CONSEJO NACIONAL DE FOMENTO EDUCATIVO DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS



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Transcripción:

CONSEJO NACIONAL DE FOMENTO EDUCATIVO DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS PROGRAMA PARA LA INSTRUMENTACIÓN DE LAS MEDIDAS ESTABLECIDAS EN EL CAPITULO II, DE LAS DISPOSICIONES DE AUSTERIDAD, AJUSTE DEL GASTO CORRIENTE, MEJORA Y MODERNIZACIÓN DE LA GESTIÓN PÚBLICA ARTÍCULOS 16 AL 18 DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN 2013 ARTÍCULO/ FRACCIÓN/ INCISO Artículo 16. Las dependencias y entidades se sujetarán a las disposiciones de austeridad, ajuste del gasto corriente, mejora y modernización de la gestión pública que se establezcan en los términos del Título Tercero, Capítulo IV, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, las cuales deberán prever como mínimo: I. No crear plazas, salvo que los ramos y entidades cuenten expresamente con recursos aprobados para tal fin en este Presupuesto de Egresos, así como aquéllas que sean resultado de reformas jurídicas II. No se autorizará incremento salarial en términos reales para mandos medios y superiores ni para personal de enlace. Los incrementos que, en su caso, se otorguen al personal operativo, de base y de confianza, y categorías, se sujetarán a los recursos aprobados específicamente para tales efectos en los Anexos 6 y 23 de este Decreto y tendrán exclusivamente como objetivo mantener el poder adquisitivo de dichos trabajadores respecto del año 2012. Humanos Humanos 100% 100% El CONAFE no cuenta en su presupuesto autorizado, con recursos autorizados para tal propósito, por lo que no se crearan plazas en todo el ejercicio fiscal. 100% 100% El CONAFE se apega estrictamente a la política salarial determinada por la SHCP. Otorgando en el ejercicio fiscal, únicamente los incrementos salariales que de dicha política emanen.

III. La adquisición y los arrendamientos de inmuebles procederán exclusivamente cuando no se cuente con bienes nacionales aptos para cubrir las necesidades correspondientes y previo análisis costo beneficio. IV. La remodelación de oficinas se limitará, de acuerdo al presupuesto aprobado para tal efecto, a aquéllas que sean estructurales y no puedan postergarse, las que impliquen una ocupación más eficiente de los espacios en los inmuebles y generen ahorros en el mediano plazo, así como las que tengan por objeto mejorar y hacer más eficiente la atención al público. V. No procederá la adquisición de vehículos, salvo aquéllos que resulten indispensables para prestar directamente servicios públicos a la población, los necesarios para actividades de seguridad pública y nacional, o para las actividades productivas de la Comisión Federal de Electricidad y de Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios. VI. Se realizará la contratación consolidada de materiales y suministros; servicios, incluyendo telefonía, mantenimiento de bienes muebles e inmuebles, fotocopiado, vigilancia, boletos de avión, vales de despensa, medicamentos, seguros sobre personas y bienes, entre otros, siempre y cuando se asegure la obtención de ahorros y de las mejores condiciones para el Estado en cuanto a calidad, precio y oportunidad disponibles. 100% 100% No se han realizado nuevos arrendamientos de inmuebles 100% 100% No se realizarán remodelaciones a las oficinas 100% 40% Se realizará una adquisición de 31 camionetas tipo pick-up con la finalidad de que sea entregada una por Delegación Estatal que contribuirá para apoyo al traslado de figuras educativas, traslado de útiles y material para los alumnos de los diferentes niveles de educación inicial y básica, este proceso se encuentra en revisión de las especificaciones técnicas. 100% 100% Se cuenta con contratos plurianuales de telefonía, internet, equipos administrados de cómputo y fotocopiado que se realizaron de forma consolidada con otras dependencias o entidades.

Adicionalmente, se utilizará la modalidad de ofertas subsecuentes de descuentos en las licitaciones públicas que se realicen cuando los bienes a adquirir o servicios por contratar satisfagan los requisitos y condiciones que establece la normatividad en la materia y se asegure con ello la obtención de las mejores condiciones para el Estado. VII. Las dependencias y entidades que tengan contratadas pólizas de seguros sobre personas y bienes deberán llevar a cabo las acciones necesarias para incorporarse a las pólizas institucionales coordinadas por la Secretaría, siempre y cuando dicha incorporación represente una reducción en el gasto que tenga que realizar por concepto de pago de primas. VIII. Deberán preverse acciones para fomentar la eficiencia energética y el ahorro en el consumo de agua en las oficinas públicas. Artículo 17. Los Poderes Legislativo y Judicial, los entes autónomos, así como las dependencias y entidades, podrán destinar recursos presupuestarios para actividades de comunicación social a través de la radio y la televisión, siempre y cuando hayan utilizado, de haber disponibilidad, en primera instancia los tiempos que por ley deben poner a disposición del Estado las empresas de comunicación que operan al amparo de concesiones federales para el uso, aprovechamiento o explotación de bienes del dominio directo de la Nación y dichos tiempos no estuvieran disponibles en los 100% 100% Se realizó la consulta a la SHCP y con la finalidad de que la Secretaría pueda hacer un análisis de riesgos apropiado, será indispensable que se envíe el anexo técnico del contrato vigente, para que la Secretaría pueda emitir una opinión. 100% 100% Se colocaron llaves ahorradoras de agua en todos los baños, se zonificaron los apagadores de lámparas y se esta llevando a cabo un mantenimiento de toda la flota vehicular de oficinas centrales del Consejo 100% 100% Con oficio DCC/126/13 de fecha 4 de marzo de 2013, la solicitó a la Dirección General de Comunicación Social de la SEP, presentara ante la instancia competente, autorización para el uso de tiempos oficiales de radio para la difusión de la campaña de apoyo a la captación de figuras educativas. Con oficio DGCS/159/13 la Dirección General de Comunicación Social de la SEP, remite solicitud para la

ARTÍCULO/ FRACCIÓN/ INCISO espacios y tiempos solicitados. autorización de uso de tiempos oficiales de radio a la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía de la Secretaría de Gobernación. No podrán realizarse erogaciones en comunicación social en las entidades federativas en donde se lleven a cabo elecciones, durante el tiempo que comprendan las campañas electorales y hasta la conclusión de la jornada comicial. Sólo podrán realizarse erogaciones en los tiempos a que se refiere el párrafo anterior, en los casos de excepción previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la legislación en la materia. Todas las erogaciones que conforme a este artículo realicen las entidades deberán ser autorizadas por el órgano de gobierno respectivo o su equivalente. 100% 100% El Conafe, se apegará estrictamente al ordenamiento legal que nos ocupa. A la fecha del presente informe, no se han realizado erogaciones por concepto de difusión de campañas del Consejo. 100% 100% Mediante Acuerdo SO/I-13/07, R., la H. Junta Directiva de éste Organismo, en su Centésimo quincuagésima sesión ordinaria, aprueba por unanimidad de votos el Programa Anual de Comunicación Social del Consejo, el cual considera y establece los montos de inversión para cada campaña y los medios a utilizar.

I. Los tiempos oficiales sólo podrán destinarse a actividades de difusión, información o promoción de los programas y acciones de las dependencias o entidades, así como a las actividades análogas que prevean las disposiciones aplicables 100% 100% Con oficio DCC/126/13 de fecha 4 de marzo de 2013, la solicitó a la Dirección General de Comunicación Social de la SEP, presentara ante la instancia competente, autorización para el uso de tiempos oficiales de radio para la difusión de la campaña de apoyo a la captación de figuras educativas. II. Las dependencias y entidades no podrán convenir el pago de créditos fiscales, ni de cualquier otra obligación de pago a favor de la dependencia o entidad, a través de la prestación de servicios de publicidad, impresiones, inserciones y demás actividades en materia de comunicación social. Los medios de difusión del sector público podrán convenir con los del sector privado la prestación recíproca de servicios de publicidad; III. Las erogaciones realizadas en materia de comunicación social, se acreditarán únicamente con órdenes de transmisión para medios electrónicos, con órdenes de inserción para medios impresos y con órdenes de servicio para medios complementarios. En todos los casos se deberá especificar la tarifa convenida, concepto, descripción del mensaje, destinatarios, cobertura, pautas de difusión en medios electrónicos y circulación certificada en medios impresos 100% 100% El Conafe, se apega estrictamente al 100% 50% El Conafe, está actuando en apego al

IV. Las dependencias y entidades, previo a la contratación de servicios de producción, espacios en radio y televisión comerciales, deberán atender la información de los medios sobre cobertura geográfica, audiencias, programación y métodos para medición de audiencias, así como su capacidad técnica para la producción, postproducción y copiado. V. La publicidad que adquieran las dependencias y entidades para la difusión de sus programas que otorguen subsidios o beneficios directos a la población deberá incluir, claramente visible y audible, la siguiente leyenda: Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa. En los casos de los programas de desarrollo social únicamente deberá incluirse la leyenda establecida en el artículo 28 de la Ley General de Desarrollo Social. Para lo anterior, deberán considerarse las características de cada medio. En ningún caso los partidos políticos podrán emplear o referir estos programas en su propaganda. VI. Los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, los entes autónomos, así como las dependencias y entidades harán uso de la Lengua de Señas Mexicanas por medio de un intérprete, o en su caso tecnologías que permita el acceso a los contenidos de campañas en televisión a las personas con discapacidad auditiva. 100% 100% El Conafe, está actuando en apego al 100% 100% El Conafe, está actuando en apego al 100% 100% El Programa Anual de Comunicación Social del Consejo no considera campañas en televisión.

El gasto en comunicación social aprobado en este Presupuesto deberá destinarse, al menos, en un 5 por ciento a la contratación en medios impresos, conforme a las disposiciones aplicables. 100% 100% El Programa Anual de Comunicación Social del Consejo, considera dicha disposición. Artículo 18. Las dependencias y entidades deberán sujetarse al Programa de Cadenas Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., y dar de alta en el mismo la totalidad de las cuentas por pagar a sus proveedores o contratistas, apegándose a las disposiciones generales aplicables a dicho Programa. El registro de las cuentas por pagar deberá realizarse de acuerdo con los plazos definidos en dichas disposiciones, con el propósito de dar mayor certidumbre, transparencia y eficiencia en los pagos. Las dependencias y entidades requerirán a los proveedores y contratistas su afiliación al Programa de Cadenas Productivas y deberán tomar en cuenta mecanismos que promuevan la realización de los pagos correspondientes a través de dicho Programa. 100% 100% En todos los procesos de licitaciones e invitaciones a cuando menos tres personas, así como en los correos institucionales del personal de adquisiciones se fomenta el uso del programa de cadenas productivas. 100% 50% Cuando los proveedores asisten a la firma de los contratos o pedidos, se promueve que se afilien al Programa de Cadenas Productivas. Adicionalmente en los correos institucionales del personal adscrito al Departamento de Adquisiciones se pone la siguiente leyenda al final: Necesitas mayor control sobre tu cobranza?, Quieres mejorar la competitividad de tu empresa?, Tu puedes ser parte del programa Cadenas Productivas, para asesoría y trámite, visita el siguiente link www.nafin.com