Código de Ética. Código de Ética para los Integrantes del SNIEG

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Transcripción:

Código de Ética para los Integrantes del SNIEG 1

Contenido Introducción 3 Estándares de Conducta Observancia y Vigencia 4 5 2

Introducción El segundo párrafo del artículo 7 de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica (Ley) establece que el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) debe expedir un Código de Ética (Código), que regule los estándares de conducta a los que deberá apegarse todo aquel que realice actividades estadísticas y geográficas, incluyendo al propio Instituto. El presente Código toma en cuenta los Principios Fundamentales de las Estadísticas Oficiales de las Naciones Unidas, que fueron avalados por su Asamblea General en la 68ª Sesión, celebrada el 29 de enero de 2014, a los cuales México se ha adherido, formando parte del grupo de los 48 países que promovieron la adopción de dichos Principios. Este Código tiene presente la función fundamental que desempeñan los servidores públicos en la producción de la información estadística y geográfica oficial de alta calidad para el análisis y la adopción de decisiones normativas debidamente fundadas, y se complementa con los Principios y Buenas Prácticas para las Actividades Estadísticas y Geográficas del SNIEG. El Código es congruente con lo previsto en los artículos 7 y 8 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, para salvaguardar los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que rigen el servicio público. La finalidad de los estándares de conducta de este Código de Ética es regular el comportamiento de los servidores públicos que intervienen de manera directa o indirecta en las actividades estadísticas y geográficas. 3

ESTÁNDARES DE CONDUCTA Aprendizaje Hacer propios y compartir a favor de la mejora del servicio público, los conocimientos, habilidades y experiencias adquiridos en el desarrollo de las funciones encomendadas y mantenerse actualizado de forma permanente. Buen uso de la información Utilizar los datos que proporcionan los informantes atendiendo a las disposiciones legales y a los estándares contemplados en el presente Código. Compromiso Actuar con disponibilidad, convicción y espíritu de servicio en la realización de las tareas encomendadas, con un elevado nivel de seriedad y trabajo, para mejorar el desempeño de las actividades estadísticas y geográficas. Confidencialidad Asegurar la privacidad de los informantes, dado que los datos individuales obtenidos de personas físicas o morales, solamente deben ser utilizados para fines estadísticos o geográficos. Cooperación Apoyar a nivel nacional e internacional el desarrollo de las actividades estadísticas y geográficas. Eficiencia Optimizar el uso de los recursos en el desempeño de las tareas asignadas, para contribuir al cumplimiento de los objetivos institucionales Honradez Actuar atendiendo siempre a la verdad y con rectitud en el desarrollo de las actividades estadísticas y geográficas. Igualdad No discriminar a persona alguna, informante o usuario, por su origen étnico, nacionalidad, sexo, edad, discapacidad, salud, condición social y económica, estado civil, lengua, religión, opiniones y preferencias sexuales. Independencia Actuar libre de cualquier tipo de presiones de grupos de interés en la producción y difusión de la información. Legalidad Actuar de acuerdo con el marco regulatorio vigente y cumplir con las funciones y responsabilidades inherentes a las actividades estadísticas y geográficas. Profesionalismo Llevar a cabo las tareas encomendadas con un elevado nivel de confiabilidad y contar con el conocimiento adecuado de la teoría, los datos y los métodos utilizados en cada proceso en el que participe, evitando la orientación de los trabajos hacia resultados predeterminados. 4

Objetividad Asegurar que la información estadística y geográfica refleje la realidad, tan fielmente como sea posible. Rendición de Cuentas Reportar, explicar y justificar el uso de los recursos humanos, financieros y materiales con apego a la normatividad y bajo criterios de racionalidad, en las actividades inherentes al empleo, cargo o comisión y que se destinen para actividades estadísticas y geográficas. Respeto Reconocer y considerar en todo momento los derechos, libertades y cualidades inherentes a la condición humana en los procesos de levantamiento y difusión de la información estadística y geográfica. Responsabilidad Responder por las acciones emprendidas en el ejercicio de las actividades estadísticas y geográficas, cuidando que todas las decisiones y acciones se enfoquen al cumplimiento de los objetivos, proyectos y procesos de generación de información estadística y geográfica, a efecto de resolver y aclarar errores oportunamente. Observancia y Vigencia Todo aquél que, de manera directa o indirecta, realice actividades estadísticas y geográficas, relativas a la Información de Interés Nacional, incluyendo al INEGI, deberá cumplir con los estándares de conducta descritos en el presente Código de Ética, con la finalidad de que la información que generan en estas materias se desarrolle en un marco de valores institucionales. El presente Código de Ética estará vigente a partir de su aprobación por la Junta de Gobierno del INEGI y de que sea publicado en el portal de Internet del Instituto y en el portal del SNIEG. 5