Margarita, Octubre 24 de 2008 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Señor Presidente y Honorables Concejales CONCEJO MUNICIPAL E.S.D Asunto: Proyecto de Acuerdo Por el cual se crea el Comité de Gobierno en Línea Territorial en el Municipio de Margarita (Bolívar) en el marco de la Estrategia de Gobierno en Línea. Ha sido tarea del Señor Presidente de la República y, de la Señora Ministra de Comunicaciones, trabajar de la mano de los Alcaldes para lograr implementar y desarrollar la Política de Estado que busca desarrollo socio-económico para los Municipios del País a través de vincular tanto a los ciudadanos, las empresas y demás servidores públicos con el uso y masificación de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TICS). Es así como el Programa Gobierno En Línea adscrito al Ministerio de Comunicaciones impulsa la Estrategia de Gobierno en Línea Territorial cuyo objetivo esencial radica en contribuir mediante el aprovechamiento de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, a la construcción de un Estado más transparente, más eficiente, más participativo y, que le preste mejores servicios a los ciudadanos y las empresas. En ese sentido, se hace imperiosa la creación del Comité Local de Gobierno En Línea Territorial sobre quien recae la responsabilidad de hacer sostenible la señalada Estrategia en el Municipio y cumplir de esta manera con los lineamientos del Decreto 1151 de 2008 en las diversas fases que el mismo contempla así como, en todo lo referente a la actualización y mantenimiento del Portal Web Municipal como su más claro exponente. Me encuentro convencido de que la creación de este órgano (en adelante denominado Comité GEL-T ) es de vital importancia y trascendencia de cara no solo a cumplir los preceptos legales, sino frente a la apropiación, manejo y sostenibilidad de la Estrategia de Gobierno En Línea en nuestro Municipio. Gustavo Matuk Puerta ALCALDE MUNICIPAL
PROYECTO DE ACUERDO MUNICIPAL No. DEL 2008 (Octubre 24 de 2008) POR EL CUAL SE CREA EL COMITÉ DE GOBIERNO EN LÍNEA TERRITORIAL - GELT - EN EL MUNICIPIO DE MARGARITA EN EL MARCO DE LA ESTRATEGIA DE GOBIERNO EN LÍNEA EL CONCEJO MUNICIPAL DE MARGARITA (BOLÍVAR) En uso de sus atribuciones, en especial las conferidas por el Artículo 312 y 313 de La Constitución Nacional. ACUERDA Artículo Primero Creación del Comité GELT: Créase el Comité GELT del Municipio de Margarita. Artículo Segundo Objetivo del Comité GELT: Establézcase como objetivo esencial del Comité GELT la implementación de la Estrategia de Gobierno En Línea en el Municipio de Margarita, la cual contribuye con la construcción de un Estado más eficiente, más transparente, más participativo y que preste mejores servicios a los ciudadanos y las empresas, mediante el aprovechamiento de las Tecnologías de la Información y la Comunicación. Artículo Tercero Integrantes del Comité GELT: El Comité GELT estará integrado por los siguientes funcionarios: El Alcalde Municipal y/o su delegado, del nivel asesor. El líder de Gobierno En Línea, quien representa a la alta dirección. Un representante de cada Dirección y/o Programa de la entidad. Jefe de la Oficina responsable de Planeación o su delegado, del nivel asesor. Jefe de la Oficina responsable de Control Interno o su delegado, del nivel asesor. Un representante del Concejo Municipal. Uno o varios representantes de la comunidad.
Parágrafo Primero: El Representante de la Dirección en el Sistema de Gestión de Calidad y MECI y el Jefe de la Oficina responsable de Jurídica o su delegado, del nivel asesor, serán invitados permanentes del Comité de Gobierno En Línea Territorial. Artículo Cuarto - Responsabilidades: El Comité GELT será el responsable de: 1. Ser la instancia responsable del liderazgo, planeación e impulso de la Estrategia de Gobierno En Línea en el Municipio de Margarita y canal de comunicación con la institución responsable de coordinar la Estrategia de Gobierno En Línea, con la Comisión Interinstitucional de Políticas y de Gestión de la Información para la Administración Pública (COINFO) y de los demás grupos de trabajo relacionados con la transformación y modernización de la administración pública, apoyados en el aprovechamiento de la tecnología. 2. Definir los mecanismos para dar cumplimiento a la normatividad relacionada con el Gobierno En Línea, como la Ley 962 de 2005, la Ley 1150 de 2007 y los Decretos 066 y 1151 de 2008, entre otros. 3. Liderar, bajo los lineamientos de la Estrategia de Gobierno En Línea, la elaboración del diagnóstico y la elaboración y seguimiento al Plan de Acción de Gobierno En Línea de la entidad. 4. Coordinar y articular la Estrategia de Gobierno En Línea en el Municipio de Margarita. 5. Acompañar a los diversos grupos conformados al interior del Municipio, relacionados con servicio al ciudadano, racionalización y simplificación de trámites, calidad y control interno, con el fin de incorporar el aprovechamiento de las TIC en las acciones que estos grupos adelanten. 6. Identificar las barreras normativas para la provisión de trámites y servicios en línea y propender por levantar dichos obstáculos, de manera que puedan ser prestados por medios electrónicos. 7. Definir los lineamientos para la implementación efectiva de políticas y estándares asociados, como la política de actualización del sitio Web (donde deberán estar involucradas las diversas áreas, direcciones y/o programas del Municipio), política de uso aceptable de los servicios de red y de internet, política de servicio por medios electrónicos, política de privacidad y condiciones de uso y política de seguridad del sitio web, entre otros. 8. Definir y generar incentivos y/o estímulos para el uso de los servicios de Gobierno En Línea por parte de los ciudadanos, las empresas y el Municipio mismo.
9. Adelantar investigaciones, de tipo cualitativo y cuantitativo, que permitan identificar necesidades, expectativas, uso, calidad e impacto de los servicios de Gobierno En Línea del Municipio. 10. Garantizar la participación de funcionarios del Municipio en procesos de generación de capacidades (sensibilización, capacitación y formación) que se desarrollen bajo el liderazgo de la institución responsable de coordinar la implementación de la Estrategia de Gobierno En Línea. 11. Actualizar el sitio web del Municipio con la información completa y vigente que cumpla con la política editorial y los mínimos de información sobre publicación de las Alcaldías en Internet para consulta de la ciudadanía. 12. Promover la utilización de las cuentas de correo institucional que se creen y/o entreguen en el marco de la Estrategia de Gobierno En Línea en el orden territorial. 13. Difundir el Plan de Acción de Gobierno En Línea al interior de la administración local y mantenerlo actualizado. 14. Socialización y promoción del sitio web municipal como un mecanismo de comunicación entre la ciudadanía y el Estado. 15. Participar activamente en las diferentes jornadas y talleres de capacitación y en todo el acompañamiento que se implemente o se adelante en el marco de la Estrategia de Gobierno En Línea. Artículo Quinto Convocatoria: El Comité de Gobierno En Línea Territorial se reunirá por convocatoria que realice el líder de Gobierno En Línea, al menos una vez al mes, de la cual, debe levantar un acta de los temas tratados y compromisos. Artículo Sexto Seguimiento y verificación: El seguimiento, verificación y cumplimiento de las acciones que determine el Comité GELT están en cabeza del responsable de Control Interno o su delegado, así como del cumplimiento del Plan de Acción de Gobierno En Línea Municipal. Artículo Séptimo Informe de avance: Informar, al menos una vez al semestre, el avance y resultados de la gestión del Comité al Representante Legal del Municipio. Artículo Octavo Atribuciones: Facúltese al Alcalde del Municipio de Margarita para que mediante acto administrativo establezca los mecanismos de administración para la implementación y puesta en marcha del Comité GELT.
Artículo Noveno Vigencia: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación. Presentado a consideración por: Gustavo Matuk Puerta ALCALDE MUNICIPAL