REGLAS DE OPERACIÓN PARA LA DONACIÓN DE PLANTAS CON FINES DE REFORESTACIÓN Y RESTAURACIÓN INTEGRAL EN EL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE



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Transcripción:

PUBLICADO EN LA G.O.E., MARTES 31 DE MARZO DE 2015 NÚM. EXT. 128 GOBIERNO DEL ESTADO SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE MTRO. EN ING. VÍCTOR J. ALVARADO MARTÍNEZ, Secretario de Medio Ambiente, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 9 fracción VIII Bis, 12 fracción VI, 28 Bis y 28 Ter de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave de los artículos 173, 174, 175, 176, 177 y 178 de la Ley Estatal de Protección Ambiental, y CONSIDERANDO: Que una de las prioridades estratégicas de la actual administración del Gobierno del Estado de Veracruz, es la protección y conservación del medio ambiente. Que dicha prioridad implica el diseño y desarrollo de acciones en materia de reforestación, forestación y el establecimiento de plantaciones forestales comerciales con objetivos claros y específicos que constituyen una alternativa más directa para contribuir a la restauración de las áreas naturales que se encuentran degradadas o en proceso de degradación por diversas causas, asimismo que las plantaciones representan una alternativa cada día más creciente para el abastecimiento de la industria forestal. Que uno de los objetivos del Plan Veracruzano de Desarrollo es fomentar el desarrollo forestal de la entidad enmarcado en el Plan Sectorial Forestal 2006-2028 que reconoce la actividad forestal como una opción para el desarrollo socioeconómico de las 8 regiones forestales de la entidad. Que existe interés por parte de las autoridades municipales, organizaciones de productores, productores independientes, instituciones educativas, organizaciones no gubernamentales y de la iniciativa privada, en participar en el establecimiento de especies forestales maderables y no maderables de clima templado frío y tropical con fines comerciales, de restauración, de conservación, de protección, escénicos, entre otros. Con base en lo anteriormente expuesto, he tenido a bien expedir las siguientes; REGLAS DE OPERACIÓN PARA LA DONACIÓN DE PLANTAS CON FINES DE REFORESTACIÓN Y RESTAURACIÓN INTEGRAL EN EL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE 1. Integración

En la actualidad se observa una creciente preocupación por la deforestación de los trópicos en el mundo al existir una pérdida anual de bosques de alrededor de 15 millones de hectáreas que se desmontan principalmente para la agricultura. Por otra parte constantemente aumenta la presión pública por preservar grandes extensiones de bosques naturales en reconocimiento de la diversidad de beneficios sociales y ambientales que estos ofrecen, además de la producción de la madera y otros productos no maderables. Por lo que los suministros provenientes de los bosques naturales posiblemente disminuyan y se prevé que las plantaciones forestales adquirirán cada vez más importancia para satisfacer la creciente demanda de productos forestales. Las tasas de deforestación se han estimado de 370 mil hectáreas a 1 millón 500 mil hectáreas de acuerdo a diferentes fuentes, en promedio al día de hoy se manejan alrededor de 650 mil hectáreas. Para el Estado de Veracruz se calcula que se ha perdido aproximadamente 90% de su riqueza forestal original y se deforestan aproximadamente 3,500 hectáreas anuales. El complejo problema social, económico y político que ha generado el crecimiento poblacional ha ejercido sobre el recurso forestal una gran presión, que ha propiciado destrucción y deterioro de la calidad del medio ambiente y baja productividad de los recursos forestales, ante esta situación, surge la necesidad de plantar árboles no solo con el objeto de satisfacer las necesidades de leña y madera, sino también como una forma de mejorar el ambiente y calidad de vida. Por lo que la reforestación, forestación y el establecimiento de plantaciones forestales comerciales con objetivos claros y específicos constituyen la alternativa más directa para contribuir a la restauración de las áreas naturales que se encuentran degradadas o en proceso de degradación por diversas causas. Asimismo las plantaciones representan una alternativa cada día más creciente para el abastecimiento de la industria forestal, por lo que estas acciones se han constituido como una actividad de alta prioridad para el Estado de Veracruz y el país. 2. Objetivos. 2.1. Objetivo general Proveer a los dueños y poseedores de predios y a solicitud de los interesados, la planta necesaria para las actividades de reforestación y restauración con la finalidad de alcanzar las metas establecidas en el programa. 2.2. Objetivos Específicos 1. Atender la solicitud de planta de los ejidos, comunidades y particulares interesados en la reforestación y el establecimiento de plantaciones.

2. Fortalecer una cultura forestal que involucre a productores, sociedad y grupos inmersos en la actividad forestal en forma permanente. 3. Lineamientos 3.1. Cobertura El Estado de Veracruz por sus características fisiográficas es un estado eminentemente forestal no obstante que históricamente sus bosques y selvas han sido fuertemente modificadas por la mano del hombre a tal grado de que los pocos reductos importantes de comunidades vegetales que aún se conservan, presentan diferentes grados de deterioro; tal es el caso de las selvas bajas caducifolias, selvas medianas, selvas altas y en menor escala los bosques templados. De acuerdo a las políticas de desarrollo de Gobierno del Estado, con la donación de planta se atenderá la demanda de los propietarios de terrenos forestales para incorporarse a los programas de reforestación y llevar a cabo la conservación y restauración de los recursos naturales, además que con esto a un mediano y largo plazo se obtendrá materia prima forestal para el abasto de la industria de transformación de la entidad en beneficio de los propios productores dentro del marco de desarrollo micro regional y de atención especial a zonas marginadas al generar gran cantidad de empleos dentro de la cadena productiva del sector forestal. Se considera atender la demanda bajo los siguientes criterios: Vocación del territorio, tipo de ecosistema, problemática forestal, usos y costumbres de la población, y vecindad y comunicación entre municipios, de igual forma tomando en consideración la ubicación de los viveros oficiales de Gobierno del Estado a cargo de la Dirección General de Desarrollo Forestal; Xalapa, Paso de Ovejas, Tuxpan, Catemaco y San Juan Evangelista. 3.2. Población Potencial La promoción para la donación de planta se realizará a través de la Dirección General de Desarrollo Forestal en coordinación con los H. Ayuntamientos, mediante la elaboración de un padrón que determine especie, cantidad y lugar de destino de la planta bajo un convenio de compromiso de su cuidado contemplado en las ordenes de salida de planta, autorizados por la Dirección General de Desarrollo Forestal de la Sedema. 3.3. Población objetivo Las personas propietarias o poseedoras de terrenos, que presenten procesos de deterioro por la degradación de suelos, pérdida de cobertura de vegetación forestal o áreas perturbadas y con potencial para el desarrollo de las plantas.

3.4 Beneficiarios H. Ayuntamientos del Estado de Veracruz, las personas propietarias o poseedoras de terrenos, que cumplan con los requisitos para la donación de plantas. 3.4.1. Requisitos para la donación de plantas. 1. Solicitud escrita del beneficiario (productor, ejidatario, escuela, ayuntamiento, etc, describiendo la especie y la cantidad de planta que solicita, así como el objetivo ya sea plantación o reforestación, e indicar si ha recibido otros apoyos para el predio, así como nombre, superficie del predio y municipio al que pertenece. Dirigida al Director General de Desarrollo Forestal. Mencionar datos del solicitante (teléfono, dirección, correo electrónico, etc) de localización. 2. Croquis de localización del predio a reforestar (señalando caminos de acceso, puntos de referencia y distancias de forma gráfica). 3. Fotocopia de la credencial del INE del solicitante y/o representante legal con documentos que lo avalen. 4. Fotocopia de acta constitutiva en caso de persona moral y lista de beneficiarios con copia de INE de cada uno de ellos. 5. Fotocopia del documento legal que ampara la tenencia de la propiedad. 6. En caso de los H. Ayuntamientos incluir el plan de reforestación municipal. 3.4.2. Procedimientos de selección Se atiende a todos los solicitantes que cumplan con los requisitos establecidos y de acuerdo a la disponibilidad de las especies en los viveros oficiales de Gobierno del Estado. La disponibilidad y entrega de planta deberá cumplir con los requerimientos técnicos y ambientales (época adecuada de plantación). De ser seleccionados y de acuerdo a las especies y cantidades de planta que se donará, se emite una orden de salida de planta del vivero correspondiente para finalmente ser entregada, teniendo una vigencia de 15 días naturales. 3.5. Características de los apoyos El apoyo es en especie, se otorgan plantas forestales y ornamentales y en función de la disponibilidad en cantidad y especies, que se encuentran en los viveros. 3.6. Derechos del solicitante a) Recibir un trato digno, respetuoso, oportuno, con calidad, equitativo y sin discriminación alguna al ingresar su solicitud.

b) Recibir el apoyo conforme a las disposiciones de estos lineamientos. 3.7. Obligaciones del solicitante a) Proporcionar los requisitos para el otorgamiento del apoyo. b) Proporcionar sin faltar a la verdad la información requerida por los ejecutores para integración del padrón de beneficiarios. c) Utilizar la planta recibida para el fin solicitado. d) El beneficiario facilitará al personal de la Dirección General de Desarrollo Forestal para que se realicen las visitas de seguimiento y evaluación de la plantación y atender las recomendaciones que surjan de la visita de verificación. 3.8. Sanciones A los beneficiarios que se les acredite el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas se reserva el derecho de negarles apoyos futuros. 3.9. Instancias participantes 3.9.1. Instancia Ejecutora La Secretaría de Medio Ambiente a través de la Dirección General de Desarrollo Forestal, así como de la Subdirección de Programas Forestales Federales. 3.9.2. Instancia normativa Secretaría de Medio Ambiente será la instancia normativa de la actividad y estará facultada para interpretar lo dispuesto en estas Reglas de Operación y para resolver aspectos no contemplados en las mismas. 3.10. Instancia coordinadora Se podrán realizar Convenios de Coordinación en materia forestal entre las instituciones Federales, Estatales y Municipales. 4. Operación 4.1. Proceso 1. Se recibe Oficio de solicitud de planta en original dirigido al Director General De Desarrollo Forestal. 2. Se atiende al interesado, se recibe y se verifican los requisitos mencionados anteriormente

En caso de que no cumpla con los requisitos: Se informa al interesado y se le devuelven los documentos solicitados, se archiva el Oficio de solicitud de planta en original de manera cronológica y definitiva en el expediente de turnos de solicitud de planta. En caso de que cumpla con los requisitos: Se verifica la existencia de especie de la planta solicitada en el Expediente de Inventario de Planta que se obtiene del archivo cronológico temporal. En caso de no haber existencia de planta: Se informa verbalmente al interesado y se acuerda una sustitución de especie. En caso de que no proceda la sustitución de especie: Archiva el original del Oficio de solicitud de planta de manera cronológica y definitiva en el expediente de turnos de solicitud de planta. En caso de haber existencia de planta: Se elabora y firma Recibo de planta en original y dos copias. Entrega original del Recibo y una de las copias al interesado, y la segunda copia se archiva de manera cronológica y definitiva en el expediente de recibos entregados. Informa verbalmente al vivero asignado de la planta a entregar al interesado y archiva de manera cronológica y definitiva en el expediente de apoyos otorgados. Recibe del interesado el Recibo de Entrega de Planta en original y copia. Verifica fecha del vencimiento del Recibo de entrega de planta. En caso de que no esté vigente: Notifica verbalmente al interesado para que haga la actualización del Recibo de Entrega de Planta en las oficinas de la Dirección General de Desarrollo Forestal. En caso de estar vigente: Entrega la planta al interesado. Entrega el Recibo de Entrega de Planta en original al interesado y archiva la copia de manera cronológica y definitiva en el Expediente de Planta entregada.

Este seguimiento se complementa con la base de datos digital que se lleva en esta Dirección Forestal. 4.2. Ejecución En el acto de entrega de planta se notifica al beneficiario que deberá informar el uso y plantación de la donación. 5. Auditoría, control y seguimiento Se hace entrega de un recibo 6. Evaluación Interna. Control de solicitudes control de existencia de planta, control de donaciones. Externa. El beneficiario deberá entregar informe de plantación con fotografías. Indicadores. Cumplimiento de informe. 7. Transparencia y participación ciudadana Se atiende a los beneficiarios en los espacios públicos de la institución, ofreciendo asesoría sobre los trámites y solicitudes. o Difusión Estará en función de la disponibilidad de planta a donar. Estas Reglas de Operación además de su publicación en la Gaceta Oficial del Estado estarán disponibles para la población en la página electrónica de la Secretaria de Medio Ambiente www.veracruz.gob.mx/medioambiente. 8. Contraloría social Se propiciará la participación de los beneficiarios de la actividad a través de la integración y operación de Contraloría ciudadana Adelante, con la finalidad de que evalúen la calidad del servicio que se otorga. Se impulsará la constitución de al menosun comité. o Padrón de beneficiarios Deberá ser construido de acuerdo a lo establecido en los lineamientos normativos del Programa Adelante para su integración, mantenimiento y consulta del mismo. Se conformará con la información del instrumento de registro de beneficiarios del Programa Adelante. o Acciones de blindaje electoral

Se hace hincapié a los promoventes que: Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político, quedando prohibido su uso para fines distintos a los establecidos en el Programa. 9. Perspectiva de género El programa impulsará la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, a través de la incorporación gradual de la perspectiva de género, específicamente en materia desagregación de información e indicadores, así como en la identificación diferenciada de beneficios. 10. Quejas y denuncias Los beneficiarios y los ciudadanos en general pueden presentar quejas y denuncias ante la instancia correspondiente sobre cualquier hecho, acto u omisión que produzca o pueda generar daños al ejercicio de sus derechos establecidos en las presentes reglas. Xalapa-Enríquez, Veracruz a 25 de marzo de 2015 MTRO. EN ING. VÍCTOR J. ALVARADO MARTÍNEZ SECRETARIO DE MEDIO AMBIENTE Rúbrica. Folio 390