BASES PARA LA SELECCIÓN DE BENEFICIARIOS/AS DENTRO DE LOS CONTRATOS DE TRABAJO EN PRÁCTICAS



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Transcripción:

BASES PARA LA SELECCIÓN DE BENEFICIARIOS/AS DENTRO DE LOS CONTRATOS DE TRABAJO EN PRÁCTICAS 2015-2016 RÁCTICAS 2015-2016 1. OBJETO El objeto de las presentes bases es regular el proceso de selección para la contratación durante un año a jornada completa y mediante contrato en prácticas de dos personas desempleadas por parte de este Ayuntamiento para la actualización del inventario municipal y la creación de una bolsa de empleo tras el proceso de selección inicial con los trabajadores que, habiendo superado la fase de concurso-oposición, no han obtenido suficiente puntuación para acceder al puesto de trabajo. 2. PERFIL DE LOS PUESTOS OFERTADOS 1 puesto para un/a Grado en Derecho, y un puesto para un/a Arquitecto/a Superior 3. MODALIDAD DE LOS CONTRATOS Contrato en prácticas 4. PUBLICIDAD A los efectos de su difusión a través de Trabajastur, se remitirá oferta de empleo a la Oficina del Servicio Público de Empleo de Navia, al objeto de su publicación. Las convocatorias para la presentación de solicitudes, así como las listas provisionales y definitivas de personas candidatas deberán ser publicadas en la web del Ayuntamiento y en el tablón de anuncios municipal. 5. REQUISITOS GENERALES - Tener la nacionalidad española o ser nacional de otros estados en los términos previstos en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (art. 57) y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, reguladora de los Derechos y Libertades de los extranjeros en España y su integración social que establece en su artículo 10.2 que, los extranjeros podrán acceder como personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas de acuerdo a los principios de igualdad, mérito, 1

capacidad y publicidad. A tal efecto podrán presentarse a las ofertas de empleo que convoque la Administración Pública. - Tener menos de 30 años. - Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales de los puestos convocados y por tanto no padecer enfermedad ni estar afectado/a por limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con el desempeño de la función a desarrollar. -No hallarse incurso/a en causa de incompatibilidad con arreglo a la legislación vigente, ni haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas. - Estar en posesión de titulación equivalente o superior a la exigida en estas bases. 6. REQUISITOS ESPECÍFICOS Los/as jóvenes desempleados, contratados en prácticas, además de cumplir los requisitos exigidos para este tipo de contratos según la normativa vigente, deberán cumplir a fecha de inicio del contrato subvencionado los siguientes requisitos: Titulación Requerida: Para el puesto de GRADO EN DERECHO: - Grado en derecho o equivalente de acuerdo con las leyes reguladoras del sistema educativo vigente. Para el puesto de ARQUITECTO - Título de Arquitecto superior o equivalente de acuerdo con las leyes reguladoras del sistema educativo vigente. o Quedan excluidas de la presente convocatoria aquellas personas que hubieran tenido una relación laboral con el Ayuntamiento de Navia formalizada al amparo de las siguientes líneas de subvención: Convocatoria 2013 de concesión de subvenciones con destino a Entidades Locales del Principado de Asturias en materias del ámbito competencial del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias línea 3: Apoyo a la contratación laboral de jóvenes participantes en programas de Prácticas no laborales con compromiso de contratación (convocatoria aprobada por resolución del Servicio Público de Empleo de 22 de mayo de 2013, BOPA 27/05/2013). 2

Convocatoria 2014 de concesión de subvenciones a ayuntamientos del Principado de Asturias para las prácticas no laborales con compromiso de contratación de jóvenes desempleados (convocatoria aprobada por resolución del Servicio Público de Empleo de 22 de octubre de 2014, BOPA de 27 de octubre). Para los trabajadores con discapacidad, tener un grado de discapacidad igual o superior al 33% reconocido como tal por el organismo competente, o pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, o pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad. 7. LUGAR, PLAZO Y DOCUMENTACIÓN PARA PRESENTAR LAS SOLICITUDES La solicitud, en modelo normalizado, se presentará en el Registro General del Ayuntamiento acompañada de la siguiente documentación antes de las 13:30 horas del día 23 de octubre: 1. Original y copia del DNI, pasaporte o permiso de residencia en vigor. 2. Original y copia de la titulación requerida para las diferentes plazas. 8. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR A LA FIRMA DEL CONTRATO 1. Certificación de inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil. 2. Informe de vida laboral actualizado a fecha de formalización del contrato o, en su defecto, autorización de la persona contratada a la Administración del Principado de Asturias para que pueda consulta ante la Tesorería General de la Seguridad Social el informe de vida laboral de la persona contratada, así como la acreditación del carácter subvencionado de su contrato (según Anexo I). 3. Informe de periodos de inscripción en desempleo. 4. Declaración responsable: a. De no padecer enfermedad o defecto físico que le impida el desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo (Anexo II). b. De no haber sido separado mediante expediente administrativo disciplinario del servicio de las administraciones públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme (Anexo II). c. Cumplimiento de los requisitos específicos (anexo II). b. Orden de protección dictada a favor de la víctima. 9. ADMISIÓN Y EXCLUSIÓN DE LOS ASPIRANTES 3

Se entenderán admitidos al proceso selectivo aquellos aspirantes que cumplan los requisitos establecidos en las bases cuarta y quinta. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará una lista de personas inscritas. El plazo de subsanación, si ésta fuera posible, será de tres días hábiles. Transcurrido ese plazo sin efectuarla, se tendrá a la persona interesada por desistida de su petición. Finalizado el plazo de subsanación se publicará la lista de las personas admitidas para la realización de la prueba o pruebas indicándose el día, hora y lugar de celebración de la misma. 10. PROCESO SELECTIVO 1. Formación complementaria: Puntuación máx. 5 puntos. i. Por realización de cursos de postgrado y/o Master relacionadas con las funciones a desarrollar: 3 puntos por cada titulación de postgrado o master. ii. Formación complementaria: encaminada a mejorar la empleabilidad en general del beneficiario. Máx. 2 punto 1. Cursos entre 25 y 50 horas: 0.50 puntos/curso 2. Cursos entre 51 y 100 horas: 0.75 puntos/curso 3. Cursos de más de 100 horas: 1.00 punto/curso 2. Realización de una prueba práctica relacionada con las funciones a desempeñar en el puesto: máx 10 puntos En caso de empate el tribunal puede decidir entre realizar una prueba teórica o práctica entre esos candidatos/as. 11. TRIBUNAL DE SELECCIÓN A efectos de seleccionar al beneficiario/a se constituirá un Tribunal de Selección formado de la siguiente manera: Presidente: Empleado municipal que trabaje en el área objeto de contratación Vocales: Cuatro técnicos/as municipales designados por el Alcalde y que al menos uno trabaje en el área objeto de 4

contratación, de los cuales dos se nombrarán previa consulta y oídos los sindicatos firmantes del AEAPA. Secretario/a: el secretario del Ayuntamiento o empleado público en quien delegue. Podrán designarse suplentes que actuarán, en su caso, en sustitución de los titulares. Para la válida constitución del Tribunal será necesaria la asistencia del Presidente y del Secretario/a y la mitad, al menos, de sus miembros titulares o suplentes. Los acuerdos de este tribunal sólo podrán ser impugnados por los interesados en los supuestos y en la forma establecida en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El Tribunal continuará constituido hasta tanto se resuelvan las reclamaciones planteadas o las dudas que pueda suscitar el procedimiento selectivo. Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando juzguen que concurren en ellos alguna o varias de las circunstancias señaladas en la precedente base, siguiéndose para ello el procedimiento establecido en el artículo 29 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las decisiones del tribunal vinculan a la Administración Municipal, aunque ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en los artículos 102 y siguientes de la Ley de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común, en cuyo caso habrán de practicarse de nuevo las pruebas o trámites afectados por las irregularidades. 12. CONTRATACIÓN El/la aspirante seleccionado/a dispondrá de un plazo de 3 días para presentar la documentación que acredite cualquier extremo que haya sido tenido en cuenta en la valoración y no aportado, así como para presentar la documentación necesaria para formalizar la práctica no laboral. En el caso de no ser presentado en tiempo y forma será sustituido/a por el/la aspirante que haya obtenido la siguiente mayor puntuación. Con los aspirantes no seleccionados/as se constituirá una Bolsa de Empleo atendiendo al orden de la puntuación obtenida, con el objeto de realizar 5

sustituciones de los trabajadores contratados que causen baja durante la vigencia del Convenio. 13. SUSTITUCIONES En el caso de que un trabajador seleccionado causara baja, la elección del sustituto recaerá sobre el siguiente aspirante de la bolsa de empleo constituida tras cada proceso de selección inicial siempre que cumpla con los requisitos establecidos. En el supuesto de que ésta se hubiera agotado, este ayuntamiento realizaría un nuevo proceso selectivo. 14. RECURSOS La Convocatoria, sus Bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma podrán ser impugnados por los interesados. Asimismo podrán ser objeto de impugnación, las resoluciones y los actos de trámite, si estos deciden directa o indirectamente el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, los interesados podrán interponer, ante el órgano competente de la Entidad Local, los recursos de alzada y potestativo de revisión que cabría fundar en cualquiera de los motivos de nulidad y/o anulabilidad previstos en los artículos 62 y 63 de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común. 15. COFINANCIACIÓN Las contrataciones realizadas al amparo de las presentes bases reguladoras son objeto de cofinanciación por el Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias y por la Iniciativa de Empleo Juvenil (100%) y el Fondo Social Europeo (85%) para el periodo 2014-2020 en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil 2014-2020 (2014ES05M9OP001). 6

ANEXO I D./Dña. trabajador/a del Ayuntamiento de y en relación con la subvención con destino a la celebración de Contratos en prácticas 2015-2016, AUTORIZA a la Administración del Principado de Asturias para que recabe a través de la plataforma de intermediación de datos de las Administraciones Públicas o a través de otros sistemas que se establezcan, la consulta de la vida laboral del trabajador a la Tesorería General de la Seguridad Social. DECLARA RESPONSABLEMENTE que: - Conoce que su contrato esta cofinanciado por el Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias y por la Iniciativa de Empleo Juvenil (100%) y el Fondo Social Europeo (85%) para el periodo 2014-2020 en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil 2014-2020 (2014ES05M9OP001). - Asume el compromiso de facilitar la información precisa para elaborar los indicadores de ejecución y resultados recogidos en el Anexo I del Reglamento (UE) No 1304/2013. En, a de de 2015 Fdo.: (trabajador/a) 7

ANEXO II D. /Dña. D.N.I. / y en relación con la subvención con destino a la celebración de Contratos en prácticas 2015-2016 DECLARA RESPONSABLEMENTE que cumple todos los requisitos exigidos por la normativa aplicable a la convocatoria 2015-2016 de concesión de subvenciones a los ayuntamientos del Principado de Asturias en materias del ámbito competencial del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias en la línea de actuación de los contratos en prácticas. Así mismo, formula también DECLARACIÓN RESPONSABLE relativa a los siguientes extremos: a. De no padecer enfermedad o defecto físico que le impida el desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo. b. De no haber sido separado mediante expediente administrativo disciplinario del servicio de las administraciones públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme. AUTORIZA AL ayuntamiento de Navia a comprobar por los medios que se estime oportuno, el cumplimiento requisitos exigidos por la normativa aplicable a la convocatoria 2015-2016 de concesión de subvenciones a los ayuntamientos del Principado de Asturias en materias del ámbito competencial del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias en la línea de actuación de los contratos en prácticas durante e proceso selectivo y en el momento de la formalización del contrato. En, a de de 201 Fdo.: 8

El contribuyente acepta que los datos personales aportados en el momento de su registro, o cualquier otro facilitado al AYUNTAMIENTO DE NAVIA, sean incorporados a ficheros titularidad de esta entidad local. El AYUNTAMIENTO DE NAVIA se compromete al cumplimiento de su obligación de secreto de los datos de carácter personal y de su deber de tratarlos con confidencialidad, y asume, evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y demás legislación aplicable. Cualquier contribuyente registrado puede en cualquier momento ejercer el derecho a acceder, rectificar y, en su caso, cancelar sus datos de carácter personal suministrados, mediante petición escrita dirigida a AYUNTAMIENTO DE NAVIA, (Oficinas Generales), calle Real, 6 33710 Navia, España. 9