GACETA TRIBUTARIA 004-2006



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En qué momento se deben entregar los certificados de retenciones del Impuesto a la Renta?

Transcripción:

Certificados de Rentas y Retenciones del Pago del Impuesto a la Renta Por rentas de 2da, 4ta y 5ta categoría, por dividendos y cualquier otra forma de distribución de utilidades y por rentas pagadas a no domiciliados Análisis La regulación de los certificados de retención responde al cumplimiento de la obligación prevista en el artículo 45º del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, el cual dispone que los agentes de retención de rentas de segunda, cuarta y quinta categoría, se encuentran en la obligación de entregar a los perceptores de dichas rentas un certificado de rentas y retenciones, en el que se deje constancia de, entre otros conceptos, el importe abonado y el impuesto retenido correspondiente al ejercicio anterior. Dicha obligación, inclusive resulta exigible tratándose de retenciones practicadas a no domiciliados, cuando éstos lo soliciten para efectos distintos a las obligaciones que deben advertirse cuando se retiren del país. Mediante la Resolución de Superintendencia Nº 010-2006 se aprobaron las normas sobre Certificados de Rentas y Retenciones a que se refiere el artículo 45º del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta. Los certificados en mención deberán ser emitidos hasta el 1º de marzo del presente año, de lo contrario la SUNAT podrá imponer una multa equivalente al 40% de la UIT por la comisión de la infracción tipificada en el numeral 26 del artículo 177º del Código Tributario. CERTIFICADO DE RETENCIÓN DE 2º, 4º y 5º CATEGORÍAS Los agentes de retención de rentas de 2º, 4º y 5º categorías, tienen la obligación de entregar antes del 1ro de marzo de cada año a los contribuyentes domiciliados perceptores de dichas rentas, un certificado de rentas y retenciones en el que se deje constancia, entre otros, del importe abonado y del impuesto retenido correspondiente al ejercicio anterior. La norma materia de análisis establece una serie de requisitos que el certificado de retenciones debe cumplir. Sobre el particular, encontrará en el ANEXO I, II y III del presente informe un modelo de certificado de retención de rentas de 2º, 4º y 5º categorías adecuado a lo establecido por el dispositivo legal.

Tratándose de rentas de quinta categoría, cuando el contrato de trabajo se extinga antes de finalizado el ejercicio, el empleador extenderá de inmediato, por duplicado, el certificado de rentas y retenciones, por el periodo trabajado en el año calendario. La copia de este certificado será entregada por el trabajador al nuevo empleador. En el certificado de rentas y retenciones por rentas de segunda categoría no se incluirán las rentas a que se refieren los incisos h) e i) del artículo 24 de la Ley (dividendos y otras formas de participación de utilidades y atribución de rentas provenientes de fondos mutuos, de inversión, fideicomisos que no provengan del desarrollo o ejecución de un negocio o empresa). La norma exige que en el certificado que se emita, se indiquen las rentas que se hubieran puesto a disposición del contribuyente, de acuerdo al ejercicio en que se hubieran devengado. Dicha información será de importancia tomando en cuenta la modificación introducida por la Ley Nº 28655 vigente a partir del 1º de enero del 2006, donde se establece que, las retenciónes de rentas de 2º,4º o 5º categorías deberán efectuarse en el momento que éstas se paguen, y no en el momento en que éstas se devenguen. En tal sentido, deberá consignarse la siguiente información: a. El importe de la renta bruta de segunda, cuarta o quinta categoría devengada en el ejercicio y que no hubiera sido puesta a disposición del contribuyente en dicho ejercicio; indicando el importe de la retención pagada al fisco. b. El importe del crédito contra el Impuesto del ejercicio a que tiene derecho el contribuyente por las retenciones efectuadas. Dicho importe no incluirá las retenciones efectuadas sobre rentas devengadas que no hubiesen sido puestas a disposición del contribuyente ni la retención efectuada sobre los dividendos y cualquier otra forma de distribución de utilidades. CERTIFICADO DE RETENCIONES POR DIVIDENDOS Y CUALQUIER OTRA FORMA DE DISTRIBUCION DE UTILIDADES Deberán emitir este certificado, los agentes de retención del impuesto que pongan a disposición o acuerden la distribución de dividendos y cualquier otra forma de distribución de utilidades que constituyan rentas de segunda categoría El certificado deberá contener el importe de los dividendos o cualquier otra forma de distribución de utilidades sobre las que el agente de retención hubiera tenido la obligación de efectuar la retención y además, el importe de las retenciones efectuadas.

En el citado certificado no deberán incluirse los importes correspondientes a remuneraciones percibidas que sean consideradas dividendos al exceder el valor de mercado de remuneraciones, de conformidad con lo previsto en el segundo párrafo de los incisos n) y ñ) del artículo 37 de la Ley. CERTIFICADO DE RETENCIONES PAGADAS A NO DOMICILIADOS Los agentes de retención que paguen o acrediten rentas a no domiciliados, deberán emitir y entregar este certificado de rentas y retenciones cuando éste lo solicite [1]. El certificado debe comprender, además de los datos de identificación generales, lo siguiente: - Fecha de emisión y período por el que se emite - Descripción de la actividad generadora de renta - Importe de la renta bruta acreditada al contribuyente, consignándose por separado el importe correspondiente a cada categoría de renta así como a dividendos o cualquier otra forma de distribución de utilidades. - Tasa de la retención. - Importe de las retenciones del Impuesto efectuadas sobre cada una de las rentas y categoría de renta que se abona. - De existir Convenio para evitar Doble Imposición, señalar el convenio, el País y la cláusula que se aplica. Adicionalmente a lo señalado en el punto anterior, se deberá considerar lo siguiente: a. En el caso de las rentas a que se refiere el segundo párrafo del artículo 76 de la Ley, se consignará el importe de la renta registrada contablemente como gasto o costo en el ejercicio por el que se emite el certificado. b. Tratándose de las sociedades de gestión colectiva a que se refiere el artículo 77 -A de la Ley, se considerarán las rentas que hubieran sido puestas a disposición de dichas sociedades en el ejercicio, aunque no hayan sido cobradas por sus representados. Excepcionalmente, cuando no sea posible

identificar al perceptor de la renta y siempre que dicha situación se encuentre debidamente acreditada, la renta correspondiente se considerará recién en el ejercicio en que se identifique al perceptor. La norma materia de análisis establece una serie de requisitos que el certificado de retenciones debe cumplir. Sobre el particular, encontrará en el ANEXO IV del presente informe un modelo de certificado de retención de rentas de Primera/Segunda/Tercera/Cuarta/Quinta categoría, pagadas a contribuyentes no domiciliados en el país, adecuado a lo establecido por el dispositivo legal. OBLIGACIÓN DE CONSERVAR LOS CERTIFICADOS DE RETENCIÓN El último párrafo del artículo 2º de la precitada resolución establece que los contribuyentes perceptores de las rentas de segunda, cuarta y quinta categoría, deberán conservar el certificado durante el plazo de prescripción correspondiente al ejercicio al que se refiere el documento. Lo anterior responde a la obligación contemplada en el numeral 7 del artículo 87º del Código Tributario, el cual establece que constituye obligación de los administrados, conservar toda documentación y/o información que constituyan hechos susceptibles de generar obligaciones tributarias o que estén relacionados con ellas, mientras el tributo no esté prescrito. Se puede afirmar, que dicha exigencia no resultaría aplicable a los no domiciliados, en la medida que se encuentran fuera del ámbito fiscalizador del ente recaudador. INFORMACIÓN ADICIONAL Para todos los certificados cuyas características establece la norma en comentario, se observan y exigen requisitos mínimos a cumplirse. Ello significaría que no existiría limitación legal alguna relacionada a que los agentes de retención pudieran consignar mayor información o información con mayor detalle respecto a la renta abonada e impuesto retenido, respetándose la información mínima legalmente exigible. Cabe señalar que mientras mayor sea la información o los datos que se pudieran consignar en los referidos certificados, se evitarían cuestionamientos por parte de la SUNAT a los mismos, con lo cual no sólo se beneficiaría el contribuyente sino también, se facilitaría de una mejor manera la labor de la SUNAT.

ANEXO I CERTIFICADO DE RENTAS Y RETENCIONES POR RENTAS DE QUINTA CATEGORÍA Ejercicio Gravable 2005 El señor..., con RUC Nº 1[2]..., con domicilio fiscal en2[3]...ha prestado sus servicios en virtud del Contrato de Trabajo suscrito con nuestra empresa durante los meses de enero a diciembre del ejercicio 2005 ocupando el cargo de., y percibiendo por concepto de pago de planilla una remuneración ascendente (renta bruta) a S/...., que según lo establecido por el artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por Decreto Supremo N 179-2004-EF, constituye Renta de Quinta Categoría. Así, en virtud al artículo 75 del referido cuerpo normativo, hemos procedido a efectuar la retención del Impuesto a la Renta de Quinta Categoría durante el ejercicio 2005 por un importe ascendente a S/..... Asimismo, y en cumplimiento de lo establecido por la Disposición Única de la Res. Sup. 010-2006-SUNAT, se certifica que la totalidad de renta generada materia de retención por la que se emite el presente certificado, se ha devengado y ha sido puesta a disposición del empleado en el ejercicio 2005. En tal sentido, se certifica que el importe que ha sido puesto a disposición del fisco y que constituye crédito contra el Impuesto del ejercicio a que tiene derecho el empleado por las retenciones efectuadas en virtud del contrato de trabajo suscrito con nuestra empresa, asciende a S/......, de del 2006 Firma y nombre del representante legal acreditado en el RUC Nº de DNI 1[2] De no encontrarse obligado a tener RUC ingresar el Documento de Identidad 2[3] En caso de no encontrarse obligado a tener RUC señalar el domicilio real.

ANEXO II CERTIFICADO DE RENTAS Y RETENCIONES POR RENTAS DE CUARTA CATEGORÍA Ejercicio Gravable 2005 El señor..., con RUC Nº 3[4]..., con domicilio fiscal en4[5]...ha prestado a nuestra empresa sus servicios profesionales consistentes en.. durante los meses de del ejercicio 2005, percibiendo como contraprestación una renta bruta ascendente a S/...., que según lo establecido por el artículo 33º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por Decreto Supremo N 179-2004-EF, constituye Renta de Cuarta Categoría. Así, en virtud al artículo 74 del referido cuerpo normativo, hemos procedido a efectuar la retención del Impuesto a la Renta de Cuarta Categoría durante el ejercicio 2005 por un importe total ascendente a S/.... Asimismo, y en cumplimiento de lo establecido por la Disposición Única de la Res. Sup. 010-2006-SUNAT, se certifica que la totalidad de renta generada materia de retención por la que se emite el presente certificado, se ha devengado y ha sido puesta a disposición del empleado en el ejercicio 2005. En tal sentido, se certifica que el importe que ha sido puesto a disposición del fisco y que constituye crédito contra el Impuesto del ejercicio a que tiene derecho el prestador del servicio por las retenciones efectuadas por nuestra empresa asciende a S/..., de del 2006 Firma y nombre del representante legal acreditado en el RUC Nº de DNI 3[4] De no encontrarse obligado a tener RUC ingresar el Documento de Identidad 4[5] En caso de no encontrarse obligado a tener RUC señalar el domicilio real.

ANEXO III CERTIFICADO DE RENTAS Y RETENCIONES POR RENTAS DE SEGUNDA CATEGORÍA Ejercicio Gravable 2005 Fecha de emisión: / /..:... (Apellidos y nombres o Razón Social de la empresa), con RUC Nº..., domiciliado en... (Domicilio Fiscal). debidamente representado por (Nombres y apellidos del representante legal) con DNI. Nº CERTIFICA Por la presente se certifica que el Sr. (Srta.)... con RUC Nº, Domicilio Fiscal en. ha percibido rentas brutas S/... (.nuevos soles), por concepto de.. correspondientes a rentas de segunda categoría, habiéndose retenido sobre el referido monto el importe de S/.. por concepto de Impuesto a la Renta..., de del 2006 Firma del agente de Retención o Representante legal

ANEXO IV CERTIFICADO DE RENTAS Y RETENCIONES POR RENTAS DE PRIMERA/SEGUNDA/TERCERA/CUARTA/QUINTA CATEGORÍA PAGADAS A CONTRIBUYENTES NO DOMICILIADOS Ejercicio Gravable 2005 Fecha de emisión: / /..:... (Apellidos y nombres o Denominación o razón social de la empresa), con RUC Nº..., domiciliado en... (Domicilio Fiscal). debidamente representado por (Nombres y apellidos del representante legal) con DNI. Nº CERTIFICA Por la presente se certifica que el Sr. (Srta.)... (Nombres y apellidos, denominación o razón social), con (Tipo y número de documento) Nº, quien realizó (descripción de la actividad que generó la renta)... percibiendo por rentas brutas S/... (.nuevos soles), habiéndose retenido sobre el referido monto el importe de S/.. por concepto de Impuesto a la Renta. Cabe señalar que la operación realizada en el presente caso se encuentra bajo los alcances del Convenio con el país de acuerdo a lo establecido en la cláusula (De existir Convenio para evitar Doble Imposición, señalar el Convenio, país y la cláusula que se le aplica)..., de del 2006 Firma del agente de Retención o Representante legal (Acreditado en el RUC)