CONVOCATORIA DE AYUDAS CAJAMURCIA



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Transcripción:

CONVOCATORIA DE AYUDAS CAJAMURCIA La Ley 4/1994, de 26 de julio, de Salud de la Región de Murcia, otorga un tratamiento específico a la docencia e investigación en el ámbito sanitario, encomendando a la Administración Regional, conforme a su artículo 38.1, el fomento de las mismas con la finalidad de conseguir una mejora continua de la calidad de los servicios sanitarios, siendo la Consejería de Sanidad el Departamento de la Comunidad Autónoma que tiene atribuidas las competencias correspondientes. De otra parte, el Decreto de la Consejería de Hacienda 166/2003, de 3 de octubre, que regula la Obra Benéfico-social de las cajas de ahorros que operan en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, recoge el Programa de obras y actuaciones prioritarias en materia de obra social. Dentro del área sanitaria se incluye, entre otros subprogramas, el apoyo a programas de formación, docencia e investigación sanitarias con el fin último de la prevención de la enfermedad y la promoción de la salud, de importancia en el ámbito sanitario, dada su directa relación con la mejora de la atención que se presta a la población. La necesidad de contar en los Servicios de Salud con profesionales de la más alta cualificación es imprescindible para conseguir servicios de excelencia. La Caja de Ahorros de Murcia es una Institución Benéfico-Social, exenta de ánimo de lucro, que tiene entre sus fines el sostenimiento de actuaciones dentro de la Obra Benéfico-Social, y que se materializa a través de su Fundación. El Marco de financiación de la investigación, tanto en el ámbito regional como nacional y europeo (Agenda de Lisboa, Programas Marco, Horizonte 2010, etc ) se está traduciendo en la multiplicación de oportunidades de I+D, con un notable aumento de la competencia, pero al tiempo obliga a una creciente exigencia en la capacitación de los jóvenes profesionales como medida de afianzar el presente y robustecer el futuro; de esta forma, CajaMurcia y la Consejería de Sanidad apuestan por la promoción de la ciencia y el fomento de la investigación, premiando a jóvenes investigadores y ofreciéndoles la oportunidad de desarrollar su currículo, siempre con el fin último de mejorar la salud de la población murciana. A su vez, la Fundación para la Formación e Investigación Sanitarias de la Región de Murcia es una entidad sin ánimo de lucro constituida por la propia Comunidad Autónoma de la Región de Murcia por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 10 de diciembre de 2004 y tiene como fines esenciales la formación y difusión del conocimiento, así como la investigación en el ámbito de la salud. La finalidad de la presente convocatoria es perfeccionar y actualizar la formación del personal del Sistema Regional de Salud en investigación 1

biosanitaria, en etapas tempranas de la carrera investigadora, y en áreas que sean de interés estratégico para el sistema. Con esta modalidad de ayudas se pretende favorecer la dimensión multidisciplinar de la actividad investigadora del Sistema Regional de Salud. OBJETO La presente Resolución tiene por objeto regular y establecer las bases de la convocatoria, solicitud y concesión de las siguientes ayudas I.- Ayudas para investigadores noveles detalladas en el Anexo I II.- Ayudas por áreas temáticas detalladas en el Anexo II a) Proyectos de investigación en el ámbito de cuidados de la salud b) Proyectos de investigación en el ámbito de Atención Primaria c) Realización de acciones singulares en materia de investigación sanitaria Estas ayudas están orientadas a perfeccionar y actualizar la formación del personal del Sistema Regional de salud en investigación biosanitaria, en etapas tempranas de la carrera investigadora, y en áreas que sean de interés estratégico para el sistema. Con esta modalidad de ayudas se pretende, asimismo, favorecer la dimensión multidisciplinar de la actividad investigadora del Sistema Regional de Salud. Los proyectos deberán ser originales y disponiéndose para su finalización del plazo máximo establecido en los Anexos correspondientes a cada modalidad de ayuda. BENEFICIARIOS 1. Podrán solicitar las ayudas objeto de la presente Resolución las personas físicas que se encuentren vinculadas, funcionarial, laboral o estatutariamente, a centros sanitarios públicos o privados, centros universitarios u organismos públicos o privados de investigación de la Región de Murcia. 2. Los solicitantes deberán estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social y fiscales, tanto con el Estado como con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. A tal fin deberán presentar junto con la solicitud, declaración responsable relativa a tales extremos (Anexo 4). 2

3. La presentación de la solicitud supone la aceptación y sometimiento implícito del solicitante a todas las bases de la presente convocatoria. SOLICITUDES Y PLAZO DE PRESENTACIÓN Los interesados en concurrir a esta convocatoria, deberán remitir su solicitud según modelo normalizado (Anexo 1), dirigido al Director de la Fundación para la Formación e Investigación Sanitarias de la Región de Murcia, sita en Murcia, C/ Luis Fontes Pagán 9, 1ª Planta. Igualmente podrán ser remitidas mediante alguno de los medios o lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El plazo de presentación de las solicitudes de financiación reguladas en la presente Resolución será desde las 9:00 h del día siguiente a su publicación hasta las 14:00 h. del 30 de Noviembre de 2008. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR Las solicitudes se presentarán en formato papel por triplicado y un ejemplar en formato electrónico y acompañadas de la siguiente documentación: a. Anexo 1: Solicitud de ayuda.-donde se incluyan los datos de identificación del proyecto. b. Anexo 2: Proyecto de investigación.- Deberá contener: Resumen estructurado, justificación, antecedentes y estado actual del tema, bibliografía comentada, objetivos concretos, aplicabilidad y utilidad práctica de los resultados previsibles, hipótesis, metodología, plan de trabajo, plazo de ejecución, recursos disponibles y presupuesto económico del proyecto desglosado por conceptos. c. Anexo 3: Fotocopia del D.N.I en vigor, Pasaporte o tarjeta de residente para los solicitantes que no possean nacionalidad española, y Curriculum Vitae. d. Anexo 4: Declaración responsable del solicitante acreditativa de encontrarse al corriente en el pago de sus obligaciones con la Seguridad Social y fiscales, tanto con el Estado como con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia e. Anexo 5: Aceptación y declaración de otras ayudas.- En la que conste el conocimiento y compromiso del cumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente Resolución de convocatoria, así como indicación de las ayudas que se han solicitado a otras Administraciones o Entes públicos o privados, nacionales o internacionales y, en su caso, las que ya han sido concedidas con el 3

mismo objeto, en el momento de presentación de la solicitud o en cualquier momento posterior. Las solicitudes y demás documentación se presentarán en modelos normalizados que serán proporcionados a los interesados en la Fundación para la Formación e Investigación Sanitarias de la Región de Murcia, sita en Murcia, C/ Luis Fontes Pagán 9, 1ª Planta. Anexo 1 (solicitud de ayuda) Anexo 2 (memoria proyecto investigación) Anexo 3 (CV Investigador) Anexo 4 (declaración responsable) Anexo 5 (aceptación) Anexo 6 (memoria final) SUBSANACIÓN DE SOLICITUDES 1. La Fundación para la Formación e Investigación Sanitarias de la Región de Murcia, a través de la unidad administrativa correspondiente, comprobará que la solicitud y la documentación presentadas se ajustan a lo establecido en la presente Resolución. Cuando la solicitud no reúna los requisitos señalados, o no se acompañe la documentación que de acuerdo con esta Resolución resulte exigible, se requerirá al interesado para que en el plazo de 10 días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa Resolución que será dictada por el Director de la Fundación. 2. La Fundación para la Formación e Investigación Sanitarias de la Región de Murcia realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe pronunciarse la Resolución. A tal efecto podrá recabar cuantos informes estime necesarios o sean exigidos por la normativa vigente COMISIÓN DE EVALUACIÓN 1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Director de la Fundación para la Formación e Investigación Sanitarias de la Región de Murcia, procederá a la constitución de una Comisión de Evaluación que realizará el estudio y valoración de las solicitudes presentadas. 4

2. La Comisión de Evaluación estará integrada por las siguientes personas: Presidente: - El Director General de Planificación, Ordenación Sanitaria y Farmacéutica e Investigación de la Consejería de Sanidad y Consumo o, en su caso, persona en quien delegue. Vocales: - El Director de la Fundación para la Formación e Investigación Sanitarias de la Región de Murcia. - 4 representantes de la Dirección General de Planificación, Ordenación Sanitaria y Farmacéutica e Investigación. - 2 representantes de la Fundación para la Formación e Investigación Sanitarias de la Región de Murcia. Secretario: - Un miembro de la Fundación, Licenciado en Derecho, que actuará con voz pero sin voto. 3. La Comisión de Evaluación podrá solicitar la opinión de investigadores del Sistema Sanitario sobre la adecuación e idoneidad de los diferentes proyectos. Asimismo, la Comisión de Evaluación podrá recabar cuantas informaciones y documentación adicional estime necesaria para la valoración de las solicitudes; pudiendo sugerir, a los solicitantes, la introducción de rectificaciones tendentes a una mayor clarificación y adaptación de su contenido al objeto de la convocatoria. 4. La Comisión de Evaluación formulará propuesta de concesión, que será notificada por el Director de la Fundación, a los solicitantes. Éstos deberán, en el plazo de diez días hábiles, manifestar su aceptación expresa o exponer las alegaciones que estime oportunas. La propuesta definitiva de concesión formulada por la Comisión será elevada al Director de la Fundación. Dicha propuesta contendrá una relación de solicitantes para los que se propone la concesión de ayuda y su cuantía, así como de aquellos para los que se propone la denegación de la ayuda solicitada, debiendo especificar en sus conclusiones, una valoración de los criterios empleados en su distribución y, en su caso, denegación conforme al apartado séptimo de la Resolución. 5

CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Los proyectos que estén incluidos en el objeto de esta convocatoria serán evaluados en función de los siguientes criterios: a. Currículum Vitae del solicitante. b. Calidad científico-técnica. c. Aplicación y traslación del proyecto, en el ámbito sanitario. Con prioridad a los provenientes del sistema sanitario público. d. Viabilidad del proyecto. CONCESIÓN DE LAS AYUDAS 1. El Director de la Fundación, resolverá motivadamente, mediante Resolución, la concesión o denegación de las solicitudes. Dicha Resolución se notificará a los interesados. 2. El plazo máximo para resolver y notificar esta convocatoria será antes del 15 de Enero de 2009. Trascurrido el plazo máximo sin que se haya dictado y notificado Resolución expresa se entenderán desestimadas las solicitudes. 3. La Resolución podrá declarar desiertas parcialmente las ayudas. OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS Los beneficiarios de las ayudas estarán obligados a cumplir con las siguientes obligaciones: a. Realizar las actividades previstas en el proyecto que fundamente la concesión de la ayuda en el plazo previsto. b. Comunicar a la Fundación la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualquier otra Administración o Ente público o privado, nacional o internacional. c. Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por la Fundación. d. Comunicar a la Fundación la modificación de cualquier circunstancia tanto objetiva como subjetiva que afecte a alguno de los requisitos exigidos para la concesión de la ayuda. e. Presentar una memoria justificativa final del desarrollo del proyecto 6

UTILIZACIÓN DEL CRÉDITO 1. El titular de la ayuda tendrá una línea de crédito abierto por la Fundación hasta el importe máximo de la ayuda concedida. Dicha ayuda en ningún caso podrá considerarse retribución salarial a favor del beneficiario. La Fundación le informará permanentemente del remanente existente con cargo al proyecto aprobado. 2. Serán financiables los gastos derivados de la adquisición de bienes y servicios así como viajes y dietas asociados al proyecto. 3. Si así conviniere para la mejor ejecución de los proyectos, la Fundación podrá reservarse el derecho a elegir el proveedor de los productos o servicios solicitados para la realización del proyecto. 4. El beneficiario podrá solicitar a la Fundación la contratación de personas de apoyo al proyecto, siempre que previamente se haya indicado en la memoria económica. MEMORIAS 1. Los beneficiarios presentarán una memoria final, en el modelo normalizado (Anexo 5), así como los trabajos publicados. 2. En las publicaciones y comunicaciones relacionadas con el proyecto de investigación subvencionado, será indispensable hacer mención a la colaboración de la Fundación CajaMurcia y la Fundación para la Formación e Investigación Sanitarias de la Región de Murcia, como entidades financiadoras, así como al número de referencia del proyecto y el distintivo de ambas entidades. Las publicaciones y comunicaciones deberán ser remitidas a la Fundación para la Formación e Investigación Sanitarias de la Región de Murcia, incluidas las realizadas con posterioridad a la presentación de la memoria final. MODIFICACIÓN 1. El Director de la Fundación, previa solicitud debidamente justificada por el beneficiario, e informada previamente por el Responsable de Gestión de Proyectos de la Fundación, podrá autorizar la modificación del plan de trabajo, plazo de ejecución y memoria económica, siempre que no suponga incrementar el importe concedido, no modifique el objeto de esta convocatoria y que no supere el plazo máximo para la finalización del proyecto, establecido en cada modalidad de ayuda. 2. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de las ayudas y, en todo caso, la concesión concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras Administraciones o Entes públicos o privados, 7

nacionales o internacionales, podrá dar lugar a la modificación de la Resolución de concesión. REINTEGRO DE CANTIDADES RECIBIDAS 1. El incumplimiento total o parcial de cualquiera de las condiciones establecidas en la presente Resolución, podrá ser causa determinante de la revocación del acuerdo de concesión del crédito financiado y del reintegro de lo comprometido o empleado por el investigador a cargo a la Fundación. 2. Procederá el reintegro de las cantidades empleadas y la exigencia del interés de demora desde el momento del pago de la ayuda en el supuesto de no cumplimiento de los objetivos del proyecto en el plazo autorizado o incumplimiento de alguna de las condiciones de concesión de la ayuda. 3. A estos efectos el beneficiario asumirá la función de único responsable del proyecto y de la gestión de los gastos frente a la Fundación para la Formación e Investigación Sanitarias de la Región de Murcia. 1.- Áreas prioritarias de investigación ANEXO I Ayudas para investigadores noveles Se considerarán áreas prioritarias de investigación: Estudios sobre enfermedades crónicas, en especial Diabetes Mellitas, Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica e Ictus Investigaciones sobre intervenciones terapéuticas complementarias al uso de los medicamentos Estudios sobre la participación de los pacientes/ciudadanos en los cuidados de la salud Estudios sobre los problemas de salud y sociedad 2.- Requisitos de los candidatos. A efectos esta convocatoria, se considerarán Investigadores noveles, aquellos que hayan obtenido la titulación de pre-grado, post-grado o de formación especializada, en los últimos 5 años, y que no hayan sido beneficiarios con anterioridad de ninguna ayuda para la realización de proyectos de investigación, procedentes de convocatorias públicas o privadas nacionales o internacionales, de carácter competitivo. 3.- Cuantía de las ayudas 8

La cuantía individual de cada ayuda será de hasta 6.000 euros a justificar dentro del periodo de ejecución del proyecto. La cantidad asignada para esta modalidad de ayudas asciende a una cuantía máxima de 24.000 euros. 4.- Duración de los proyectos de investigación Los proyectos financiados a través de estas ayudas se realizarán en un periodo máximo de 20 meses a partir de la fecha de aceptación de la ayuda. ANEXO II Ayudas por áreas temáticas A) Proyectos de investigación en el ámbito de cuidados de la salud 1.- Áreas prioritarias de investigación Se considerarán áreas prioritarias de investigación: Estudios sobre enfermedades crónicas, en especial Diabetes Mellitas, Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica e Ictus Investigaciones sobre intervenciones terapéuticas complementarias al uso de los medicamentos Estudios sobre la participación de los pacientes/ciudadanos en los cuidados de la salud Estudios sobre los problemas de salud y sociedad 2.- Requisitos de los candidatos: Diplomado Universitario en Enfermería 3.- Cuantía de las ayudas La cuantía individual de cada ayuda será de hasta 6.000 euros a justificar dentro del periodo de ejecución del proyecto. La cantidad asignada para esta modalidad de ayudas asciende a una cuantía máxima de 24.000 euros. 4.- Duración de los proyectos de investigación Los proyectos financiados a través de estas ayudas se realizarán en un periodo máximo de 20 meses a partir de la fecha de aceptación de la ayuda. 9

B) Proyectos de investigación en el ámbito de Atención Primaria 1.- Áreas prioritarias de investigación Se considerarán áreas prioritarias de investigación: Estudios sobre enfermedades crónicas, en especial Diabetes Mellitas, Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica e Ictus Investigaciones sobre intervenciones terapéuticas complementarias al uso de los medicamentos Estudios sobre la participación de los pacientes/ciudadanos en los cuidados de la salud Estudios sobre los problemas de salud y sociedad 2.- Requisitos de los candidatos: Profesionales sanitarios que trabajen en el ámbito de la Atención Primaria. 3.- Cuantía de las ayudas La cuantía individual de cada ayuda será de hasta 6.000 euros a justificar dentro del periodo de ejecución del proyecto. La cantidad asignada para esta modalidad de ayudas asciende a una cuantía máxima de 24.000 euros. 4.- Duración de los proyectos de investigación Los proyectos financiados a través de estas ayudas se realizarán en un periodo máximo de 20 meses a partir de la fecha de aceptación de la ayuda. C) Realización de acciones singulares en materia de investigación sanitaria 1.- Áreas prioritarias de investigación Se considerarán áreas prioritarias de investigación: Investigaciones en bioingeniería y en especial en el desarrollo de materiales inteligentes y biomiméticos en medicina. Estudios en servicios de salud Investigaciones en medicina genómica 10

Neurociencias Salud y dependencia 2.- Requisitos de los candidatos Podrán acceder a esta modalidad de ayuda, todos beneficiarios señalados en las condiciones generales de la ayuda. 3.- Cuantía de las ayudas La cuantía individual de cada ayuda será de hasta 12.061 euros a justificar dentro del periodo de ejecución del proyecto. La cantidad asignada para esta modalidad de ayudas asciende a una cuantía máxima de 36.182 euros. 4.- Duración de los proyectos de investigación Los proyectos financiados a través de estas ayudas se realizarán en un periodo máximo de 20 meses a partir de la fecha de aceptación de la ayuda. 11