Comisión Nacional contra las Adicciones DIRECTRICES PARA LA APLICACIÓN DEL ART. 14 DEL CMCT Oficina Nacional para el Control del Tabaco Marzo 18, 2014
Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco Respuesta a la globalización de la epidemia de tabaco. Factores complejos con efectos transfronterizos, incluidas la liberalización del comercio y la inversión extranjera directa. Mercadotecnia mundial; la publicidad, promoción y patrocinio transnacionales del tabaco, y el movimiento internacional de contrabando y falsificación de cigarros, también han contribuido al incremento explosivo en el consumo de tabaco.
Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco Es el primer tratado negociado bajo los auspicios de la Organización Mundial de la Salud. Es un tratado basado en pruebas que reafirma el derecho de todas las personas al máximo nivel de salud posible. Representa un cambio de paradigma en el desarrollo de una estrategia de reglamentación para abordar las sustancias adictivas; a diferencia de tratados previos sobre control de drogas, el CMCT OMS establece la importancia de las estrategias de reducción de la demanda, además de cuestiones relacionadas con el suministro.
Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco La firma del CMCT OMS estuvo abierta del 16 al 22 de junio de 2003 en Ginebra, y posteriormente, en la sede de las Naciones Unidas en Nueva York, el Depositario del tratado, desde el 30 de junio de 2003 hasta el 29 de junio de 2004. Cuenta con 168 Signatarios, lo que lo convierte en el tratado más ampliamente aceptado en la historia de las Naciones Unidas. Entró en vigor el 27 de febrero de 2005, 90 días después de que 40 Estados se hubieran adherido a él o lo hubieran ratificado, aceptado o aprobado. Firma Ratificación Entrada en vigor México 12/08/2003 28/05/2004 27/02/2005
Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco Reducción de la demanda Artículos 6-14: Precio y medidas fiscales para reducir la demanda de tabaco Medidas distintas de los precios para reducir la demanda de tabaco; o Protección contra la exposición al humo del tabaco; o Reglamentación del contenido de los productos de tabaco; o Reglamentación de la información divulgada por los productos de tabaco; o Empaquetado y etiquetado de los productos de tabaco; o Educación, comunicación, formación y sensibilización pública; o Publicidad, promoción y patrocinio del tabaco; y o Medidas de reducción de la demanda concernientes a la dependencia y cese del tabaco.
Artículo 14 CMCT OMS Medidas de reducción de la demanda relativas a la dependencia y al abandono del tabaco 1. Cada Parte elaborará y difundiraá directrices apropiadas, completas e integradas, basadas en pruebas científicas y en las mejores prácticas, teniendo presentes las circunstancias y prioridades nacionales, y adoptará medidas eficaces para promover el abandono del consumo de tabaco y el tratamiento adecuado de la dependencia del tabaco. 2. Con ese fin, cada Parte procurará lo siguiente: a) idear y aplicar programas eficaces de promoción del abandono del consumo de tabaco en lugares tales como instituciones docentes, unidades de salud, lugares de trabajo y entornos deportivos;
Artículo 14 CMCT OMS b) incorporar el diagnóstico y el tratamiento de la dependencia del tabaco y servicios de asesoramiento sobre el abandono del tabaco en programas, planes y estrategias nacionales de salud y educación, con la participación de profesionales de la salud, trabajadores comunitarios y asistentes sociales, según proceda; c) establecer en los centros de salud y de rehabilitación programas de diagnóstico, asesoramiento, prevención y tratamiento de la dependencia del tabaco; y d) colaborar con otras Partes para facilitar la accesibilidad y asequibilidad de los tratamientos de la dependencia del tabaco, incluidos productos farmacéuticos, de conformidad con el artículo 22. Dichos productos y sus componentes pueden ser medicamentos, productos usados para administrar medicamentos y medios diagnósticos cuando proceda.
Directrices para la aplicación del artículo 14 Directrices sobre medidas de reducción de la demanda relativas a la dependencia y al abandono del tabaco En su cuarta reunión, en noviembre de 2010, la Conferencia de las Partes (COP) adoptó las directrices para la aplicación del artículo 14 del CMCT de la OMS sobre «Medidas de reducción de la demanda relativas a la dependencia y al abandono del tabaco» (decisión FCTC/ COP4(8)).
Directrices para la aplicación del artículo 14 CONSIDERACIONES El tabaco crea una fuerte dependencia Es importante aplicar medidas para tratar la dependencia del tabaco en sinergia con otras medidas de control del tabaco Las estrategias de abandono y tratamiento de la dependencia del tabaco deberán basarse en los mejores datos disponibles demostrativos de su eficacia El tratamiento deberá ser accesible y asequible Las medidas de promoción del abandono del tabaco y de tratamiento de la dependencia del tabaco deberán tener un carácter incluyente El seguimiento y la evaluación son esenciales Colaboración activa con la sociedad civil Protección contra todos los intereses comerciales y otros intereses creados Importancia de compartir las experiencias El papel fundamental de los sistemas de atención de salud
Directrices para la aplicación del artículo 14 CREACIÓN DE UNA INFRAESTRUCTURA DE APOYO PARA EL ABANDONO DEL TABACO Y EL TRATAMIENTO DE LA DEPENDENCIA DEL TABACO Realizar un análisis de la situación nacional Crear un mecanismo de coordinación nacional o, si ya existe, consolidarlo Elaborar y divulgar directrices amplias Abordar el consumo de tabaco entre el personal de salud y otras personas que ayudan a abandonar el consumo Desarrollar la capacidad de formación Utilizar los sistemas y recursos existentes para garantizar el mayor acceso posible a los servicios Instituir el registro obligatorio del consumo de tabaco en las historias clínicas Promover el trabajo en colaboración Establecer una fuente de financiación sostenible para los servicios de ayuda al abandono
Directrices para la aplicación del artículo 14 COMPONENTES CLAVE DE UN SISTEMA PARA AYUDAR A LOS CONSUMIDORES A ABANDONAR EL TABACO Establecer métodos a nivel de la población o Comunicación o Consejo breve o Líneas telefónicas de ayuda al abandono del tabaco Establecer métodos individuales más intensivos Poner medicamentos a disposición Tomar en consideración los datos de investigación más recientes y los enfoques y medios novedosos
Directrices para la aplicación del artículo 14 DESARROLLO DE PROGRAMAS DE AYUDA AL ABANDONO: ENFOQUE PROGRESIVO Medidas para establecer la infraestructura básica y crear un entorno que favorezca los intentos de abandono Integrar el consejo breve en los sistemas de atención de salud existentes Medidas para aumentar la probabilidad de que los intentos de abandono tengan éxito Crear capacidad para prestar apoyo al abandono del tabaco y dispensar tratamiento de la dependencia SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN COOPERACIÓN INTERNACIONAL