CÓDIGO DE ÉTICA DEL SERVIDOR PÚBLICO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA Decálogo de Valores Éticos

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1 CÓDIGO DE ÉTICA DEL SERVIDOR PÚBLICO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA Decálogo de Valores Éticos 1. BIEN COMÚN 2. INTEGRIDAD 3. RESPONSABILIDAD 4. COMPROMISO 5. LEALTAD 6. HONRADEZ 7. IMPARCIALIDAD 8. JUSTICIA 9. EQUIDAD 10. TOLERANCIA 11. TRANSPARENCIA 12. RENDICIÓN DE CUENTAS 13. PROMOCIÓN CULTURAL Y ARTÍSTICA 14. USO ADECUADO DE LOS BIENES 15. ENTORNO ECOLÓGICO, CULTURAL Y PATRIMONIAL 16. GENEROSIDAD 17. IGUALDAD 18. RESPETO 19. LIDERAZGO 1. BIEN COMÚN. Asumir un compromiso irrenunciable con el bien común, que se refiere al bien de todos, sobre los intereses particulares. Entendiendo que el servicio público es patrimonio de todos los mexicanos y de todas las mexicanas y por tanto procurar, el bien común por encima de los intereses particulares.

2 Este valor define, el interés de los servidores públicos por el bien social y la búsqueda de que la comunidad inmediata en la que conviven, así como la sociedad en general, se vean beneficiadas a partir del trabajo que realizamos. Para actuar en la búsqueda del bien común se requiere: Sentirse parte de la comunidad. Identificarse con ella. Esto implica que todos los servidores públicos se pongan en el lugar de los ciudadanos a quienes sirven, y atender de la mejor manera posible sus necesidades. 2. INTEGRIDAD. Una persona íntegra es la que actúa de acuerdo con sus convicciones, procurando con ello no perjudicar a los demás. Ser un servidor público íntegro está relacionado, en primer lugar, con el valor de la honestidad, lo que implica decir la verdad en cualquier circunstancia. De esta manera se gana la credibilidad de las demás personas. Adicionalmente, la integridad permite que la persona sea digna de confianza para el manejo de información, la realización de tareas y el buen cumplimiento de las mismas. 3. RESPONSABILIDAD. Responsabilidad es cumplir bien, a tiempo y con empeño cada una de las funciones y obligaciones que sean encomendadas de acuerdo al cargo desempeñado Todo servidor público adscrito al H. Ayuntamiento Constitucional de Atizapán de Zaragoza será responsable de sus actos y las consecuencias de los mismos. 4. COMPROMISO. Compromiso es actuar con disponibilidad, conocimiento, responsabilidad, convicción y entrega en el cumplimiento de las funciones y obligaciones que son asignadas al cargo correspondiente como Servidor Público.

3 5. LEALTAD. La lealtad es el valor que ayudará al Servidor Público a actuar con congruencia respecto a la palabra dada o a conciencia, pudiendo ser respecto a sí mismo, para poder actuar del mismo modo con cada ciudadano que atienda o con el H. Ayuntamiento Constitucional de Atizapán de Zaragoza con el que se está colaborando. El principio de lealtad es aquél que se refiere a que el servidor público acepta los vínculos implícitos en su adhesión a este H. Ayuntamiento al que pertenece, de tal modo que refuerza y protege en su trabajo cotidiano el conjunto de valores que aquél representa. 6. HONRADEZ. La honradez implica el respeto por los recursos que son confiados al gobierno y propiedad de la sociedad; incluye, en pocas palabras, no robar. Así también a no buscar ganancias personales aprovechando que se tiene un puesto público en el que se manejan diversas cantidades de recursos. De igual manera el valor de la honradez implica no recibir dádivas por parte de la ciudadanía a costa del incumplimiento o del cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades que se tienen como Servidor Público perteneciente a este H. Ayuntamiento. 7. IMPARCIALIDAD. No conceder preferencias o privilegios indebidos a las demás personas, así como no tomar partido para favorecer a alguien en particular. Otro concepto clave de la imparcialidad es la objetividad, la cual obliga a no considerar cuestiones ajenas al asunto sobre el cual se está tomando una decisión o definiendo el trato con las personas. La imparcialidad está encaminada a la búsqueda de la justicia y al trato igual a todas las personas, porque así lo merecen.

4 8. JUSTICIA. El servidor público debe tener permanente disposición para el cumplimiento de sus funciones, otorgando a cada uno lo que le es debido, tanto en sus relaciones con el Estado, como con el público, sus superiores y subordinados. El servidor público debe conducirse invariablemente con apego a las normas jurídicas inherentes a la función que desempeña. 9. EQUIDAD. Todos como servidores públicos deberemos asegurar a todas las personas condiciones de vida y de trabajo dignas e igualitarias, sin hacer diferencias entre unos y otros a partir de la condición social, sexual o de género, entre otras. Aunado a lo anterior se deberá promover la no discriminación hacia todo el ciudadano que acuda a este H. Ayuntamiento, así como entre el personal que labora en el mismo. 10. TOLERANCIA. Ser tolerante es ser paciente, comprensivo, respetuoso y transigente con todos y cada uno de los ciudadanos que acudan a este Ayuntamiento, así como de todo el personal que labora en el mismo. El Servidor Público promoverá la Tolerancia para lograr el entendimiento de las personas y del Ayuntamiento como institución haciendo que se respeten las diferencias que pudiesen existir entre forma de pensar, de vestir y de actuar, siempre y cuando no afecten a un tercero. La tolerancia no está reñida con el ejercicio del H. Ayuntamiento Constitucional como autoridad. La ley hay que cumplirla y hacerla cumplir. 11. TRANSPARENCIA. Garantizar el acceso a la información gubernamental, sin más límite que el que imponga el interés público y los derechos de privacidad de los particulares,

5 establecidos en la ley, así como el uso y la aplicación transparente de los recursos públicos, fomentando su manejo responsable y eliminando su indebida discrecionalidad, ofreciendo certeza sobre la actuación de todos y cada uno de los Servidores Públicos adscritos a este H. Ayuntamiento, así como de la propia actuación del Ayuntamiento como Autoridad. 12. RENDICIÓN DE CUENTAS. Este valor se refiere a la información sobre la gestión Gubernamental eficiente, mediante la aplicación de políticas claramente establecidas. Esto tiene que ver con la calidad en los principios y procesos de la administración pública. Los ciudadanos ejercerán libremente su derecho a conocer las responsabilidades, facultades, obligaciones y resultados de la administración pública, y en particular de los servidores públicos adscritos a este Ayuntamiento. 13. PROMOCIÓN CULTURAL Y ARTÍSTICA. El Servidor Público tendrá la obligación de promover la cultura dentro del Municipio de Atizapán de Zaragoza y así mismo de invitar a toda la sociedad a participar en los eventos culturales, artísticos y deportivos que se realicen dentro del mismo Municipio. 14. USO ADECUADO DE LOS BIENES Y RECURSOS. Todo Servidor Público deberá velar por el patrimonio que le sea asignado por parte de Esta Administración Pública para desempeñar sus funciones, evitando su abuso, derroche o desaprovechamiento. 15. ENTORNO ECOLÓGICO, CULTURAL Y PATRIMONIAL. En el entorno ecológico el servidor público debe asumir una actitud de respeto, defensa y preservación, evitando en todo momento la afectación de nuestro patrimonio cultural y medio ambiente.

6 16. GENEROSIDAD. Ser un servidor público que ha desarrollado la virtud de la generosidad implica de parte de él una actitud solidaria y sensible a las necesidades de los demás. La generosidad requiere de compartir y apoyar en forma desinteresada no sólo los bienes materiales sino también los intelectuales y los afectivos. Ser generoso requiere de la disponibilidad de compartir con los que menos tienen, con los niños, con personas de la tercera edad y con aquellas personas que tienen alguna capacidad diferente. 17. IGUALDAD. El servidor público debe ser imparcial, no debe realizar actos discriminatorios en su relación con el ciudadano o con los demás servidores públicos, otorgando a todas las personas igualdad de trato en igualdad de situaciones. Se entiende que existe igualdad de situaciones cuando no median diferencias que de acuerdo con las normas vigentes, deben considerarse para establecer alguna preferencia. Este principio se aplica también a las relaciones que el servidor público mantenga jerárquicamente. 18. RESPETO. Es la actitud que todo servidor público debe guardar frente a los demás, a efecto de aceptar, comprender y considerar durante el ejercicio de sus funciones los derechos, libertades y cualidades que cada individuo posee, reconociendo de esta manera el valor de la condición humana, lo que le permitirá poder brindar a los miembros de la sociedad un trato digno, cortés, cordial y tolerante en el centro de trabajo, a él y hacia los demás; esto corresponde a cuidar de la imagen que el Servidor Público debe tener para desempeñar y propiciar un ambiente armónico.

7 19. LIDERAZGO. El servidor público debe convertirse en un decidido promotor de valores y principios en la sociedad, partiendo de su ejemplo personal al aplicar cabalmente el desempeño de su cargo público apegado a este Código de Ética y al Código de Conducta de este H. Ayuntamiento Constitucional de Atizapán de Zaragoza. El servidor público deberá de asumir el liderazgo dentro del área en la que desenvuelve fomentando aquellas conductas que promuevan una cultura ética y de calidad en el servicio público haciéndolo con una responsabilidad especial, ya que a través de su actitud, actuación y desempeño se construye la confianza de los ciudadanos hacia el Ayuntamiento. CÓDIGO DE CONDUCTA DEL SERVIDOR PÚBLICO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA Estimados colegas: Vivimos una época en la que la confianza de la ciudadanía en las Administraciones Municipales se encuentra en los niveles más bajos de la historia, sin embargo quienes tenemos la fortuna de formar parte del H. Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza tendremos la tarea de trabajar más y mejor, por y para la ciudadanía para recuperar su confianza, lo anterior deberá ser a base de trabajo y un trato digno, eficaz y eficiente para cumplir con nuestras funciones como servidores públicos, cubriendo la demanda de la ciudadanía. El Código de Conducta del Servidor Público de Atizapán de Zaragoza, junto con todos los lineamientos que nos rigen, deberán garantizar que todos hagamos lo correcto, ya que ser servidor público implica una gran responsabilidad.

8 Y con la finalidad de hacer un mejor gobierno ciudadano para los Atizapenses, los exhorto a trabajar con calidad, brindando el mejor servicio público de acuerdo a sus funciones, siempre con respeto y amabilidad para poder satisfacer las necesidades de la ciudadanía. Trabajemos juntos por un mejor Atizapán LIC. PEDRO DAVID RODRÍGUEZ VILLEGAS PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL H. AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA Acciones de los Servidores Públicos Las y los servidores públicos deberemos de ejercer nuestras funciones con responsabilidad para garantizar el cumplimiento de los principios de legalidad, honradez, lealtad e imparcialidad entre todos los principios que enmarca nuestro Código de Ética del Servidor Público de Atizapán de Zaragoza que rige nuestro servicio público, con la conciencia de que nuestras acciones, omisiones y decisiones influirán en el sano desarrollo de la Administración Municipal de este H. Ayuntamiento. Es por ello que nuestro actuar diario debe ser con estricto apego a los Códigos, Leyes, Reglamentos y nuestro Bando Municipal Vigente que sean de observancia de valores éticos y de acuerdo a las funciones que desempeñamos. Nuestro Código de Conducta integra un conjunto de valores éticos que promovemos en este H. Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza, ya que dichos valores están encaminados a la sana convivencia entre todas y todos los servidores públicos, así como para brindar un trato digno a todas y todos los ciudadanos que visitan nuestro Ayuntamiento, lo anterior con la finalidad de generar confianza y credibilidad de la ciudadanía.

9 Este Código de Conducta busca ser una guía esencial, una referencia y un punto de apoyo para la toma de decisiones, ofreciendo lineamientos para orientar nuestras conductas, mismas que deben ser encaminadas al bien común y siempre respetando la dignidad de la persona humana. Nuestro Código de Conducta no busca suplir a las leyes o reglamentos, sino complementarlos y fortalecerlos. Como servidores públicos lo que siempre tendremos que tomar en cuenta es que todos merecemos un trato digno, igualitario y sin distinción de persona alguna, respetando sus derechos. El servidor público adscrito a este H. Ayuntamiento deberá brindar un trato amable y tolerante para las y los servidores públicos que lo rodean, así como el público en general. Derivado de lo anterior es que exhortamos a toda la comunidad de esta dependencia a conocer, promover y hacer suyo este Código de Conducta, así como el Código de Ética del Servidor Público de Atizapán de Zaragoza. Qué se espera de cada uno de los servidores públicos? Lea y comprenda el Código, cumpla con el Código de Ética y con el Código de Conducta. Si alguna vez tiene duda sobre su conducta, pregúntese: Es congruente con el Código? Es ético? Es legal? Reflejará bien mi imagen y la de el H. Ayuntamiento? Quién debe seguir el Código? El Código de Conducta del H. Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza se aplica a todas y todos los servidores públicos adscritos a este Ayuntamiento. Todas y todos los servidores públicos de esta dependencia estarán sujetos a los Códigos, Leyes, Reglamentos gubernamentales aplicables, al Bando Municipal Vigente, así como al Código de Ética del Servidor Público de Atizapán de Zaragoza y al presente Código de Conducta.

10 Si la respuesta es No a alguna de las preguntas anteriores, entonces no lo haga. Qué se debe hacer en caso de presenciar una mala conducta? Si alguien observa alguna conducta antijurídica o algún comportamiento por parte de algún servidor público, deberá hacerlo del conocimiento de su superior jerárquico y así mismo deberá acudir a la Contraloría Municipal Interna de este Municipio a dar aviso y a interponer la queja correspondiente. Al dar aviso y al interponer la queja ante la autoridad competente, ésta tomará las acciones correspondientes para tratar el asunto y poder darle solución, ya sea mediante el Procedimiento de Queja Express, abriendo el Período de Información Previa y de resultar alguna probable responsabilidad abrir el Procedimiento Administrativo correspondiente. Actividades Prohibidas Realizar todo tipo de acciones u omisiones que estén contempladas en el Código Penal Vigente en el Estado de México como delitos. Participar en actividades ilegales o ilícitas para obtener o brindar información confidencial de este H. Ayuntamiento. Aceptar algún tipo de soborno por parte de la ciudadanía. Utilizar el servicio público para obtener beneficios personales o de tipo económico, privilegios, favores sexuales o de cualquier otra índole, con el propósito de beneficiar o perjudicar a terceros.

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