LAS ESCUELAS INFANTILES



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Transcripción:

Dirección General de Educación Infantil y Primaria LAS ESCUELAS INFANTILES Son centros educativos para niños y niñas desde los 3 meses hasta los 3 o los 6 años. Todas comparten los mismos criterios de calidad en cuanto a condiciones materiales de los edificios, especialización del personal, atención de Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica de Atención Temprana, participación de los padres y madres, etc. Las aulas se organizan con grupos cuyo número oscila entre 8 y 25 alumnos, dependiendo de su edad. Estos agrupamientos podrán realizarse con alumnado de igual o distinto año de nacimiento. En todas las Escuelas se integran niños y niñas con necesidades educativas especiales que reciben atención y apoyo psicopedagógico en el marco del currículo y las programaciones del centro y las aulas. Las Escuelas Infantiles constituyen también un recurso para dar respuesta a las necesidades de los niños y de sus familias con el fin de que éstas puedan conciliar la vida familiar y laboral. Con carácter general ofrecen sus servicios desde las 07:30 a las 17:30 horas y la comida está integrada como una actividad educativa en los centros. Principios educativos de la Escuela Infantil. La Escuela Infantil realiza una labor complementaria a la de las familias en la atención y educación de sus hijos, teniendo en cuenta los siguientes principios educativos: La educación es un derecho de todos los niños y niñas. Ha de ser una educación sin discriminación social, ideológica, psíquica o física de ningún tipo. Debe ser compensadora de desigualdades e integradora de todas las diferencias y particularidades.

La Educación Infantil debe contribuir al desarrollo físico, sensorial, intelectual, afectivo y social del alumnado. En esta etapa se atenderá progresivamente al desarrollo del movimiento y de los hábitos de control corporal, a las diferentes formas de comunicación, al lenguaje, a las pautas elementales de convivencia y de relación social, así como al descubrimiento de las características físicas y sociales del medio. Además, se facilitará que los niños elaboren una imagen de sí mismos positiva y equilibrada y adquieran autonomía personal. El proceso educativo está abierto a las necesidades de la zona y participa de la vida del entorno. Las Escuelas Infantiles, de forma progresiva, están introduciendo la enseñanza oral de la lengua inglesa de modo globalizado en las actividades cotidianas. Asimismo, se están integrando en el currículo contenidos relativos a tecnologías de la información y la comunicación. Todos estos principios, junto con el modelo organizativo de la Escuela, aparecen recogidos en el Proyecto Educativo del Centro, que elabora cada Escuela, concretándose en su Propuesta Pedagógica. Órganos de Gobierno y de coordinación docente. Los Órganos de Gobierno de las Escuelas Infantiles, se basan en los principios de actuación de la legislación educativa vigente, adaptados a las peculiaridades de estos centros. Órganos unipersonales Director. El director/a de la Escuela, entre otras funciones, dirige y coordina las actividades del Centro, preside el Consejo Escolar, ejerce la jefatura de personal y representa a la administración y al Centro.

Órganos colegiados Consejo Escolar. Representa, por delegación, a la comunidad educativa. Sus miembros se eligen por votación entre los diferentes colectivos integrantes de la misma y está formado por: El director/a del Centro. Representantes de los padres y de las madres. Representantes del equipo educativo. Representante del Personal de administración y servicios. Representante del Ayuntamiento o Junta Municipal. Claustro o equipo educativo. Está formado por educadores/as y maestros/as especialistas en Educación Infantil. Uno de ellos es el/la director/a de la Escuela. Otros. El personal de administración y servicios. Está integrado por personal de cocina, limpieza y administración. El equipo de atención temprana. El EAT, como apoyo externo a la Escuela asesora y orienta al equipo educativo en los procesos de planificación, desarrollo y evaluación de la propuesta educativa global del Centro y específicamente respecto a los niños y niñas que presentan dificultades en algún momento del desarrollo, con actuaciones directas y en colaboración con las familias. Los padres y las madres de los niños y niñas en la Escuela Infantil. Desde el punto de vista orgánico, los padres participan con sus representantes en el Consejo Escolar del Centro. La Escuela favorece, además, la creación de Asociaciones de Padres y Madres y facilita su funcionamiento.

Admisión en las Escuelas Infantiles. La convocatoria de plazas de nuevo ingreso se realiza, con carácter ordinario, en los meses de marzo y abril. También se realizan convocatorias extraordinarias para la cobertura de plazas vacantes o por la apertura de nuevos centros. Cuotas. Las familias abonan cuotas por los conceptos de escolaridad, comedor y, en su caso, horario ampliado. Las cuotas de escolaridad y de horario ampliado se fijan por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid para cada curso escolar. La cuota de escolaridad de cada alumno se determina en función de los ingresos familiares, siendo gratuita para los alumnos de segundo ciclo (3-6 años), salvo que acudan a los centros en períodos vacacionales. La cuota de comedor se fija mediante la Orden de la Consejería de Educación para cada curso escolar; se fijan precios reducidos y exenciones de pago para determinados colectivos. Calendario. Con carácter general las Escuelas están abiertas durante once meses al año, de septiembre a julio, ambos inclusive. El calendario escolar es establecido por la Consejería de Educación. Las vacaciones de los niños de Segundo Ciclo de Educación Infantil son las establecidas para los colegios públicos de Educación Infantil y Primaria. Sin embargo, los niños de este ciclo, cuyos padres y madres trabajen y lo hayan solicitado, podrán acudir a la Escuela cuando permanezca abierta durante estos períodos.

Horario. Las Escuelas Infantiles permanecen abiertas desde las 07,30 hasta las 17,30 horas. El horario general es el comprendido entre las 09,00 y las 16,00 horas, y el horario ampliado es el de 07,30 a 9,00 horas y de 16,00 a 17,30 horas. La utilización del horario ampliado por parte de los niños exige la justificación documental de su necesidad, por parte de las familias.