REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR



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REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR CENTRO DE DÍA (CENTRO OCUPACIONAL) PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD POR ENFERMEDAD MENTAL ASOVICA Avda. Duques de Soria 12-14. local 3 A) ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO La Asociación FEAFES Soria, Virgen del Camino (ASOVICA), se encuentra inscrita en el Registro Provincial de Asociaciones, en la Sección Primera, nº 631, y en el Registro de Entidades, Servicios y Centros de la Junta de Castilla y León, con el número registral 420055E, página 55, folio 1. La organización y el funcionamiento del citado centro se rigen en función de las siguientes normas: 1- La Asociación y su Centro de Día (Centro Ocupacional), están regidos por una Junta Directiva, que aprobará todas las actividades de carácter fundamental, a propuesta del coordinador de la Asociación. La organización de las actividades de la Asociación, correrá a cargo del coordinador de la Asociación, que las planificará anualmente. 2- El fin primordial del Centro de Día (Centro Ocupacional), es ser un centro de atención integral para personas con discapacidad por enfermedad mental. En el centro se trabajan primordialmente posibilidades de incorporación al mundo laboral, desarrollo de habilidades manipulativas, de desarrollo personal y social etc. 3- Se ofrecerán por tanto, los siguientes programas de desarrollo personal orientados a la habilitación y rehabilitación de personas con enfermedad mental, a cargo de los profesionales contratados por la Asociación:

Programa de formación prelaboral: Se impartirán Cursos de Formación para conseguir la capacidad y cualificación técnica suficiente, en vías al posible mercado de trabajo. Se trata de recuperar las habilidades laborales perdidas, creando un ritmo de actividad similar al laboral, mediante el control de asistencia, el control de tiempo y constancia en la tarea emprendida. Programas de rehabilitación psicosocial: Se impartirán estos programas con el objetivo de la mejora del proceso de su enfermedad, tanto a nivel personal como social y familiar: a) Programa de habilidades sociales. b) Programas de atención a familias. c) Programa de auto administración de la medicación. d) Programa de psicoeducación. e) Programa de ocio y tiempo libre: cancha, piscina f) Programa de actividades de la vida diaria. Etc. 4- En ningún caso se establecerá un vínculo laboral entre la Asociación y los usuarios del centro, siendo las gratificaciones en forma de beca estímulo, aleatorias y siempre con un objetivo terapéutico. 5- Los horarios de asistencia al Centro serán diseñados individualmente en función de las características del usuario y su Plan de Rehabilitación. 6- Los locales de la Asociación permanecerán abiertos de lunes a domingo, en horario de mañana y de tarde, reservándose la Asociación el derecho de admisión a las actividades de la misma, estando en principio reservadas a socios, ampliable según los casos.

7- Todos los socios y sus familiares tendrán acceso preferencial al centro y al disfrute de las actividades del mismo, debiendo mantenerse al corriente del pago de las cuotas fijadas para tener acceso a las actividades. La atención a usuarios está condicionada por el número de plazas del centro de día. 8- Todos los usuarios se encuentran cubiertos por un seguro de accidentes y otro de responsabilidad civil costeados por la Asociación. 9- La Asociación como organización sin ánimo de lucro revierte los posibles beneficios del Centro Ocupacional en actividades recreativas y de ocio y tiempo libre para los usuarios, además de contribuir al mantenimiento propiamente dicho del Centro. 10- En resumen consideramos al Centro de Día (Centro Ocupacional) como un dispositivo fundamentalmente rehabilitador (no laboral), que permite al usuario desarrollar sus capacidades físicas y mentales y aproximarse a la tan deseada normalidad, que le pueda proporcionar la autonomía necesaria, para poder desarrollar un puesto de trabajo remunerado bien en un dispositivo específico para minusválidos (Centro Especial de Empleo) o bien en una empresa normal compitiendo con sus capacidades reales en el mercado laboral. 11- El reglamento de régimen interno se aprueba en Asamblea General y cualquier cambio normativo deberá ser sometido igualmente a Asamblea.

B) NORMAS DE ADMISIÓN 1. Que la persona con enfermedad mental o alguno de sus familiares sean socios de la entidad. 2. Personas con discapacidad por enfermedad mental crónica estable con un grado de minusvalía igual o superior al 33%. 3. Edad comprendida entre 18 y 65 años 4. Poseer Certificado de Minusvalía. 5. Residentes en Castilla y León la persona con discapacidad o su representante legal. 6. Aceptar el cumplimiento de las normas de régimen interno del Centro así como las de la Asociación. 7. Que la persona con enfermedad mental forme parte del circuito de salud mental y acuda normalmente a las consultas con el especialista en psiquiatría. CRITERIOS EXCLUYENTES 1. Enfermedad mental crónica en situación no estable. 2. Conductas hetero o auto agresivas, y/o destructivas. 3. Trastornos duales o concurrencia de otras discapacidades que limiten su desempeño en el taller ocupacional o en los recursos de la asociación. 4. No serán objeto de este recurso las personas que presenten conductas sociales inadecuadas de carácter grave y/o consumo de tóxicos. 5. No son objeto de este recurso las personas que dependen de otra persona totalmente para realizar tareas instrumentales básicas. C) DERECHOS Y DEBERES DE LOS USUARIOS a) Derechos de los usuarios y de sus responsables. 1. Utilizar las instalaciones y servicios del mismo dentro de las normas que se establece el presente Reglamento.

2. Participar en los servicios y actividades que se organicen y colaborar en el desarrollo de los mismos. 3. Beneficiarse de los servicios y prestaciones del Centro. b) Deberes de los usuarios y de sus responsables. 1. Conocer y cumplir el Reglamento de Régimen Interno, así como los acuerdos e instrucciones que emanen de los órganos de representación del Centro. 2. Utilizar adecuadamente las instalaciones del Centro. 3. Guardar las normas de convivencia y respeto mutuo dentro del Centro y en cualquier otro lugar relacionado con sus actividades. 4. Poner en conocimiento de los responsables del Centro o de los órganos de representación las anomalías e irregularidades que observen en el mismo. 5. Abonar aquellas cantidades económicas que se estimen oportunas de cara a la realización de las actividades que el Centro organice. 6. Aportar el material que se le solicite para el funcionamiento de talleres y para determinadas actividades (ropa de trabajo, toalla, bañador, productos de higiene... ). 7. Asistir a las citas y reuniones que el equipo técnico y/o la dirección del Centro, convoque. 8. Comunicar las faltas de asistencia del usuario D) ORGANOS DE PARTICIPACIÓN El órgano de participación y representación, que estará compuesto por: - La Junta Directiva de la Asociación. - El coordinador del Centro. - La Comisión Provincial de Seguimiento de la Gerencia Territorial de Servicios Sociales de la Junta de Castilla y León. - El representante del Comité de Usuarios del Centro.