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Transcripción:

CAMPAÑA IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES 2012 Aprobados los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades para los periodos impositivos iniciados entre el 1 de enero de 2012 y el 31 de diciembre de 2012 tenga en cuenta las siguientes cuestiones. GASTOS NO DEDUCIBLES Ha llegado el momento de presentar la declaración del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2012 para la mayor parte de las entidades de este pais. No olvide que existe una serie de gastos No deducibles fiscalmente, que deberá ajustar. FECHAS QUE DEBE TENER EN CUENTA EN JULIO Este mes de julio deberá tener en cuenta que vencen los plazos para realizar las declaraciones del segundo trimestre de 2013, por lo que las fechas de presentación de las declaraciones más habituales que deberá tener en cuenta son: OBLIGACIÓN NOTESS (Buzón electrónico de Seguridad Social). LABORAL Ya está operativo el sistema de comunicaciones telemáticas de la seguridad social que hace obligatorio vigilar el buzón de notificaciones periódicamente para evitar reclamaciones y poder tramitar los expedientes de recaudación, de forma muy similar a como lo viene realizando la agencia tributaria. CONSULTING EMPRESARIAL SILLEDA Avda. del Parque, 33- Entresuelo- 36540Silleda (Pontevedra) 986580563-616795800 cesilleda@ceconsulting.es www.cesilleda.es titular la sociedad que le envía esta publicación, debidamente registrado ante la AEPD y cuya finalidad es servir de soporte a los datos de contacto para publicidad y prospección comercial, habiéndose obtenido los datos de fuentes accesibles al público o del propio interesado. Así mismo le informamos que sus datos no serán cedidos a terceros sin su consentimiento, pudiendo ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en la manifestar, en cualquier momento, su deseo de NO RECIBIR futuras comunicaciones electrónicas sobre nuestros productos y servicios.le informamos que puede revocar en cualquier momento, de forma sencilla y gratuita, el consentimiento para la recepción de correo electrónico enviando un e-mail con su como resultado de alguna información de esta comunicación / publicación, o por errores de contenido."

CAMPAÑA IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES 2012 Aprobados los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades para los periodos impositivos iniciados entre el 1 de enero de 2012 y el 31 de diciembre de 2012 tenga en cuenta las siguientes cuestiones. I.- Cómo se presenta la declaración?: El modelo 200 se podrá presentar en papel preimpreso o por vía telemática. La presentación vía telemática es obligatoria para los sujetos pasivos adscritos a la Delegación Central de Grandes Contribuyentes o a las Unidades de Gestión de Grandes Empresas, así como para todos los sujetos pasivos que tengan la forma de Sociedad Anónima (SA) o Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL), y para aquellas entidades que tengan que presentar la información adicional a la declaración por internet a través del formulario en los términos anteriormente expuestos. Para las entidades sin ánimo de lucro existe la posibilidad de presentar la declaración en papel. II.- Cuáles son los plazos de presentación?: El plazo para presentar el modelo 200 es los 25 días naturales siguientes a los 6 meses posteriores a la conclusión del período impositivo. Por regla general, si el ejercicio social coincide con el año natural, el plazo de presentación será del 1 de julio hasta el 25 de julio de 2013. III.- Se puede domiciliar el pago?: Se puede domiciliar la deuda tributaria resultante del modelo 200 con la posibilidad de pagar mediante domiciliación bancaria en la entidad colaboradora sita en territorio español, para las declaraciones de Impuesto sobre Sociedades presentadas por vía telemática, y que correspondan a un período impositivo finalizado el 31 de diciembre de 2012. El plazo para presentar la declaración por internet con domiciliación bancaria abarca desde el 1 de julio hasta el 20 de julio de 2013 (ambos incluidos). Por último indicar que si bien, la Orden Ministerial (HAP/864/2013, de 14 de mayo) por la que se aprueban los modelos del Impuesto sobre Sociedades, se publicó en el BOE el 20 de mayo de 2013, su entrada en vigor es el día 1 de julio de 2013. Las entidades sin ánimo de lucro podrán seguir presentando el impuesto de sociedades en papel o por vía telemática en el caso de que lo prefieran.

GASTOS NO DEDUCIBLES Ha llegado el momento de presentar la declaración del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2012 para la mayor parte de las entidades de este pais. No olvide que existe una serie de gastos No deducibles fiscalmente, que deberá ajustar. La mayoría de las entidades de este país, aquellas cuyo ejercicio social coincide con el año natural, es decir que este finaliza el 31 de diciembre y no en cualquier otra fecha, tienen en estas fechas la obligación de presentar su declaración anual del Impuesto sobre Sociedades. Estos gastos no deducibles se encuentran principalmente en el artículo 14 del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, siendo los más frecuentes e importantes: 1) Los que representen una retribución de los fondos propios (dividendos). 2) Los derivados de la contabilización del Impuesto sobre Sociedades. 3) Las multas y sanciones penales y administrativas, el recargo de apremio y el recargo por presentación fuera de plazo de declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones. 4) Las pérdidas del juego. 5) Los donativos y liberalidades, a excepción de los gastos por relaciones públicas con clientes o proveedores, o de los que con arreglo a los usos y costumbres se efectúen con respecto al personal de la empresa. 6) Los gastos de servicios correspondientes a operaciones realizadas, directa o indirectamente, con personas o entidades residentes en paraísos fiscales, excepto que se pruebe que el gasto devengado responde a una operación o transacción efectivamente realizada. Cuando en los próximos días vaya a preparar la declaración anual del Impuesto sobre Sociedades no olvide repasar la lista anterior, con ello evitará sanciones en posibles futuras inspecciones de Hacienda.

FECHAS QUE DEBE TENER EN CUENTA EN JULIO Este mes de julio deberá tener en cuenta que vencen los plazos para realizar las declaraciones del segundo trimestre de 2013, por lo que las fechas de presentación de las declaraciones más habituales que deberá tener en cuenta son: - Hasta el 15 de julio de 2013, para domiciliar (en el caso de entidades sin ánimo de lucro es opcional): Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo (modelo 111), de arrendamiento de inmuebles (modelo 115), e IVA (modelo 303). - Hasta el 19 de julio de 2013, para domiciliar (en el caso de entidades sin ánimo de lucro es opcional): Impuesto sobre Sociedades (modelo 200). - Hasta el 22 de julio de 2013: Como límite de pago efectivo de las declaraciones modelo 111, modelo 115 y modelo 303, así como la presentación de declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias (modelo 349). - Hasta el 25 de julio de 2013: Como límite de pago efectivo del Impuesto sobre Sociedades (modelo 200). Las entidades sin ánimo de lucro podrán presentar sus declaraciones en papel o por vía telemática.

LABORAL OBLIGACIÓN NOTESS (Buzón electrónico de Seguridad Social). Ya está operativo el sistema de comunicaciones telemáticas de la seguridad social que hace obligatorio vigilar el buzón de notificaciones periódicamente para evitar reclamaciones y poder tramitar los expedientes de recaudación, de forma muy similar a como lo viene realizando la agencia tributaria. Seguramente su entidad ya ha recibido la comunicación de inscripción en el sistema de notificaciones telemáticas. Esta adhesión al sistema es OBLIGATORIA, siendo desde ese momento la única vía de comunicación entre la seguridad social y su entidad. Tanto si ha recibido esta comunicación como si sigue pendiente de ella, no dude en ponerse en contacto con su asesor laboral para que le explique las soluciones diseñadas, al efecto de evitar las consecuencias negativas de desoír las comunicaciones de la tesorería. Ya está vigente el sistema de notificaciones telemáticas de la Seguridad Social por el cual la única forma de comunicación con este organismo público será su buzón telemático.