ILUSTRE MUNICIPALIDAD SECRETARIA DE QUEILEN DECRETO EXENTO N 534 CONSIDERANDO: 1.- El acuerdo del Honorable Concejo Municipal, de fecha 20 de enero de 2015, mediante el cual se aprobó con voto unánime de sus miembros, la adquisición a titulo gratuito, de terreno de una superficie de cero coma cero trescientos setenta y cinco hectáreas, dimensiones quince por veinticinco metros, ubicado en sector de Aituy, comuna de Queilen, Provincia de Chiloé, Decima Región, según se indica en contrato de donación de celebrado entre doña MARIA LLAIQUEL TEIGUEL y la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE QUEILEN, que se adjunta al presente decreto. 2.- Que con fecha 3 de abril de 2014, mediante contrato de donación, se materializó la voluntad de doña MARIA LUCINDA LLAIQUEL TEIGUEL, de donar una superficie de cero coma cero trescientos setenta y cinco hectáreas, dimensiones quince por veinticinco metros, de terreno de su propiedad inscrito a fojas 241, número 246 del Registro de Propiedad del año 2004 del Conservador de Bienes Rafees de Castro, e individualizado en plano de subdivisión, agregado en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Castro del año 2014, bajo el N 726, con fecha 25 de febrero de 2014; para anexar dicho terreno a terreno municipal, en el cual se ubica la Posta Rural de Pio Pio, todo ello según se indicó en el contrato suscrito. 3.- Que con fecha 30 de diciembre de 2014, se realizó complementación de contrato de donación con el objeto de indicar en su clausula tercera, que el terreno al que se anexará la propiedad donada, es un terreno perteneciente a la Ilustre Municipalidad de Queilen, inscrito a fojas dos mil noventa, número mil setecientos ochenta y cinco del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Castro del año 2013, que se adjunta al presente decreto. 4.- Que la aceptación de esta donación no requiere de autorización previa del Ministerio de Hacienda, toda vez que se trata de aquellas, cuyo monto no excede al equivalente en moneda nacional de 250 Unidades Tributarias Mensuales al momento del ofrecimiento.
VISTOS: 1.- Las facultades que me confiere la Ley N 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones. o E e R E T o: 1.- APRUEBESE y ACÉPTESE en dominio superficie de cero coma cero trescientos setenta y cinco hectáreas, dimensiones quince por veinticinco metros, el que fuera donado por doña MARrA LUCINDA LLAIQUEL TEIGUEL a la 1. Municipalidad de Queilen, mediante contrato de donación de fecha 3 de abril de 2014. 2.- Solicítese su inscripción en el Conservador de Bienes Raíces correspondiente e Incorpórese el citado bien ralz al patrimonio de esta Municipalidad. 3.- Infórmese al SEREMI de Bienes Nacionales, para su correspondiente registro, en el catastro respectivo. ANOTESE, COMUNIQUESE y ARCHIVESE Queilen, 11 Febrero del 2015 N't'I~N~ DELGADO icipal DISTRIBUCION:
;. DOS MIL SEISCIENTOSOCHENTA Y OCHO 2.688. ENRIQUE MONASTERIO REBOLLEDO NOTARIO PÚBLICO Gamboa N 443 - Casilla 23, Correos de Chile info@notariadecaslro.el (+56) 65 2632355 CASTRO REPERTORIO N 1.112-2014.- 2 DOCUMENTO AGREGADO: 784-2014.- 3 feeh.- 4 5 6 CONTRATO DE DONACiÓN 7 8 LLAIQUEl TEIGUEL, MARíA LUCINDA 9 10 A ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE QUEILEN En la ciudad de Castro, REPÚBLICA DE CHilE, a tres de abril dos mil catorce, ante rnl, ENRIQUE MONASTERIO REBOLLEDO, Abogado, Notario Público, Conservador de Bienes Raíces y Archivero Judicial de Castro, con oficio en calle Gamboa número cuatrocientos cuarenta y tres de esta ciudad, comparecen: doña MARíA LUCINDA LLAIQUEL TEIGUEL, 20 quien declara ser chilena, dueña de casa, soltera, cédula de identidad 2J número cinco millones cuatrocientos noventa y cinco mil trescientos treinta 22 y uno guión tres, domiciliado en sector rural de Pío Pío, comuna de 23 Quellen, por la parte como donante; y por la otra como donataria la 24 ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE QUEILEN, Persona Jurídica de Derecho 25 Público del giro de su denominación, Rol Único Tributario Número sesenta 26 y nueve millones doscientos treinta mil seiscientos guión siete, con 27 domicilio en calle Pedro Aguirre Cerda número doscientos ochenta y tres de 28 la Comuna de Queilen, Reaión de Los Laoos ranras.p.nt~ui;a O" odo ",...t"
diez millones doscientos veintidós mil doscientos dos guión cuatro, del 2 mismo domicilio; quien acredita su identidad mediante la respectiva cédula 3 y su personería para actuar a nombre y en representación de la ILUSTRE 4 MUNICIPALIDAD DE QUEILEN que consta en Resolución dictada por el 5 Tribunal Electoral Regional de la Décima Región de los Lagos de fecha 6 veintinueve de noviembre de dos mil doce, el cual aprueba el escrutinio de 7 la elección de alcaldes realizada el dia veintiocho de octubre del año dos 8 mil doce, la que recae en el número de rol seiscientos veintitrés guión doce 9 guión P guión A, documento que lo proclama como Alcalde electo de la 10 comuna de Queilen, refundado con el Decreto Afecto número cuarenta y 1I seis de la Ilustre Municipalidad de Queilen, de fecha seis de diciembre de 12 dos mil doce, los comparecientes mayores de edad, quienes acreditan sus 13 identidades con sus respectivas cédulas y exponen: PRIMERO: Doña 14 MARiA LUCINDA LLAIQUEL TEIGUEL, es dueña del Inmueble rural 15 ubicado en Aytuy, comuna de Queilen, Provincia de Chiloé, Décima Región, 16 signado como PREDIO NÚMERO DOS de acuerdo a su plano de 17 subdivisión aprobado por el Servicio Agrícola y Ganadero, de una superficie 18 de nueve coma sesenta hectáreas, dividido en dos lotes, que son los 19 siguientes: Lote alde nueve coma veinte hectáreas, que deslinda: 20 NORTE, Corporación Municipal de Educación, Escuela de Plo-Pío en linea 21 recta y Victor Teiguel Coñue en linea quebrada de seis trazos, ambos 22 separados por cerco; ESTE, Arroyo sin nombre que lo separa de Ramón 23 Uaiquel Tavie; SUR, Camino público de cruce Chonchi- Queilen a Pío-Pío 24 que lo separa del lote "b" de la misma propiedad; OESTE, camino público 25 de la montaña a Pío Plo que lo separa del predio número cuatro, predio 26 número tres, predio número uno, Alianza Cristiana Misionera (Iglesia) en 27 linea quebrada de tres trazos, separado por cerco, camino público a la 28 montaña a Pío Pío y Posta Municipal en línea quebrada de tres trazos,
lo separa de Ramón Llaiquel Tavie y de Mario Gueicha Nahuelquin; SUR, camino vecinal que lo separa del predio número cinco lote "b": y OESTE, camino público de la montaña a Pio Pío que lo separa del predio número cuatro. Lo adquirió por partición de bienes en la herencia quedada al fallecimiento de don Manuel Llaiquel Barrla y doña María Zenaida Teiguel Coñue, según consta de la escritura pública otorgada en la Notarla de Castro de don Arcadio Pérez Bórquez con fecha de dos de febrero de dos mil cuatro. El título de dominio se enouentra a fojas doscientos cuarenta y uno, número doscientos cuarenta y seis del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raices de Castro, del afio dos mil cuatro, rol de avalúo número ciento once guión sesenta y cuatro, de la comuna de Oueilen. SEGUNDO: Por este acto y mediante el presente instrumento, doña MARíA LUCINDA LLAIQUEL TEIGUEL, viene en donar, ceder y transferir a la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE QUEILEN, quien acepta y adquiere para si, por medio de su alcalde don MANUEL JESUS GODOY VELASOUEZ, una superficie de cero coma cero trescientos setenta y cinco hectáreas, dimensiones de quince por veinticinco metros, inserta en el inmueble mencionado en la cláusula anterior; superficie denominada LOTE C, cuyos deslindes son: NORTE (C-O): Posta plo-plo en veinticinco metros, SUR (A-S): Lote "a" de la misma propiedad en veinticinco metros, ESTE (S-C): Lote "a" de la misma propiedad en quince metros, OESTE (A D): Camino vecinal de la montaña a pio-pio en quince metros. Copia del Plano de subdivisión, Minuta de deslindes y Certificado de asignación de rol en trámite, se encuentran agregadas en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Castro del afio dos mil catorce, bajo los números setecientos veintiséis, setecientos veintisiete y setecientos veintiocho, respectivamente. TERCERO: La donación se efectúa por una
inscrito a fojas dos mil noventa número mil setecientos ochenta y cinco del 2 Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Castro del 3 año dos mil trece; inmueble en el cual se encuentra emplazada la Posta 4 rural de Pío Plo..cUARTO: El inmueble, materia del presente instrumento, 5 se dona por una parte y se acepta por la otra, como especie o cuerpo 6 cierto, libre de todo gravamen, litigio, embargo, deudas a favor del Fisco de 7 Chile o derechos en favor de terceros o de cualquiera otra limitación o 8 embarazo, que entrabe o perturbe de cualquier forma su dominio, posesión, 9 uso o goce, respondiendo la donante de la efectividad de las estipulaciones 10 expresadas. QUINTO: El inmueble objeto de la donación, se entrega, 11 materialmente en este acto, en normal estado de uso, que es conocido por 12 la donataria, que la recibe a su entera conformidad. SEXTO: Los gastos de 13 otorgamiento de la presente escritura y demás relativos a los actos 14 conservatorios serán de cargo de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE 15 QUEILEN. SÉPTIMO: La presente donación se realiza en conformidad al 16 articulo primero letra h del Decreto Ley tres mil quinientos dieciséis de mil 17 novecientos ochenta del Ministerio de Agricultura sobre subdivisión de 18 predios rústicos. OCTAVO: La donación materia de esta convención se 19 encuentra exenta de los trámites de insinuación y de todo impuesto, en 20 virtud de lo previsto en el articulo primero inciso cuarto del Decreto Ley tres 21 mil quinientos dieciséis del Ministerio de Agricultura. NOVENO: Para todos 22 los efectos de esta convención, los comparecientes fijan su domicilio en la 23 ciudad y comuna de Queilen y se someten a la jurisdicción de sus 24 Tribunales de Justicia. DÉC!M.Q:Se faculta al portador de copia autorizada 25 de la presente escritura para requerir las inscripciones, subinscripciones, 26 anotaciones y/o cancelaciones que fueren procedentes practicar en los 27 registros respectivos y en especial a la abogada Carolina Porma Oñate,
UV.., ItUL. ~C...)\;IC.,I"IV~,'tvv e...t t'\.o:ju.. ENRIQUE MONASTERIO REBOLLEDO NOTARIO PÚBLICO Gamboa N 443 - Casilla 23, Correos de Chile info@notariadecastro.cl (+56) 65 2632355 CASTRO 2 MÉDICO emitido con fecha diez de febrero de dos mil catorce, por el 3 médico Roberto Oliver Alarcón, rol único tributario trece millones ciento 4 doce mil doscientos siete guion uno, que se tiene a la vista. no se inserta 5 por ser conocido de las partes y se agrega con esta misma fecha en el 6 Segundo Bimestre del Registro de Instrumentos Públicos a mi cargo bajo el 7 número setecientos ochenta y cuatro guión dos mil catorce. La 8 exención a la contribución al bien raíz se acredita con el 9 CERTIFICADO DE AVALÚO FISCAL, válido para el primer semestre del año dos mil catorce, emitido por el Servicio de Impuestos Internos con fecha veintinueve de enero del presente año. Comuna: Queilen. NÚMERO DE ROL: ciento once guion sesenta y cuatro. Dirección o Nombre de la propiedad: Los Cisnes PO dos Pio Pio. Nombre del Propietario: LLAIQUEL TEIGUEL MARIA LUCINDA. Rol Único Tributario: cinco millones cuatrocientos noventa y cinco mil trescientos treinta y uno guión tres. Avalúo total y avalúo exento de impuesto: tres millones ochocientos un mil quinientos ochenta y cuatro pesos. Avalúo afecto a impuesto: cero pesos. Hay firma ilegible Ernesto Teran Moreno. Subdirector de Avaluaciones Servicio de Impuestos Internos. La asignación del Rol de Avalúo en 20 ~ 21 trámite se acredita con el Certificado número seiscientos tres mil doscientos ochenta y seis, emitido por el Servicio de Impuestos Internos.. ; 22 Valido por seis meses a contar de la fecha: cinco de febrero de dos mil. -. _. 23 24' 25 26 27 28 catorce. Nombre de Comuna: Queilen. Código de Comuna: diez mil cuatrocientos tres. Nombre del propietario: LLAIQUEL TEIGUEL MARIA LUCINDA. Rut Propietario: cinco millones cuatrocientos noventa y cinco mil trescientos treinta y uno guion tres, la X Dirección Regional Puerto Montt certifica que el siguiente número de Rol Matriz: ciento once guión sesenta y cuatro, con acceso principal ubicado en Los Cisnes PO Dos Pio-
6 nueve. OBSERVACIONES: ROL MATRIZ: LT A. Hay firma ilegible y timbre 2 del Servicio de Impuestos Internos X Direcc. Reg. Pto. Montt, Avaluaciones 3 Castro; documento que se encuentra agregado en el Registro de Propiedad 4 del Conservador de Bienes Raices de Castro del año dos mil catorce, bajo 5 el número setecientos veintiocho. CONFORME con los documentos tenidos 6 a la vista. Minuta redactada por la abogada Carolina Porma Oñate. 7 Fotocopia de las cédulas de identidad de los comparecientes Junto con 8 comprobante de transacción impreso de identificación biométrica de la 9 empresa Toe S.A. quedan agregadas al final del presente bimestre con el 10 mismo número de repertorio de la presente escritura. En comprobante, 1I previa lectura y ratificación firman los comparecientes ante el Notario que 12 autoriza. Se da copia. DOY FE.- REPERTORIO N AM2.-.2D\ \1... 13 14 15 16 17 MARiA LUCINDA LLAIQUEL TEIGUEL 18 C.1. N 5.495.331-3 19 Donante 20 21 22, ~..;-,'.,;. l' ", " " -,.( (rr "':?1~11..,,;. \\, - :. 26 RUT N 69.230.600-7 27 Donataria 28
ONCEMIL CIENTOVEINTITRES 11.123.- COMPLEMENTACION CONTRATO DE DONACiÓN MARIA LUCINDA LLAIQUEL TEIGUEL A ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE QUEILEN REPERTORIO N 4.337-2014.- En Castro, a treinta de diciembre del año dos mil catorce, ante mi, PEDRO HERNAN LARRERE CASTRO, abogado, Notario Público de esta jurisdicción, con oficio en calle Balmaceda número doscientos ochenta y seis de esta misma ciudad y comuna, COMPARECE: Doña CAROLINA ISABEL PORMA OÑATE, quien declara ser chilena, soltera, abogada, cédula de identidad número dieciséis millones cuatrocientos ochenta mil seiscientos treinta y seis guion siete, domiciliada en calle San Martin, número quinientos treinta y cinco, de la ciudad y comuna de Castro, en representación de Doña MARIA LUCINDA LLAIQUEL TEIGUEL, chilena, soltera, dueña de casa, cédula de identidad número cinco millones cuatrocientos noventa y cinco mil trescientos treinta y uno guion tres, domiciliada en el sector rural de Pio Pio, comuna de Queilen; y de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE QUEILEN, Persona Jurídica de Derecho Público del giro de su denominación, Rol Unico Tributario número sesenta y nueve millones doscientos treinta mi seiscientos guión siete, con domicilio en Pedro Aguirre Cerda número doscientos
cuatro, del mismo domicilio, todos mayores de edad, expresan: PRIMERO: Doña MARIA LUCINDA LLAIQUEL TEIGUEL, donó a la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE QUEILEN, un inmueble identificado en la cláusula segunda de Contrato de Donación, de fecha tres de abril del dos mil catorce, firmada ante don ENRIQUE MONASTERIO REBOLLEDO, Notario Público de Castro, Repertorio número mil ciento doce guión dos mil catorce. SEGUNDO: En este acto, en virtud de mandato otorgado por las partes, en la cláusula décima del contrato individualizado en la cláusula anterior, doña CAROLINA ISABEL PORMA OJ\JATE,viene en complementar la cláusula tercera en el sentido que indica, dice: "TERCERO: La donación se efectúa por una parte y se acepta por la otra, con el objeto de anexar esta propiedad al inmueble perteciente a la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE QUEILEN e inscrito a fojas dos mil noventa, número mil setecientos ochenta y cinco del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ralees de Castro del año dos mil trece; inmueble en el cual se encuentra emplazada la Posta rural de Pio Plo. DEBIENDO DECIR, "TERCERO: La donación se efectúa por una parte y se acepta por la otra, con el objeto de anexar esta propiedad al inmueble perteciente a la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE QUEILEN e inscrito a fojas dos mil noventa, número mil setecientos ochenta y cinco del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ralees de Castro del año dos mil trece; inmueble cuya superficie es de seiscientos veinticinco metros cuadrados, destinado a la Posta rural de Pio Plo, comuna de Queilen, Provincia de Chiloé, Décima Región y cuyos deslindes son NORTE, Escuela C mil diez de Plo Plo en veinticinco metros; ESTE, Terrenos
.' l' 3 ONCEMIL CIENTOVEINTICUATRO 11.124. en veinticinco metros; y SUR, Con terrenos de Manuel L1aiquelBarría en veinticinco metros". TERCERO: En todo lo no modificado rige íntegramente las estipulaciones del acto del contrato de Compraventa contenido en la Escritura rectificada, considerándose esta escritura como parte de la modificada. CUARTO: Se faculta al portador de copia autorizada de esta escritura, para requerir y firmar las anotaciones, inscripciones y subinscripciones que procedan en los registros correspondientes del Conservador de Bienes Ralees. Minuta redactada por la abogada doña Carolina Isabel Porma Oñate. En comprobante y previa lectura, ratifica y firma la compareciente ante el Notario que autoriza. Fotocopia de la cédula de identidad de la compareciente queda agregada bajo el mismo número de repertorio de la presente escritura. Se da copia autorizada- Doy Fe.- KEPER10RlO ~ l(, ~ "y: _. - la)1u,-. nmoojboletan" 111O~q1- Derechos 1J,'UJd)J).- CAROLINA ISABEL PORMA OÑATE C.1. N 16.480.636-7 PP. MARIA LUCINDA LLAIQUEL TEIGUEL ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE QUEILEN ES TESTIMONIO FIEL DE SU ORIGINAL Castro O 9 ENE. 2015. f CERTIFICO:Que de la Complementaclón que antecede se tomó nota al margen de la escritura públíca otorgada en esta Notaria con fecha03 de Abril de 2014, Repertorio N"1.112-