REGLAMENTO ESPECÍFICO PARA LA ACREDITACIÓN DE TERCEROS EN LA EJECUCIÓN DEL DESEMBARCO, TRANSPORTE, TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN FINAL DE BASURA ORGÁNICA DE NAVES ENERO 2009 SAG
CONSIDERACIONES PREVIAS Líneas de crucero insertan a Chile en sus rutas turísticas. Una nave de pasajeros puede transportar entre 5 a 10 Ton. de basura orgánica. En 1994 Chile ratifica el MARPOL excepto el Anexo V, que se refiere a la contaminación del mar por las basuras generadas en los buques (MARPOL 73/78 Convenio Internacional para prevenir la contaminación por los buques ). Interés del Gobierno de Chile por ratificar el Anexo V del MARPOL. Interés privado por la rentabilidad positiva de ofrecer el servicio de descarga y tratamiento de basura orgánica. Demanda internacional por minimizar el vertimiento de desechos en el mar y disminuir la contaminación de los océanos. 2
NORMAS LEGALES APLICABLES D.L. N 3.557 de 1981, sobre Protección Agrícola. D.F.L RR.AA. N 16 de 1963, sobre Sanidad Animal. Res. Ex. N 5582 del SAG, publicada en el Diario el 24 de Octubre de 2005, que aprueba el Reglamento específico para acreditar a terceros en la ejecución del desembarco, transporte, tratamiento y disposición final de basuras orgánicas de naves que proceden del extranjero o desde puertos nacionales ubicados en áreas bajo cuarentena interna. 3
REGLAMENTO Definiciones de: basura orgánica, desembarque, transporte, tratamiento y disposición final, entre otros. Establece requisitos y obligaciones del tercero acreditado. Establece como tratamientos: La incineración. La esterilización por autoclave. La disposición final en relleno sanitario. Regula el transporte desde el puerto a la planta de tratamiento. Exige Planes de Contingencia, aprobados por la autoridad competente. 4
DEFINICIONES Y CONDICIONES Basura orgánica: todo desecho de origen vegetal y animal destinado a ser eliminado. Incluye desechos de origen inorgánico producidos del normal funcionamiento de las naves y que hayan tenido contacto con productos de origen vegetal y/o animal. Desembarque: es el vaciado de la basura orgánica desde los recipientes de la nave a contenedores herméticos, para luego proceder al traslado de estos desde el puerto a la planta de tratamiento. Tratamiento: proceso de desactivación biológica que puede producirse por incineración o esterilización, cumpliendo los requisitos del reglamento específico. Disposición final: traslado de la cenizas o masa esterilizada desde la planta al relleno sanitario. 5
INCINERACIÓN Deben ser incineradores industriales de un volumen no menor a 9 m3. Deben poseer sistema de purificación de gases, de doble cámara y que la cámara primaria opere por sobre los 850 C. Deben contar con instrumental debidamente calibrado para lecturas de temperaturas y sistemas de registros automáticos. La calibración de sensores de temperatura se debe realizar cada 6 meses, en laboratorios autorizados. Poseer un Plan de mantención. Pueden tener alimentación manual o mecánica. 6
ESTERILIZACIÓN Autoclave, cuyo proceso implique la desactivación biológica de la masa, por medio de la utilización de calor seco o vapor caliente a una temperatura constante en el centro de la masa de 133 C, por período mínimo de 60 minutos, a 3 bares de presión absoluta. Deben poseer registrador automático de eventos que señale fecha y hora de inicio del proceso, temperatura alcanzada y tiempo por el cual se mantiene la temperatura. Deben ser registros auditables. Termómetros debidamente calibrados. La calibración de sensores se deberá realizar cada 6 meses con laboratorios autorizados. Poseer Plan de mantención. 7
EMPRESAS ACREDITADAS Desde 2005 a la fecha: Servicios Portuarios GTA Ltda. (Incineración y Esterilización). Supply Maritime Services Ltda. (Esterilización). Sociedad Proveedora de Naves Ltda. South Polo Corp. (Esterilización) 8
BASURA INT. DE CFT Y CFA En CFT la eliminación de la basura es por incineración (incineradores de doble cámara, incineradores de una cámara, quemadores y enterramiento). En CFA, el 98 % llega vía AIAMB; se han conducido bajo dos vías: Intercepción a pasajeros/as y tripulantes: licitación pública PROCESAN (incineración y esterilización). Basura de restos de comida de aeronaves: 2 empresas autorizadas para el retiro, transporte, esterilización y disposición final. 9