INSTRUCTIVO SACRIFICIO Y DESTRUCCIÓN PESTE PORCINA CLASICA MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO



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INSTRUCTIVO SACRIFICIO Y DESTRUCCIÓN PESTE PORCINA CLASICA MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO

TABLA DE RESPONSABILIDADES Nombre Cargo Firma Fredy García G. Médico Veterinario Elaboración Vanessa Max K. Rubén Moreira Z. Médico Veterinario Médico Veterinario Iván Ramirez D. Médico Veterinario Revisión Técnica Marta Rojas Figueroa Jefe Subdepartamento Sanidad Animal Aprobación Oscar Videla Perez Jefe División Protección Pecuaria Fecha de entrada en vigencia: 21 de septiembre 2009 version 02

INDICE 1. Objetivo 4 2. Alcance 4 3. Descripción de actividades 4 3.1 Sacrificio sanitario 4 3.2 Planificación de sacrificio sanitario 4 3.3 Métodos de sacrificio 5 Arma de Fuego 5 Pistola de embolo cautivo 5 Agentes líquidos 6 3.4 Destrucción. 6 Disposición final de carcasas y materiales contaminados 6 Métodos de destrucción y disposición final 6 Entierro 7 Cremación 7 Destino matadero 8 Disposición de materiales contaminados 8 Transformacion 8 Metodos de transformacion 8 Matadero 8 Rendering 8 Maduracion 8 denaturalizacion 8 Otros autorizados 8 4. Anexos 8 Anexo N 1 Resolución de Sacrificio 9 Anexo N 2: Modelo de Acta de Inspección 10 Anexo N 3 Acta de sacrificio 11

1. Objetivo Describir la metodología de sacrificio humanitario y destrucción de animales ante la presencia de un caso confirmado de Peste Porcina Clásica (PPC) y además aquellos en que el análisis epidemiológico así lo indique. 2. Alcance El presente instructivo se aplicará desde el momento que se confirme, uno o más casos de PPC en el territorio nacional, de acuerdo a los criterios establecidos para definición de caso de PPC. 3. Descripción de actividades 3.1 Sacrificio sanitario Confirmado el caso de PPC, se debe elaborar la Resolución de Sacrificio (Anexo N 1). En casos calificados, el Director Regional podrá autorizar el sacrificio inmediato de animales afectados o sospechosos, con el objeto de evitar la difusión de la enfermedad, procediendo posteriormente a ratificar la medida sanitaria mediante Resolución. Los animales a sacrificar serán los confirmados como caso, los contactos y todos aquellos que el análisis epidemiológico lo indique. Previo al sacrificio se deberán realizar las siguientes acciones: a. Notificar mediante Acta de Inspección (AnexoN 2) al propietario o su representante legal de la Resolución de Sacrificio. b. Verificar que el inventario de animales existentes en la explotación pecuaria afectada, coincida con la existencia animales registrada en la ficha epimiologica. 3.2 Planificación de sacrificio sanitario Se efectuará una acabada planificación del procedimiento de sacrificio sanitario (plan de sacrifico) para cada evento. Los planes deben ser visados por el Jefe de Campaña y estarán a cargo de un Médico Veterinario Oficial (MVO). El plan de sacrifio debe incluir: 1. Plano o croquis del predio. 2. Número, especie y categoría de animales a sacrificar. 3. Georeferencia del lugar donde se ubican los animales a sacrificar dentro del predio. 4. Georeferencia del lugar de sacrificio y destrucción. 5. Día y hora estimada de inicio y fin de sacrificio.

6. Personal que participa y equipamiento requerido. 7. Método de sacrificio. Se debe evitar, en lo posible, el traslado de los animales enfermos y sus carcasas, con el objeto de disminuir la diseminación viral. El lugar para realizar el sacrificio y disposición final debe ser aislado, alejado de centros poblados y no inundable. Se debe tener en cuenta las condiciones del terreno y las napas existentes. Comunicar al encargado de bioseguridad de la planificación para coordinar las acciones de limpieza y desinfección. 3.3 Métodos de sacrificio Los siguientes métodos son aceptados como sacrificio humanitario si son efectuados por personal capacitado. Arma de Fuego El arma debe estar adecuadamente inscrita y ser operada por una persona autorizada por el jefe de campaña. Al momento del sacrificio sólo podrán estar en el área los tiradores. No podrá utilizarse este método en centros poblados. Los lugares indicados para disparar a los animales susceptibles se muestran más adelante. Pistola de embolo cautivo Se recomienda si se cuenta con un sistema adecuado de sujeción del animal. Fuente de la imagen: AUSVETPLAN.

a) Ubicación frontal: Entre ambos ojos, a 2 centimetros por sobre el nivel de los ojos, en el hueso frontal. Esta ubicación se puede utilizar tanto con armas de fuego como con pistola de embolo cautivo. b) Ubicación temporal: Se dispara de forma lateral en la cabeza del animal entre el ojo y la base de la oreja. Esta ubicación solo podrá utilizarse con armas de fuego. Agentes líquidos Se puede usar solución de eutanasia en casos calificados. Por ejemplo en animales de granjas educacionales. También es indicada la solución de Pentobarbital sódico, a concentración de 40 mg/kg, en dosis de 3-5 ml intraperitoneal para cerdos recién nacidos. 3.4 Destrucción. Disposición final de carcasas y materiales contaminados El procedimiento se debe adoptar inmediatamente después del sacrificio. Si la disposición final se retrasa por algún motivo, los cadáveres deben ser rociados con un producto repelente como creolina para evitar la presencia de aves y animales carroñeros. En caso de traslados de carcasas y materiales contaminados para su disposición final fuera del predio, deben ser autorizados expresamente por el Jefe de Campaña o quien el designe. Se efectuara en contenedores herméticos que impidan el escurrimiento de líquidos y en vehículos sellados. El camión debe cubrirse además, antes de ubicar el contenedor, con un plástico para prevenir escurrimientos. El contenedor debe tener aproximadamente 0,5 metros libres de carcasas para permitir la expansión de las mismas. Estos vehículos deben ser sellados y desinfectados antes de abandonar el sitio. Se debe establecer una ruta segura, considerando la existencia de planteles con animales susceptibles o industrias pecuarias. El transporte debe ser escoltado por personal del SAG que incluya material de desinfección y provistos de sistemas de comunicación. Métodos de destrucción y disposición final Los dos métodos de elección para la destrucción y disposición final de carcasas son el entierro y la cremación. En caso de que estos no puedan ser aplicables, se deberá analizar caso a caso otras alternativas.

Entierro La eleción de este método dependerá de: Número y tamaño de las carcasas. Accesos para vehículos. Ausencia de napas y captaciones de agua. Condiciones geológicas del terreno. Ausencia de cañerias de gas, agua, cables electricos subterráneos. Aislamiento, especialmente de áreas habitadas, caminos. Uso futuro del área. Costos de la operación. Capacitación y experiencia de los operadores. Protección del ambiente. Existencia de animales salvajes susceptibles. El equipo mas apropiado para hacer la excavación es una retroexcavadora debido a su rapidez y eficiencia. Las dimensiones dependerán del número de carcasas a enterrar y en general se considera 1,5 metros cúbicos por cada unidad animal, que corresponde a 3 cerdos adultos. La profundidad de la zanja deberá ser tal que permita a lo menos cubrir de forma completa las carcasas con 1 metro de tierra. Se debe abrir el abdomen de los animales y perforar el estómago para permitir el escape de gas. Para sellar la fosa, se cubren las carcasas con tierra y a 40 cm. antes de terminar de cubrir completamente, debe aplicarse una capa de cal viva en toda la superficie, para posteriormente completar el tapado con tierra. No se debe compactar la tierra una vez finalizado el proceso. La tierra contaminada por fluidos y aquella donde se efectuó el sacrificio, debe ser la primera en usarse para cubrir las carcasas. Luego, aplicar sobre la fosa y hasta a 2 metros alrededor de ella, carbonato de sodio. Finalmente, se debe cercar en todo el perímetro del lugar de entierro para evitar la entrada de animales. Cremación Este método sólo se recomienda cuando el entierro de carcasas no sea posible. El encargado de sacrificio y destrucción debe realizar un rebaje de la superficie donde se dispondrán los animales para la quema. Disponer de combustibles en cantidad adecuada y verificar las restricciones a las quemas, restricciones por contaminación, vientos imperantes y cortafuegos necesarios.

Para la operación se construirá una cama de madera o carbón, teniendo la precaución de dejar espacios para la entrada de aire en los costados. Las carcasas se ubicaran sobre la cama antes señalada y serán rociados con petróleo (no usar bencina). Se deben cortar los tendones extensores para mantener la ubicación de las carcasas. Finalmente la ceniza resultante debe ser enterrada. Destino matadero Disposición de materiales contaminados Independiente del método de sacrificio y disposición final de las carcasas que se utilice, los materiales desechable y aquellos que no se puedan desinfectar adecuadamente como por ejemplo artículos de madera, buzos, guantes, mascarillas, cubre calzados y otros elementos utilizados en el procedimiento, no deben retirarse de la zona sucia. Deben ser embalados en doble bolsa sellada y destruidos mediante incineración en el límite virtual entre la zona sucia y la zona limpia, de acuerdo a lo instruido en el instructivo de bioseguridad. Los materiales que no son desechables deberan ser lavados liberando la materia orgánica adherida a ellos, para posteriormente ser desinfectados. Esta actividad se debe realizar en el límite virtual entre la zona sucia y la zona limpia, de acuerdo a lo instruido en el instructivo de bioseguridad. Transformacion Metodos de transformacion Matadero Rendering Maduracion denaturalizacion Otros autorizados 4. Anexos Anexo N 1 Resolución de sacrificio Anexo N 2 Acta de sacrificio Anexo N 3 Acta de inspección

Anexo N 1 Resolución de Sacrificio DISPONE SACRIFICIO Y DESTRUCCIÓN DE ANIMALES Y PRODUCTOS QUE INDICA SANTIAGO, N _/ VISTO: Lo dispuesto en la Ley N 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola Ganadero, modificada por la Ley N 19.283; en el DFL R.R.A. Nº 16, de 1963, sobre Sanidad Animal; y el Decreto de Agricultura N 318, de 1925, que declara a la Peste Porcina Clásica como enfermedad de control obligatorio. CONSIDERANDO: 1.- Que se constató la presencia de la enfermedad denominada Peste Porcina Clásica en animales susceptibles. 2.- Que de acuerdo con lo anterior, el establecimientol en su conjunto presenta una situación epidemiológica que hace indispensable eliminar todos los posibles medios de transmisión de la enfermedad. RESUELVO: 1.- Sacrifíquese la totalidad de los porcinos que se encuentran en el establecimiento RUP, de propiedad de, así como la destrucción de los productos calificados de riesgo de ese mismo establecimiento. 2.- Los sacrificios se ejecutarán en el mismo establecimiento. 3.- Cumplida la medida sanitaria de sacrificio y destrucción se levantará un acta de la que se dará copia al propietario afectado. ANÓTESE, NOTIFIQUESE y TRANSCRIBASE. XXXXXXX XXXXXX XXXXX DIRECTOR REGIONAL

Anexo N 2: Modelo de Acta de Inspección ACTA DE INSPECCIÓN FOLIO: 00-0001

Anexo N 3 Acta de sacrificio ACTA DE SACRIFICIO En... siendo las... horas, del día... de... del 20, se procedió al sacrificio de... de acuerdo a lo instruido por la Resolución Exenta N de fecha.. del Director Regional de la Región.. Esta medida sanitaria se efectuó de acuerdo a atribuciones conferidas al Médico Veterinario que suscribe, por el Director Regional del S.A.G. de la Región.., basadas en el D.F.L. RRA. Nº 16 de 1963, Ley de Sanidad Animal, Ley 18.755 modificada por la Ley 19.283, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero y Resolución Nº 1074 Exenta de 05 de Mayo de 1981 de la Dirección Nacional de S.A.G. El detalle de los animales sacrificados por categoría es el siguiente: ESPECIE CATEGORIA N ANIMALES PESO PROMEDIO OBSERVACIONES TESTIGO MEDICO