ACTA DE FINIQUITO Srta. Natalia Gualsaqui Periodo de pago de Abril 2007 a 15 de Julio del 2009 En la ciudad de Otavalo a los 15 días del mes de Julio del año 2009 ante el Inspector de Trabajo comparecen de manera libre y voluntaria, la Cooperativa de Ahorro y Crédito Huayco Pungo, debidamente representada por la Ing. Jessica Alexandra Torres Higuera y por otra parte, la Srta. Natalia Gualsaqui Gualsaqui como ex - trabajadora con el objeto de suscribir la presente acta de finiquito que contiene esta y las siguientes cláusulas. PRIMERA: Las partes convienen en dar por terminado el contrato de trabajo por renuncia voluntaria del trabajador, su ingreso relativo fue en Abril del 2007 durante el tiempo de su labor ha recibido los sueldos y rubros relativos al décimo tercer sueldo, décimo cuarto sueldo y demás derechos de la Ley consagrados en el código de trabajo. SEGUNDA: Se procede a realizar la liquidación de los rubros correspondientes a la Srta. Natalia Gualsaqui Gualsaqui en presencia de esta autoridad, la misma que da los rubros que siguen: Décimo Tercer sueldo $ 248.14 Décimo Cuarto sueldo $ 201.44 Vacaciones $ 261.68 Total beneficio $ 711.26 DESCUENTOS $ 30.00 ANTICIPO SUELDO $ 220.15 CANCELACION CONVENIO UCACSUR $112.00 Total Descuentos $ 362.15 Total a Pagar $ 349.11 Valor Total (TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON 11/100 DOLARES AMERICANOS) que la Cooperativa de Ahorro y Crédito Huayco Pungo, entrega a la Srta. Natalia Gualsaqui Gualsaqui el pago en cheque a favor de la ex - funcionaria cantidad que recibe de su ex Empleadora en conformidad que le ha cancelado absolutamente todos los derechos provenientes de la relación laboral entre las partes y
que por lo mismo nada tiene que reclamar en lo futuro a su ex Empleadora ni a sus representantes. Agradece la confianza que se le brindó en su trabajo y declara que durante la relación laboral no ha adquirido enfermedad profesional ni accidente de trabajo alguno. TERCERA: Los celebrantes convienen en dar a la presente el valor y carácter de sentencia ejecutada basada en autoridad de cosa juzgada, inamovible y de última instancia. Leída que les fue a los comparecientes se firman y ratifican en todos y cada una de las cláusulas y declaraciones de este documento y firman en unidad de acta con el Inspector de Trabajo que certifica. Ing. Jessica Torres Higuera Srta. Maria Natalia Gualsaqui Gualsaqui GERENTE GENERAL CI: 100283951-0 INSPECTOR DE TRABAJO
ACTA DE FINIQUITO Srta. Nelson Joel Chávez Montalvo Periodo de pago de Noviembre 2006 a 30 de Junio de 2009 En la ciudad de Otavalo a los 30 días del mes de Junio del año 2009 ante el Inspector de Trabajo comparecen de manera libre y voluntaria, la Cooperativa de Ahorro y Crédito Huayco Pungo Ltda, debidamente representada por la Ing. Jessica Torres Higuera y por otra parte, el Sr. Nelson Chávez Montalvo como ex - trabajador con el objeto de suscribir la presente acta de finiquito que contiene esta y las siguientes cláusulas. PRIMERA: Las partes convienen en dar por terminado el contrato de trabajo por renuncia voluntaria del trabajador, su ingreso relativo fue en Noviembre del 2006 durante el tiempo de su labor ha recibido los sueldos y rubros relativos al décimo tercer sueldo, décimo cuarto sueldo y demás derechos de la Ley consagrados en el código de trabajo. SEGUNDA: Se procede a realizar la liquidación de los rubros correspondientes al Sr. Nelson Chávez Montalvo en presencia de esta autoridad, la misma que da los rubros que siguen: Décimo Tercer sueldo $227.88 Décimo Cuarto sueldo $192.35 Vacaciones $129.55 Total beneficio $ 549.78 Abono Obligacion Financiera $549.78 con la Cooperativa Total a Pagar $ 0.00 Valor Total (CERO DOLARES AMERICANOS) que la Cooperativa de Ahorro y Crédito Huayco Pungo, entrega al Sr. Nelson Chávez de acuerdo a los beneficios y
obligaciones del ex - funcionario cantidad que recibe de su ex Empleador en conformidad que le ha cancelado absolutamente todos los derechos provenientes de la relación laboral entre las partes y que por lo mismo nada tiene que reclamar en lo futuro a su ex Empleador ni a sus representantes. Agradece la confianza que se le brindó en su trabajo y declara que durante la relación laboral no ha adquirido enfermedad profesional ni accidente de trabajo alguno. TERCERA: Los celebrantes convienen en dar a la presente el valor y carácter de sentencia ejecutada basada en autoridad de cosa juzgada, inamovible y de última instancia. Leída que les fue a los comparecientes se firman y ratifican en todos y cada una de las cláusulas y declaraciones de este documento y firman en unidad de acta con el Inspector de Trabajo que certifica. Ing. Jessica Torres Sr. Nelson Joel Chávez Montalvo GERENTE GENERAL CI: 100263665-0 INSPECTOR DE TRABAJO
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