido, ni suciedad / grasitud acumulada ni restos de alimentos Los anafes, parrillas y grilles no deberán tener óxido en la superficie, suciedad, grasitud y restos de alimentos El sector de elaboración de la cocina no deberá tener suciedad y grasitud acumulada, colillas de cigarrillos, polvo, elementos ajenos al sector, desorden, animales domésticos, telas de araña, fluidos estancados o contaminantes 10 PERSONAL DE COCINA 10.1 El personal deberá haber realizado cursos de capacitación de manipulación 10.2 Los trabajadores deberán tener un correcto aseo personal y emplear la vestimenta reglamentaria de color claro y en correctas condiciones de higiene 10.3 Se prohíbe el uso de alhajas 10.4 Las uñas del personal deben estar cortas, limpias y sin esmalte 10.5 Ante enfermedades o heridas, deberá ser excluido del contacto con alimentos Tipos de Acciones por incumplimiento de los ítems de la auditoria Acta de Intimación Acta de Comprobación Decomiso Secuestro Clausura 8/27

11 HELADERAS Y FREEZERS Acción por Incumplir 11.2 Las heladeras deben poseer un cierre correcto, con burletes sanos y estar limpias, con superficies lisas e inalterables y sin óxido en los estantes y estructuras (internas y externas) 11.8 Las heladeras no podrán tener mezclados alimentos crudos y cocidos 11.9 Las heladeras deben tener una temperatura de entre 4 y 6 11.11 Los freezers deben poseer un cierre correcto, con burletes sanos y estar limpias, con superficies lisas e inalterables y sin óxido en los estantes y estructuras (internas y externas) 11.17 Los freezers no podrán tener mezclados alimentos crudos y cocidos 11.18 Los freezers deben tener temperaturas menores a 18 12 PRODUCTOS ALIMENTICIOS 12.1 Los alimentos y materias primas envasadas deben estar cerrados íntegramente 12.2 Los alimentos y materias primas envasadas deben estar con rotulación reglamentaria 12.3 12.4 12.5 12.6 Los alimentos y materias primas envasadas no deben estar vencidas, conservado su color, olor, textura y sabor, conservando la temperatura adecuada y sin producirse contaminación cruzada Los alimentos y materias primas envasadas deben guardarse con máxima seguridad para aprovechar espacios y evitar su deterioro Los alimentos elaborados deberán conservar su color, olor, textura y sabor, conservando su temperatura adecuada y sin producirse contaminación cruzada Los alimentos elaborados deben guardarse con máxima seguridad para aprovechar espacios y evitar su deterioro 13 DEPÓSITO DE COMESTIBLES 13.1 Las paredes del depósito de comestibles deberán estar revocadas y blanqueadas, con pisos lavables 13.2 13.3 Los cielorrasos del depósito de comestibles no podrá tener humedad, grietas, pintura descascarada, y deberán ser lisos e impermeables pintados de color claro Los parámetros del depósito de comestibles no deberán tener humedad, grietas, pintura descascarado y contarán con azulejos en buen estado y con pintura clara 13.4 Los solados del depósito de comestibles deberán ser lisos e impermeables y con rejillas en desagües 13.5 Las aberturas del depósito de comestibles deberán tener mosquitero, con puertas y ventanas integras 13.6 13.7 Las estanterías y tarimas del depósito de comestibles deberán tener las estibas correctamente, de material liso e impermeable sin presencia de óxido El depósito de comestibles deberá cumplir con las condiciones higiénico sanitarias exigidas, es decir, no podrá tener suciedad acumulada, colillas de cigarrillos, polvo o tierra, restos de comida, elementos ajenos al sector, desorden generalizado, animales domésticos, telas de araña, fluidos estancados o contaminación Tipos de Acciones por incumplimiento de los ítems de la auditoria Acta de Intimación Acta de Comprobación Decomiso Secuestro Clausura 9/27

14 SECTOR LAVADERO Acción por Incumplir 14.1 Los pisos del lavadero deben ser resistentes al uso, lavables, antideslizantes y con desagüe a la red cloacal 14.2 Las paredes del lavadero deben estar revestidas de material impermeable hasta los 2,10 mts. de altura, y el resto revocado en cal, pintado o blanqueado 15 CONTROL DE PLAGAS 15.1 No debe haber ratones en ningún lugar de la residencia, ni excrementos de éstos o alimentos roídos, como tampoco cucarachas, ni otro tipo de plagas 15.2 Deberá tener su certificado de desinfección, fumigación y desratización vigente 16 RESIDUOS PATOGENICOS 16.1 Los operadores y transportistas de residuos patógenos deben estar inscriptos en dicho registro para obtener el certificado de aptitud ambiental 16.2 Deberá poseer Manifiesto de Residuos Patogénicos 16.3 Los operadores de residuos patógenos deben tener un Certificado de Aptitud Ambiental y renovarlo cada 2 años 17 INSTALACIONES TERMICAS (CALDERAS TERMOTANQUES CALEFACTORES) 17.1 La caldera, calefón o termotanques deben estar habilitados 17.2 El generador de agua de alta presión debe ser inspeccionado y habilitado anualmente 17.3 El local de la caldera debe tener ventilación al exterior y/o evacuación de gases de combustión 17.4 17.5 17.6 No debe haber comunicación entre la sala de calderas u otros dispositivos térmicos con locales para medidores de gas o contener a estos Deberá tener seguro vigente de responsabilidad civil contra terceros por siniestro por calderas, calefones o termotanques Un profesional certificante deberá visar una planilla de mantenimiento de calderas que deberá exponerse a la vista en la sala de calderas 18 INSTALACIONES ELECTRICAS 18.1 Deberá contar con plano conforme a obra de instalaciones eléctricas 18.2 Los cables no deberán tener cobre expuesto. 18.3 Todas las instalaciones deben tener puesta a tierra 18.4 No puede haber mas de 20 bocas por circuito 18.5 El tablero eléctrico debe estar en un lugar de fácil acceso 18.6 El tablero eléctrico debe contar con disyuntor y llaves térmicas 18.7 El tablero eléctrico debe estar dotado de tapa y contratapa protectora 18.8 El grupo electrógeno y de almacenamiento de combustible deben estar habilitados Tipos de Acciones por incumplimiento de los ítems de la auditoria Acta de Intimación Acta de Comprobación Decomiso Secuestro Clausura 10/27

18 INSTALACIONES ELECTRICAS Acción por Incumplir 18.9 18.10 Debe haber luces de emergencia, las cuales deben tener instalación independiente con su cableado por cañerías separadas No debe haber sistemas de calefacción a garrafas, cuarzo o kerosén, radiadores eléctricos con fluidos que emitan gases tóxicos o cualquier calefactor a gas sin salida al exterior o cuya llama esté expuesta al contacto 19 INSTALACIONES ELECTROMECANICAS 19.1 Deberá haber un plano de la obra electromecánica y un certificado final, ajustado a dicha obra 19.2 Deberá haber remate a cuatro (4) vientos en instalaciones para evacuación forzada de gases de cocción 19.3 Las instalaciones electromecánicas deberán mantener la distancia reglamentaria con la medianera 19.4 Deberá haber protección a partes móviles de instalaciones electromecánicas (poleas, engranajes, etc.) 20 SEGURIDAD EN INSTALACIONES 20.1 No deben haber instalaciones en los conductos de ventilación 20.2 Se debe utilizar gas natural en toda la instalación industrial y/o comercial que requiera combustible 20.3 Los artefactos que requieran combustión deben estar correctamente ventilados 20.4 20.5 20.6 20.7 20.8 Debe haber cañerías independientes a partir de los tableros seccionales de todo circuito de luz, calefacción o fuerza motriz Los locales de medidores de electricidad deben estar incomunicados con los locales que contengan instalación de gas Los locales de medidores de gas deben estar incomunicados con otros locales que tengan tableros, medidores de electricidad, calderas, motores, aparatos térmicos u otros dispositivos similares Debe poseer un plano que concuerde con la obra final de condiciones contra incendio expedido por DGFOC (Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro) y/o la Superintendencia de Bomberos Debe poseer un certificado final de condiciones contra incendios expedido por DGFOC y/o Superintendencia de Bomberos 20.9 El plano de incendio debe concordar con las instalaciones existentes 21 PREVENCIÓN DE INCENDIOS 21.1 El acceso al sótano debe ser por escaleras independientes a las del resto del edificio 21.2 Debe haber servicio de agua contra incendio (E1) 21.3 Los edificios a construir, en estado de excavación y existentes deberán contar con los medios exigidos de salida contra incendios, preparación de fundaciones, caja de escaleras, código de edificación, material incombustible, puertas de evacuación, ventilación, revestimientos y acabado 21.4 Debe haber por piso un matafuegos cada 200 m2 con su respectiva fecha de vencimiento vigente 21.5 Las instalaciones contra incendios deben estar en perfecto estado de conservación Tipos de Acciones por incumplimiento de los ítems de la auditoria Acta de Intimación Acta de Comprobación Decomiso Secuestro Clausura 11/27

22 MEDIOS DE SALIDA Acción por Incumplir 22.1 Los medios de salida tienen que estar señalizados claramente 22.2 No puede haber objetos que obstruyan el paso en los medios de salida 22.3 Debe haber luces de emergencia en todos los medios de salida 23 LEY Nº 962 - En geriatricos habilitados / modificados y/o ampliados con posterioridad a mayo 2003 23.1 Las ventanas en habitaciones deben tener protección desmontable 23.2 Las escaleras deben tener vallas de seguridad 23.3 Las escaleras deben tener vallas de prevención de textura en cada tramo de principio a fin 23.4 Deben destacarse las uniones entre alzada y pedada entre el primer y último peldaño de cada tramo 23.5 Las rampas deben tener pisos antideslizantes 23.6 Las rampas deben tener prevención de textura de principio a fin de cada tramo 24 SEGURIDAD PRIVADA 24.1 En caso de poseer seguridad privada, la misma debe estar registrada en la Dirección General de Seguridad Privada del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires Tipos de Acciones por incumplimiento de los ítems de la auditoria Acta de Intimación Acta de Comprobación Decomiso Secuestro Clausura 12/27

2011 Auditorias Integrales Programadas Normativa del Checklist de Geriátricos Todas las herramientas a tu disposición Con las AIP ahora vos elegís estar en regla y la Agencia te acompaña Para conocer más sobre el programa de Auditorias Integrales Programadas, ingresá a la página de la Agencia: www.agcontrol.gob.ar

Normativa del Checklist de Geriátricos La normativa que requiere el cumplimiento de los ítems del checklist es la siguiente: 1 HABILITACIÓN 1.1 AD 700.5 ART 2.1.8 CHyV 1.2 AD 701.3. ART 1 y 2 ORD 13.126 y ART 10 DTO 93/06 1.3 AD700.5 ART 2.1.3 y 2.1.4 CHyV y ART 10 DTO 96/06 1.4 AD 700.6 ART 2.2.1 / 2.2.2 / 2.2.3 CHyV y ART 16 DTO 93/06 1.5 AD 700.5 ART 2.1.10 CHyV 2 DOCUMENTACIÓN 2.1 AD 713.3 ART 7 ORD 40.473 DTO N 3793/85 ART 5 LEY 2.231/06 2.2 ORD 43.447/CJD/88 BM 18.515 AD 463.24 ART 1.2.3 LEY 451 2.3 AD 700.44 ART 9.1.12 CHyV 2.4 AD 700.44 ART 9.1.11 CHyV 2.5 ART 9.1.4 CHyV-mod por LEY 2.935/08 2.6 AD 700.44 ART 9.1.9 CHyV ART 4 LEY 2.183 2.7 LEY 1.346/LCABA/04 con modificaciones LEY 2191/LCABA/06 y ART 11 del DTO 1076/LCABA/05 reglamentario de la LEY 661/LCABA/05 2.8 ART 9.1.4 CHyV modificado por LEY 2935/08 2.9 ART 3 LEY 661 / modif por LEY 1003/02 DTO 1076/05 2.10 3 FUNCIONAMIENTO 3.1 AD 492.5 ART 7 ORD 32.940 3.2 AD 700.44 ART 9.1.8 CAP 9.1 CHyV 3.3 AD 700.44 ART 9.1.24 CHyV 3.4 AD 700.44 ART 9.1.23 CHyV 3.5 AD 700.44 ART 9.1.26 CHyV 3.6 AD 700.4 ART 1.2.1 CHyV 4 SALA DE ESTAR Y ROPERÍA 4.1 4.2 AD 630.111 ART 7.5.13.5 CE 4.3 AD 630.111 ART 7.5.13.7 CE 5 ESCALERAS Y PASILLOS 5.1 5.2 AD 700.44 ART 9.1.7 CHyV 5.3 Art. 4,6,6,1 CE 5.4 AD 630.26 ART 4.6.3.4 CE 14/27

6 ASCENSORES Y MONTACARGAS 6.1 AD 630.137 ART 8.10.2.5 e) CE 6.2 AD 630.137 ART 8.10.2.5 a) 10 CE 6.3 AD 630.140 ART 8.10.2.28 CE - ART 22 inc 2 a) DTO 578/01 6.4 AD 630.140 ART 8.10.3.1 inc a) CE - DTO 578/01 ART 22 inc 2 c) 6.5 ART 630.140 ART 8.10.3.1 CE - DTO 578/01 ART 22 inc 2 b) 6.6 AD 630.140 ART 8.10.3.1 inc b) CE DTO 578/01 ART 22 inc 2 i) 6.7 ART. 8,10,2,12 punto 1 inc II y otros ORD, 27228-72 7 HABITACIONES 7.1 7.2 7.3 AD 700.44 ART 9.1.16 CHyV 7.4 7.5 7.6 AD 630.111 ART 7.5.13.3 CE 7.7 7.8 AD 700.44 ART 9.1.16 CHyV 7.9 7.10 AD 700.44 ART 9.1.14 CHyV 8 SANITARIO Y VESTUARIO DEL PERSONAL 8.1 AD 700.44 ART 9.1.18 CHyV 8.2 AD 700.44 ART 9.1.25 CHyV 8.3 Art. 2,1,1,1 / 2,1,3,8 CE / Art. 2,2,1,4 CE 8.4 8.5 8.6 8.7 8.8 8.9 8.10 LEY160-99 DTO718 NORMAS Y GRAFICOS DE INST SANIT DOMIC. IND. Pág.8 "TRAZADO, ACCESOS" renglón 10 "prohibida colocación en habitaciones," LEY160-99 DTO718 NORMAS Y GRAFICOS DE INST SANIT DOMIC. IND. Pág.21 "TANQUES" renglón 16 "prohibición de colocación de tanques enterrados" LEY160-99 DTO718 NORMAS Y GRAFICOS DE INST SANIT DOMIC. IND. Pág.28 "PROVISION E AGUA CALIENTE" renglón 12 "deben estar provistos de tanque de bombeo" LEY160-99 DTO718 NORMAS Y GRAFICOS DE INST SANIT DOMIC. IND. Pág.27 "EQUIPOS DE BOMBEO" renglón 21 "deben estar provistos de tanque de bombeo" LEY160-99 DTO718 NORMAS Y GRAFICOS DE INST SANIT DOMIC. IND. Pág.27 "RUPTORES DE VACIO" renglón 1 "obligatorio en bajadas que surtan mas de una planta y que alimentan válvulas, bidet" AD 630.58 ART 5.9.2.5 CE 8.11 CAA ART 18 inc 15 - RES 80/96 GMC ART 4.1.3.7 AD 630.85 ART 7.2.6.1 8.12 CAA ART 18 inc 15 - RES 80/96 GMC ART 4.1.3.7 AD 630.85 ART 7.2.6.1 inc b) AD 630.83 ART 7.2.2.1 8.13 CAA ART 18 inc 15 - RES 80/96 GMC ART 4.1.3.7 AD 630.85 ART 7.2.2.1 - DTO 179/00 ART 5.1 inc 12) 8.14 AD 630.28 ART 4.6.5.1 CE 8.15 8.16 AD 630.85 ART 7.2.6.1 - CAA ART 18 inc 6 - RES GMC 80/96 ART 4.1.3.7 15/27

8 SANITARIO Y VESTUARIO DEL PERSONAL 8.17 AD 700.44 ART 9.1.14 CHyV 8.18 8.19 AD 630.83 ART 7.2.2.2, 7.2.4.1 inc c), 7.2.2.3 - AD 630.85 ART 7.2.6.1 inc b) 7.2.8.1 inc b) - RES 80/96 GMC ART 4.1.3.12.1 8.20 8.21 AD 700.44 ART 9.1.17 CHyV 8.22 8.23 8.24 AD 630.83 ART 7.2.2.2, 7.2.4.1 inc c), 7.2.2.3 - AD 630.85 ART 7.2.6.1 inc b) 7.2.8.1 inc b) - RES 80/96 GMC ART 4.1.3.12.1 8.25 CAA ART 18 inc 15 - ART 16 inc 1) - AD 700.66 ART 12.1.2 - AD 700.7 ART 4.1.1.26 - AD 700.7 ART 4.1.1.22 9 COCINA - SECTOR DE ELABORACIÓN DE ALIMENTOS 9.1 9.2 9.3 AD 630.111 ART 7.5.13.6 CE 9.4 9.5 9.6 CAA ART 18 inc 15 - RES 80/96 GMC ART 4.1.3.7 AD 630.85 ART 7.2.6.1 9.7 9.8 9.9 CAA ART 18 inc 15 - RES 80/96 GMC ART 4.1.3.7 AD 630.85 ART 7.2.6.4 9.10 9.11 AD 630.111 ART 7.5.13.6 CE 9.12 9.13 CAA ART 18 inc 15 - RES 80/96 GMC ART 4.1.3.7 AD 630.85 ART 7.2.6.4 9.14 9.15 9.16 9.17 AD 700.44-630.111 ART 9.1.21 CHyV - ART 7.5.13.6 CE y RES 80/96 GMC ART 4.1.4.1, ART 3.2.2 y ART 5.1 - CAA ART 18 inc 15, ART 184, 185 y 204 DTO 179/00 ART 4.5 RES 80/96 GMC ART 4.1.4.1, ART 3.2.2 y ART 5.1 - CAA ART 18 inc 15, ART 184, 185 y 204 DTO 179/00 ART 4.5 9.18 CAA ART 18 inc 15 - RES 80/96 GMC ART 4.1.3.7 AD 630.85 ART 7.2.6.4 10 COCINA - SECTOR DE ELABORACIÓN DE ALIMENTOS 10.2 10.3 10.4 LEY 179/00 GCABA - RES 86/96 MERCOSUR modif CAA 10.5 16/27

11 HELADERAS Y FREEZERS 11.1 11.2 CAA ART 178 y 179 - AD 630.89 ART 7.3.2.1 inc a) - DTO 4238/68 cáp V 11.3 CAA ART 18 - REG 4238/68 SENASA 11.4 11.5 CAA ART 178 y 179 - AD 630.89 ART 7.3.2.1 inc a) - DTO 4238/68 cáp V 11.6 CAA ART 18 - REG 4238/68 SENASA 12 PRODUCTOS ALIMENTICIOS 12.1 LEY 179/00 GCABA 12.2 RES 006/94 MERCOSUR - CAA cáp 5 12.3 12.4 12.5 LEY 179/00 GCABA 12.6 13 DEPÓSITO DE COMESTIBLES 13.1 13.2 AD 700.44 ART 9.1.29 CHyV 13.3 CAA ART 18 inc 15 - RES 80/96 GMC ART 4.1.3.7 AD 630.85 ART 7.2.6.1 13.4 CAA ART 18 inc 15 - RES 80/96 GMC ART 4.1.3.7 AD 630.85 ART 7.2.6.1 inc b) AD 630.83 ART 7.2.2.1 13.5 CAA ART 18 inc 15 - RES 80/96 GMC ART 4.1.3.7 AD 630.85 ART 7.2.6.1 DTO 179/00 ART 5.1 inc 12 13.6 AD 630.85 ART 7.2.6.1 - CAA ART 18 inc 6 - RES GMC 80/96 ART 4.1.3.7 13.7 CAA ART 18 inc 7 ART 198 - RES 80/96 GMC ART 4.1.3.10 - AD 700.9 ART 4.3.3.2 13.8 CAA ART 18 inc 15 - ART 16 inc 1) - AD 700.66 ART 12.1.2 - AD 700.7 ART 4.1.1.26 - AD 700.7 ART 4.1.1.22 14 SECTOR LAVADERO 14.1 14.2 AD 630.111 ART 7.5.13.10 CE 15 CONTROL DE PLAGAS 15.1 CAA ART 18 inc 14) - AD 700.7 ART 4.1.1.27 15.2 AD 463.7 LEY 11.843/PLN/34 16 RESIDUOS PATOGÉNICOS 16.1 16.2 LEY 154-DTO 1886/GCABA/01 con modif DTO 706/05 16.3 17/27

17 INSTALACIONES TÉRMICAS (CALDERAS TERMOTANQUES CALEFACTORES) 17.1 AD 630.143 ART 8.11.3.21 / 8.11.3.25 CE 17.2 AD 630.143 ART 8.11.3.15 CE 17.3 17.4 AD 630.42 ART 4.8.4.2 CE 17.5 AD 794.5 ORD 33677/MCBA/77 y ART 1 DTO 887/MCBA/79 17.6 AD 794.5 ART 2 DTO 887/MCBA/79 18 INSTALACIONES ELÉCTRICAS 18.1 Art. 2,1,1,1 / 2,1,3,8 CE / Art. 2,2,1,4 CE 18.2 18.3 AD 630.136 ART 8.10.1.3 a) CE 18.4 ART 8.10.10 CE 18.5 Art.. 8,10,1,5 / Art. 6,4,3 18.6 AD 630.136 ART 8.10.1.21 CE 18.7 AD 630.136 ART 8.10.1.5 CE 18.8 Art. 5,11,7,1 Art. 5,11,7,5 / Art. 2,1,1,1 / Art. 8,12,2,1 / 8,12,2,2 / 8,12,2,3 18.9 AD 630.29 ART 4.6.6.1 CE 18.10 ART 9.1.4 CHyV modif por LEY 2935/08 19 INSTALACIONES ELECTROMECÁNICAS 19.1 AD 630.29 ART 4.6.6.2 CE 19.2 Art. 5,11,7,0 C.E 19.3 Art.. 4.10.33 C.E 19.4 Art.. 5,11,3 / Art.. 1,7,4,1,6 inc "d" II ii 20 SEGURIDAD EN INSTALACIONES 20.1 AD 630.28 ART 4.6.5.5 CE 20.2 AD 500.35 ART 2.3.2.1 ORD 39025/83 con las modif LEY 1356/04, LEY 1540/05 y ORD 46956/CJD/93 20.3 AD 630.38 ART 5.11.7.3 y 5.11.7.4 CE 20.4 AD 630.136 ART 8.10.1.2 ART 8.10.1.2 d) CE 20.5 20.6 AD 630.42 ART 4.8.4.4 b) CE 20.7 20.8 AD 630.49 ART 4.12 CE 20.9 21 PREVENCIÓN DE INCENDIOS 21.1 AD 630.49 ART 4.12.2.2 inc a) 7 CE 21.2 AD 630.49 ART 4.12.2.3 b) 21.3 ORD 45425/91 21.4 AD 630.49 ART 4.12.2.3 inc a) 2 CE 18/27

21 PREVENCIÓN DE INCENDIOS 21.5 AD 630.75 ART 6.3.1.4 CE 22 MEDIOS DE SALIDA 22.1 AD 630.31 ART 4.7.1.4 CE 22.2 AD 630.31 ART 4.7.1.2 CE 22.3 AD 630.29 ART 4.6.6.1 CE 23 LEY Nº 962 - En geriátricos habilitados / modificados y/o ampliados con posterioridad a mayo 2003 23.1 ART 92 LEY 962 modif ART 7.5.13.3 CE 23.2 ART 91 LEY 962 modif ART 7.5.13.2 CE 23.3 23.4 ART 22 LEY 962 modif ART 4.6.3.4 CE 23.5 ART 25 LEY 962 modif ART 4.6.3.8 CE 23.6 ART 25 LEY 962 modif ART 4.6.3.8.1 h) CE 24 SEGURIDAD PRIVADA 24.1 24.2 LEY 1913/05 DTO 446/06 DTO 109/08 19/27

2011 Todas las herramientas a tu disposición Auditorias Integrales Programadas Definición de las fallas más usuales en Geriátricos Con las AIP ahora vos elegís estar en regla y la Agencia te acompaña Para conocer más sobre el programa de Auditorias Integrales Programadas, ingresá a la página de la Agencia: www.agcontrol.gob.ar

Carecer de agarraderas Adosadas a la Pared Descripción: Las agarraderas son barandas que se encuentran adosadas en las paredes de los baños. Estas sirven para prevenir posibles resbalones y consecuentes accidentes de los residentes del geriátrico. Riesgos: Al tratarse de personas mayores con movilidad reducida, es probable que éstas puedan perder la estabilidad, caerse y lastimarse en el baño. Es por eso que las agarraderas son un requisito indispensable en los establecimientos geriátricos a fin de evitar accidentes. Estado requerido: Debe haber agarraderas en todos los artefactos de los baños destinados a los adultos mayores. Cómo gestionar: En caso de ausencia usted deberá colocarla en los lugares y formas indicadas. Cable 220v Sin Protección y Expuesto al Alcance Descripción: Los cables están diseñados para durar muchos años de forma correcta, el problema radica cuando sobrepasan el consumo para el que están diseñados o quedan expuestos o a la intemperie con el cobre visible y al alcance del contacto. Riesgos: Cables expuestos electricidad pueden traer graves consecuencias, como tetanización muscular, paro respiratorio, asfixia, fibrilación ventricular, quemaduras y en muchos casos la muerte. Estado requerido: El cobre no debe estar al alcance de la mano y debe pasar por algún conducto o cablecanal. Cómo gestionar: En caso de no cumplir con esta norma debe contactarse con un electricista matriculado para solucionar el problema y de este modo disminuir los riesgos. 21/27

Carecer de campana Extractora de Humo y Olores con Ventilación Forzada Descripción: Sirve para llevar de la cocina al exterior del edificio humo olores, gases y vapores generados en la cocina del geriátrico. Riesgos: La inhalación de humo y vapores perjudica las vías respiratorias. Estado requerido: Esta debe instalarse sobre los artefactos destinados a la cocción de alimentos, conectada al ambiente exterior, asegurando la evacuación de humos, vapores, gases y olores. El mobiliario y el equipo deben ser diseñados y construidos de manera que permita su fácil limpieza, evitándose la acumulación de suciedad en uniones o encuentros. Observaciones: La Autoridad de Aplicación puede, teniendo en cuenta la naturaleza de la actividad que se realiza, exigir ventilación complementaria. Carece de Agua Caliente Descripción: Todos los geriátricos deben contar con servicio de agua caliente y fría y desagüe a la red cloacal. Cómo gestionar: De no contar con estas características debe ponerse en contacto con un gasista matriculado y solucionar el problema. Carece de Disyuntor y/o Llave Térmica Descripción: Tanto el disyuntor, como la llave térmica, son aparatos que sirven para interrumpir el paso de la energía eléctrica, la diferencia entre ambos radica en que el disyuntor solo se activa por una descarga a tierra, que es lo que sucede cuando se toca algún cable con cobre expuesto o si hay algún aparato que tiene algún desperfecto eléctrico que no sea cortocircuito. La llave térmica, en cambio, cubre solo en caso de cortocircuito o exceso de consumo de corriente. Riesgos: La tenencia de estos aparatos es indispensable para prevenir daños, tanto en humanos, como en aparatos eléctricos. Estado requerido: Debe contar con interruptor y/o llave térmica para prevenir inconvenientes. Cómo gestionar: De no cumplir con esta reglamentación debe contactarse con un electricista matriculado con el fin de normalizar su situación. 22/27

Carecer de Certificado de Fumigación - Desinfección y Desratización Descripción: El geriátrico no debe tener presencia de roedores, insectos u otros vectores, para lo cual debe proceder a fumigar, desinfectar y desratizar el establecimiento. Riesgos: La ausencia de este proceso puede ser causante de suciedad en el geriátrico y por consiguiente enfermedades en los hospedados. Cómo gestionar: Para solucionar este inconveniente sugerimos ponerse en contacto con una empresa exterminadora de plagas registrada ante el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y, de este modo, conseguir sus certificados de fumigación, desinfección y desratización, previa realización de la misma. Observaciones: Cuando se trate de un edificio afectado al régimen de propiedad horizontal y la existencia de roedores se compruebe en las partes comunes, la multa se aplica contra el consorcio de propietarios. Por otra parte, aunque el geriátrico exhiba el Certificado requerido, se considerará una falla grave la presencia de vectores como también excrementos de los mismos. Carecer de Contratapa en el Tablero Eléctrico Descripción y Estado Requerido : El tablero eléctrico deberá estar cerrado tanto en su parte delantera, con una puerta, como en su parte trasera dotándolo de contratapa. Riesgos: Previene humedad y contacto directo de factores climáticos, así como también roces casuales de las personas. Exceder la Capacidad Permitida Descripción: Todo establecimiento debe alojar sólo un máximo de residentes permitidos y no pasarse en ningún caso de dicha capacidad. Estado requerido: El establecimiento residencial para personas mayores no debe exceder la capacidad habilitada. En este sentido debe tener, como mínimo, capacidad para albergar a cinco (5) residentes y no puede prestar servicios sin previa habilitación y la correspondiente inscripción actualizada en el registro creado a tal fin. La capacidad de ocupación se determina a razón de 15,00 m3 como mínimo por persona, no puede exceder de cinco (5) camas por habitación. Riesgos: En caso de que una emergencia obligue a realizar una evacuación, el procedimiento puede verse entorpecido por falta de espacios, entre otras cuestiones. 23/27

Falta de Libreta Sanitaria Descripción y Estado Requerido: Es un certificado requerido para todos los trabajadores del geriátrico. El mismo certifica el estado de salud de los empleados para algunas enfermedades de transmisión alimentaria, infecciosa y/o sexual a efecto de evitar su propagación, realizando el diagnostico precoz y el tratamiento oportuno del trabajador. Estado requerido: Todos los trabajadores del geriátrico (sin excepción) deberán poseer libreta sanitaria vigente Cómo gestionar: Se tramita en los servicios de Promoción y Protección de la Salud de los Hospitales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires correspondiente al domicilio del empleo o al domicilio particular del trabajador en caso de trabajador autónomo. Listado de Hospitales en los que puede tramitar la Libreta Sanitaria: - Álvarez: Doctor Juan Felipe Aranguren 2701. Tél.: 4611-6666 y 4630-2900 - Argerich: Corbeta Pi y Margall 750. Tél.: 4121-0913 y 4362-2772 - Durand: Av. Díaz Vélez 5044. Tél.: 4982-5555 / 5655 - Fernández: Cerviño 3356. Tél.: 4808-2600 - Penna: Pedro Chutro 3380. Tél.: 4912-1085 - Piñero: Varela 1301. Tél.: 4631-8100 / 0526 - Pirovano: Monroe 3555. Tél.: 4542-5552 / 2772 / 9279 - Ramos Mejía: Urquiza 609. Tél.: 4127-0200 / 0300 - Rivadavia: Avenida Las Heras 2670. Tél.: 4809-2000 - Santojanni: Pilar 950. Tél.: 4630-5500 - Tornú: Combatientes de Malvinas 3002. Tél.: 4521-3600 / 1236 / 8700 - Vélez Sarsfield: Calderón de la Barca 1550. Tél.: 4639-8700 / 8705 - Zubizarreta: Nueva York 3952. Tél.: 4501-5775 / 0683 / 5985 y 4502-3263 / 3264 / 5941 / 8675 Quién puede efectuarlo? El solicitante por derecho propio y el trabajador en relación de dependencia. Qué se necesita para realizarlo? - Certificado de aptitud física expedido por médico matriculado y habilitado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Nota del empleador en donde conste la razón social, domicilio, firmada por el responsable de la empresa donde desarrollará la actividad por la cual requiere la Libreta Sanitaria. En adición a lo establecido, deberá presentarse la siguiente documentación dependiendo de la nacionalidad de la persona que requiera la tramitación de la Libreta Sanitaria: Argentinos: - D.N.I. Extranjeros: - Documento que avale su identidad y por lo menos certificado de residencia precaria habilitante para poder trabajar en el país. Cuánto cuesta y que cada cuánto se renueva? El trámite es gratuito y cada Libreta Sanitaria del personal deberá renovarse una vez al año. 24/27

Falta de Luces de Emergencia Descripción: Sucede cuando no hay presencia de luces de emergencia que se enciendan en caso de un eventual corte de luz. Éstas tienen que estar homologadas por IRAM. Riesgos: Sepa que su ausencia puede dificultar la evacuación del geriátrico en caso de emergencia. Estado requerido: Debe haber luces de emergencia en todos los tramos de las salida de emergencia, así como también en los lugares que desembocan en ella, a una distancia que permita la correcta visualización en caso de un corte de corriente eléctrica. Cómo gestionar: Póngase en contacto con un electricista matriculado para que instale y verifique el correcto funcionamiento de las luces. Falta de Plan de Evacuación Descripción: El plan de evacuación es un documento en forma de manual donde se dan recomendaciones respecto al uso o modificación de las instalaciones eléctricas, de gas y edilicias. El mismo describe la forma en que la gente debe reaccionar ante situaciones peligrosas como, por ejemplo, la presencia de humo, escapes de gas, etc. Explica además cómo debe desarrollarse el Plan, de acuerdo a la asignación de roles y que función cumple cada uno de ellos. Este plan debe estar acompañado de un programa de capacitación y un cronograma de simulacros. Riesgos: De no existir este punto puede verse afectado el desarrollo de una rápida evacuación del geriátrico en caso de una emergencia. Estado requerido: Debe coordinar el Plan de Evacuación con su grupo de trabajo y comunicárselo a todos los empleados, definiendo los roles competentes. Asimismo, el Plan debe indicar la ubicación de los matafuegos, hidrantes (de poseerlos) carteles indicadores de medios de salida y luces de emergencia, de manera tal que sea coincidente con lo instalado en el geriátrico. Observaciones: El Plan debe estar aprobado por Defensa Civil y debe establecer la realización de tres (3) simulacros al año, que, obligatoriamente, el geriátrico deberá realizar. 25/27

Falta de Plano de Evacuación Descripción: El Plano de Evacuación es un plano de todas las plantas o niveles del edificio. Estos se colocan estratégicamente señalando una leyenda usted está aquí y en los mismos se muestra la ruta de escape más segura, la ubicación de extintores, el punto de encuentro y los teléfonos de emergencias. Riesgos: Su ausencia puede generar confusiones ante una situación de emergencia, agravando aún mas la problemática y generando mayores consecuencias. Estado requerido: Debe colocar Planos de Evacuación en lugares visibles a todos los usuarios del establecimiento, ajustando lo graficado en los Planos con lo existente en el geriátrico. Falta de Matafuegos y/o Tenencia con Carga Vencida Descripción: Es indispensable contar con matafuegos cada determinada cantidad de metros que respeten la fecha de vencimiento y no hayan sido utilizados, ya sean los portátiles del tipo ABC (polvo bajo presión), así como los de gases halogenados, ubicados en correspondencia con su tipo de uso. Riesgos: La tenencia de extintores es fundamental para combatir un principio de incendio, en caso de no tenerlo o estar vencido usted debe normalizar la situación de los mismos. Estado requerido: Los extintores portátiles de tipo ABC deben encontrarse uno por piso en lugares accesibles y distribuidos a razón de uno (1) cada 200 metros cuadrados (o fracción de la superficie de cada piso) en pasillos comunes, bibliotecas, cocinas, gimnasios, etc.; mientras que los de gases halogenados deben encontrarse, por ejemplo, en las entradas de las salas de computación y laboratorios. Por otra parte, las instrucciones del manejo deben estar al alcance tanto de las autoridades, como del personal auxiliar del edificio e incluir la enseñanza de su empleo en las capacitaciones realizadas a través del Plan de Evacuación del geriátrico. El matafuego debe tener sin excepción precinto de seguridad (que se retirara para su utilización). Este debe recargarse anualmente y después de cada uso cumpliendo las normas IRAM, por medio de empresas registradas ante el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Observaciones: Por más que el matafuego no haya sido utilizado y tenga precinto, la carga debe realizarse cada un año cumpliendo con las normas de protocolo IRAM. 26/27

Falta de Timbres de Llamada Descripción: Los geriátricos deben estar equipados con timbres de llamadas en las habitaciones que comuniquen a los internos con la guardia presente, en caso de ocurrir alguna emergencia que requiera la atención urgente del hospedado. Riesgos: La falta de este timbre puede acarrear graves consecuencias en los residentes del geriátrico que estarían impedidos de dar rápida alerta al personal responsable en eventuales situaciones de emergencia. Estado requerido: La instalación eléctrica de los mismos debe hacerse por conductos independientes del resto. Cómo gestionar: En caso de no contar con este timbre debe contactarse con un electricista matriculado para que normalice su situación. Falta de Libro de Atención Médica Descripción y Estado Requerido: Debe contar con un libro rubricado por la Autoridad de Aplicación donde se asiente la atención médica de los internados, los que deben ser examinados con una frecuencia no inferior de una vez por semana. Esta atención debe ser prestada por el profesional responsable del establecimiento o por el médico particular del hospedado, a pedido de éste. En ambos casos se debe dejar asentado el diagnóstico. 27/27