REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DONACIONES



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Transcripción:

Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DONACIONES Fecha de Actualización Lic. Jaime Maverick Molina Blancas ELABORÓ Lic. Jorge Otilio Hernández Calderón AUTORIZÓ

Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia CONTENIDO I. INTRODUCCIÓN... 1 II. ANTECEDENTES... 2 III. MARCO LEGAL... 3 IV. DEFINICIONES... 4 V. OBJETIVO DEL PROGRAMA Objetivos Generales... 6 Objetivos Específicos... 7 VI. POBLACIÓN OBJETIVO Y COBERTURA... 8 VII. CARACTERÍSTICAS DE LOS APOYOS Tipos de apoyo... 12 Montos de apoyo.... 12 VIII. BENEFICIARIOS DE LOS APOYOS Criterios de elegibilidad... 12 Requisitos... 12 Derechos y obligaciones de los beneficiarios... 12

1 De 9 I. INTRODUCCIÓN El Sistema Estatal DIF Puebla tiene como objetivo principal fomentar acciones encaminadas a la protección y apoyo de los grupos más vulnerables en el Estado, lo cual es una labor ardua que requiere de propósitos que delimiten responsabilidades, por lo que se han elaborado manuales de procedimiento y reglas de operación como instrumento administrativo para el mejor funcionamiento y coordinación de actividades teniendo como base principal la asistencia social. Con base en el articulo 4 de la Ley de Asistencia Social que a la par menciona: tienen derecho a la asistencia social los individuos y familias que por sus condiciones físicas, mentales, jurídicas, o sociales, requieran de servicios especializados para su protección y su plena integración al bienestar. El Sistema Estatal DIF ha procurado implementar medidas para atender a la gente que solicite a esta instancia y su debida representación en las 21 Delegaciones Regionales, alguno de los insumos con los que se pueda beneficiar según sea el caso y la disponibilidad. II. ANTECEDENTES El sistema de donaciones del SEDIF, no es algo que solo le competa al departamento de Enlace y Gestión, si no que se encuentra separado para atender las peticiones de la sociedad que se acerca tanto en área medica, alimentaria, y/o atención a la población en condiciones de emergencia; siendo esta ultima en la que se asiste a la sociedad que asi lo requiera debido a una situación de tipo antropogénico o natural. Para lo cual se podrán dar colaboraciones con otros organismo como son Protección Civil del Estado y Municipios, SEDENA, SEDESO, etc. Quienes en conjunto auxiliaremos a la población afectada en alguna de las situaciones descritas con anterioridad y recientemente en colaboración con estas mismas instancias ante la reactividad volcánica del volcán Popocatepelt.

2 de 12 III. MARCO LEGAL Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Ley General de Salud. Ley General de Protección Civil. Ley de Asistencia Social. Manual de Organización y operación del Sistema Nacional de Protección civil. Manual Operativo APCE del SNDIF. Guía para la Solicitud de apoyos del SNDIF. Constitución Política del Estado de Puebla. Manual de Organización del Sistema Estatal de Protección civil. Reglamento interior del Sistema DIF Estatal Puebla. Manual de Organización de la Dirección de Delegaciones. Manual de Procedimientos del Programa de Donaciones del Sistema DIF Estatal Puebla.

4 de 12 IV. DEFINICIONES Para efectos de este formato se entenderá por: Agente perturbador. Son fenómenos naturales (geológicos a hidrometeorológicos) o de origen humano (ecológicos, químicos, sanitarios y socio-organizativos) que pueden afectar a un ecosistema y transformar su estado normal en un estado de daño que puede llegar al grado de desastre hasta cambiar su dinámica. Antropogénico. Que es de origen humano, que es producido por el hombre. APCE. Siglas del programa Atención a Población en Condiciones de Emergencia. Comprobación. Confirmación o prueba de la existencia, veracidad o exactitud de una cosa. Contingencia. Posibilidad de que una cosa suceda o no suceda / Cosa que puede suceder o no, especialmente un problema que se plantea de manera no prevista. Damnificado. Persona que ha padecido un daño como consecuencia de una tragedia colectiva. Donativo. Entrega voluntaria de algo, sobre todo con fines benéficos. Petición. Es aquel derecho que tiene toda persona individual o jurídica, grupo, organización o asociación para solicitar o reclamar ante las autoridades competentes - normalmente los gobiernos o entidades públicas- por razones de interés publico ya sea individual, general o colectivo. Recuperación. Proceso orientado a la reconstrucción y mejoramiento del sistema afectado (población y entorno), así como a la reducción del riesgo de ocurrencia y la magnitud de los desastres futuros. Riesgo. Entendido como la probabilidad de sufrir pérdidas o la aparición de daños sociales, ambientales y económicos, en un lugar dado y durante un tiempo de exposición determinado. El riesgo es el resultado de una o varias amenazas (probabilidad de ocurrencia del fenómeno) y del grado de vulnerabilidad (cantidad/cualidad de efectos o consecuencias). SEDIF. Siglas del Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia.

6 de 12 V. OBJETIVOS DEL PROGRAMA Objetivo General. Dar apoyos a la población que este en desamparo, en extrema pobreza o en situación de vulnerabilidad así como a la población en general por contingencias, desastres o emergencias; coadyuvando al desarrollo individual, familiar y comunitario. Objetivos específicos. a) Proporcionar a las Delegaciones Regionales los insumos a cargo del Sistema Estatal DIF, para la atención y ayuda de grupos vulnerables, en extrema pobreza o en casos de desastres naturales o antropogénicos. b) Proporcionar a las Delegaciones Regionales, y demás áreas o instancias que lo soliciten, los obsequios (varios) y que sean solicitados en las fechas que este Organismo considere como festivas para brindar un presente a niños, mujeres, adultos mayores c) Proporcionar apoyos económicos o materiales de acuerdo a la disponibilidad del organismo a población, grupos o comunidades vulnerables y/o de extrema pobreza para la atención de necesidades básicas.

8 de 12 VI. POBLACIÓN OBJETIVO Y COBERTURA. Población Objetivo. Toda aquella que se encuentre dentro del margen que establece el articulo 4 de la Ley de Asistencia Social, y requiera alguno de los insumos con los que el SEDIF cuente directamente y que se encuentre en mención en el Manual de Procedimientos del Programa de Donaciones de este Departamento en su apartado 3 de las Políticas de Operación. Cobertura. Aplicable en los 217 municipios que conforman el Estado de Puebla, en donde participen conjuntamente las Delegaciones Regionales y los Sistemas DIF Municipales. VII. CARACTERÍSTICAS DE LOS APOYOS Tipo de apoyo. El SEDIF contribuirá con los siguientes artículos: - Atención a Población en Condiciones de Emergencia (APCE). Cobertores, colchonetas y botellas de agua, laminas de cartón. - Apoyos económicos (manutención, requerimientos asistencial, traslados, promoción de actividades recreativas y deportivas, otros que se estimen necesarios) - Apoyos especiales (dia de reyes, Abril mes de la niñez poblana) Para la entrega de apoyos se aplicará el Manual de Procedimientos de Donaciones a cargo del Departamento de Enlace y Gestión, adscrito a la Dirección de Delegaciones. Montos de apoyo. Se hará acreedor a uno de los donativos ya descritos de acuerdo a las necesidades y condiciones en que sea presentado y autorizado su petición. VIII. BENEFICIARIOS DE LOS APOYOS. Criterios de Elegibilidad. Ser objeto de asistencia social como lo marca el Artículo 4 de la Ley de Asistencia Social. Requisitos. - Presentar dos testigos (cada persona con copia de identificación). - Copia de identificación del beneficiario.

8 de 12 Derechos y Obligaciones de los Beneficiarios. Derechos. Los que marque el Artículo 4 de la Ley de Asistencia Social. Obligaciones de los Beneficiarios. El correcto uso y aplicación, así como comprobación del bien recibido según lo maneje el Manual de Donaciones del Departamento de Enlace y Gestión. V.I ESTRATEGIAS OPERATIVAS Como parte del Programa Donaciones; se establecen las estrategias operativas a continuación: 1. Los beneficiarios de las donaciones deberán ser las personas a las que se refiere el articulo 4 de la Ley sobre el Sistema Estatal de Asistencia Social. Si el beneficiario es menor de edad, será el padre o tutor quien firme el recibo de donación. 2. Con fundamento en el articulo 17 fracción VI de la Ley sobre el Sistema Estatal de Asistencia Social, el Director General podrá autorizar donativos a instituciones y sociedad civil cuyo fin sea la prestación de servicios de Asistencia Social. 3. Todos los donativos incluyendo los etiquetados por Ramo 33 y DIF Nacional seguirán el mismo tramite. 4. Con fundamento en el articulo 19 sobre la Ley sobre el Sistema Estatal de Asistencia Social, el Director General tendrá la facultad discrecional para que en situaciones de contingencia, desastre o como medida preventiva ante emergencias, otorgue los donativos correspondientes por lo que en este caso, la autoridad firmara el recibo de donación en representación de los beneficiarios. 5. La Dirección Administrativa, será la responsable de adquirir el articulo, producto o equipo a donar. 6. Los recibos de donaciones serán emitidos por el Departamento de Enlace y Gestión. Este documento da certeza de los apoyos otorgados para beneficio de los grupos vulnerables, por lo que se anotara en forma clara y precisa la cantidad de piezas otorgadas. 7. En los casos en que los beneficiarios de los donativos no cuenten con los testigos para la firma del recibo de donación, cualquier persona con identificación oficial podrá hacerlo. 8. Tramitar el Registro Único de Donaciones (RUD) para ser plasmado en el recibo de donación.

11 de 12 Los solicitantes de donativos pueden o no ser derechohabientes de seguridad social por lo que el apoyo solicitado será valorado con relación al estudio socioeconómico correspondiente. Los programas que manejen el Área Alimentaría y Médica, no aplican en el Programa de Donaciones, en virtud de que éstos cuentan con reglamentación y procedimientos propios. Los folios de los recibos de donación generados, corresponderán al número que haya sido otorgado por este Departamento al momento de ser aprobados. VII. CARACTERÍSTICAS DE LOS APOYOS Tipo de apoyo. El SEDIF contribuirá con los siguientes artículos sujetos a disponibilidad: - Cobertores. - Colchonetas. - Laminas acanaladas. - Botellas de agua. Para la entrega de apoyos del DIF Estatal, se aplicará el Manual de Procedimientos de Donaciones a cargo del Departamento de Enlace y Gestión, adscrito a la Dirección de Delegaciones. Montos de apoyo. Según valoración emitida por la Dirección General. VIII. BENEFICIARIOS DE LOS APOYOS. Criterios de Elegibilidad. Ser objeto de asistencia social como lo marca el Artículo 4 de la Ley de Asistencia Social. Requisitos. - Presentar dos testigos (cada persona con copia de identificación). - Copia de identificación del beneficiario. - Solicitud por escrito dirigida al Director General del Sistema DIF Estatal. Derechos y Obligaciones de los Beneficiarios. a) Derechos. Los que marque el Artículo 4 de la Ley de Asistencia Social. b) Obligaciones de los Beneficiarios. El correcto uso y aplicación, así como comprobación del bien recibido según lo maneje el Manual de Donaciones del Departamento de Enlace y Gestión.