EL CONTRATO LCDA. WALESKA MARTÍNEZ CENTENO, LL.M., M.H.S.A. COLEGIO DE ADMINISTRADORES DE SERVICIOS DE SALUD 18 DE FEBRERO DE 2016

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Por cancelación Por transcurso del tiempo (Salvat) que comprende los supuestos de caducidad y prescripción.

Transcripción:

EL CONTRATO LCDA. WALESKA MARTÍNEZ CENTENO, LL.M., M.H.S.A. COLEGIO DE ADMINISTRADORES DE SERVICIOS DE SALUD 18 DE FEBRERO DE 2016

AGENDA PRE PRUEBA INTRODUCCIÓN PRESENTACIÓN Y DISCUSIÓN POST PRUEBA PREGUNTAS O DUDAS

PRE - PRUEBA Qué creo que es un contrato?

OBJETIVOS Concepto del contrato de manera amplia. Importancia del contrato. Efectos de los contratos.

LEYES IMPORTANTES: Código Civil de Puerto Rico, 31 L.P.R.A. 3371-3377 Código de Seguros de Puerto Rico, 26 L.P.R.A. Código de Seguros de Salud, Ley Número 194 de 2011

DEFINICIÓN DE CONTRATO Es un acuerdo voluntario entre 2 o más partes mediante el cual una o ambas partes han de dar, hacer o no hacer algo. Como norma general, es un negocio jurídico bilateral en donde se establece un pacto sobre un objeto o asunto en específico.

ELEMENTOS INDISPENSABLES Consentimiento Objeto Causa

EL CONSENTIMIENTO: Elemento esencial del contrato. El consentimiento es la manifestación de las partes sobre la aceptación del contrato. Ejemplo: Firma del contrato El consentir requiere: capacidad y la prestación del consentimiento.

CAPACIDAD LEGAL La validez del contrato surge cuando se tiene la capacidad legal para consentir. Si no se tiene capacidad legal NO se perfecciona el contrato.

QUIENES NO PUEDEN CONSENTIR Los menores no emancipados. Los locos o dementes. Los sordomudos que no sepan escribir. Los declarados incapaces por el tribunal.

EL CONTRATO EXISTE. Desde que una o varias personas consienten en obligarse respecto de la otra u otras, a dar alguna cosa o prestar algún servicio. Artículo 1206 Código Civil de Puerto Rico. Si la persona tiene capacidad para consentir y poder tomar decisiones sobre el negocio jurídico.

EL CONTRATO EXISTE Si el consentimiento es libre y voluntario. Si el consentimiento NO está viciado por error, violencia o intimidación. Error: creencia no real del objeto del contrato. Error en la persona: Se contrata a un pintor para hacer una obra y resulta que no es el pintor querido. Error en el cómputo: Se puede proceder a corregir (cálculo matemático)

DOLO E INTIMIDACIÓN Produce el vicio del consentimiento cuando una parte es engañada por la otra parte. Uno de los contratantes tiene un temor racional y fundado de que va a sufrir un daño en su persona, bienes o en la persona o bienes de su cónyuge.

EL OBJETO DEL CONTRATO Es aquello a que se obligaron las partes del contrato. Se contrata todo lo que está en el comercio legal de los hombres. Ejemplos: compra de bienes muebles, inmuebles, servicios profesionales y no profesionales. El objeto tiene que ser real, cierto y no imposible.

LA CAUSA DEL CONTRATO Son las prestaciones que cada parte está obligado a dar. Ejemplo: contrato de arrendamiento, de casa el canon de arrendamiento. Beneficencia servicios gratuitos.

FORMALIDAD DE LOS CONTRATOS Como norma general los contratos se realizan por escrito. No obstante, los contratos verbales son válidos. Recomendación: Hacerlo por escrito. Las palabras se confunden, no se recuerdan, se las lleva el viento

FORMALIDAD DE LOS CONTRATOS Los siguientes contratos deben estar por escrito: Transmisión de derechos reales sobre bienes inmuebles. Contrato de arrendamiento por seis (6) o más años, siempre que puedan afectar a terceros. Documentos que tengan que estar en escritura pública (ante Notarios).

FORMALIDAD DE LOS CONTRATOS Requieren estar en Escritura Pública: Hipotecas Capitulaciones matrimoniales El contrato de sociedad Las donaciones de bienes inmuebles. La venta de participaciones común pro indiviso en bienes inmuebles.

FORMALIDAD DE LOS CONTRATOS Requieren estar en Escritura Pública Los contratos con municipios autónomos. La Propiedad Horizontal. La cláusula de no competencia. La cláusula de reembolso.

LA PERFECCIÓN DEL CONTRATO Es el nacimiento del vínculo jurídico, ocurre cuando hay un acuerdo. Es la ley entre las partes. Los contratos se perfeccionan por el mero consentimiento, y desde entonces obligan, no solo al cumplimiento de lo expresamente pactado, sino también a todas las consecuencias que según su naturaleza sean conformes a la buena fe, al uso y a la ley. Art. 1210 del Código Civil de P.R.

LA PERFECCIÓN DEL CONTRATO Para que se perfeccione un contrato tiene que ocurrir una unión entre la oferta y la aceptación. La oferta es la proposición hecha por una parte a otra para celebrar el contrato. La aceptación es la manifestación de estoy de acuerdo con la oferta.

CUÁNDO SURGE LA ACEPTACIÓN A LA OFERTA? La aceptación se da cuando es cierta e indubitada (sin dudas). Como norma general, si la aceptación es condicionada NO se aceptó la oferta.

LA EFICACIA E INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO Eficacia - Significa que los contratos tienen fuerza de ley y deben cumplirse. Interpretación de los contratos: Analizar la intención de las partes al hacer el contrato.

INEFICACIA DEL CONTRATO Existe la ineficacia del contrato cuando el contrato no puede producirse por razones extrínsecas. Nulidad del contrato - El contrato no existe. Ejemplo: Cuando en un proceso judicial una persona es declarada incapacitada mentalmente firma un contrato. La compra de un arma ilegal. El contrato simulado de Compraventa y Donación subyacente. Falsificación de firma.

INEFICACIA DEL CONTRATO Efectos Nulidad: Al declararse nulo el contrato las cosas objeto del mismo deben regresar al estado original. Anulación: El contrato existe, pero puede tener vicios de consentimiento o con la capacidad de uno de los contratantes.

CLAUSULAS MANDATORIAS REVISAR LO SIGUIENTE, ES VITAL Comparecencia: Las Partes Representante de la entidad Nombre completo, estado civil, profesión, lugar de residencia, en que carácter representa la entidad.

CLAUSULAS MANDATORIAS Entidad: conocer y tener evidencia de la naturaleza jurídica. Diferencias entre: corporación y sus tipos, sociedad, haciendo negocios como (hnc) o Doing Business As (DBA). A quién se contrata, no quien dice ser.

CLAUSULAS MANDATORIAS REVISAR LO SIGUIENTE, ES VITAL Resolución de la Junta de Directores de la entidad autorizando a la persona a firmar a nombre de la entidad

CLAUSULAS MANDATORIAS Detalle el negocio jurídico que realiza: obligaciones que se contraen, leyes aplicables al negocio y la entidad contratada, licencias requeridas, servicio requerido Vigencia del contrato - fecha cierta

CLAUSULAS MANDATORIAS Método de Pago: Detalle cuándo, cómo y dónde va a pagar. Incluya las cuantías en fechas y números.

CLAUSULAS MANDATORIAS REVISAR LO SIGUIENTE, ES VITAL Cláusula de cancelación, terminación y penalidades: Disposiciones por las que puede cancelar el contrato, terminarlo o imponer sanciones económicas y no económicas de incumplimiento. Quien puede imponer las sanciones, cancelar o terminarlo.

CLAUSULAS MANDATORIAS Firmas del contrato: Inicie todas las páginas del contrato, firme al final del contrato e incluya la fecha. Haga esto solo después que la otra parte cumpla con este requisito. Saque las copias del contrato y digitalícelo en sistema. Debe firmar antes de comenzar.

CLAUSULAS MANDATORIAS CONTRATOS DE SEGUROS Pago a recibir por servicios rendidos Cubiertas de servicios Que esté autorizado a realizar negocios por la Oficina del Comisionado de Seguros de Puerto Rico

García Cárdenas, Margarita E., Derecho de Obligaciones y Contratos, MJ Editores, 2012 Código Civil de Puerto Rico, 31 L.P.R.A. Código de Seguros de Puerto Rico, 26 L.P.R.A. Código de Seguros de Salud, Ley Número 194 de 2011

POST PRUEBA Discusión grupal de la Pre Prueba

PREGUNTAS O DUDAS

Gracias!