REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO DE LA ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS

Documentos relacionados
REGLAMENTO DE ASAMBLEA DE ACCIONISTAS CORREDORES DAVIVIENDA S.A. COMISIONISTA DE BOLSA

REGLAMENTO DE ASAMBLEA DE ACCIONISTAS CORREDORES DAVIVIENDA S.A. COMISIONISTA DE BOLSA

GUIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS INVERSIONISTAS Versión Sep./2008

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO LA MESA DEL COMERCIO DE LA CIUDAD DE PALENCIA.

CREDIFAMILIA COMPAÑÍA DE FINANCIAMIENTO S.A. REGLAMENTO DE LA ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS

CAPITULO VI DE LA INSPECCION Y VIGILANCIA

2- REBIUN, como órgano de asesoramiento y trabajo de la CRUE, tiene como objetivos:

Información relevante de que trata el Art del Decreto 2555 de 2010

REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO DE LA ASAMBLEA DE ACCIONISTAS DEL BANCO AV VILLAS S.A.

REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE ADMINISTRACION DEL RIESGO DE LIQUIDEZ

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA DEL INSTITUTO ITALIANO ENRICO FERMI

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DE LA COMISIÓN DE FORMACIÓN DEL PAS TITULO I DEFINICIÓN Y FUNCIONES

ACUERDO No. 006 CONSIDERANDO: 1. Que por Vigésima Séptima (27) vez, el Fondo realizará la Asamblea General por Delegados.

REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO DE LA ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS GRUPO AVAL ACCIONES Y VALORES S.A.

ELECCIÓN DEL PRESIDENTE Y DEL SECRETARIO DEL CONSEJO DIRECTIVO

REGLAMENTO INTERNO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS, POLÍTICAS Y SOCIALES

DIARIO OFICIAL Decretos DECRETO NUMERO 1395 DE 2002 (julio 8)

Tabla de contenido REGLAMENTO DE LA ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS DE RCI COLOMBIA S.A. ANEXO 1 1. CONSTITUCIÓN PRESIDENCIA...

TÍTULO DEL DOCUMENTO: REGLAMENTO ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS DE LEASING CORFICOLOMBIANA. VERSIÓN: 1 PÁGINA: 1 de 5 1. OBJETIVO...

PRE-ACUERDO DE SOCIOS PARA EMPRENDER UN NUEVO PROYECTO WEB -> EMPRESA. BORRADOR

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS DE BANCÓLDEX

MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE BIENES MUEBLES DE TALLERES GRÁFICOS DE MÉXICO

Manual Comité de Auditoría

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DE LA COMISIÓN DE GARANTÍA INTERNA DE LA CALIDAD DE TÍTULO DE GRADO EN LOGOPEDIA

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO FEDERAL DE LA DEFENSA PÚBLICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DE LA COMISIÓN DE GARANTÍA INTERNA DE LA CALIDAD DE TÍTULO DE GRADO EN NUTRICIÓN HUMANA Y DIETÉTICA

ACTA DE REFORMA ESTATUTOS. ACTA No. 2

Consulta de Encuesta Codigo País

PROCEDIMIENTO DE INFORMACION, CONSULTA Y PARTICIPACION DE LOS TRABAJADORES EN MATERIA DE PREVENCION DE RIESGOS LABORALES

Reglamento de la Comisión Mixta de Auditoria

Artículo 1º.-Ambito de aplicación: El presente Reglamento regula las. funciones y atribuciones de los Presidentes Ejecutivos de las Juntas

GUIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS ACCIONISTAS DE EDICIONES GAMMA S.A.

ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS DE CORFICOLOMBIANA S.A. REGLAMENTO

1. OBJETIVOS 2. FINES

REGLAMENTO DE LA ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS DE LA EMPRESA COLOMBIANA DE PRODUCTOS VETERINARIOS VECOL S.A.

REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO DE LA JUNTA DIRECTIVA GRUPO AVAL ACCIONES Y VALORES S.A.

SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO

CÓDIGO DE BUEN GOBIERNO DE GRUPO NUTRESA S.A.

ANDRÉS GAITÁN ROZO 2016

REGLAMENTO COMITÉ DE AUDITORÍA Y FINANZAS GRUPO DE INVERSIONES SURAMERICANA S.A. PREÁMBULO

REGLAMENTO DE ASAMBLEA

CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS GUÍA PARA LA REUNIÓN ORDINARIA DEL 17 DE MARZO DE 2011

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE POLITICAS DEL JUEGO. CAPITULO III De los órganos del Consejo de Políticas del Juego.

Í N D I C E PRESENTACIÓN... 2 OBJETIVO... 3 BASE LEGAL... 4 GLOSARIO... 5 FUNCIONES DEL COMITÉ... 6 INTEGRACIÓN DEL COMITÉ... 7

Principios Generales de Organización. Capítulo I Naturaleza del Foro. Artículo 1

Estatutos de la Escuela Primaria Thoreau, Inc.

RESUMEN CIRCULAR UNICA DE EMISORAS

OFICINA DEL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DE MARGARITA NORMAS DE LA COMISIÓN ELECTORAL DE LA UNIVERSIDAD DE MARGARITA

MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL DECRETO NUMERO AGO 2005

ESTATUTOS CAPITULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO: Artículo 3. La existencia de esta asociación tiene como fines:

REGLAMENTO INTERNO DE LA ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS DE PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA S.A. - PISA

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE EMPRESA PDI LABORAL

ESTATUTOS SOCIALES DE: CARTERA ALHAMAR, SICAV, S.A.

REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISIÓN MIXTA DE AUDITORÍA

REFORMA PARCIAL DE ESTATUTOS SOCIALES

MANDATO COMITÉ DE COMUNICACIÓN Y CONTROL DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN (TAMBIEN CONOCIDO COMO COMITÉ DE PREVENCIÓN DE LAVADO DE DINERO)

REGLAMENTO. Nombre: La Organización Matemática Estudiantil de Gestión Académica será reconocida con el nombre de OMEGA.

La Sociedad Anónima o S.A. Escrito por Leegal Lunes, 17 de Octubre de :01

Normas de funcionamiento de ARANZADI. Iruñea denon artean [Propuesta provisional]

LIBRO II.- NORMAS GENERALES PARA LAS INSTITUCIONES DEL SISTEMA DE SEGUROS PRIVADOS

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA JUNTA DIRECTIVA DE BANCÓLDEX

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD DEL AYUNTAMIENTO DE BENICASIM

LA SOCIEDAD ANÓNIMA.

LO QUE DEBEN SABER LAS ORGANIZACIONES POLÍTICAS SOBRE FINANCIACIÓN

RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DE LA SECCIÓN DE MEDICINA, ENFERMERÍA Y FISIOTERAPIA.

REFORMA ESTATUTOS SOCIALES

Funcionamiento de la Asamblea General de Accionistas y Junta Directiva de Grupo Aval S.A.

RESUMEN DEL ACTA No. 64 REUNIÓN ORDINARIA DE LA ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS 14 DE MARZO DE 2012

REGLAMENTO MUNICIPAL REGULADOR DEL RÉGIMEN INTERNO Y DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE CIUDAD

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL COMITÉ DE ADMINISTRACION DEL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE

CERTIFICACIÓN NÚMERO

PROCEDIMIENTO PARA LA EMISIÓN DE VOTO Y OTORGAMIENTO DE REPRESENTACIÓN DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS POR MEDIOS DE COMUNICACIÓN A DISTANCIA

Reglamento de Participación Ciudadana del Municipio. Reglamento de Participación Ciudadana del Municipio

PALMERAL ACTIVOS SOCIEDAD DE

PROPUESTA APROBADA EN SESIÓN DE JUNTA DIRECTIVA DEL 17 DE MARZO DE 2017 REGLAMENTO INTERNO DE JUNTAS GENERALES DE ACCIONISTAS DE INRETAIL PERÚ CORP.

BORRADOR DE REGLAMENTO DE LA MESA DE GERENTES DE LA CONFERENCIA DE RECTORES DE LAS UNIVERSIDADES ESPAÑOLAS

DECRETO 938 DE 1995 (junio 2) Diario Oficial , del 2 de junio de 1995

REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE EVALUACIÓN Y Y COMPENSACIÓN (CHARTER)

REGLAMENTO DEL TRIBUNAL ELECTORAL ASEUNED. Actúa como órgano jurisdiccional en este campo y sus fallos son inapelables.

MANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN DE INTERÉS

REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES

8.REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA MESA DE NEGOCIACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA GENERAL

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL

MODELO PARA LA INSCRIPCIÓN DE EPSAL Código: OT-R Fecha: 2016/01/04 Versión: 010

COMISION FISCAL DEL COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DE QUERETARO. 1

CON PROYECTO DE DECRETO, POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES

REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE VIGILANCIA DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES

Alpina Productos Alimenticios S.A. comunica las decisiones adoptadas en la Asamblea Extraordinaria de Accionistas celebrada el 12 de febrero de 2015

ACTA CONSTITUTIVA DEL CONSEJO ESCOLAR DE PARTICIPACIÓN SOCIAL PERIODO

Colegio Alemán de Valencia (vigente a partir del curso 2012/13) 1. DENOMINACIÓN Y DOMICILIO pág OBJETIVO Y FINALIDAD DE LA ASOCIACIÓN pág.

Reglamento Interno Asamblea de Accionistas Emtelco S.A.S.

LA SOCIEDAD ANÓNIMA EUROPEA

REGLAMENTO INTERNO ASAMBLEA DE ACCIONISTAS EMTELCO S.A.S.

REGLAMENTO DE COMITÉ DE CONTROL SOCIAL FONDO DE EMPLEADOS DE QUÍMICA BASICA COLOMBIANA FEQUIBA

COLEGIO DE GRADUADOS EN CIENCIAS ECONOMICAS DE SANTA FE COMISION DE JOVENES PROFESIONALES REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO

MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL DECRETO 115 O. "Por el cual se reglamentan los artículos 5 y 7 de la Ley 1124 de 2007"

Transcripción:

REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO DE LA ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS El presente reglamento es de cumplimiento obligatorio para cuando se llevan a cabo sesiones ya sean ordinarias o extraordinarias de la Asamblea General de Accionistas, quien es el órgano supremo de gobierno de ALMAGRARIO S.A. y constituye el principal mecanismo presencial para el suministro de información a los accionistas. Este reglamento rige desde la convocatoria a la Asamblea hasta el desarrollo y finalización de la misma. A continuación se detallan las medidas a adoptar: 1. Composición: La Asamblea está compuesta por todos los tenedores de acciones de Almagrario o de quien los represente. 2. Las reuniones serán presididas por el Presidente de la Junta Directiva o por el Vicepresidente de la misma, o en su defecto por un accionista designado por los socios. 3. Reuniones: a. Ordinarias: Se efectuarán una vez al año a más tardar el 31 de marzo, y su objeto será examinar las cuentas y balances al corte de diciembre del año inmediatamente anterior. Resolver sobre distribución de utilidades y formación de reservas. Designar los funcionarios cuya elección le corresponda. Asegurar el cumplimiento del objeto social a través de políticas. Si no fuere convocada se reunirá por derecho propio el primer día hábil del mes de abril a las 10:00 am, en las oficinas del domicilio principal de ALMAGRARIO S.A. Los administradores permitirán el derecho de inspección a los accionistas o a su representante, durante los quince (15) días hábiles anteriores a la reunión. b. Extraordinarias: se efectuarán cuando lo exijan las necesidades imprevistas y urgentes de la Sociedad, por convocatoria de la Junta Directiva, del Presidente o del Revisor Fiscal. El Superintendente Financiera de Colombia podrá ordenar la convocatoria de la Asamblea a reuniones extraordinarias o hacerla directamente en los siguientes casos: i. Cuando no se hubiere reunido en las oportunidades señaladas por la Ley o los Estatutos. ii. Cuando se hubieren cometido irregularidades graves en la Administración que deban ser conocidas o subsanadas por la Asamblea. iii. Por la solicitud de un número plural de Accionistas que representen no menos del 50% de las Acciones suscritas. La orden de convocar la Asamblea será cumplida por el Presidente o el Revisor Fiscal. 4. Convocatoria:La Asamblea tendrá lugar y hora de acuerdo a lo aprobado por la Junta Directiva. La convocatoria será con anticipación no menor de quince (15) días hábiles y será comunicada por escrito a los Accionistas. Si la Junta Directiva no hiciere la convocatoria, dicha Asamblea podrá reunirse por derecho propio el primer día hábil del mes de abril u octubre, según se trate, en el domicilio principal de ALMAGRARIO S.A. a las 10:00 a.m. En la citación o en el aviso se insertará el orden del día, lo anterior para que la Asamblea tome decisiones razonadas y pueda conocer con la mayor exactitud posible, los temas a tratar, sin que se obstaculice el derecho para proponer temas adicionales, y también debe tener una secuencia lógica de temas, si algunos tienen conexidad entre sí este hecho deberá ser advertido. La citación personal se hará a través de la página Web de ALMAGRARIO donde se adjuntarán los archivos de los informes que se estudiarán en la Asamblea, la convocatoria también se efectuará mediante aviso que se publicará en un diario de circulación en el domicilio principal del Almacén

La orden de convocar la Asamblea será cumplida por el Presidente o el Revisor Fiscal. Solamente si son incluidos dentro de la convocatoria, se podrán estudiar asuntos como: cambio de objeto social, renuncia al derecho de preferencia en la suscripción, cambio de domicilio social, disolución anticipada y segregación. Parágrafo. En las reuniones en las que haya que aprobarse balances de fin de ejercicio la convocatoria se hará con quince (15) días hábiles de anticipación anexando los estados financieros a analizar; para las demás reuniones bastará con una antelación de cinco (5) días comunes. No se contabilizan ni el día de la convocatoria ni el día de la Asamblea. De acuerdo a la disponibilidad de la información deberá incluirse dentro de la convocatoria la propuesta de los candidatos a integrar la Junta Directiva, el plazo de los accionistas para entregarla debe ser dentro del término de la convocatoria. En el acta de la sesión se dejará constancia de la convocatoria. No obstante todo lo anterior, en forma ordinaria y extraordinaria podrá reunirse sin previa citación o aviso, y en cualquier sitio, cuando estuvieren representadas la totalidad de las Acciones suscritas. 5. Limitaciones de la Asamblea Extraordinaria: La Asamblea Extraordinaria no podrá tomar decisiones sobre los temas no incluidos en el orden del día publicado. Pero por decisión del 70% de las acciones representadas podrá remover a los administradores y funcionarios cuya designación le corresponda. 6. Quórum. La Asamblea deliberará con un número plural de socios que representen, por lo menos, la mitad más una de las acciones suscritas. Las decisiones se tomarán por la mayoría de votos presentes, a menos que la Ley o estos Estatutos requieran para determinados actos un quórum inferior. Falta de Quórum. Si se convoca la Asamblea y ésta no se lleva a cabo por falta de quórum se citará a una reunión que sesionará y decidirá válidamente con un número plural de personas, cualquiera que sea la cantidad de Acciones que esté representada. La nueva reunión deberá efectuarse no antes de los diez (10) días ni después de los treinta (30), contados a partir de la fecha fijada para la primera reunión. Cuando la Asamblea se reúna en sesión ordinaria por derecho propio, el primer día hábil del mes de abril, también podrá deliberar y decidir válidamente en los términos del presente artículo. Sin embargo, las reformas estatutarias y la creación de acciones privilegiadas requerirán siempre para su aprobación el Quórum previsto en los Estatutos. 7. Reglas o Decisiones de la Asamblea. Para las decisiones de la Asamblea General de Accionistas se observarán las siguientes reglas:

El Presidente de la Asamblea será la persona que da la palabra a los asambleístas y podrá interrumpir cuando considere que se está faltando al respeto a otro asistente. Los miembros de la Asamblea manejarán la reunión dentro de términos respetuosos, permitiendo que las exposiciones se efectúen dentro de términos prudenciales, con el fin de agilizar la misma y que se puedan evacuar los temas incluidos. Cuando el capital estatal exceda del 50% del capital social, a los accionistas que sean de derecho público no se les aplicará la restricción del voto de que trata el Artículo 466 del Código de Comercio. Cuando la Ley o los Estatutos exijan para la aprobación de ciertos actos determinada mayoría de acciones suscritas, se requerirá que la decisión obtenga la mayoría de votos, previa restricción consagrada en el ordinal anterior, si hubiese lugar y que en esa mayoría esté representado un número de acciones suscritas no inferior al exigido. El trato para los accionistas debe ser igualitario, incluidos los accionistas minoritarios, que son aquellos que no tienen capacidad de controlar directa o indirectamente a la sociedad y que no están vinculados al accionista controlante. Los accionistas pueden ejercer el derecho de inspección, para verificar y analizar los libros con el alcance y dentro del plazo establecido para la convocatoria de la Asamblea. El derecho de los accionistas, según el cual podrán suscribir preferencialmente en toda nueva emisión de acciones una cantidad proporcional a las que poseen en la fecha de aprobación de este Reglamento. Se informará el plazo para suscribir, que será de 20 días contados desde la fecha de la oferta. Para las decisiones diferentes a distribución de utilidades o cambios que no afecten a la entidad deberá contarse con el 50% más uno de los accionistas. Los miembros principales que conforman la Junta Directiva que participan con voz y voto son propuestos por la Asamblea General de Accionistas y elegidos a través del sistema de cuociente electoral. Los miembros suplentes se aprueban junto con el principal y tendrá voz y voto en ausencia del miembro principal. Los accionistas tendrán una participación significativa en ALMAGRARIO S.A. cuando sea igual o superior al 25% de las acciones. Para la aprobación de distribución de utilidades, determinada emisión de acciones ordinarias sin derecho de preferencia, es necesario contar con una mayoría especial del 70% de los accionistas. El capital de la empresa podrá ser aumentado una o varias veces, por determinación de la Asamblea General Para las operaciones relevantes que se realicen con vinculados económicos, esto es, cuando se trate de situaciones en que los directores, gerentes, administradores o liquidadores de ALMAGRARIO S.A. y sus cónyuges o sus parientes hasta el segundo grado de consaguinidad o afinidad o cuando una persona sea beneficiario real de más

del 10% de las acciones de la sociedad, deben ser aprobadas por la Asamblea General de Accionistas, no requerirán de la misma cuando: a) Se trata de operaciones del giro ordinario de ALMAGRARIO S.A. y b) Operaciones que se realicen a tarifas fijadas con carácter general por quien actúe como suministrador del bien o servicio del que se trate. Los accionistas podrán encargar a su costo y bajo su responsabilidad, auditorias especializadas del mismo, sobre asuntos en particular, cuando existan razones fundadas para considerar que existen situaciones anómalas en su funcionamiento, o que la información contenida en sus estados financieros no es razonable, o que se les ha ocultado información relevante para sus decisiones de inversión, que ALMAGRARIO S.A. estaba obligado a proporcionarles. La oportunidad y el procedimiento para la realización de estas auditorias, deberán ser previamente convenidas con la administración de ALMAGRARIO S.A., siendo entendido que no se podrá realizar simultáneamente más de una auditoria especializada de las que trata este capítulo. El representante legal de ALMAGRARIO S.A. velará por el cumplimiento de los estatutos y de las normas y disposiciones de la Asamblea General y de la Junta Directiva. Obligaciones de los accionistas: o No revelarán la información de ALMAGRARIO S.A. a personas que no pertenecen a él o que perteneciendo, no tengan autorización para conocerla. o No utilizarán la información privilegiada a que han tenido acceso, en provecho propio o de terceras personas. o No utilizarán la información en perjuicio de terceros. o Mantendrán la reserva a que obliga el sector financiero. o Suministrarán la información que sea requerida por las entidades de vigilancia y control. o Brindarán la información que no es de carácter privilegiado en forma exacta y oportuna. o Suministrarán, sólo en la medida de lo necesario la información entre dependencias dentro de ALMAGRARIO S.A. o Obrarán con discreción. 8. Actas. Lo ocurrido en las reuniones de la Asamblea hará constar en el libro de actas foliado y registrado por la Cámara de Comercio del domicilio social. Estas se firmarán por el Presidente de la Asamblea, el Secretario o quien hiciere sus veces, o en su defecto el Revisor Fiscal. Las actas se encabezarán con un número y expresarán cuando menos el lugar, la hora y fecha de la reunión, el número de acciones suscritas, la forma y antelación de la convocatoria, la lista de los asistentes, con la indicación del número de acciones propias o ajenas que represente, los asuntos tratados, las decisiones adoptadas y el número de votos emitidos a favor, en contra o en blanco, las constancias escritas presentadas por los asistentes durante la reunión, las designaciones efectuadas y la fecha y hora de su clausura. Para los accionistas que no puedan asistir a la Asamblea, y que puedan tener conocimiento de lo que en ella acontece, se dispondrá de cuentas de correo por el Messenger para cada uno de ellos, como mecanismo para informar lo que está sucediendo en la Asamblea.

9. Representantes. Cuando un Accionista quiera hacerse representar por otro, ya sea en las elecciones o en las reuniones de la Asamblea General de Accionistas, deberá dirigir una carta al Presidente de la Sociedad en la que manifieste su voluntad en tal sentido. Los apoderados y representantes legales también podrán representar a sus poderdantes o representados. Los poderes para hacerse representar en una reunión de la Asamblea General de Accionistas comprenden las diferentes sesiones a que diere lugar dicha Asamblea. 10. Funciones de la Asamblea General de Accionistas. Corresponde a la Asamblea General de Accionistas ejercer las funciones que por su naturaleza y de acuerdo con la Ley le competen, y en forma especial las siguientes: (a) (b) (c) (d) (e) (f) (g) (h) (i) (j) (k) (l) Estudiar y aprobar la reforma de los Estatutos. Examinar y aprobar o improbar los balances de fin de ejercicio y las cuentas que deben rendir los Administradores. Disponer las utilidades sociales conforme a los Estatutos y las Leyes. Elegir en su reunión ordinaria los miembros principales y suplentes de la Junta Directiva, con facultad para removerlos libremente, señalándoles los honorarios o asignaciones correspondientes. Considerar los informes de la Junta Directiva y del Presidente sobre el estado de los negocios sociales y el informe del Revisor Fiscal. Constituir las reservas ocasionales que deban hacerse además de las legales y estatutarias. Ordenar las acciones que correspondan contra los Administradores, Funcionarios y Directivos o el Revisor Fiscal. Elegir y remover libremente al Revisor Fiscal y su Suplente señalándole la remuneración respectiva, así mismo autorizar la planta básica de Revisoría Fiscal. Disponer que determinada emisión de Acciones ordinarias sea colocada sin sujeción al derecho de preferencia para lo cual se requerirá el voto favorable de no menos del 70% de las Acciones presentes en la reunión. Decretar la disolución anticipada y prorrogar el término de la existencia de la Sociedad. Adoptar en general todas las medidas que reclamen el cumplimiento de los Estatutos y el interés común de la Sociedad y de los Accionistas. Dictar reglas para la liquidación de la Sociedad, nombrar sus liquidadores y señalarles su remuneración. (m) Delegar en la Junta Directiva las facultades que no son privativas de ella y expedir su propio reglamento. (n) Aprobar los aumentos de capital de la Sociedad, de acuerdo con el Artículo 161 Inciso 2º del Código de Comercio, con el voto del 70% de las Acciones representadas. Aprobación Reglamento: Este Reglamento debe ser aprobado por la Asamblea General de Accionistas, se implementará por primera vez este reglamento, el mismo estará a disposición de los accionistas, con la suficiente antelación a la celebración de la Asamblea, donde será aprobado y el mismo será de obligatorio cumplimiento.