ESPECIFICACIONES PARA DEPÓSITOS EN GARANTÍA DE ARRENDAMIENTO. Conjunta: arrendador y arrendatario.



Documentos relacionados
ESPECIFICACIONES PARA DEPÓSITOS EN GARANTÍA DE ARRENDAMIENTO

ESPECIFICACIONES DE CUENTAS DE AHORRO PREVIO EN UNIDADES INDEXADAS YO AHORRO

INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO NACIONAL DE PRECURSORES QUÍMICOS

REQUISITOS PARA OPERAR CON EL BANCO

MR Consultores PROCEDIMIENTO. Jornadas de Capacitación y Actualización Tributaria SUJETOS OBLIGADOS. Expositor: Dr. Marcelo D.

INSTRUCTIVO AGENCIA NACIONAL DE VIVIENDA

CAMPAÑA IRPF IASS 2013

MUNICIPIO DE EL MARQUÉS, QRO. CONTRALORÍA MUNICIPAL

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

IMPUESTOS NACIONALES INSCRIPCIÓN EN EL PADRON DE CONTRIBUYENTES (NIT)

Requisitos Generales para la Inscripción de Personas Jurídicas/Firmas Personales como Operadores de Sustancias Químicas Controladas

A) Adquisición de Inmueble RURAL por una PERSONA JURÍDICA ARGENTINA:

CRÉDITO PARA ADQUISICIÓN DE VIVIENDA. Requisitos:

PREGUNTAS FRECUENTES LINEA CONSTRUYENDO JUNTOS

ESPECIFICACIONES PARA LA APERTURA DE CUENTAS EN GARANTÍA (EN EFECTIVO) A FAVOR DE OTROS ORGANISMOS PÚBLICOS O EL BHU

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - (TUPA)

CONTRATO CUENTA DE AHORRO PREVIO EN UNIDADES INDEXADAS YO AHORRO. Cuenta Nº

Registro Único de Proveedores del Estado RUPE. Guía para el ingreso de representantes y titulares en RUPE

MANUAL DE SUBSIDIOS CAPUAL

LEY DE INCLUSION FINANCIERA, VIGENCIA DEL ARTICULO 39: ARRENDAMIENTO, SUBARRENDAMIENTO Y CREDITO DE USO DE INMUEBLES

MODIFICACIÓN DEL RÉGIMEN COMUNITARIO A LA SITUACIÓN DE RESIDENCIA Y TRABAJO POR CUENTA AJENA

MANUAL DE POLÍTICAS, PROCESOS Y PROCEDIMIENTOS TABLA DE CONTENIDO INTRODUCCIÓN... 2 OBJETIVO... 2 ALCANCE... 2 RESPONSABILIDAD Y AUTORIDAD...

C I R C U L A R N 2.246

DOCUMENTACIÓN A APORTAR PARA EL CERTIFICADO DE REPRESENTANTE ANTE LAS AAPP DOCUMENTACIÓN A APORTAR

VISA RESIDENTE. 5. Copia de la página del pasaporte donde haya sido estampado el último sello de ingreso o salida de Colombia, según el caso.

Requisitos mínimos e información a aportar al órgano convocante:

Solicitudes de placas o del Documento de Identificación Adicional por Extravío o robo

Con dicho permiso, se gestiona ante el consulado la visa para poder ingresar al país, en la categoría migratoria autorizada.

REF.: EXENCION DE PAGO DE COTIZACIONES PREVISIONALES A TECNICOS EXTRANJEROS Y LAS EMPRESAS QUE LOS CONTRATEN. DEVOLUCION DE FONDOS PREVISIONALES.

D50 Acreedores financieros Mensual 10 D51 Créditos para el financiamiento de estudios superiores

REQUISITOS DEL PRESTAMO

PRINCIPIO REGISTRAL DE ROGACIÓN. Conclusiones foro

CIRCULAR N 03. SANTIAGO, 18 de Enero de REEMPLAZO DE CHEQUES FISCALES EMITIDOS POR EL SERVICIO DE TESORERÍAS. =================================

CONTRATO CUENTA VIVIENDA EN UNIDADES INDEXADAS LEY Nº YO AHORRO JOVEN. Cuenta Nº

Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores

GESTIÓN DE DERECHOS DE PAGO BÁSICO

REGLAMENTO PARA LA EXPEDICION DE DOCUMENTOS OFICIALES POR LA OFICINA DE SECRETARIA GENERAL DE LA UPT

Página 1 de 6. Telf Fax:

N DGT-R-xxx San José, a las xxx horas y xxx minutos del día xxx de xxx del dos mil catorce. Considerando:

4. Modos de extinción de la obligación tributaria. La obligación tributaria puede extinguirse por:

(1)FONDOS DE APOYO A LA FINANCIACIÓN A EMPRESAS COMERCIALES Y TURÍSTICAS

REQUISITOS DEL PRESTAMO

ANEXO N 1 CÁLCULO DE LA TCEA PARA OPERACIONES ACTIVAS BAJO EL SISTEMA DE CUOTAS

Registro Civil GUÍA DE TRÁMITES

ACCIONISTAS DE ATRESMEDIA DERECHO DE ASISTENCIA, REPRESENTACIÓN Y VOTO

GUÍA RÁPIDA DE ACCESO AL REGISTRO PERMANENTE DE SOLICITANTES DE VIVIENDA (RPSV)

EVALUACIÓN JURÍDICA ADQUISICION ELEMENTOS PARA CENTRIFUGA, EQUIPOS DE LABORATORIO SALUD PUBLICA

Instructivo para Solicitud de Habilitación de Empresas Distribuidoras/ Operadores Logísticos de Medicamentos (Disposición (ANMAT) 7439/99).

CONTRATO CUENTA VIVIENDA EN UNIDADES INDEXADAS LEY Nº YO AHORRO JOVEN. Cuenta Nº

ANEXO XVII AUTORIZACIONES TEMPORALES DE CIRCULACIÓN. I) Permisos temporales para particulares

Instructivo web Servicios en Línea Fondo Energía

FORMULARIO GENERAL DE CAJA DE AHORROS

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE POZOBLANCO

MICROCUENTA - CUENTA SIMPLIFICADA PARA EMPRESAS DE REDUCIDA DIMENSION ECONÓMICA (CAPITULO II DE LA LEY No ) CONDICIONES GENERALES

TEXTO ORDENADO ACTUALIZADO DE LAS NORMAS SOBRE FINANCIAMIENTO AL SECTOR PUBLICO NO FINANCIERO. -Índice-

Instructivo Llenado PLANILLA DE PAGO DE COTIZACIONES PREVISIONALES Y DEPOSITOS DE AHORRO VOLUNTARIO FONDOS DE PENSIONES Y SEGURO DE CESANTIA

DECLARACIÓN PARA LA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS DE EMPRENDEDORES INMOBILIARIOS SUJETO DE LA OPERACIÓN

11 reinventando /Ios seguros

INSTRUCTIVO PARA SOLICITUD DE HABILITACIÓN DE EMPRESAS DISTRIBUIDORAS/ OPERADORES LOGÍSTICOS DE MEDICAMENTOS (DISPOSICIÓN ANMAT N 7439/99)


ESPECIFICACIONES PRÉSTAMO PARA REFACCIÓN DE VIVIENDA EN UNIDADES INDEXADAS

TARIFARIO DE TASAS PASIVAS Y COMISIONES ÍNDICE

TRÁMITE: EXONERACION DE IMPUESTO SOBRE VENTAS, REGIMENS ESPECIALES Y PRODUCTORAS DE BIENES EXENTOS

Cartilla informativa de Cuenta Corriente Persona Jurídica - Pyme y Negocios

SOLICITUD DE BONIFICACIÓN EN LA FACTURACIÓN DEL RECIBO DE AGUA Y BASURA, A FAMILIAS EN SITUACION DE NECESIDAD.

CIRCULAR No JUL 2016 LÍNEA MIPYMES COMPETITIVAS PARA ESCALAMIENTO PRODUCTIVO

PROCESO PARA EL CÁLCULO DE INTERESES, COMISIONES Y GASTOS DE LOS PRODUCTOS PASIVOS DE CREDICHAVÍN

Guía paso a paso 1. Trámite Jubilatorio. Cómo es el trámite jubilatorio en la UNC? Le contamos de manera sintética los pasos a seguir para jubilarse:

BANCO CENTRAL DE VENEZUELA

RESUMEN SOBRE LAS DISPOSICIONES PARA EL FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA YTRIBUTARIO Y EL COMBATE A LA DEFRAUDACIÓN Y AL CONTRABANDO

EMPRESARIO INDIVIDUAL. COMUNIDAD DE BIENES y SOCIEDAD CIVIL.

INFORMACIÓN GENERAL EN MÚLTIPLES IDIOMAS SOBRE LA VIDA DIARIA

CIRCULAR No MAY 2016 LÍNEA PARA LA FINANCIACIÓN DE CAPITAL DE TRABAJO Y LA MODERNIZACIÓN INDEXADA AL INDICADOR BANCARIO DE REFERENCIA -IBR

Nombre del trámite Reintegro Simplificado a Exportadores No Tradicionales (Ley Nº ). En qué consiste

INTENDENCIA DE RECAUDACIÓN Y GESTIÓN DEPARTAMENTO DE GESTIÓN

SOCIEDAD COMANDITARIA POR

PROCEDIMIENTO PARA LA EMISIÓN DE VOTO Y OTORGAMIENTO DE REPRESENTACIÓN DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS POR MEDIOS DE COMUNICACIÓN A DISTANCIA

C O N S I D E R A N D O

Declaración de Registro de Cancelación de Inversiones Internacionales Formulario 12 Circular Reglamentaria Externa DCIN 83 del 20 de abril de 2016

PASOS PARA FORMALIZAR UNA EMPRESA (PERSONA NATURAL)

SOLICITUD DE PERMISO DE OBRA MENOR, OBRAS PRELIMINARES Y/O DEMOLICIÓN

I m p u e s tos Ingresos brutos: Buenos Aires

Servicio nuevo de energía eléctrica

Préstamo BID 3007/OC-UR Proyecto de Gestión de Gobierno Electrónico en el Sector Salud Programa Salud.uy

Autorizaciones Iniciales de Trabajo Para la elaboración de la memoria del proyecto: Incorporación a una empresa en activo

Registro Único de Proveedores del Estado RUPE. Guía para la actualización de información

PODER ESPECIAL. POR AVPD A SEDM.- En la ciudad de. Montevideo, el día , ante mi,

Legalización de libros

Lo que usted debe saber de su Renta Vitalicia

TRÁMITES PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

ACREDITACIÓN DE LA SOLVENCIA FINANCIERA DEL EJERCICIO 2013

DIARIO OFICIAL RESOLUCIÓN /01/2005

Proceso de Registro Civil de los nacimientos y defunciones en Uruguay

Pliego de Bases y Condiciones Particulares

EMPRESA UNIPERSONAL. La empresa unipersonal es una persona jurídica

FONDO DE SOLIDARIDAD DE BECAS PARA HIJOS DE FUNCIONARIOS DEPARTAMENTALES

INFORMACIÓN AL PÚBLICO. ANTECEDENTES ACERCA DEL BANCO QUE DEBEN MANTENERSE EN SUS OFICINAS

ALTA DE PERSONA JURÍDICA E IDENTIFICACIÓN DE SOCIOS O ACCIONISTAS. Nombre de la empresa

REQUISITOS DE NACIMIENTO DE 0 A 180 DÍAS:

Ministerio de Educación TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS- TUPA. Unidad Orgánica: OFICINA DE ADMINISTRACION N DE PAG.

Transcripción:

Página 1 de 10 1. CARACTERÍSTICAS DE LA CUENTA PLAZO MONEDA No tiene UI TASA DE INTERÉS 0% TITULARES COMISIÓN DEPÓSITO RETIRO Conjunta: arrendador y arrendatario. Por constitución de la garantía un 5% sobre los montos depositados (no gravado por IVA). Lo puede realizar en efectivo, con letra de cambio o con cheque certificado. Arrendatario con autorización del arrendador o viceversa o por orden judicial. De realizar el depósito en cuotas, el propietario es responsable de controlar el pago de las mismas. En caso de depósitos iguales o superiores a U$S 10.000, o su equivalente en otra moneda, debe tener en cuenta lo establecido en: Especificaciones sobre Requisitos a tener en cuenta cuando el BHU recibe un importe igual o superior a U$S 10.000 (ES.RIG.01). 1.1. Beneficio extra de la cuenta: Ahorro previo para préstamo de adquisición de vivienda. La cuenta Garantía de Arrendamiento, le ofrece al arrendatario la posibilidad de acceder a un porcentaje mayor en la financiación de la vivienda a adquirir. Los depósitos en garantía de arrendamiento, con una antigüedad como mínimo de 24 meses, a la fecha en que se presenta la solicitud de préstamo de adquisición de vivienda nueva o usada, y que tengan depositado como mínimo el 10 % del valor del inmueble a adquirir, en esa cuenta y/o entre esa y una Yo Ahorro y/o Yo Ahorro Joven, generan una financiación adicional de un 10% a la correspondiente al perfil del cliente, con un máximo del 90% del valor del inmueble. 1.2. Beneficio de Tasa Preferencial para ahorristas. Los ahorristas pueden acceder además, a una rebaja en la tasa de interés en los préstamos para adquisición de vivienda, si cumplen con lo establecido en ES.CRE.03 Especificaciones Préstamo Hipotecario para adquisición de vivienda en U.I. Los beneficios aplican para una única solicitud de préstamo, independientemente de la cantidad de arrendatarios que tenga la cuenta. Para control interno: Los documentos impresos o fotocopiados no se encuentran controlados. Verificar

Página 2 de 10 2. APERTURA DE CUENTA PARA PERSONA FÍSICA CODIGO NOMBRE OBSERVACIONES FO.AHR.04 F. 3007/1 Formulario: Depósito en Garantía de Arrendamiento en Unidades Indexadas. Formulario: Alta de Persona Física. Cédula de identidad o pasaporte. Completo y firmado por todos los titulares (arrendador/es y arrendatario/s). Se completa y se firma uno por cada titular (arrendador/es y arrendatario/s). En caso de no concurrir alguno de los titulares al momento de la apertura (arrendador/es y/o arrendatario/s) debe presentar este formulario con la certificación notarial de la/s firma/s. Cada titular (arrendador y arrendatario) debe presentar el documento vigente, en buen estado y adjuntar fotocopia del mismo. 2.1. En caso de actuar a través de un apoderado Además de la documentación anterior debe presentar Poder o Carta Poder (original o testimonio notarial con montepíos adheridos), con facultades suficientes y Certificado del Registro Nacional de Actos Personales Sección Poderes que acredite vigencia del poder y búsqueda en Sección Interdicciones por el representante, con vigencia de 24 hs., o certificado notarial del que resulte la vigencia del mismo y que el representante no está alcanzado por lo dispuesto por el Art. 201 de la Ley Nº18.387. El apoderado debe presentar, además, el formulario F. 3007/1 completo y firmado, documento de identidad vigente y fotocopia del mismo.

Página 3 de 10 3. RETIRO DEL DEPÓSITO PARA PERSONA FÍSICA F. 3100/0 Formulario: Autorización del Arrendatario Retiro de Fondos. Se utiliza para el retiro de fondos por parte del arrendador/propietario. De no concurrir el arrendatario se necesita la certificación notarial de su firma en este formulario. F. 3108/0 F. 0677/7 Formulario: Autorización del Arrendador Retiro de Fondos. Formulario: Autorización de entrega de fondos. Cédula de identidad o pasaporte. Se utiliza para el retiro de fondos por parte del arrendatario/inquilino. De no concurrir el arrendador, se necesita la certificación notarial de su firma en este formulario. En caso de ser más de un arrendador o arrendatario, de no concurrir uno de ellos, además de lo solicitado anteriormente, debe presentar este formulario con la certificación notarial de firma. Cada titular (arrendador y arrendatario) debe presentar el documento vigente, en buen estado y adjuntar fotocopia del mismo. 3.1. En caso de actuar a través de un apoderado Debe presentar Poder o Carta Poder, (original o testimonio notarial con montepíos adheridos), con facultades suficientes, en caso de Poder Especial o Carta Poder debe tener facultades expresas para retiro de dinero. Además debe presentar Certificado del Registro Nacional de Actos Personales Sección Poderes- que acredite vigencia del poder y búsqueda en Sección Interdicciones por el representante, con vigencia a la última hora del día anterior a la operación de retiro. Se prescindirá de la presentación de este Certificado de vigencia, sólo si se trata de Poder o Carta Poder otorgada en la fecha de actuación o del día anterior a la operación de retiro, y se presente certificado notarial acreditando que los apoderados no están alcanzados por el Art. 201 de la Ley Nº18.387. Debe presentar formulario de Alta de Persona Física (F. 3007/1) por el apoderado y fotocopia del documento de identidad.

Página 4 de 10 3.2. En caso de reclamos por impagos De no existir acuerdo entre el arrendador/es y el arrendatario/s, el trámite para su cobro se debe realizar ante el Juzgado competente y el retiro se efectúa con la orden judicial correspondiente. NOTA: Los formularios de autorización para retiro de fondos: F. 3100/0 y F. 3108/0, según corresponda, pueden ser utilizados como Carta Poder siempre que vengan acompañados con la certificación notarial de firmas (por Escribano con su firma registrada en el Departamento Ahorro del Banco Hipotecario del Uruguay). 4. APERTURA DE CUENTA PARA PERSONA JURÍDICA FO.AHR.04 FO.AHR.14 F. 3007/1 Formulario: Depósito en Garantía de Arrendamiento en Unidades Indexadas. Certificado notarial de representación de la personería jurídica. Formulario: Alta de Persona Jurídica e Identificación de Socios Accionistas. Formulario: Alta de Persona Física. Completo y firmado por todos los titulares (arrendador/es y arrendatario/s). Expedido en la misma fecha en que se presenta la solicitud al BHU que acredite la vigencia de la personería jurídica, representación y comunicación de la Declaratoria inscripta en el Registro de Comercio (Ley Nº17.904) si correspondiere, especificando que con posterioridad a dicha comunicación no hubo modificaciones; dejando constancia del número de inscripción en el RUT y del organismo de seguridad social respectivo. Se debe incluir constancia en la que surja que el representante no está alcanzado por lo dispuesto en el Art. 201 de la Ley Nº 18.387. Completo y firmado. Nota: La Sociedad Anónima debe completar en este formulario, la Identificación de Socios Accionistas. En caso de no concurrir algún titular al momento de la apertura debe presentar el formulario Alta de Persona Física (F. 3007/1) completo, por cada uno de los representantes ausentes, con certificación

Página 5 de 10 notarial de firma. Cédula de identidad o pasaporte vigente. Cada titular (arrendador y arrendatario) debe presentar el documento vigente, en buen estado y adjuntar fotocopia del mismo. 4.1. Si la persona jurídica es una sociedad anónima Debe constar en el Certificado si sus acciones son nominativas o al portador. Si son al portador, debe acreditar haber realizado la comunicación al Banco Central del Uruguay de acuerdo con la Ley Nº 18.930 y que no se realizaron modificaciones posteriores a dicha comunicación. En ambos casos (nominativas o al portador) se debe completar por parte de los representantes la identificación de los socios accionistas (formulario FO.AHR.14). 4.2. Si la persona jurídica actúa por poder Debe presentar Poder o Carta Poder (original o testimonio notarial) con facultades suficientes, y Certificado del Registro Nacional de Actos Personales - Sección Poderes que acredite vigencia del poder y búsqueda en Sección interdicciones por el representante, con vigencia de 24 hs. o certificado notarial de la que resulte la vigencia del mismo y que el representante que actúe no está alcanzado por lo dispuesto en el Art. 201 de la Ley Nº18.387. Se debe dejar en el Banco un ejemplar del testimonio notarial de dicho poder. 5. RETIRO DEL DEPÓSITO PARA PERSONA JURÍDICA Certificado notarial de representación de la personería jurídica. F. 3100/0 Formulario: Autorización del Arrendatario Retiro Expedido en la misma fecha en que se presenta la solicitud al BHU que acredite la vigencia de la personería jurídica, representación y comunicación de la Declaratoria inscripta en el Registro de Comercio (Ley Nº17.904) si correspondiere, especificando que con posterioridad a dicha comunicación no hubo modificaciones; dejando constancia del número de inscripción en el RUT y del organismo de seguridad social respectivo. Se debe incluir constancia en la que surja que el representante no está alcanzado por lo dispuesto en el Art. 201 de la Ley Nº18.387. Se utiliza para el retiro de fondos por parte del arrendador/propietario. De no concurrir el

Página 6 de 10 F. 3108/0 de Fondos. arrendatario (representante o apoderado), se necesita la certificación notarial de su firma en este formulario. Formulario: Autorización del Arrendador Retiro de Fondos. Cédula de identidad o pasaporte vigente. Se utiliza para el retiro de fondos por parte del arrendatario/inquilino. De no concurrir el arrendador (representante o apoderado), se necesita la certificación notarial de su firma en este formulario. Cada titular (arrendador y arrendatario) debe presentar el documento vigente, en buen estado y fotocopia del mismo. 5.1. Si actúa por apoderado Presentar Poder o Carta Poder (original o testimonio notarial), con facultades suficientes; en caso de Poder Especial debe tener facultades expresas para retiro de dinero. Además certificado del Registro Nacional de Actos Personales - Sección Poderes - que acredite la vigencia del poder y búsqueda en Sección Interdicciones por el representante con vigencia a la última hora del día anterior a la operación de retiro. Se prescindirá de la presentación de este certificado registral sólo si se trata de Poder o Carta Poder otorgada en la fecha de actuación o del día anterior a la operación de retiro, y se presente certificado notarial acreditando que los apoderados no están alcanzados por el Art. 201 de la Ley Nº18.387. Asimismo, tiene que presentar el formulario de Alta de Persona Física (F. 3007/1) por el apoderado y fotocopia del documento de identidad. 5.2. En caso de reclamos por impagos De no existir acuerdo entre el arrendador/es y el arrendatario/s, el trámite para su cobro debe realizarse ante el Juzgado competente y el retiro se puede efectuar exclusivamente con la orden judicial correspondiente. NOTA: Los formularios de autorización para Retiro de Fondos (F. 3100/0 y F. 3108/0), según corresponda, pueden ser utilizados como Carta Poder siempre que estén acompañados por la certificación notarial de las firmas (por Escribano con firma registrada en el Departamento Ahorro del BHU).

Página 7 de 10 6. RETIRO DE FONDOS EN CASO DE FALLECIMIENTO Las exigencias varían según el saldo de la cuenta al día del fallecimiento, a saber: a) Monto a retirar inferior a UR 15: Debe completar el formulario de autorización de entrega de fondos por fallecimiento (formulario FO.AHR.13), adjuntando fotocopias de cédulas de identidad, testimonio de la partida de defunción y las de estado civil que acrediten el parentesco alegado, pudiéndose además exigir la libreta de matrimonio a efectos de complementar la información. A efectos de determinar la naturaleza jurídica de la o las cuentas a nombre del causante, se debe certificar notarialmente y acreditar el estado civil del mismo al momento de la apertura (v.gr. Testimonio de partida de matrimonio con o sin anotación marginal de eventual divorcio, régimen legal de bienes, disolución de sociedad conyugal, unión concubinaria, etc.) b) Monto de UR 15 a UR 100: Debe adjuntar lo indicado en el punto a), más un certificado notarial de firmas de los gestionantes y que acredite quiénes son los únicos y universales herederos del causante, especificando si la sucesión fue testada o intestada y datos completos de todos los herederos indicando si son o no mayores y hábiles. c) Monto superior a UR 100 y hasta UR 1.000: Además de lo exigido en el punto b), debe presentar certificado del Registro de Testamentos expedido por la Suprema Corte de Justicia. d) Monto superior a UR 1.000: Además de lo exigido en el punto c), debe presentar testimonio notarial del Certificado de Resultancias de Autos Sucesorio y Certificado del Registro de Actos Personales (por Investigación de la Filiación, Cesión de Derechos Hereditarios, Interdicciones, Regímenes Matrimoniales y Prenda de Derechos). A partir del 01/01/2016 las solicitudes de entrega de fondos por fallecimiento que superen las 2.600 UI tienen un costo de 350 UI (IVA incluido). Se recuerda que la información registral de Prenda de Derechos se solicita por el nombre de los herederos y la restante por el causante. De encontrarse dentro del monto establecido en el punto (a) debe presentarse en Casa Central del BHU en el Departamento Ahorro, o en la Sucursal BHU o ANV que corresponda, con la documentación requerida. En los demás casos (b), (c) y (d) debe presentarse con la documentación requerida en la División Red Comercial y Atención al Cliente de Casa Central del BHU, o en la Sucursal BHU o ANV que corresponda, la que inicia el expediente, entregándole al cliente un número de trámite para su seguimiento. De encontrarse dentro de lo establecido en los puntos a), b) y c), si existiere sucesión tramitada judicialmente, se prescindirá de la presentación de testimonios de partidas y de Certificado del Registro de Testamentos, debiendo agregar testimonio notarial del Certificado de Resultancias de Autos.

Página 8 de 10 Si la sucesión es testada, debe agregar testimonio notarial del testamento. El certificado notarial debe consignar los datos completos de los herederos, si son o no mayores de edad y hábiles. Los documentos notariales deben entregarse en Papel Notarial con los montepíos que correspondan adheridos. Los testimonios de partidas de estado civil no pueden tener una antigüedad mayor a los 30 días corridos a partir de la fecha de expedición. En todos los casos se considera para el cálculo, el valor de la Unidad Reajustable, a la fecha del fallecimiento del causante. Además de lo establecido anteriormente: a) Los sucesores del arrendatario deben presentar el consentimiento del arrendador o administrador de la finca, según corresponda, para efectuar el retiro parcial o total de los fondos (formulario F. 3108/0), u orden de pago judicial. b) Los sucesores del arrendador (en el caso que el retiro le corresponda al arrendador) deben presentar el consentimiento del arrendatario para efectuar el retiro parcial o total de los fondos (formulario F. 3100/0), u orden de pago judicial. Los testimonios de las partidas de estado civil a presentar deben ser los originales expedidos por el Registro de Estado Civil y/o la Intendencia que corresponda, no admitiéndose fotocopia de los mismos. 7. LIBERACIÓN DE LA GARANTÍA En caso de fallecimiento del arrendador y al sólo efecto de liberar la garantía al arrendatario se debe presentar Certificado Notarial indicando la fecha de fallecimiento y acreditando en forma fehaciente la calidad de únicos y universales herederos, los que deben firmar el formulario F. 3108/0.

Página 9 de 10 8. CAMBIO DE TITULARES ARRENDADORES DE LA CUENTA Sólo se podrá realizar cambio de titular arrendador: por fallecimiento, por venta de la propiedad y por cambio de administrador. CAMBIO DE ARRENDADOR PERSONA FÍSICA FO.AHR.05 Formulario: Cambio de Titular de Cuenta ARRENDADOR. Se presenta este formulario en caso de cambio de propietario, administrador o de Inmobiliaria. F. 3007/1 Formulario: Alta de Persona Física. Certificado Notarial de Propiedad. Cédula de identidad o pasaporte, vigentes. Se presenta un formulario (completo y firmado) por cada nuevo arrendador. En el caso de no concurrir personalmente se necesita la certificación notarial de la/s firma/s en el mismo. Estableciendo quién/es es/son el/los nuevo/s propietario/s (ya sea por enajenación o sucesión), con datos completos de los mismos, e indicando número de padrón, dirección del inmueble, así como a quién se le otorgó la administración del inmueble, si correspondiera. Además debe presentar fotocopia del documento. CAMBIO DE ARRENDADOR PERSONA JURÍDICA- FO.AHR.05 Formulario: Cambio de Titular de Cuenta ARRENDADOR. Certificado Notarial de Propiedad. Se presenta este formulario en caso de cambio de propietario, administrador o de Inmobiliaria. Donde conste quién es el nuevo propietario del bien, los datos del bien (padrón y dirección) y de corresponder a quién se le otorgó la administración del inmueble. Además debe cumplir con los requisitos establecidos en el punto 4.

Página 10 de 10 APERTURA DE CUENTA PARA PERSONA JURÍDICA. 9. CAMBIO DE TITULARES ARRENDATARIOS DE LA CUENTA Sólo se podrá realizar cambio de titular arrendatario en caso de fallecimiento, con autorización del arrendador. CAMBIO DE ARRENDATARIO FO.AHR.06 Formulario: Cambio de Titular de Cuenta ARRENDATARIO - sólo en caso de fallecimiento. Debe cumplir con lo solicitado en el punto 6. RETIRO DE FONDOS EN CASO DE FALLECIMIENTO, respecto de la documentación a presentar y la autorización del arrendador. EN TODOS LOS CASOS, LOS CAMBIOS DE TITULARES TENDRÁN UN COSTO PARA EL CLIENTE DE 2.000 UI (no gravado por IVA). IMPORTANTE: EL BHU SÓLO RECIBE DOCUMENTACIÓN NOTARIAL DE ESCRIBANO QUE TENGA SU FIRMA REGISTRADA EN EL DEPARTAMENTO AHORRO. TODOS LOS FORMULARIOS SE ENCUENTRAN DISPONIBLES EN EL SITIO WEB: www.bhu.gub.uy El BHU es supervisado por el Banco Central del Uruguay, por más información acceda a www.bcu.gub.uy Por consultas y reclamos, acceda a www.bhu.gub.uy