CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL NOMBRE UNIVERSIDAD - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile.



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Transcripción:

CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL NOMBRE UNIVERSIDAD - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile. En la ciudad de Valparaíso, Chile, con fecha 18 de abril de 2011, la BIBLIOTECA DEL CONGRESO NACIONAL DE CHILE, RUT: 60.203.00-8 representada por su Directora, doña María Soledad Ferreiro Serrano, ambas con domicilio en el Edificio del Congreso Nacional, ubicado en Av. Pedro Montt s/n, Valparaíso, en adelante "la Biblioteca", por una parte y, por la otra la UNIVERSIDAD DE MAGALLANES, RUT: 71.133.700-8. UNIVERSIDAD representada por su RECTOR, Dr. VICTOR FAJARDO MORALES, ambos domiciliados en Av. Bulnes 01855 en la ciudad de PUNTA ARENAS, en adelante "la Universidad", vienen en suscribir el siguiente convenio de cooperación interinstitucional: CONSIDERANDO: a) Que Delibera, es un torneo interescolar para estudiantes de Enseñanza Media, de propiedad de BCN, que tiene dos objetivos principales: aumentar el aprecio de los jóvenes por la actividad política y legislativa y, vincular a los parlamentarios con este segmento de la ciudadanía. b) Que Delibera se enmarca dentro de la misión que tiene la Biblioteca de promover los valores democráticos y de formación cívica en los distintos segmentos de la población. c) Que el torneo es ejecutado a través de encuentros donde equipos compuestos por siete estudiantes de colegios y liceos de la región compiten deliberando temas que les motivan y problemas que les preocupan. Delibera busca contribuir con el desarrollo del pensamiento político en su más amplia expresión. Permite, además, a quienes participan vivir la experiencia de ser parlamentario, en la etapa prelegislativa.

d) Que el torneo cuenta con un reglamento Delibera 2012, que entrega los antecedentes y normas con que se rige. e) Que la Universidad es una institución de Educación Superior cuyos fines esenciales son el cultivo, transmisión e incremento del saber, razón por la cual le interesa y se compromete a participar como organizador y patrocinador principal de DELIBERA 2012 en la Región de MAGALLANES Y LA ANTARTICA Este convenio constituye una alianza estratégica entre la UNIVERSIDAD DE MAGALLANES y la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile. f) Que la participación de los colegios y de los alumnos es gratuita y debe ofrecerse igualdad de condiciones y de acceso a todos los colegios de la región sean éstos particulares pagados, particulares subvencionados o municipales. g) Que la Universidad no podrá hacer ningún tipo de cobro a los colegios ni a los alumnos por su participación en el Torneo. Las instituciones identificadas, suscriben el presente convenio: PRIMERO: OBJETO DEL CONVENIO El presente Convenio tiene por objeto que la Biblioteca asigne a la UNIVERSIDAD DE MAGALLANES, la calidad de patrocinador y ejecutor oficial del Torneo Delibera 2012 en la Región de MAGALLANES Y LA ANTARTICA. SEGUNDO: OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD Respecto al Desarrollo del Torneo a) Difundir en los plazos establecidos, el Torneo Delibera para hacer una convocatoria abierta, inclusiva y masiva a los colegios de la Región. b) Inscribir como mínimo 2-0 colegios en las regiones con más de 1 millón de habitantes. En las regiones con menos de 1 millón de habitantes inscribir un

mínimo de 12 colegios. En ambos casos resguardando la descentralización al interior de la región. c) La Universidad debe considerar para la inscripción de los colegios la proporcionalidad real existente en su región entre: colegios particulares pagados, particulares subvencionados y municipales. Así mismo, debe considerar la inscripción de al menos un colegio por cada distrito electoral y velar por la proporcionalidad de genero entre los estudiantes. Solo que estén dentro de la región. pueden participar colegios d) La Universidad dispondrá de una persona capacitada en el rol de Master, quién será capacitado por la Biblioteca para el traspaso de la metodología de trabajo y se hará cargo de la total ejecución del Torneo en la región NOMBRE REGIÓN. Será también el nexo de coordinación entre la Universidad y la Biblioteca del Congreso Nacional. Las obligaciones y requerimientos del Master están explicitadas en el Contrato del Master, que se anexa y forma parte del presente Convenio. e) La Universidad debe organizar y producir dos encuentros presenciales en la región según las fechas recomendadas por la BCN y finalmente convenida por ambas partes. f) La Universidad debe disponer un espacio físico adecuado para la realización de los encuentros y de los requerimientos técnicos mínimos para el desarrollo de estos, de acuerdo a lo estipulado en el reglamento 2012. g) La Universidad debe convocar y seleccionar tres personas para que integren los jurados en estos encuentros: un representante de la sociedad civil, uno de institución académica de educación superior y una autoridad regional. Estos deben cumplir con el perfil definido por Delibera para este torneo, y se determinará con la aprobación de ambas partes. El Jurado debe evaluar guiándose por los criterios definidos en la Pauta de Evaluación que para tales efectos entregará la Biblioteca.

h) La Universidad debe disponer de una persona que cumpla con el rol de presentador durante los Encuentros, que también podrá ser el Master. i) La Universidad se hará cargo de una colación y un almuerzo, para la totalidad de los equipos participantes y sus profesores, durante los dos encuentros presenciales. En caso de haber equipos de zonas alejadas de la región, contemplará un desayuno para ellos. Respecto a Aspectos Comunicacionales y Publitarios a) Incluir en todo el material promocional del Torneo, sea éste digital o impreso, el logotipo oficial de DELIBERA y el logotipo oficial de la Biblioteca, conservando las características de ambos diseños en relación a las forma y colores y otorgando dimensiones equivalentes a los de la Universidad patrocinadora. b) Las impresiones producidas por la Universidad deben contar con el conocimiento previo y aprobación de la Biblioteca. c) De igual manera, para la difusión en prensa o medios de comunicación a través de comunicados u otro documento oficial, es obligación nombrar a la Biblioteca del Congreso Nacional como creador y ejecutor del Torneo Delibera. d) La Universidad debe realizar gestión de prensa y difusión en medios de circulación y audiencia regional, a través de sus equipos de Comunicaciones Prensa. y TERCERO: OBLIGACIONES DE LA BIBLIOTECA a) Hacer transferencia de la metodología del Torneo y entregar la documentación requerida por la Universidad para la ejecución de Delibera. Esto incluye: el Reglamento, el material audiovisual, las pautas de Evaluación del Jurado y la capacitación presencial o remota al Master, previa fecha a definir de mutuo acuerdo.

b) Entregar a la Universidad material de difusión e información de Delibera. c) Realizar la gestión de prensa y difusión en medios de circulación nacional y regional en coordinación con la Universidad, a través de sus respectivos equipos de prensa y comunicaciones. d) Cooperar con la convocatoria a colegios, a través del envío de base de datos y de material de apoyo. e) Proveer de los trofeos, premios y diplomas para los ganadores del Torneo Regional. f) Con la finalidad de financiar los gastos de movilización y comunicación asociados a Delibera, la Biblioteca asignará al Master un honorario, al finalizar el Torneo regional. Para tales efectos, la BCN hará un contrato de prestación servicios con los Master que se anexa a este convenio de CUARTO: PROPIEDAD INTELECTUAL Las partes declaran que todas las obras, trabajos y demás productos del talento o del ingenio, así como las creaciones, invenciones de productos o procesos, patentes, topografías de circuitos integrados u otros amparados por la Ley N 19.039, creados en desarrollo o con ocasión del presente contrato, realizados por los funcionarios, trabajadores, vinculados a cualquier título con las partes de éste Convenio, y que sean susceptibles de protección jurídica de conformidad con la normativa vigente en Chile o en cualquier parte del mundo sobre derechos de autor o propiedad industrial, son y serán de propiedad exclusiva de la Biblioteca quien tendrá el derecho de solicitar el privilegio y los derechos respectivos a su nombre. QUINTO: Las partes reconocen y aceptan que la confidencialidad es fundamental dentro del marco del presente convenio y, por ende convienen en elevarla a la É - calidad de esencial. En virtud-de lo anterior, la Universidad se obliga a no divulgar, la información, datos, sistemas, especificaciones, técnicas, métodos, programas, y

en general cualquier mecanismo relacionado con la información y tecnología a la que tenga acceso por razón del presente Convenio con la Biblioteca. SEXTO : El presente Convenio podrá termina por las siguientes causales: a) por cumplimiento de su plazo de vigencia. b) por mutuo acuerdo. SÉPTIMO: Vigencia del Convenio La duración del presente Convenio será hasta la conclusión del Torneo Delibera 2012 de la Región de Magallanes o en todo caso el 31 de diciembre de 2012. La personería de Don Víctor Fajardo Morales, Rector de la Universidad de Magallanes, consta en el Decreto N 296 del 5 de agosto de 2010, del Ministerio de Educación. La personería de doña Soledad Ferreiro Serrano para representar a "Biblioteca del Congreso Nacional de Chile" consta en el Acuerdo N 49 de fecha 25 de marzo del 2003 de la Honorable Comisión de Biblioteca del Congreso Nacional de Chile. c / Ma Biblioteca del Congreso Nacional Víctpr Fajardo Morales Rector Universidad de Magallanes