Página 1 MUNICIPIO DE ZARZAL RESOLUCION No. 140-02-06-005 (Enero 03 de 2013) POR EL CUAL ADOPTA EL PLAN DE INCENTIVOS PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL MUNICIPIO DE ZARZAL VALLE, VIGENCIA FISCAL 2013 La Alcaldesa del Municipio de Zarzal Valle, en uso de las atribuciones Constitucionales y Legales consagradas en los artículos 54 y 305 de la Constitución Política, el Decreto 1567 de 1998, la ley 909 de 2004, El Decreto 1227 de 2005 Y, CONSIDERANDO Que mediante la ley 909 de 2004, se expidieron normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa, Gerencia Pública y se dictan otras disposiciones. Que el Título II, Capítulo I del Decreto 1567 de 1998 señala las disposiciones generales del Sistema de Estímulos para el reconocimiento del desempeño efectivo de los servidores y equipos de trabajo de las entidades. Que de acuerdo con el artículo 19 del decreto 1567 de 1998 cada entidad deberá elaborar anualmente planes de estímulos e incentivos Que el artículo 76 del Decreto 1227 de 2005 señala que los planes de incentivos tienen por objeto otorgar reconocimientos por el buen desempeño, propiciando así una cultura de trabajo orientada a la calidad y la productividad bajo un esquema de mayor compromiso con las entidades. Que el articulo 77 del decreto 1227 de 2005, señala que el jefe de cada entidad adoptara anualmente el plan de incentivos institucionales y señalara en el los incentivos no pecuniarios que se ofrecerán al mejor empleado de carrera de cada entidad, a los mejores empleados de cada nivel jerárquico y al mejor empleado de libre nombramiento y remoción de la entidad, así como los incentivos pecuniarios y no pecuniarios para los mejores equipos de trabajo. Que igualmente el Municipio de Zarzal debe definir los criterios y procesos para la selección de los mejores servidores y equipos de trabajo en condiciones de objetividad, igualdad y transparencia. Que en mérito de lo anteriormente expuesto RESUELVE ARTICULO 1 Adóptese el Plan de incentivos para los servidores públicos del Municipio de Zarzal Valle, para la vigencia 2013 INTRODUCCION El diseño de El Plan de Incentivos y Estímulos, permite que la Alcaldía de Zarzal Valle, tenga un ambiente que facilite el mejoramiento de la calidad de vida de los empleados. El Programa Nacional de Renovación de la Administración Pública, que se circunscribe dentro de la Nueva Política de Gestión del Talento Humano y de Modernización del Estado, se busca concientizar a las Administraciones de los diferentes Entes Estatales de la importancia de estimular y elevar los niveles de motivación de los funcionarios públicos, con el fin de satisfacer sus necesidades sociales y de realización personal, razón por la cual la Alcaldía de zarzal Valle tiene el propósito de mejorar el nivel de satisfacción y generar un buen ambiente laboral para premiar y por ende lograr un cambio de actitud en los empleados de la entidad.
Página 2 Con el Plan de Incentivos y de Estímulos enmarcado en la Ley No. 909 de 2004 y reglamentado por el Decreto Ley No.1567 de 1998 y Decreto No.1227 de 2005 se persigue motivar el desempeño eficaz y el compromiso de los empleados para con la Gestión Pública. El plan de incentivos y estímulos reconocerá y exaltará los meritos excepcionales y los servicios sobresalientes prestados a la Alcaldía de Zarzal Valle por sus empleados de manera individual o grupal, que beneficien a todo el personal de la Alcaldía de Zarzal Valle. ARTÍCULO 2. PLAN DE INCENTIVOS Y ESTIMULOS El Plan de Incentivos y estímulos estará conformado por el conjunto interrelacionado y coherente de políticas, disposiciones legales que interactúan con el propósito de elevar los niveles de eficiencia, satisfacción, desarrollo y bienestar de los empleados de la Alcaldía de Zarzal Valle en el desempeño de su labor y de contribuir al cumplimiento efectivo de los resultados institucionales, además pretende otorgar reconocimiento por el buen desempeño laboral, propiciando así una cultura de trabajo orientada hacia la calidad y productividad bajo el esquema de mayor compromiso para con los objetivos de la Entidad. ARTÍCULO 3. PROPOSITOS Mejorar el desempeño de los funcionarios de la Alcaldía de Zarzal Valle a través de la premiación y reconocimiento de sus logros, habilidades y cualidades tanto personales como grupales (Equipos de Trabajo), tendiente a fortalecer la cultura de atención al público y la generación y mantenimiento de ambientes de trabajo productivo que redunden en un mejor clima laboral en la entidad. Promover y ejecutar acciones de Estimulo e Incentivos en los diferentes Niveles (Directivo, Asesor, Profesional, Técnico y Asistencial) para motivar a los funcionarios e incorporarles los valores institucionales de compañerismo, trabajo en equipo, calidad de atención al público y disposición permanente de encontrar soluciones a los problemas cotidianos de cada dependencia. ARTÍCULO 4. FUNDAMENTOS Las razones por las cuales se hace necesaria la implementación de un Plan de Estímulos e Incentivos en la Alcaldía de Zarzal Valle obedecen a necesidades de tipo Legal y Administrativo. Administrativo: puesto que con la Implementación del Plan de Incentivos y estímulos se pretende dar aplicación a las Políticas Nacionales de Administración del Talento Humano. Y legal: porque el Decreto-Ley No.1567 del 5 de agosto de 1998 así lo dispone en su Capítulo I, DISPOSICIONES GENERALES DEL SISTEMA DE ESTIMULOS del TITULO II, SISTEMA DE ESTIMULOS PARA LO EMPLEADOS DEL ESTADO artículos No.13-17, artículos No.18-19 del Capítulo II PROGRAMA DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS, del TITULO II SISTEMA DE ESTIMULOS PARA LO EMPLEADOS DEL ESTADO Y artículos No.26-38 del PROGRAMA DE INCENTIVOS DEL Capítulo IV del TITULO II del mencionado decreto. Así como las disposiciones establecidas en los artículos No.69-85 del Capítulo II Sistema de Estímulos, del TITULO IV del Decreto No.1227 del 21 de abril de 2005. ARTÍCULO 5. PRINCIPIOS Los Principios que sustentan el Plan de Incentivos y Estímulos de la Alcaldía de Zarzal Valle, son: Humanización del Trabajo. Toda actividad laboral en la Alcaldía de Zarzal Valle, deberá brindar la oportunidad de que las personas crezcan en sus múltiples dimensiones cognitivas, afectivas, valorativas, éticas, estéticas, sociales y técnicas y desarrollen sus potencialidades creativas mejorando al mismo tiempo la gestión institucional y el desempeño personal. Equidad y Justicia. Este principio considera, que sin desconocer la singularidad de cada persona, el Sistema de estímulos de la Alcaldía de Zarzal Valle deberá provocar actitudes de reconocimiento para todos en igualdad de oportunidades, de tal manera que la evaluación de los mejores desempeños motive a los demás para que sigan mejorando. Sinergia. Este principio se orienta a buscar, que todo estímulo que se dé a todos los empleados de la Alcaldía de Zarzal Valle, beneficie a la organización en su conjunto, a través de la generación de valor agregado. Objetividad y Transparencia. Los procesos que conduzcan a la toma de decisiones para el manejo del Plan de Incentivos y estímulos en la Alcaldía de Zarzal Valle, deberán basarse en criterios y procedimientos objetivos, los cuales serán conocidos por todos los miembros de la misma.
Página 3 Coherencia. Este principio busca que la Alcaldía de Zarzal Valle desarrolle efectivamente la responsabilidad que le corresponda dentro del Plan de Incentivos y estímulos. La Alcaldía de Zarzal Valle deberá cumplir con los compromisos adquiridos a través de sus Programas de Bienestar Laboral. Articulación. La motivación de los empleados de la Alcaldía de Zarzal Valle, deberá procurarse integrando acciones, proyectos, programas y estrategias que contribuyan simultáneamente a la satisfacción de sus necesidades materiales y espirituales. ARTÍCULO 6. OBJETIVOS Objetivo General: El Plan de Incentivos y de Estímulos se posicione como un instrumento que permita reconocer desempeño laboral de los funcionarios más comprometidos para con el alcance de las metas, logros trazadas por la Administración Central e incrementar el reconocimiento a los servidores público por los resultados y logros en su Gestión y por su buena actitud hacia el trabajo en la Alcaldía de Zarzal Valle. Objetivos Específicos Cubrir la totalidad de los funcionarios de la Alcaldía de Zarzal Valle. Generar estados afectivos positivos y condiciones de trabajo armónica que influyan en el rendimiento laboral de la Alcaldía de Zarzal Valle. Motivar a los empleados en el compromiso con la realización de un trabajo a conciencia y útil a la Entidad. Contribuir con el mejoramiento de la capacidad productiva de la Alcaldía de Zarzal Valle, premiando los logros de los empleados. Garantizar que la gestión institucional y los procesos de administración del talento humano en la Alcaldía de Zarzal Valle, se manejen integralmente en función del Bienestar Laboral y del desempeño eficiente y eficaz de los empleados. Proporcionar orientaciones y herramientas de gestión a la Alcaldía de Zarzal Valle para que se construya una vida laboral que ayude al desempeño productivo y al desarrollo humano de los empleados. Estructurar un programa flexible de estímulos e incentivos para recompensar el desempeño efectivo de los empleados y de los grupos de trabajo de la Alcaldía de Zarzal Valle. Facilitar la cooperación interinstitucional con entidades públicas y privadas para la asignación de incentivos al desempeño excelente de los empleados. ARTÍCULO 7. CAMPO DE APLICACIÓN. El Plan de Incentivos y estímulos se aplicará individualmente a los empleados de la Alcaldía de Zarzal Valle, que cumplan los requisitos que para tal efecto se fijen. Los empleados provisionales, temporales y supernumerarios, al igual que los contratistas que lleven por lo menos un año de vinculación a la Alcaldía de Zarzal Valle, podrán beneficiarse del Plan de Incentivos sólo si forman parte de los equipos de trabajo. ARTÍCULO 8. BENEFICIARIOS Los beneficiarios del presente Plan de Incentivos y Estímulos son todos los empleados de la Alcaldía de Zarzal Valle. Los beneficios establecidos en este acuerdo no constituirán factor salarial ni prestacional alguno. ARTÍCULO 9. UBICACIÓN La localización física donde se desarrollara la mayor parte del Plan de Incentivos y Estímulos será en la medida de lo posible en las instalaciones de la Alcaldía de Zarzal Valle. ARTÍCULO 10. COMPETENCIAS Y RESPONSABILIDADES. El Plan de Incentivos y Estímulos de la Alcaldía de Zarzal Valle, será responsabilidad del Secretario de Servicios administrativos, quien impartirá las orientaciones para la implementación del mismo, fundamentado en los principios consagrados en la ley y en las políticas internas de la Alcaldía. ARTÍCULO 11. FASES Y PRIORIDADES El Plan de Incentivos y Estímulos se ha de ejecutar a lo largo del año en la medida de lo posible, pero a sabiendas de que se busca premiar los logros y metas trazadas y alcanzadas desde un principio por los diferentes empleados y Equipos de Trabajo, su mayor parte de ejecución se realizara en el último trimestre del año, previo estudio por parte del Comité de estímulos e Incentivos de la Alcaldía de Zarzal Valle, de las metas alcanzadas, a través de la Evaluación del Desempeño.
Página 4 El personal a premiar será escogido de manera Individual y por Equipos, aquellos que sean escogidos de manera individual lo serán mediante la obtención del máximo puntaje en las dos (2) pruebas de Evaluación del Desempeño. Los ítems que han de ser utilizados para determinar y medir el grado de ejecución y efectividad de los diferentes trabajos en Equipos serán: Consecución de los Objetivos Propuestos. Atención al Público. Soporte Teórico y Metodológico del trabajo a evaluar. Funcionamiento como Equipo de Trabajo. Utilidad futura del Producto entregado a la Alcaldía de Zarzal Valle. ARTÍCULO 12. INCENTIVOS Y ESTIMULOS El Plan de Incentivos y Estímulos de la Alcaldía se pondrá en funcionamiento a través de los Programas de Bienestar Laboral. El Plan de Incentivos y estímulos de la empresa, se orientarán a: Crear condiciones favorables al desarrollo del trabajo para que el desempeño laboral cumpla con los objetivos previstos. Reconocer o premiar los resultados del desempeño en niveles de excelencia. El plan de incentivos y estímulos está dirigido a crear condiciones favorables al buen desempeño se desarrollarán a través de proyectos de calidad de vida laboral. Y los Planes de Incentivos y estímulos que buscan reconocer el desempeño en niveles de excelencia se estructurarán a través de planes acordes con los comportamientos que obedezcan a criterios de equidad, eficiencia, eficacia y trabajo competitivo. Los Estímulos a tener en cuenta son: De tipo Pecuniario: El primer puesto al Mejor Equipo de Trabajo corresponde a un incentivo pecuniario, por valor de cuatro (4) salarios mínimos legales vigentes. El Segundo puesto al Mejor Equipo de Trabajo corresponde a un incentivo pecuniario, por valor de un (1) salarios mínimos legales vigentes. El tercer puesto al Mejor Equipo de Trabajo se les otorgará reconocimiento público de su labor meritoria. No Pecuniario: Escogencia del empleado del año por Nivel Jerárquico, al cual se le dará una Mención Honorífica, con cargo a su hoja de vida. Programas de Turismo Social: Viajes turísticos al destino nacional que seleccionen los mejores Empleados y Equipos de Trabajo seleccionados. Días compensatorios por laborar los fines de semana (siempre que el trabajo sea convocado por el Jefe Inmediato y el participe de dicho trabajo). Posibilidad de recibir ascensos, encargos, Traslados. Comisiones para desempeñar otros cargos. Comisiones de Estudios. Publicación de trabajos en Medios de Circulación Nacional e Internacional. Reconocimientos publico a la labor meritoria. Financiación de Investigaciones. ARTÍCULO 13. PLANES DE INCENTIVOS. Los planes de incentivos para los empleados de la Alcaldía de Zarzal Valle se orientarán a reconocer los desempeños individuales del mejor empleado de la Institución y de cada uno de los niveles jerárquicos que la conforman, así como de los equipos de trabajo que alcancen niveles de excelencia.
Página 5 TIPOS DE PLANES. Para reconocer el desempeño en niveles de excelencia se organizarán planes de incentivos pecuniarios y planes de incentivos no pecuniarios, para lo cual se tendrá en cuenta las necesidades y preferencias de los empleados, tal como lo establece la normatividad vigente. El nivel de excelencia de los empleados se establecerá acorde con la calificación definitiva resultante de la evaluación del desempeño laboral del período objeto del Plan de Incentivos y estímulos. Tendrán derecho a incentivos pecuniarios y no pecuniarios todos los empleados de la Alcaldía de Zarzal Valle de carrera, así como los de libre nombramiento y remoción de los niveles profesional, técnico y asistencial. PLANES DE INCENTIVOS PECUNIARIOS. Los planes de incentivos pecuniarios estarán constituidos por reconocimientos económicos que se asignarán a los mejores equipos de trabajo de la Alcaldía de Zarzal Valle. Dichos reconocimientos económicos serán hasta de cinco (5) salarios mínimos mensuales legales vigentes, de acuerdo con la disponibilidad presupuestal y se distribuirán entre los equipos seleccionados. Este reconocimiento se hará a los equipos que ocupen los tres primeros puestos dentro de cada categoría, pudiéndose ampliar este numero de contarse con la disponibilidad presupuestal correspondiente. Los equipos podrán conformarse con un número entre 2 y 5 o más personas, y cada rango constituye una categoría. De los equipos podrán hacer parte los servidores de carrera, libre nombramiento y remoción, provisionales, temporales y supernumerarios. Por equipo de trabajo se entiende, el conjunto de personas que de manera interdependiente aportan habilidades complementarias para el logro de un propósito común, con el cual están comprometidas, buscando excelencia en el desempeño y una meta con la que se sienten solidariamente responsables. Para la postulación de los equipos de trabajo se requiere: Presentar proyectos que se encuentren en la fase final de ejecución o finalizados en el período por evaluar, e incluir indicadores de alcance de los objetivos propuestos. Dichos proyectos deberán indicar, entre otros aspectos: Número de personas beneficiaras del proyecto. Impacto reflejado en prevención, corrección o mejora, en relación con procesos de la Alcaldía de Zarzal Valle. Tener una permanencia significativa en el tiempo. Mínimo uno (1) de los servidores integrantes debe ser de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción. Los demás requisitos y condiciones serán establecidas por el comité de Estímulos. Para los demás equipos no beneficiados con incentivos pecuniarios se organizarán incentivos no pecuniarios, los cuales se determinarán en el plan de incentivos institucional, en un capítulo especial. PLANES DE INCENTIVOS NO PECUNIARIOS. Los planes de incentivos no pecuniarios de la Alcaldía de Zarzal Valle estarán conformados por un conjunto de programas flexibles dirigidos a reconocer funcionarios o equipos de trabajo por su desempeño productivo en niveles de excelencia. Hace referencia a reconocimientos, no necesariamente valorables en dinero, tales como: Reconocimiento de meritos, placas conmemoratorias, objetos deportivos o decorativos, certificados, días de descanso, bonos, turismo social, elementos que beneficien la calidad de vida del núcleo familiar del servidor, cultura, recreación, becas, entre otros y los que determine el Comité de Estímulos conforme a la disponibilidad presupuestal de cada vigencia fiscal. TIPOS DE INCENTIVOS NO PECUNIARIOS. Los Incentivos no pecuniarios pueden ser en especie, simbólicos, reconocimientos por antigüedad o por desempeño:
Página 6 NO PECUNIARIO EN ESPECIE: Se beneficiaran aproximadamente el diez por ciento (10%) del personal inscrito en carrera administrativa y de libre nombramiento y remoción, distribuido entre las categorías que se presenten. De contarse con la disponibilidad presupuestal necesaria, este porcentaje podrá ser superior. Se otorgarán a los servidores de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que, dentro de cada categoría, resulten seleccionados como los mejores y que adicionalmente cumplan los siguientes requisitos: Tener un tiempo de servicios en la Alcaldía de Zarzal Valle no inferior a un (1) año. No haber sido sancionado disciplinariamente en el año inmediatamente anterior a la fecha de postulación, ni serlo en cualquier estado del proceso de selección. Obtener, en la última valoración de la gestión, un puntaje igual o superior al 95% si es servidor de carrera administrativa, o evaluación de la gestión satisfactoria para el caso de los servidores de libre nombramiento y remoción. Ser postulado directamente por su superior inmediato. NO PECUNIARIO EN ESPECIE PARA LOS EQUIPOS DE TRABAJO: A criterio del Comité de estímulos e incentivos, y según las disponibilidades presupuestales, podrán otorgarse a los equipos de trabajo que no hayan obtenido incentivos pecuniarios. NO PECUNIARIO EN RECONOCIMIENTOS SIMBOLICOS: Se refieren a medallas al merito, menciones honorificas, diplomas, pergaminos, cartas de felicitación, elogios públicos, los cuales se entregaran en acto público o privado a los equipos de trabajo y a los servidores seleccionados. Se otorgaran máximo 5 reconocimientos simbólicos, y podrán ser beneficiados de estos, todos los servidores, independientemente del tipo de vinculación. Estos deberán cumplir los siguientes requisitos: Acreditar un tiempo de servicio no inferior a un (1) año. No tener antecedentes disciplinarios vigentes. Acreditar nivel de excelencia de retroalimentación de la gestión, correspondiente al 95%, en el año inmediatamente anterior a la fecha de postulación, en el caso de los servidores de carrera administrativa. Una evaluación de la gestión satisfactoria del año inmediatamente anterior, para los demás servidores. NO PECUNIARIO POR RECONOCIMIENTO POR ANTIGÜEDAD: Se otorgarán pergaminos y escudos a partir de los cinco (5) años de servicios. Para acceder a estos reconocimientos los servidores de carrera administrativa, de libre nombramiento y remoción, que cumplan los siguientes requisitos: Cumplir con el tiempo de servicio a que se refiere dicho reconocimiento. No tener antecedentes disciplinarios vigentes. Acreditar nivel de excelencia en retroalimentación de la gestión, o evaluación de la gestión, según el caso, correspondiente al porcentaje 95%, en los dos (2) años inmediatamente anteriores. NO PECUNIARIOS POR MERITOS AL DESEMPEÑO: La Alcaldía de Zarzal Valle reconocerá como producto de la evaluación al desempeño, incentivos que deben concederse a los empleados de carrera que obtengan una calificación sobresaliente para acceder a: Comisiones, encargos, ascensos, promociones y traslados. OTORGAMIENTO DE LOS INCENTIVOS NO PECUNIARIOS. Los acreedores a los incentivos tendrán derecho a escoger el reconocimiento entre las diferentes opciones que presente la Alcaldía de Zarzal Valle, previo cumplimiento de las siguientes condiciones: El disfrute, deberá iniciarse dentro de los seis meses siguientes de haber sido concedido. En caso contrario se perderá este derecho.
Página 7 En el caso de becas de cualquier nivel educativo, la institución educativa escogida por el beneficiario debe estar reconocida por las instancias competentes. En ningún caso se entregaran equivalentes en dinero a los funcionarios beneficiados. Los incentivos son personales e intransferibles. Los funcionarios que ejerzan cargos del nivel Directivo y Asesor, solo podrán participar de los estímulos simbólicos y de reconocimientos por antigüedad. ARTÍCULO 14. CONSIDERACIONES GENERALES PARA LA ASIGNACIÓN DE INCENTIVOS Para asignar los incentivos y estímulos a los empleados, la Alcaldía de Zarzal Valle deberá tener en cuenta las siguientes consideraciones: La selección y la asignación de incentivos se basarán en registros e instrumentos objetivos para medir el desempeño meritorio. En todo caso los criterios de selección considerarán la evaluación del desempeño y los resultados del trabajo del equipo como medidas objetivas de valoración. Cada empleado seleccionado tendrá derecho a escoger el reconocimiento de su preferencia dentro del plan de incentivos diseñado por la Alcaldía de Zarzal Valle. Siempre debe hacerse efectivo el reconocimiento que se haya asignado por el desempeño en niveles de excelencia. Todo empleado con desempeño en niveles de excelencia debe tener reconocimiento por parte del superior inmediato. Dicho reconocimiento se efectuará por escrito y se anexará a la hoja de vida. ARTÍCULO 15. PROHIBICIONES. Los incentivos pecuniarios y no pecuniarios, concedidos a los empleados de la Alcaldía de Zarzal Valle en desarrollo de los Programas de Bienestar laboral e Incentivos y estímulos, no pueden tener por objeto modificar el régimen salarial y el prestacional de los empleados. ARTÍCULO 16. PRESUPUESTO La Alcaldía de Zarzal Valle apropiará anualmente, en su respectivo presupuesto, los recursos necesarios para el efectivo cumplimiento de las obligaciones emanadas del Plan de Incentivos y estímulos que se establezcan. Los recursos presupuestales se ejecutarán de conformidad con los programas y proyectos diseñados. Los Programas que se autoricen incluirán los elementos necesarios para llevarlos a cabo, con excepción de bebidas alcohólicas. La alcaldesa Municipal de la Zarzal Valle adoptará anualmente mediante Resolución El Plan de Incentivos y estímulos para cada vigencia fiscal, las modificaciones de estos planes deberán ser aprobadas por la Comisión de personal y el comité de estímulos e incentivos. Los actos administrativos mediante los cuales se concedan los incentivos deberán ser motivados y contra ellos no procederá ningún recurso. La Alcaldesa Municipal, por medio del Comité de Incentivos y estímulos, ejecutará el Plan de Incentivos y estímulos, según la normatividad vigente. ARTÍCULO 17. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su aprobación y modifica las disposiciones que le sean contrarias. PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE Dado en Zarzal Valle, a los 3 días del mes de Enero del Dos Mil Trece (2013) MARIA ALEJANDRA PERDOMO Alcaldesa Municipal ADRIAN MAURICIO LOPEZ BARBOSA Secretario de Servicios Administrativos Reviso Comisión de personal