Partido de Participación Popular



Documentos relacionados
CARTA ORIGANICA PARTIDO MOVIMIENTO INDEPENDIENTE JUSTICIA Y DIGNIDAD CAPITULO I DE LOS AFILIADOS

MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE BIENES MUEBLES DE TALLERES GRÁFICOS DE MÉXICO

FRENTE PARA LA VICTORIA CARTA ORGANICA CAPITULO I DEL PARTIDO

2- REBIUN, como órgano de asesoramiento y trabajo de la CRUE, tiene como objetivos:

CARTA ORGANICA II DE LOS AFILIADOS

Acuerdo de la Comisión Nacional de Vigilancia, por el que se aprueba el Programa Anual de los Grupos de Trabajo, para el año 2014

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA DEL INSTITUTO ITALIANO ENRICO FERMI

Acuerdo de la Comisión Nacional de Vigilancia, por el que se aprueba la Agenda Temática de los Grupos de Trabajo, para el mes de abril de 2014

OFICINA DEL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DE MARGARITA NORMAS DE LA COMISIÓN ELECTORAL DE LA UNIVERSIDAD DE MARGARITA

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO LA MESA DEL COMERCIO DE LA CIUDAD DE PALENCIA.

Normas de funcionamiento de ARANZADI. Iruñea denon artean [Propuesta provisional]

CARTA ORGANICA DEL PARTIDO POPULAR DE LA RECONSTRUCCION PARTIDO NACIONAL CAPITULO I CAPITULO II DE LOS AFILIADOS Y ADHERENTES

COLEGIO DE GRADUADOS EN CIENCIAS ECONOMICAS DE SANTA FE COMISION DE JOVENES PROFESIONALES REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO

ACTA CONSTITUTIVA DEL CONSEJO ESCOLAR DE PARTICIPACIÓN SOCIAL PERIODO

BORRADOR DE REGLAMENTO DE LA MESA DE GERENTES DE LA CONFERENCIA DE RECTORES DE LAS UNIVERSIDADES ESPAÑOLAS

CONSEJOS ESCOLARES (RD 82/96, por el que se aprueban el Reglamento Orgánico de los Centros de Ed. Infantil y Primaria).

EL CONGRESO DE LOS CHICOS

REGLAMENTO INTERNO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS, POLÍTICAS Y SOCIALES

ACTA CONSTITUTIVA DEL CONSEJO ESCOLAR DE PARTICIPACIÓN SOCIAL CICLO ESCOLAR

Municipal. Cómo elegimos al Intendente, a los Concejales y al Tribunal de Cuentas de la ciudad de Córdoba?

GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA. Caracas, miércoles 24 de agosto de 1983 Número CONGRESO DE LA REPUBLICA

ELECCIÓN DEL PRESIDENTE Y DEL SECRETARIO DEL CONSEJO DIRECTIVO

LA DEMOCRACIA INTERNA DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS. JOSÉ TELLO ALFARO Abogado DGNAJ/JNE

MANUAL DE INTEGRACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y OPERACIÓN DEL COMITÉ DE ÉTICA

Articulo 35. Son derechos del ciudadano:

PARTIDO DE LA VICTORIA

N MAG LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y LA MINISTRA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA. Considerando:

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO FEDERAL DE LA DEFENSA PÚBLICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Lic. Francisco Nectali Rodas Lemus CONTABILIDAD PUNTUAL

REGLAMENTO DEL TRIBUNAL ELECTORAL ASEUNED. Actúa como órgano jurisdiccional en este campo y sus fallos son inapelables.

Í N D I C E PRESENTACIÓN... 2 OBJETIVO... 3 BASE LEGAL... 4 GLOSARIO... 5 FUNCIONES DEL COMITÉ... 6 INTEGRACIÓN DEL COMITÉ... 7

MODELO ORIENTATIVO. CONVENIO DE RIEGOS POR EL QUE SE HA DE REGIR LA COMUNIDAD DE REGANTES (nombre), de (localidad, término municipal, Provincia)

NORMAS GENERALES DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ESCOLAR O CONSEJO DE RESIDENCIA

ESTATUTO DE LA ASOCIACIÓN DE SUPERVISORES DE SEGUROS DE AMERICA LATINA CAPITULO I

Se deberá proceder a la elección de los y las siguientes miembros del Consejo Escolar correspondiente:

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DE LA COMISIÓN DE FORMACIÓN DEL PAS TITULO I DEFINICIÓN Y FUNCIONES

TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DE LA SECCIÓN DE MEDICINA, ENFERMERÍA Y FISIOTERAPIA.

SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO

Que según lo dispuesto por los Arts. 1 y 17 de dicha Ley Nº XI se faculta al Poder Ejecutivo Provincial a convocar conjuntamente con las

FRANCIA LEY SOBRE LA RENOVACIÓN DE LA DEMOCRACIA SOCIAL Y DE REFORMA DEL TIEMPO DE TRABAJO 10

MANDATO COMITÉ DE COMUNICACIÓN Y CONTROL DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN (TAMBIEN CONOCIDO COMO COMITÉ DE PREVENCIÓN DE LAVADO DE DINERO)

Estatuto del Centro de Graduados de la Facultad de Ciencias Agrarias de la Universidad Nacional del Litoral

CARTA ORGANICA DEL PARTIDO COMUNISTA, MODIFICADA POR EL 22º CONGRESO EXTRAORDINARIO

MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE AHORRO DE ENERGÍA DEL HOSPITAL GENERAL DR. MANUEL GEA GONZÁLEZ

GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA. Caracas, 17 de septiembre de 1998 Número 5263 Extraordinario EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA

Principios Generales de Organización. Capítulo I Naturaleza del Foro. Artículo 1

DOCUMENTACIÓN QUE HAN DE ENVIAR LAS JUNTAS ELECTORALES DE LOS CENTROS A LA DIRECCIÓN DEL ÁREA TERRITORIAL

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE EMPRESA PDI LABORAL

Derecho Constitucional

L E Y O R G Á N I C A M U N I C I P A L

PARTIDO HUMANISTA LA PAMPA CARTA ORGANICA

CONCEPTOS A TENER EN CUENTA EN EL PROCESO DE ELECCIONES DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL

Reglamento del Funcionamiento Interno del Consejo Municipal de Desarrollo Urbano del Municipio de Zapopan, Jalisco. Capítulo I Disposiciones Generales

Elecciones del Consejo Nacional de la Magistratura

LA HONORABLE XII LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO, D E C R E T A:

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE ENTRE RÍOS SANCIONA CON FUERZA DE L E Y:

ESTATUTOS DEL PARTIDO ANTICORRUPCIÓN CAPITULO I. DENOMINACIÓN DEL PARTIDO POLÍTICO.

ASOCIACIÓN DE PEDIATRÍA DE ATENCIÓN PRIMARIA DE CASTILLA LA MANCHA

1. OBJETIVOS 2. FINES

ELECCIONES A CONSEJOS ESCOLARES

PROCEDIMIENTO PARA HACER PROPUESTAS DE CANDIDATOS Y CANDIDATAS A MIEMBROS/AS DEL COMITÉ CENTRAL.

PARTIDO NUEVA ALIANZA

A N T E C E D E N T E S

CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

ACUERDO No. 006 CONSIDERANDO: 1. Que por Vigésima Séptima (27) vez, el Fondo realizará la Asamblea General por Delegados.

Reglamento del Consejo Escolar del Instituto Nacional de Chile.

ESTATUTOS Agrupación de Abogados Jóvenes de Zaragoza

LEY Nº LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA: LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA CAPITULO I

INSTRUCTIVO PROCESO DE ELECCIONES DE CONSEJEROS/AS MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Reglamento publicado en el Periódico Oficial, el día 14 de junio de 2010, cuarta sección, tomo CXLIX, núm. 30 PODER EJECUTIVO DEL ESTADO

LEY QUE CREA EL COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE CAMPECHE

ESTATUTO DE LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE MUJERES (CIM) CAPÍTULO I. NATURALEZA

REGLAMENTO MUNICIPAL REGULADOR DEL RÉGIMEN INTERNO Y DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE CIUDAD

SISTEMA POLITICO GUATEMALTECO

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE POLITICAS DEL JUEGO. CAPITULO III De los órganos del Consejo de Políticas del Juego.

REGLAMENTO DE OPERACIÓN DEL COMITÉ TÉCNICO INTERNO DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS DEL ELIMINAR LA DISCRIMINACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO

N O R M A S E L E C T O R A L E S

Movimiento Regional del Callao Fuerza Callao Seguro

Estatutos Aserluz Joven

PARTIDO FRENTE GRANDE CARTA ORGANICA - ORDEN NACIONAL (Aprobada por la Asamblea Nacional - Mar del Plata ) TÍTULO 1- De los afiliados

ESTUDIOS DE TERCER CICLO PROPUESTA Y DESIGNACIÓN DEL TRIBUNAL DE TESIS

REGLAMENTO ELECTORAL DEL COLEGIO DE NUTRICIONISTAS DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA.

Decreto 577/2013. Bs. As., 24/5/2013. Fecha de Publicación: B.O. 27/05/2013

ACUERDO Nº 005 DE 2008 (FEBRERO 26)

ACUERDO DE VOLUNTADES MESA CULTURAL DE ANTIOQUIA CAPÍTULO I NATURALEZA, PRINCIPIOS Y OBJETIVOS

INFORMACIÓN Y MODELOS PARA LA CREACIÓN DE ASOCIACIONES DE ALUMNOS/AS

Reglamento de Participación Ciudadana del Municipio. Reglamento de Participación Ciudadana del Municipio

MUNICIPALES Versión :Unica De: :

Estatutos de la Escuela Primaria Thoreau, Inc.

PROCEDIMIENTO DE INFORMACION, CONSULTA Y PARTICIPACION DE LOS TRABAJADORES EN MATERIA DE PREVENCION DE RIESGOS LABORALES

LEY EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY

CON PROYECTO DE DECRETO, POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES

BRASIL. L.P.P. Ley de los Partidos Políticos - Ley núm del 19 setiembre de 1995.

PARTIDO ENCUENTRO POR LA DEMOCRACIA Y LA EQUIDAD CARTA ORGÁNICA NACIONAL

Reglamento del Consejo Asesor del Museo de Bellas Artes de Santa Cruz de Tenerife.

Desde Junio 11 de 1992 se derogó el Capítulo XIV denominado Del registro de las sociedades mercantiles. Que comprende los artículos 260 a 264.

NORMATIVA PROPIA Universidad de Castilla-La Mancha VI REGLAMENTOS ORGÁNICOS

ESTATUTOS SOCIALES DE: CARTERA ALHAMAR, SICAV, S.A.

Transcripción:

Partido de Participación Popular Dorrego 1347-2000 Rosario - Argentina Telefax (0341) 448-8788 Email: pppsantafe@yahoo.com.ar CARTA ORGANICA DEL PARTIDO DE PARTICIPACION POPULAR Capitulo 1 Constitución del Partido Art. 1: El Partido de Participación Popular de la Provincia de Santa Fe esta constituido por personas de ambos sexos que habiendo adherido a su programa se encuentran inscriptos en sus registros partidarios. Art. 2: El Partido de Participación Popular se regirá por las disposiciones de esta Carta Orgánica y los principios fundamentales de su declaración de principios, bases de acción política y leyes de conducta y tribunal de cuenta que rige en la materia. Capitulo 2 Gobierno del Partido Art. 3: El gobierno del partido será ejercido por la Convención Provincial, Comité Ejecutivo Provincial, un Tribunal de Conducta y un Tribunal de cuenta. Art. 4: Los miembros de todos los cuerpos establecidos precedentemente duraran 4 años en sus funciones y podrán ser reelectos. Art. 5: Los miembros de la Convención Provincial deberán ser elegidos por el voto directo y secreto de los afiliados y a simple pluralidad de sufragios. La minoría tendrá la representación en la proporción de un tercio y siempre que obtenga no menos de un 25 por ciento de un total de los votos. Capitulo 3 De la Convención Provincial Art. 6: La Convención Provincial será integrada por delegados titulares y suplentes elegidos por los afiliados por voto directo y por distrito en la proporción de uno cada quinientos afiliados o fracción no menor de doscientos cincuenta y tres suplentes. Art. 7: La Convención Provincial, estará en quórum con la presencia de la mitad mas uno de sus miembros a la hora fijada en la convocatoria. De no obtenerse el quórum deberá ser convocado nuevamente dentro de los quince días. Art. 8: Los Congresos o asambleas extraordinarias se realizaran cuando los convoque el Comité Ejecutivo Provincial, la propia convención o lo soliciten no menos del 25 pro ciento de los afiliados. 1

Art. 9: Es facultad de la Convención reformar en todo o en parte la presente Carta Orgánica a simple mayoría de sus votos, darse sus reglamentos internos, elegir los integrantes al Comité Ejecutivo Provincial, tribunal de cuenta y de conductas, cambiar el nombre, designación o sigla al partido, propiciar la obtención de reconocimientos de la Personería Jurídica en el distrito de Santa Fe y su integración en el orden Nacional, a la Honorable Convención Nacional. Decidir la concreción de alianzas, frentes, confederarse con fines políticos y/ o electorales. Capitulo 4 Del Comité Ejecutivo Provincial Art. 10: El comité ejecutivo Provincial es el órgano ejecutivo del partido y se compone de: un Presidente, un Vicepresidente Primero, un Vicepresidente segundo, un Secretario General, un Tesorero, un Secretario de acción política y un Secretario de prensa. Art. 11: Para sesionar se requerirá la presencia del presidente y del cincuenta por ciento de sus miembros. Art. 12: Son atribuciones del Comité Ejecutivo Provincial: a) Ejercer la dirección y conducción del partido b) Convocar a la Convención Provincial c) Designar a los miembros de la Junta Electoral. d) Designar a los apoderados del partido y dar por terminadas sus funciones e) Convocar a reuniones en general. f) Habilitar nuevos locales partidarios o cambios de domicilio. g) Nombrar juntas departamentales. Capitulo 5 Del Tribunal de Conducta Art. 13: El Tribunal de Conducta estará integrado por tres miembros titulares. Su función es la de juzgar la conducta de los afiliados y dirigentes y elevar informes de las medidas que se adopten al Comité Ejecutivo. Capitulo 6 Patrimonio del Partido / su Administración Art. 14: Se integrará con las contribuciones de los afiliados y con todo otro recurso licito que establezca el Comité Ejecutivo Provincial y no contravenga las disposiciones legales vigentes. Los fondos del Partido se administraran de acuerdo a lo que dispone este mismo cuerpo legal. Capitulo 7 Tribunal de Cuenta Art. 15: El Tribunal de Cuenta se compondrá de tres miembros titulares. Su función es controlar los ingresos y egresos partidarios y su distribución, aprobar los balances y visar los informes que el Comité Ejecutivo Provincial debe elevar anualmente a la Convención. 2

Capitulo 8 De los Afiliados Art. 16: Podrán ser afiliados del partido los ciudadanos de ambos sexos nativos o naturalizados, mayores de dieciocho años que gocen de los derechos políticos y acepten la declaración de principios programas de acción política y la presente Carta Orgánica. Se aceptaran las afiliaciones de todos aquellos que deseen integrarse a esta organización política y los mismos no necesitaran antigüedad para votar y ser elegidos para todos los cargos internos y públicos, conforme a las disposiciones de esta Carta Orgánica, su reglamentación y las leyes que rigen la materia. En lo demás se estará a lo dispuesto por las leyes generales vigentes. Art.16 Bis : La afiliación se extingue por renuncia, expulsión o violación de lo dispuesto por los Art. 21 y 24 de la Ley 23298, debiendo cursarse la comunicación correspondiente al Juez Federal con competencia Federal. Art. 17: El Comité Provincial llevara un fichero general y los registros partidarios permanecerán abiertos permanentemente. Capito 9 De la Junta Electoral Art. 18: El Comité Ejecutivo Provincial deberá constituir y designar una junta electoral que deberá estar integrada por tres miembros fuera de su seno. Art. 19: No puede integrar la Junta Electoral ningún candidato que sea afiliado o pre candidato a la interna que se trate. Art. 20: La Junta Electoral tendrá a su cargo la oficialización de listas y bajo su dirección todo el acto eleccionario, la proclamación de los electos y resultados de votación, debiendo en cada caso elevar al Comité Ejecutivo Provincial un informe circunstanciado de su actuación. Capitulo 10 Tema Electoral Art. 21: Serán elegidos a simple pluralidad de votos dos delegados a la Convención Provincial Art. 22: Para el caso de oficialización de una sola lista, la Junta Electoral procederá a la proclamación directa de los candidatos propuestos. Art. 22 Bis: Los cargos para los que postule candidatos del Partido de Participación Popular, como así también para la elección de autoridades partidarias deberán contar con la representación femenina correspondiente, cupo femenino establecido por la Ley 24012 en su Art. 2do. el cual debe ser del 30% de los cargos a integrarse por mujeres. 3

Art. 23: La Convención Provincial es el único organismo que puede resolver la adaptación de candidatos extrapartidarios para integrar la lista del Partido en elecciones Municipales, Provinciales y Nacionales y serán quienes elijan todos los cargos electivos. Capitulo 11 Del Padrón Art. 24: El padrón es permanente y se formara sobre la base de los actuales afiliados. Todo afiliado tiene derecho a consultar el padrón. Art. 25: La depuración del padrón se hará de conformidad con la reglamentación interna que dicte el Comité Ejecutivo Provincial y se estará en todo caso a las disposiciones provinciales y nacionales que se hubieren dictado o se dicten sobre la materia. Art. 26: Las Elecciones Ordinarias de autoridades se harán noventa días antes de caducar las vigentes. Se podrá realizar comicios internos extraordinarios cuando lo establezca el Comité Ejecutivo con un anticipo no inferior a los sesenta días y no será necesario utilizar el ultimo padrón anterior, podrán participar todos los afiliados hasta el día antes del comicio. Se establece también que podrán ampliarse las cantidades de miembros hasta un 90% mas en cada uno de los Cuerpos Orgánicos que constituyen el partido. Por último el Comité Ejecutivo podrá determinar la ampliación de miembros de los Cuerpos Orgánicos en los porcentajes establecidos sin necesidad de un comicio extraordinario y será facultad de la Convención la elección y creación de cargos que ocuparan los nuevos miembros debiendo estos en todos los casos ser afiliados al Partido de Participación Popular. Capitulo 12 De las Alianzas y Confederaciones. Art. 27: El partido podrá concretar alianzas, frentes y ejercer el derecho de confederarse, como así también establecer otros acuerdos políticos siendo los mismos facultad de la Convención Provincial. Capitulo 13 Disposiciones Comunes Art. 28: El Comité Ejecutivo podrá solicitar a la Convención Provincial la decisión de una nueva denominación o sigla que identifique a la agrupación política, participar en frentes, alianzas, confederación y lo que se considere conveniente para la renovación y mejor protagonismo del partido este o no prevista en esta Carta Orgánica. En todos los casos las decisiones serán emanadas por la Convención Provincial la que deberá otorgar un testimonio escrito y firmado por presidente y secretario de la convención a favor del o de los apoderados para presentar y firmar los instrumentos legales en cualquier organismo que pudiera corresponder para el logro de los objetivos propuestos incluyendo en el Orden Nacional para establecer acuerdos con otros partidos u organizaciones políticas no solo en la Provincia de Santa Fe sino también en otras provincias argentinas. Capitulo 14 Continuación y Extensión del Partido 4

Art. 29: El Partido de Participación Popular o si cambia de nombre o si se presenta en el distrito de la provincia o concretare cualquier acción conveniente para su reconversión siempre utilizara ya aprobado por Asamblea Extraordinaria el actual padrón electoral, las actuales autoridades provinciales y la presente Carta Orgánica, declaración de principios y bases de acción política. Únicamente se disolverá por decisión de los dos tercios de sus afiliados. 5