DE, SERVICIOS SOCIALES MODIFICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO GENERAL DE EXPORTACIÓN DE CARNES Y/O PRODUCTOS CÁRNICOS A LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (202) El PROCEDIMIENTO GENERAL DE EXPORTACIÓN DE CARNES Y/O PRODUCTOS CÁRNICOS A LOS EEUU (2002) recoge los aspectos relativos a:. LEGISLACIÓN APLICABLE 2. SOLICITUDES DE AUTORIZACIÓN 3. PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACIÓN 4. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN EN RELACIÓN CON LA EXPORTACIÓN Y/O PRODUCTOS CARNICOS. Verificaciones adicionales 2. Sistema de supervisión del sistema español de inspección de carnes y productos cárnicos en los establecimientos autorizados para exportar sus productos a EEUU 3. Modificación de la Circular Informativa Nº USA - 5/97 Programa Normalizado de Control de la Higiene 4. Aplicación uniforme de la normativa de enlatado y productos enlatados en los establecimientos que elaboren productos envasados tratados térmicamente 5. ACLARACIONES 6. PROCEDIMIENTO DE REVOCACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN DE LOS ESTABLECIMIENTOS Dentro del procedimiento general, el punto 4. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN EN RELACIÓN CON LA EXPORTACIÓN Y/O PRODUCTOS CARNICOS recoge las actuaciones necesarias para que el sistema de inspección sea reconocido como equivalente por el FSIS y, en consecuencia, permita mantener la potestad de autorizar establecimientos. Considerando la modificación normativa del punto 327.2 del CFR, por el cuál el requisito de supervisión mensual de los establecimientos autorizados ha sido sustituido por el requisito de supervisión periódica, es necesario modificar el apartado 4.II SISTEMA DE SUPERVISIÓN DEL SISTEMA ESPAÑOL DE INSPECCIÓN DE CARNES Y PRODUCTOS CÁRNICOS EN LOS ESTABLECIMIENTOS AUTORIZADOS PARA EXPORTAR SUS PRODUCTOS A EEUU conforme a las exigencias de inspección del FSIS: 4.II SISTEMA DE SUPERVISIÓN DEL SISTEMA ESPAÑOL DE INSPECCIÓN DE CARNES Y PRODUCTOS CÁRNICOS EN LOS ESTABLECIMIENTOS AUTORIZADOS PARA EXPORTAR SUS PRODUCTOS A EEUU Los establecimientos autorizados para exportar a EEUU serán supervisados de forma periódica con una frecuencia establecida en base a un análisis del riesgo. El análisis de riesgos tendrá en cuenta: - Las actividades, las categorías de proceso, el volumen de producción y exportación, las alternativas de control de Listeria monocytogenes y cualquier otro dato que se estime pertinente - El historial de cumplimiento de la empresa con inclusión de la totalidad de incumplimientos, las conclusiones de evaluación, las acciones normativas y los resultados de los programas de verificación oficial - El historial de cumplimiento de la empresa en las auditorías del FSIS y en los controles en destino.
DE, SERVICIOS SOCIALES En el análisis de riesgo se emplearán los datos obtenidos del Self-Reporting Tool (FSIS) de establecimientos y los resultados de los controles oficiales. La Subdirección General de Sanidad Exterior (SGSE) documentará el análisis de riesgo anualmente, al objeto de que las CCAA y el FSIS tengan conocimiento de los datos que justifican la propuesta de frecuencia de supervisión. La frecuencia de supervisión periódica será comunicada a las CCAA en la programación anual de los controles 2. Esta frecuencia podrá ser modificada a petición de la Comunidad Autónoma, si ésta estima la conveniencia de fijar una frecuencia de supervisión superior. La programación se modificará incluyendo visitas de supervisión ad hoc ante las siguientes causas: Positivos en los programas de verificación oficial Resultados positivos detectados en país tercero Brotes, retiradas de producto, alertas Propuesta de revocación de la autorización (NOID) Respecto a la distribución de la frecuencia de supervisión periódica, se establecen los siguientes principios: º) La SGSE supervisará todo el sistema de inspección (establecimientos autorizados y controles oficiales) como mínimo vez al año. 2º) Las CCAA supervisarán el sistema de inspección (establecimientos autorizados y controles oficiales) conforme a su organización autonómica, siendo requisito que los Servicios Centrales supervisen como mínimo vez al año el sistema. Las visitas de supervisión quedarán registradas en un informe que irá acompañada del FORMULARIO DE INSPECCIÓN PARA LA SUPERVISIÓN OFICIAL DE LOS ESTABLECIMIENTOS AUTORIZADOS EEUU 3 y de un informe de control oficial que irá acompañado del cuadro de resultados de los controles oficiales que a instancias del FSIS debe ser cumplimentado por las autoridades españolas 4. Resultados de los controles oficiales de inspectores, programas de muestreo, supervisión, auditorías del FSIS y controles en destino. 2 Instrucciones de aplicación, programas de tomas de muestras, frecuencia de supervisión y cualquier otra cuestión que se estime pertinente para la ejecución de los controles. Cuando se conceda la autorización, la frecuencia de supervisión inicial será mensual (2 visitas al año). Una vez que se disponga de historial de cumplimiento y datos de fiabilidad de los autocontroles, se efectuará el análisis de riesgo al igual que en el resto de los establecimientos. 3 Anexo I FORMULARIO DE INSPECCIÓN PARA LA SUPERVISIÓN OFICIAL DE LOS ESTABLECIMIENTOS AUTORIZADOS EEUU. 4 Anexo II Resultados de las actividades de inspección.
DE, SERVICIOS SOCIALES ANEXO I FORMULARIO DE INSPECCIÓN (SUPERVISIÓN) EEUU FECHA DE INSPECCIÓN Nº Y NOMBRE DEL ESTABLECIMIENTO PROVINCIA SUPERVISOR/ES VETERINARIO/S OFICIAL/ES DEL ESTABLECIMIENTO LOCALIDAD CODIGO (Para aplicar en cada punto que se lista a continuación) A= Aceptable AD= Aceptable/con defecto I= Inaceptable N= No inspeccionado O= No se aplica a) INSTALACIONES BÁSICAS DEL ESTABLECIMIENTO Prerrequisitos SPS Condiciones del exterior del establecimiento 5 Espacio en zona de trabajo del veterinario b) PROTECCION Y MANIPULACIÓN DEL PRODUCTO 28 EVALUACIÓN:. ACEPTABLE--------- 2. INACEPTABLE------- 3. INACEPTABLE Y REVISIÓN------------- Identificación y destino de los productos no conformes d) APPCC 2 Estado de la construcción, mantenimiento y diseño del establecimiento 6 Procesado y almacenamiento de productos 29 APPCC escrito, fechado y firmado por el responsable de la empresa 3 Control del programa de desinsectación desratización 7 Control de temperaturas e) REQUERIMIENTOS BÁSICOS DEL PROGRAMA APPCC 4 Iluminación 8 Prevención de contaminación cruzada 30 El APPCC lista los peligros, los PCC, los LC los procedimientos y las frecuencias de vigilancia, medidas correctoras, sistemas de registros, procedimientos y frecuencia de verificación 5 Ventilación 9 Prácticas higiénicas y vestimenta del personal f) REQUERIMIENTOS CONTINUADOS DEL PROGRAMA APPCC. 6 Abastecimiento de agua 20 Identificación y medidas correctoras de locales, equipos y utensilios no conformes 3 Vigilancia del plan APPCC 7 8 9 Registros potabilidad del agua Procedimiento de cloración, en caso de pozo, si procede Estado de la red de tuberías (saneamiento, desagües y sifones) 2 22 c) REQUISITOS CONTINUADOS SSOP/ PNCH Escrito, fechado y firmado por el responsable de la empresa Procedimiento preoperativo 32 33 34 Verificación y evaluación del plan APPCC Acciones correctoras del plan APPCC Registros que documentan el plan APPCC 0 Servicios y vestuarios 23 Procedimiento operativo 35 2 3 Equipamiento, utensilios y lavamanos Equipo (s) en contacto con el producto Paredes, suelos, techos y aberturas al exterior 24 25 Aplicación de los procedimientos, incluida vigilancia de la aplicación Verificación y evaluación de la efectividad de los procedimientos 2 36 26 Acciones correctoras 37 Validación del plan APPCC CONTROL DE ENFERMEDADES Identificación animal Inspección y resultados antemortem 4 Almacenamiento de los productos de limpieza 27 Registros diarios de las actividades descritas en los puntos 23, 24 y 25 38 Tratamiento y sacrificio humanitario
DE, SERVICIOS SOCIALES 39 Inspección y resultados postmortem 49 Identificación y control de ingredientes 60 Certificados de exportación 40 Control de decomisos 50 Control de aditivos 6 Elaboración de producto según el estándar autorizado previamente por FSIS 3 MUESTREO/ANÁLISIS 5 Producto devuelto y reelaborado 62. Control de las partidas/lotes 4 Toma de muestras y análisis Material de envasado/ 52 del laboratorio embalado 63 Exportaciones realizadas SEGUIMIENTO DE LAS ACCIONES 42 E. coli 53 Aprobación de etiquetas 6 CORRECTORAS SEÑALADAS EN ANTERIORES SUPERVISIONES 43 L. monocytogenes 54 44 Salmonella 55 46 Determinación de especies CONTROL DE 4 PRODUCTOS ELABORADOS 47 48 Reinspección de carne deshuesada Expurgo antes del deshuesado 57 5 58 59 Advertencias especiales en la etiqueta 64 Supervisión del Veterinario Oficial Actuaciones del establecimiento cuando hay producto procesado defectuoso CUMPLIMIENTO Y CONTROL DEL FRAUDE ECONOMICO Identificación del producto que va a ser exportado Verificación preenvío de los PCC s por parte del Veterinario oficial Fdo: Fdo: 65 Verificaciones de las acciones correctoras in situ Verificaciones de los registros de las acciones correctoras realizadas EL/LOS SUPERVISOR/ES
DE, SERVICIOS SOCIALES ANEXO II Resultados de las actividades de inspección/año 5 Componente a verificar SSOP Requerimientos básicos PNCH escrito (46.-2) Registros (46.-2) Firma (46.-2) SSOP- Implementación Aplicación y monitorización (46.3) Mantenimiento (46.4) Acciones correctoras (46.5) Registros (46.6) APPCC Requerimientos básicos Análisis de peligros y desarrollo APPCC Contenido del Plan APPCC Registros Firma APPCC- Implementación Monitorización (47.2 (c) (4) Verific. (47.2 (c) (7) (47.4 (a) (2) (47.5 (c) Acc. correctoras (47.3 (a) (b) (c) 47.5 (a) (3) Reevaluación (47.4) Registros (47.5) Etiquetado y Standard final del producto Etiquetado Standard del producto final Programa de E.coli (mataderos) Procedimiento escrito Toma de muestras Registros Estandard Salmonella (30.25) (mataderos) Determinación de especies SPS (46.2 a 46.5) Area circundante y plagas instalaciones iluminación Ventilación Desagües y conducciones Suministro de agua Vestuarios y dependencias personal Equipos y utensilios Operaciones de higiene Higiene personal Bienestar animal (mataderos) Ante mortem Post - mortem Incumplimientos Requiere seguimiento Año en curso CA AC T CA AC I S S I S Acciones normativas: 6 5 Cuadro resultado actividades inspección CA C. Autónoma; AC Autoridad central I inspector planta; S supervisión; T total ; Abiertas : requieren seguimiento 6 Enforcement actions detalladas en el Self-Reporting Tool: sanciones / deslistamiento/ incremento del nivel de inspección/ NOID/ suspensión de las operaciones/ retirada de la certificación