MODELO 660-650 IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES DECLARACIÓN DE SUCESIONES AUTOLIQUIDACIÓN DE SUCESIONES



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Transcripción:

Versión 1.1.9 Ejercicio 2016 29/01/2016 Se corrige en el cuadro resumen de autoliquidación, la numeración de las casillas correspondientes a cuota ingresar, recargo, intereses y total a ingresar. Versión 1.1.8 Ejercicio 2016 31/12/2015 Adaptación al ejercicio 2016 en cuanto a las fechas de devengo, el cálculo de los intereses y los cambios normativos recogidos en la Ley General de Presupuestos de Canarias, en la que se introduce el Artículo 24 ter al Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto Legislativo 1/2009, de 21 de abril, con efectos desde el día 1 de enero de 2016: Artículo 24 ter.- Bonificación de la cuota por parentesco. Los sujetos pasivos incluidos en los grupos I y II de los previstos en el artículo 20.2.a) de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, aplicarán una bonificación del 99,9 por 100 de la cuota tributaria derivada de las adquisiciones "mortis causa" y de cantidades percibidas por los beneficiarios de seguros sobre la vida que se acumulen al resto de bienes y derechos que integran la porción hereditaria del beneficiario. Versiones 1.1.6E14 / 1.1.4E13 / 1.1.2E12-2S 28/04/2015 Modificaciones realizadas en las versiones correspondientes al segundo semestre de 2012, 2013 y 2014: - Aplica el 95% en la reducción de participaciones sociales al cónyuge e hijos. Versión 1.1.7 Ejercicio 2015 02/01/2015 Adaptación al ejercicio 2015 en cuanto a las fechas de devengo y el Versión 1.1.5 Ejercicio 2014 03/02/2014

Cambio de CCC por Código IBAN. A partir del 1 de febrero de 2014, se obliga a identificar las cuentas corrientes con el número de identificación internacional para las cuentas bancarias, normalizado por el Comité Europeo de Normalización Básica, para facilitar las operaciones internacionales, garantizando la exactitud de los datos y agilizando las transacciones. Formato IBAN - Código del país: 2 caracteres que identifican el país (ISO 3166). En el caso de España, ES - Dígitos de control: 2 Dígitos de control del IBAN. Código cuenta cliente: 20 Dígitos que identifican la entidad, la oficina, dígitos de control y el número de cuenta. Para su representación, las iniciales IBAN seguidas de un espacio y a continuación todos los caracteres alfanuméricos del IBAN, en grupos de 4 caracteres separados entre sí por un espacio. Versión 1.1.4 Ejercicio 2014 30/12/2013 Adaptación al ejercicio 2014 en cuanto a las fechas de devengo y el Versión 1.1.3E13 /1.1.1E12-2S 30/12/2013 Se han eliminado los parentescos Descendiente consanguíneo o asimilado y Adoptados. Se han añadido los parentescos Hijos y Adoptados y Resto de descendientes. Se han adaptado todas las reducciones a los nuevos parentescos siguiendo la normativa de la ley de medidas de 2012. Versión 1.1.2E13/ 1.1.0E12-2S / 1.0.6E12 / 1.0.4E11 1.0.3E10 / 1.0.2E09 / 1.0.1E08 12/03/2013

Los cambios fundamentalmente están ocasionados por la finalización de la Encomienda de la Oficinas Liquidadoras y algún error que se había reportado: - Se eliminan del desplegable Administración Tributaria, las Oficinas Liquidadora y se actualizan los textos de ayuda. - Se corrige el error que se producía cuando en el reparto se escoge como titulo sucesorio LEGADO y concepto de adquisición nuda propiedad, usufructo o Derecho real de uso o habitación para un bien con valor 0. - Se corrige el error de incompatibilidad entre el PA Modelo 660 versión 2008 y el programa Administrador para declaraciones anteriores a noviembre de 2008. Versión 1.1.1 28/12/2012 Adaptación al ejercicio 2013 en cuanto a las fechas de devengo y el Versiones 1.1.0 / 1.0.6 / 1.0.4 / 1.0.3 18/10/2012 - Generación de nube de puntos cuando la relación de bienes tiene mas de 99 elementos. - En el reparto de los bienes según título sucesorio, no permite marcar el legado del derecho de uso como legado a quien tambien es heredero. Versión 1.1.0 24/07/2012 Versión que corresponde a devengos producidos a partir del 1 de julio de 2012, de acuerdo con lo establecido en la Ley 4/2012, de 25 de junio, de medidas administrativas y fiscales. Versión 1.0.6 06/07/2012

Motivado por la entrada en vigor de la LEY 4/2012, de 25 de junio, de medidas administrativas y fiscales, publicada en el BOC 26/06/2012, se desarrolla esta versión del Programa de Ayuda para aquellas autoliquidaciones devengadas antes del 1 de julio de 2012, fecha de la entrada en vigor de la citada ley. Versión 1.0.5 01/01/2012 - Adaptación al ejercicio 2012 en cuanto a las fechas de devengo y el Versión 1.0.4 03/01/2011 - Adaptación al ejercicio 2011 en cuanto a las fechas de devengo y el Versión 1.0.3 01/01/2010 - Adaptación al ejercicio 2010 en cuanto a las fechas de devengo y el Versión 1.0.2 18/08/2009 - Actualización de la tabla de notarios, para ello es necesario instalar la nueva versión del Programa Administrador. - Actualización del capítulo Normativa básica de la Ayuda, referenciando el cambio de tipo de interés que entró en vigor el 01/04/2009. - Actualización de la tabla de Administraciones Tributarias. - No se está aplicando en algunos casos la Normativa Canaria en la reducción por vivienda habitual. - En las cabeceras de página del modelo 650, en lugar de figurar el NIF y nombre del causante aparecen los datos de los herederos.

- No se puede grabar una declaración 660 con 34 herederos y 11 inmuebles. El programa se bloquea y hace que se reinice el equipo con lo que pierde todo lo capturado con anterioridad. Versión 1.0.1 05/01/2009 - Adaptación al ejercicio 2009 en cuanto a las fechas de devengo y el - Actualización de la tabla de oficinas para incluir la Oficina Tributaria La Palma y Oficina Tributaria Gran Canaria Norte. - Adaptación a la LEY 6/2008, de 23 de diciembre, de medidas tributarias incentivadoras de la actividad económica, publicada el miércoles 31 de diciembre (BOC Nº 261). Versión 1.0.0 28/11/2008 Versión inicial del programa de ayuda de los modelos 660 y 650, Declaración y Autoliquidación de Sucesiones respectivamente, según Orden de la Dirección General de Tributos de 13 de Febrero de 2008, por la que se aprueban los modelos para la presentación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, publicada en el BOC nº 54/2008, de 14 de marzo, con las adaptaciones establecidas en la Resolución de la Dirección General de Tributos de 13 de Octubre de 2008, publicada en el BOC nº 218/2008, de 30 de octubre.