MANUAL DE OPERACIÓN PARA CORRALES DE ACOPIO PARA EXPORTACIÓN

Documentos relacionados
DIRECTORIO. Lic. Tomás Yarrington Ruvalcaba Gobernador Constitucional del Estado de Tamaulipas.

EXPERIENCIA DEL ESTADO DE CAMPECHE EN EL PROCESO DE IDENTIFICACION ANIMAL Y RASTREABILIDAD DE BOVINOS

REQUISITOS PARA LA MOVILIZACION DE GANADO DE LIDIA A DIFERENTES DESTINOS: PLAZA, FESTIVALES, REPASTO, REPRODUCCION Y EXPORTACION

MOVILIZACIÓN EN MEXICO. MVZ Enrique Gómez Sánchez Comité 16

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACION

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

DIRECCIÓN DE CUARENTENA ANIMAL Procedimiento para gestionar la importación de animales vivos, productos y subproductos de origen animal

CONSIDERANDO INDICE Objetivo y campo de aplicación 1.1.

PADRÓN GANADERO NACIONAL Clasificación de los Prestadores de Servicios Ganaderos por su Actividad.

CAPACIDAD INSTALADA PARA SACRIFICIO DE ESPECIES PECUARIAS

II.- MARCO JURÍDICO. Constitución Política de Los Estados Unidos Mexicanos. Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público

REGLAMENTO PARA LA OPERACIÓN DE LA CAMPAÑA DEL CONTROL Y ERRADICACIÓN DE LA TUBERCULOSIS Y BRUCELOSIS DEL GANADO EN EL ESTADO DE TAMAULIPAS.

Subsecretaria de Ganadería Dirección de Sanidad Pecuaria Departamento de Regulación de la Movilización Animal

CONSTANCIA DE BUENAS PRÁCTICAS DE MANUFACTURA

Programa Oficial de Trazabilidad Animal. Unidad de Trazabilidad Animal y SIPEC División de Protección Pecuaria Servicio Agrícola y Ganadero

INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS RESOLUCIÓN NÚMERO DE (noviembre 20)

IV. NORMAS BASICAS DE COMPETENCIA, SERVICIOS Y PROGRAMAS DE APOYO QUE INCLUYAN TRAMITES, REQUISITOS, FORMATOS, MANUALES DE ORGANIZACIÓN

Solicitud de registro del despacho de mercancías de las empresas

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y DESARROLLO RURAL

Formulario MIR de Emergencia

CONVOCAN AL. Del 5 al 7 de julio de 2016

Nota informativa. Sobre el procedimiento de certificación en las exportaciones de medicamentos de uso veterinario y zoosanitarios

HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE COATEPEC, VER.

NIMF n. 7 SISTEMA DE CERTIFICACIÓN PARA LA EXPORTACIÓN (1997)

MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO

Municipio de Magdalena, Sonora. Dirección de Infraestructura, Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Ecología MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

San Luis Potosí. Periódico Oficial DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SUMARIO. Responsable: SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO

EMPRESA UNIPERSONAL. La empresa unipersonal es una persona jurídica

H. AYUNTAMIENTO DE XALAPA, VERACRUZ TRÁMITES Y SERVICIOS

Manual de Procedimientos DE LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO RURAL

INSTITUTO NACIONAL PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN

TRÁMITES Y SERVICIOS

PERFIL DE PUESTO. Técnico Agropecuario DESCRIPCION GENERAL DEL PUESTO. Coordinación y vigilancia del funcionamiento de la granja porcícola

EXPEDICIÓN DE CERTIFICADOS PARA IMPORTACIÓN

H. AYUNTAMIENTO DE HUATABAMPO CONSEJO MUNICIPAL DE CONCERTACIÓN PARA LA OBRA PÚBLICA MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

APOYO A NEGOCIOS 1. FONDOS GUANAJUATO.

Identifica los documentos necesarios para obtener tu Credencial para Votar

Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España en Brasilia. Otros documentos. Homologación de Productos Cárnicos en Brasil, Trámites

Procedimiento para el Control Operacional de los Residuos Sólidos Urbanos y de Manejo Especial

DECRETO SUPREMO Nº 2925 EVO MORALES AYMA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN PROCESO: GESTION DEL TALENTO HUMANO TITULO: MANUAL DE FUNCIONES SUPERVISOR DE HSEQ INDICE

1.- Formato único de solicitudes de alta de Licencia de Funcionamiento SARE

EXPEDICIÓN DE CERTIFICACIONES EXPORTACIÓN IMPORTACIÓN DE FLORA SILVESTRE

AVISO DE INICIO DE FUNCIONAMIENTO A ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES Y MERCANTÍLES DE PRODUCTOS VETERINARIOS

NORMA Oficial Mexicana NOM-031-ZOO-1995, Campaña Nacional Contra la Tuberculosis Bovina (Mycobacterium bovis).

NOMBRE DEL TRAMITE. Descripción. Entidad donde se realiza el tramite Oficina donde realizar el tramite dirección donde realizar el tramite

Instructivo para el llenado del Acta Administrativa de en Entrega-Recepción

BASES TÉCNICAS DE LICITACIÓN ADQUISICIÓN REGALOS DE NAVIDAD PARA HIJOS DE TRABAJADORAS/ES INTEGRA Junio 2016

Guía Fácil para la Exportación de Productos y Servicios

Curso de Formación de Asesores para la Producción Orgánica aplicada a la cadena Frutícola

Presentación. Presentación. Objetivo General. Población Objetivo. Proyecto Tecnificación de Riego. Requisitos. Personas Físicas.

NORMA Oficial Mexicana NOM-031-ZOO-1995, Campaña Nacional Contra la Tuberculosis Bovina (Mycobacterium bovis).

PROCEDIMIENTO TRANSITO INTERNACIONAL DE MERCANCIAS INICIADOS EN HONDURAS ADUANAS TERRESTRES

NOMBRE DEL TRAMITE O SERVICIO LICENCIA PARA CONDUCIR TIPO A MOTOCICLISTA

ANEXO 3 MANUAL DE OPERACIÓN PARA OFICINAS MUNICIPALES

PROCESO ESTRATEGICO ACTIVIDAD CONTROL DE LA SANIDAD AGROPECUARIA DEL PAÍS NOMBRE PROGRAMA DE VACUNACIÓN DE BRUCELOSIS

PROCEDIMIENTO PARA CONTROL Y SEGUIMIENTO DE LAS SOLICITUDES DE MANTENIMIENTO.

Al llevar a cabo la clausura, se le solicitará al Infractor la presencia de dos testigos, en cuya ausencia serán asignados por el clausurador.

H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE SAN JUAN BAUTISTA TUXTEPEC, OAX. LICENCIAS Y PERMISOS OTORGADOS SEGÚN LA LEY DE INGRESOS MUNICIPAL 2015

LICENCIA DE USO DE SUELO

F.E.09 Guía de Procedimiento para la Certificación de Ausencia de Plagas

1-5 October 2012, San Jose, Costa Rica

Instructivo de Donaciones

DEFINICIÓN DE REGENTE O DIRECTOR TÉCNICO:

INSTRUCTIVO PARA EL DILIGENCIAMIENTO DE LA DECLARACION JURADA DEL PRODUCTOR O DECLARACION DE ORIGEN DE LAS MERCANCIAS

GOBERNACION DEL HUILA SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL REQUISITOS PARA LA INSCRIPCION DE UNA IPS

Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria EL PAPEL DEL. Foto MÉDICO VETERINARIO EN EL SECTOR PÚBLICO

Sistema de control de movilización y rastreabilidad nacional. Instructivo para el Transportista

Requisitos Sanitarios para la exportación de alimentos a los principales mercados. Ing. Sofía H. Prado Pastor

PROCEDIMIENTO PARA DISTRIBUCIÓN, CONTROL Y BAJAS DEL INVENTARIO DE ACTIVO FIJO.

ASESORIA, CONSULTORIA Y CAPACITACION CASMOR S.A. DE C.V. PRESENTE.

Del Objeto de los Lineamientos

Procedimiento para el Otorgamiento de Licencias por Beca Comisión

Unidad de Orientación Legal y Derechos del Contribuyente Departamento de Consultas Intendencia de Asuntos Jurídicos

NORMA Oficial Mexicana NOM-041-ZOO-1995, Campaña Nacional contra la Brucelosis en los Animales.

TIPO DE TRÁMITE: Modificación COFEPRIS Modificación de Registro de Comité. TRÁMITES CON CARÁCTER DE AVISO: COFEPRIS COFEPRIS

Departamento de Campañas Financieras

SENAVE Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas Dirección de Calidad, Inocuidad y Agricultura Agrícola

TRAMITES MAS FRECUENTES EN EL SENASA Dirección/Area que tiene a TRAMITE

Artículo 6. El fondo de Orfandad se aplica cuando fallece la persona designada por el estudiante como su sostén económico.

DEPARTAMENTO DE CATASTRO MUNICIPAL NOMBRE DEL TRAMITE PROCEDIMIENTO REQUSITOS Y DOCUMENTOS

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE COMPRAS EN EMPRESAS DE ALIMENTACIÓN

(

Procedimiento de Gestión Fecha: PG-02 Control de registros Versión: 1. Aprobado por: Gerencia General Pagina: 1 de 6. Control de registros

PROCEDIMIENTO PARA EL REGISTRO DE INGRESOS POR VENTA DE BASES A TRAVÉS DE INTERNET (COMPRANET) OBJETIVO

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA NACIONAL

FUNDACIÓN JOSÉ ORTIZ ÁVILA A.C. CONVOCATORIA PARA BECAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR CICLO ESCOLAR

Expositor Q.F. Alfredo A. Castillo Calle

PROCEDIMIENTO PARA EL CONTROL DEL CATÁLOGO EN LÍNEA DEL SISTEMA INTEGRADO DE BIBLIOTECAS DE LA UNIVERSIDAD ESPECIALIZADA DE LAS AMÉRICAS

INSCRIPCIÓN. Copia de la cédula del Registro Federal de Causantes y Formulario de Registro R-1.

TRÁMITE PARA REALIZAR LA INSPECCIÓN DE LABORATORIOS FABRICANTES DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS Y PRODUCTOS AFINES PARA OTORGAMIENTO DEL CVO

En Plantas de beneficio

Instructivo de trámite para obtener la autorización para destinar mercancías al régimen de recito fiscalizado estratégico, de conformidad con la

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO: Adquisición de Bienes y Servicios CÓDIGO DEL PROCEDIMIENTO: 61-SAF-P03-Rev.05 Fecha de Emisión: 15/05/2012

ACTA DE INSPECCIÓN PARA AUTOELABORADORAS DE ALIMENTOS PARA RUMIANTES

FONDO PyME CARTA COMPROMISO AL CIUDADANO

TRÁMITES Y SERVICIOS DE LA DIRECCIÓN DE CONCERTACIÓN SOCIAL RESPONSABLE: COORDINADOR

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD, INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN GENERAL DE INOCUIDAD AGROALIMENTARIA, ACUÍCOLA Y PESQUERA

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE AGUASCALIENTES CENTRO DE CIENCIAS Agropecuarias DEPTO. DE _Clínica Veterinaria MEDICO VETERINARIO ZOOTECNISTA

PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÒN, MANEJO Y DEVOLUCIÒN DE MUESTRAS

Transcripción:

COMISION PARA LA ERRADICACIÓN DE LA TUBERCULOSIS BOVINA Y BRUCELOSIS EN EL ESTADO DE TAMAULIPAS MANUAL DE OPERACIÓN PARA CORRALES DE ACOPIO PARA EXPORTACIÓN Cd. Victoria, Tam. Año 2004

DIRECTORIO Lic. Tomás Yarrington Ruvalcaba Gobernador Constitucional del Estado de Tamaulipas Lic. Jorge Alberto Reyes Moreno Secretario de Desarrollo Económico y del Empleo M.V.Z. Jorge Luis Zertuche Rodríguez Director General de Desarrollo Agropecuario Forestal y Pesca del Gobierno del Estado Ing. Edgar Frías Sánchez Coordinador de Sanidad, Inocuidad y Calidad Alimentaria de la Dirección General de Desarrollo Agropecuario Forestal y Pesca. Colaboradores M.V.Z. José Eliseo Toscano Ruiz M.V.Z. Juan Eduardo Mercado González Ing. Mario César Martínez Rodríguez M.V.Z. Jorge Luis Reyes Betancourt

INDICE I. INTRODUCCIÓN. II. DEFINICIÓN. III. FUNCIONES DEL SUPERVISOR ESTATAL DE CORRALES DE ACOPIO PARA EXPORTACIÓN. IV. COMO OBTENER EL REGISTRO DE CORRAL DE ACOPIO PARA EXPORTACIÓN. V. PROCEDIMIENTO DE CERTIFICACIÓN ZOOSANITARIA DEL GANADO DE EXPORTACIÓN. VI. LAS INSTALACIONES. VII. LAS DISPOSICIONES DE MOVILIZACIÓN. VIII. DE LAS OBLIGACIONES CONTRAÍDAS POR EL PROPIETARIO DEL ESTABLECIMIENTO REGISTRADO ANTE LA DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO AGROPECUARIO, FORESTAL Y PESCA DEL GOBIERNO DEL ESTADO.

IX. RELACIÓN DE MÉDICOS VETERINARIOS ZOOTECNISTAS VERIFICADORES AUTORIZADOS EN EL ÁREA DE RUMIANTES. X. RELACIÓN DE CENTROS DE CERTIFICACIÓN ZOOSANITARIA. XI. SOLICITUD DE REGISTRO PARA CORRALES DE ACOPIO PARA EXPORTACIÓN. XII. CONVENIO DE CONCERTACIÓN PARA LA OPERACIÓN DE CORRALES DE ACOPIO PARA EXPORTACIÓN. XIII. FORMATOS DE INFORMES QUINCENALES DE ACTIVIDADES. XIV. GLOSARIO DE TÉRMINOS. XV. BIBLIOGRAFÍA.

I.- INTRODUCCIÓN La ganadería tamaulipeca ha sufrido importantes cambios a través del tiempo, entre los cuales destaca el mejoramiento genético mediante la introducción de sementales de registro a los hatos ganaderos, fomentando con ello la cría de ganado especializado en la producción de carne y permitiendo a nuestros productores diversificar su actividad, incursionando en la cadena productiva al transformar los insumos que se producen en la entidad, dándole un valor agregado a los productos primarios, actividad que coloca a Tamaulipas como el cuarto productor nacional de carne de res. Por otra parte, la calidad genética de nuestro ganado y la situación zoosanitaria de nuestra región nos coloca en un lugar muy importante dentro del comercio internacional al participar directamente en los tratados comerciales entre países, ofertando becerros en pié de excelente calidad, situación que nos ha colocado como uno de los principales estados exportadores y que nos ha motivado a seguir mejorando nuestra situación zoosanitaria, implementando nuevos sistemas para controlar la movilización de ganado en pié con fines de exportación dentro de nuestro territorio estatal, como son los corrales de acopio para exportación, herramienta fundamental en el establecimiento de los orígenes del ganado que se comercializa a través de este tipo de locales.

II. DEFINICIÓN CORRAL DE ACOPIO PARA EXPORTACIÓN: Establecimiento con registro ante la Dirección General de Desarrollo Agropecuario Forestal y Pesca del Gobierno del Estado (D.G.D.A.F. Y P.) con infraestructura para reunir ganado bovino de la entidad y prepararlo aplicando las medidas zoosanitarias y documentales establecidas para su exportación a los E.U.A., en cumplimiento de lo señalado en las Disposiciones para la introducción de ganado bovino a Tamaulipas.

III.- FUNCIONES DEL SUPERVISOR ESTATAL DE CORRALES DE ACOPIO PARA EXPORTACIÓN, REGISTRADOS ANTE LA D.G.D.A.F.P. DEL GOBIERNO DEL ESTADO. 1.- Inspeccionar periódicamente la operación de los establecimientos pecuarios registrados ante la D.G.D.A.F.P. del Gobierno del Estado. 2.- Informar a la Coordinación de Sanidad, Inocuidad y Calidad Alimentaría de la D.G.D.A.F.P. sobre las actividades de inspección realizadas a los corrales registrados. 3.- Promover el registro de nuevos corrales. 4.- Proponer alternativas de solución y medidas correctivas, a las deficiencias detectadas en la supervisión a la operación de los corrales. 5.- Solicitar y recibir los informes quincenales que hacen a la CETYBT los propietarios de los establecimientos registrados de acuerdo a los convenios de registro. 6.- Revisar el funcionamiento de establecimientos registrados, emitir un informe en cuanto al cumplimiento de los requisitos y en su caso, proceder de acuerdo a lo establecido en el convenio a través de la Coordinación de Sanidad, Inocuidad y Calidad Alimentaría 7.- Enviar periódicamente a la Coordinación de Sanidad, Inocuidad y Calidad Alimentaría. de la D.G.D.A.F.P., el padrón actualizado de establecimientos registrados para su distribución en los diferentes puntos de verificación interna.

IV.- COMO OBTENER EL REGISTRO DE CORRAL DE ACOPIO PARA EXPORTACIÓN. Los propietarios de corrales interesados en exportar ganado a los EUA deberán obtener su registro como corral de acopio para exportación, cumpliendo con los siguientes requisitos: 1.- Solicitud del interesado, dirigida a la D.G.D.A.F.P. con copia de la credencial de elector, copia de la escritura del predio y/o contrato de arrendamiento notariado. 2.- Croquis de ubicación del corral y vías de acceso. 3.- Plano de los corrales. 4.- Infraestructura ganadera para manejo de ganado, que cuente con corrales para becerros probados (azules), corrales para becerros sin probar (verdes), corrales de aislamiento para becerros enfermos, desechos y/o en tratamiento (amarillos). 5.- Separación entre corrales de 15 metros como mínimo. 6.- Baño garrapaticida de inmersión o aspersión. 7.- Oficina o caseta para el control de archivos. 8.- Constancia del Supervisor Distrital donde avala que no maneja pié de cría en los corrales de acopio. 9.- M.V.Z. Verificador autorizado en el área de rumiantes, como responsable.

V.- PROCEDIMIENTO DE CERTIFICACIÓN ZOOSANITARIA DEL GANADO DE EXPORTACIÓN. 1.- PROGRAMACIÓN DE LAS PRUEBAS DE TUBERCULOSIS Y BRUCELOSIS EN SU CASO. a) Todo lote de ganado con destino para exportación deberá ser consignado a un corral de acopio para exportación registrado ante la D.G.D.A.F.P. del Gobierno del Estado. b) Al ingreso al corral deberá ser acompañado por la factura del propietario en su caso sellada por el comisariado ejidal o la asociación ganadera local y el documento único para tránsito de animales expedido en el punto de verificación interna o centro de certificación zoosanitaria, ambos documentos serán cotejados por el Supervisor Distrital correspondiente al municipio de origen del ganado y presentar el fierro de origen bien quemado. c) Una vez cumplido lo anterior el M.V.Z. responsable del corral hace la notificación de las pruebas y presenta al Supervisor Distrital toda la documentación correspondiente a facturas y documentos únicos para tránsito de animales. d) El supervisor distrital revisa la documentación y se programan las pruebas. 2.- OBTENCIÓN DEL CERTIFICADO DE ORIGEN Y SU MOVILIZACIÓN A LOS CORRALES CUARENTENARIOS. a) Si los resultados de las pruebas son negativos, se elaboran los documentos que avalan el origen del ganado por fierro, firmado y endosado por personal oficial de SAGARPA (Supervisor Distrital).

VI.- LAS INSTALACIONES Para su correcta operación, los corrales de acopio para exportación deberán contar con la infraestructura necesaria para recibir ganado, alojarlo y aislarlo en caso necesario, como a continuación se describe: 1.- Corrales verdes: Esta área deberá estar acondicionada para recibir y manejar ganado y deberá contar con embarcadero, chute de manejo, baño de aspersión o de inmersión, comederos y bebederos. 2.- Corrales azules: Área destinada para alojar ganado probado, deberá estar separada de las demás instalaciones cuando menos por 15 metros por seguridad sanitaria, además de contar con comederos y bebederos para estar en condiciones de alojar el ganado el tiempo necesario mientras sale hacia los corrales cuarentenarios de exportación en la frontera. 3.- Corrales amarillos: Área destinada para aislar ganado enfermo, desechos, en tratamiento o reactores a la prueba de tuberculina, deberá estar separado del resto de las instalaciones cuando menos por 15 metros de distancia y contar con bebederos y comederos. 4.- Caseta u oficina: Instalación necesaria para guardar la documentación referente a cada movilización cuando menos por 2 años.

VII.- LAS DISPOSICIONES DE MOVILIZACIÓN Para el ingreso y egreso de ganado a los corrales de acopio para exportación es necesario cumplir con lo establecido en la Ley Ganadera para el Estado de Tamaulipas vigente y en los convenios y disposiciones establecidos como se indica a continuación: 1.- Al comprar ganado en algún rancho o ejido se deberá exigir que se le coloque el fierro del propietario y se elabora una factura, la cual será firmada por las partes y sellada por el comisariado ejidal, Delegado Municipal o por la asociación ganadera local. 2.- En el primer punto de verificación interna se deberá hacer completo el pago correspondiente al documento único para tránsito de animales. 3.- Una vez realizada la prueba de tuberculosis y obtenida la documentación correspondiente a la certificación de origen y los dictámenes de tuberculosis y brucelosis en su caso, se realizan los pagos de movilización, únicamente lo correspondiente a la COTASAG. 4.- Al momento de embarcar el ganado se deberá colocar un fleje por el hecho de ser consignado a una estación cuarentenaria en la frontera.

VIII.- DE LAS OBLIGACIONES CONTRAIDAS POR EL PROPIETARIO DEL ESTABLECIMIENTO REGISTRADO ANTE LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO AGROPECUARIO FORESTAL Y PESCA DEL GOBIERNO DEL ESTADO. Los propietarios de los establecimientos pecuarios dedicados al acopio de ganado destinado a la exportación al obtener su registro como corral de acopio para la exportación se obligan a cumplir con lo estipulado en los convenios, como a continuación se describe: 1) La supervisión de la actividad en estos corrales, estará a cargo del personal operativo de la CETYBT (Supervisores Distritales y/o Supervisor estatal de corrales de acopio para exportación). 2) En todo momento el propietario otorgará facilidades al personal oficial que supervisa las actividades del corral registrado. 3) El propietario contará con un M.V.Z. verificador autorizado en el área de rumiantes, como responsable del corral. 4) El propietario se obliga a llevar archivos y registros de la movilización de ganado procedente de cualquier parte del estado, esta información puede estar a cargo del responsable. 5) El M.V.Z. responsable, informará de las actividades del corral quincenalmente, a la CETYBT turnando copia a la Coordinación de S.I.C.A. en Cd. Victoria, Tamaulipas. 6) El propietario será responsable de la movilización de ganado en transportes flejados por el M.V.Z. responsable del corral de acopio a la estación cuarentenaria. Ante cualquier anomalía detectada o que no se cumpla con las disposiciones anteriores y las establecidas en los documentos sobre el registro de corrales de acopio para la exportación de ganado bovino, se le retirará el registro al propietario.

DELEGACIÓN ESTATAL TAMAULIPAS SUBDELEGACION AGROPECUARIA

DELEGACIÓN ESTATAL TAMAULIPAS SUBDELEGACION AGROPECUARIA

Cd. Victoria, Tam., a de del. DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO AGROPECUARIO FORESTAL Y PESCA DEL GOBIERNO DEL ESTADO P R E S E N T E.- POR ESTE CONDUCTO, ME DIRIJO ANTE ESA DIRECCIÓN GENERAL A SU DIGNO CARGO, PARA MANIFESTARLE QUE COMO PARTE DE MIS ACTIVIDADES COMERCIALES, REGULARMENTE COMPRO EN LOS DIFERENTES MUNICIPIOS DEL ESTADO, BOVINOS PARA EXPORTACIÓN EN PIE A ESTADOS UNIDOS Y CON EL FIN DE COLABORAR PARA ASEGURAR EL ORIGEN Y CUIDADOS ZOOSANITARIOS, SOLICITO ATENTAMENTE EL REGISTRO COMO CORRAL DE ACOPIO DE GANADO BOVINO PARA EXPORTACIÓN PARA LO CUAL ME COMPROMETO A CUMPLIR LOS REQUISITOS ZOOSANITARIOS SOBRE EL ORIGEN Y DESTINO DEL GANADO QUE COMERCIALIZO. EN ESPERA DE SU AMABLE RESPUESTA, QUEDO DE USTED. A T E N T A M E N T E PROPIETARIO PREDIO C.C.P.-COORDINADOR ESTATAL DE SANIDAD, INOCUIDAD Y CALIDAD ALIMENTARIA D.G.D.A.F. Y P. C.C.P.- ARCHIVO.

Convenio de concertación para la Operación de Corrales de acopio para exportación de ganado bovino que celebran: La Dirección General de Desarrollo Agropecuario, Forestal y Pesca del Gobierno del Estado, que en lo sucesivo se le denominará La Dirección General y el propietario del corral para la exportación de ganado bovino, que en lo sucesivo se denominará El propietario, al tenor de las siguientes declaraciones y cláusulas: DECLARACIONES Declara La Dirección General que es una Institución responsable de la operación a nivel Estatal, de las Campañas Nacionales para la Erradicación de la Tuberculosis Bovina y Brucelosis de los animales, entre otras. Que para el logro de este propósito de indudable interés público y social es necesario asegurar el control de la movilización ganadera con fines de exportación desde nuestro Estado. Declara El propietario, que debido a la actividad comercial que realiza en su corral, participa en el Acopio de ganado con fines de exportación.

Por lo que ambas partes se sujetarán a las siguientes: CLAUSULAS 1. La Dirección General otorgará previa solicitud y cumplimiento de requisitos, el registro al corral de acopio para exportación de ganado bovino. 2. Previo a la autorización del registro, se efectuará una visita por personal comisionado al corral para inspeccionar todas las instalaciones. 3. La supervisión de la prueba de tuberculosis y la certificación de origen, estará a cargo del supervisor de la CANETB, la supervisión de la operación del establecimiento estará a cargo del personal del Gobierno del Estado. 4. En todo momento El propietario otorgará facilidades al personal oficial que supervisa las actividades del corral registrado. 5. El propietario contará con un M.V.Z. Responsable del corral. 6. El propietario se obliga a llevar archivos y registros que contengan documentos únicos de movilización ganadera, realizando los pagos completos al ingresar ganado al corral y pagando solamente $ 4.00 pesos al salir rumbo a la estación cuarentenaria, además de las facturas selladas de origen, certificados de origen y dictámenes de prueba, esta información

7. El M.V.Z. responsable del corral, informará de sus actividades semanalmente (formato anexo) a la Coordinación de Sanidad del Gobierno del Estado, a través del Supervisor de Corrales, vía fax o correo electrónico (CETYBT@hotmail.com). 8. El propietario será responsable de la movilización de ganado en transportes flejados del corral de acopio a la estación cuarentenaria. 9. Ante cualquier anomalía detectada o que no se cumpla con las disposiciones anteriores y las establecidas en los documentos sobre el Registro de corrales de acopio para la exportación de ganado bovino, se le retirará el registro al propietario. Enteradas ambas partes del contenido y fuerza del presente convenio, acuerdan sujetarse al mismo, firmando para constancia; el día del mes de del 200 en, Tamaulipas. Enteradas ambas partes del contenido y fuerza del presente convenio, Director General de Propietario del Predio Desarrollo acuerdan Agropecuario, sujetarse al mismo, firmando para constancia; el día del Forestal y Pesca del mes Gobierno de del Estado. del 200 en, Tamaulipas. TESTIGOS Por la C.E.T.Y.B.T., A.C. Responsable del Corral Supervisor Estatal de Corrales de Engorda, Engorda Cuarentenada y de Acopio para Exportación.

INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL FORMATO DE REPORTE QUINCENAL DE MOVILIZACIÓN GANADERA EN CORRALES DE ACOPIO PARA EXPORTACIÓN. 1. INFORME QUINCENAL: Deberá de especificar el día de inicio y el día de término del informe así como mes y año. 2. ORIGEN: a) Propietario: Deberá de escribir claramente el nombre completo del propietario de los bovinos o en su caso la sociedad de producción rural. b) Predio: Deberá de escribir claramente y sin abreviaturas el nombre del rancho o ejido. c) Municipio: Se anotará el nombre completo sin abreviaturas y con letra clara. d) Registro de fierro: Deberá de ser identificación individual, dibujando la marca a fuego del propietario de origen o el número de registro expedido por la D.G.D.A.F. y P. del Gobierno del Estado. e) Folio de documento único de ingreso: Se anotará claramente el número.

3. DESTINO: a) No. Arete azul de exportación: Este deberá ser anotado claramente. b) No. de certificado de pruebas diagnósticas: En cada columna deberá de anotar claramente el número de folio del dictamen. c) Folio de documento único de salida: Se anotará claramente el número. d) Estación cuarentenaria: Deberá de anotar claramente y en forma completa el nombre de estación cuarentenaria para exportación. 4. FLEJE DE SALIDA: En este espacio deberá de anotar claramente el No. del fleje 5. FECHA DE SALIDA: Se anotará claramente la fecha de salida hacia la estación cuarentenaria día, mes y año. 6. MVZ. RESPONSABLE: Deberá de escribir en forma clara y completa sin abreviaturas el nombre del responsable del corral de acopio y la firma ya que sin ella no tendrá validez el informe.

XV.- GLOSARIO DE TÉRMINOS ÁREA DE AISLAMIENTO.- Parte de las instalaciones predestinada para alojar ganado enfermo. ARETE AMARILLO DE ORIGEN.- Arete de plástico que se coloca en la oreja con las siguientes dimensiones: 7 cm. de ancho x 6 cm. de alto y los datos en el asentados serán: (dividido en 4 partes); cuadro superior izquierdo: los dígitos del estado de origen; cuadro superior derecho: los dígitos del municipio de origen; cuadro inferior izquierdo: las iniciales del propietario del ganado; cuadro inferior derecho: la fecha de ingreso al estado. BRUCELOSIS.- También conocida como enfermedad de bang, fiebre ondulante y aborto contagioso, causada por bacterias del género brucella; provoca el aborto, disminución de la producción láctea e infertilidad de las especies susceptibles, es una enfermedad infectocontagiosa que afecta a los animales y al hombre, por lo que se considera una zoonosis. COMISIÓN.- Comisión para la Erradicación de la Tuberculosis Bovina y Brucelosis en el estado de Tamaulipas (C.E.T.Y.B.T.) CORRAL DE ENGORDA.- Establecimiento con registro ante la Dirección General de Desarrollo Agropecuario Forestal y Pesca del Gobierno del Estado, destinado al acopio ó engorda de ganado bovino con origen en la entidad y de otros Estados, zonas o regiones desde categoría acreditado preparatorio con exención (Waiver) hasta acreditado modificado avanzado (AMA), de cumplir los requisitos zoosanitarios y de origen, este ganado puede ser exportado a los E.U.A.

CORRAL DE ENGORDA CUARENTENADO.- Establecimiento con registro ante la Dirección General de Desarrollo Agropecuario Forestal y Pesca del Gobierno del Estado, destinado al acopio ó engorda de ganado bovino, en el cual se controla el ingreso y egreso del ganado, el destino final de este ganado es el sacrificio en un Rastro Nacional y nunca podrá ser exportado a los E.U.A. CORRAL DE ACOPIO PARA EXPORTACIÓN.- Establecimiento con registro ante la Dirección General de Desarrollo Agropecuario, Forestal y Pesca del Gobierno del Estado, con infraestructura para reunir ganado bovino de la entidad y prepararlo aplicando las medidas zoosanitarias y documentales establecidas para su exportación a los E.U.A. CUARENTENA.- Medida zoosanitaria basada en el aislamiento, observación y restricción de la movilización de animales y sus productos. DIRECCIÓN.- Dirección General de Desarrollo Agropecuario Forestal y Pesca del Gobierno del Estado. FLEJE.- Dispositivo oficial que se instala en puertas y/o accesos de las unidades y compartimentos que transportan animales, sus productos y subproductos, con el propósito de asegurar que durante su traslado no se añadan o sustraigan animales, productos y subproductos. IDENTIFICACIÓN OFICIAL.- Arete azul de exportación y arete oficial de campaña, conforme a la Norma Oficial Mexicana. MARCA A FUEGO.- Marca permanentemente aplicada al ganado bovino, quemado pelo y piel, que lo identifican con los dígitos del estado de origen

MOVILIZACIÓN.- Traslado de animales, productos o subproductos de origen animal de un lugar a otro. M.V.Z. RESPONSABLE.- Medico Veterinario Zootecnista autorizado por la SAGARPA como Verificador en materia de rumiantes, responsable de la documentación correspondiente a movilización y de realizar las pruebas en su caso. RESPONSABLE.- Persona designada por el propietario ante la comisión para informar de los ingresos y egresos de ganado. TUBERCULOSIS BOVINA.- Enfermedad infectocontagiosa de curso crónico y progresivo, causada por Micobacterium Bovis, que afecta a los animales y al hombre, por lo que se considera zoonosis, se caracteriza por la formación de lesiones granulomatosas en diversos órganos, que merman la condición física y productiva, causando pérdidas económicas de consideración.

XVI.- BIBLIOGRAFÍA 1. Disposiciones para la Introducción de Ganado Bovino al Estado de Tamaulipas de fecha 19 de Agosto de 2003. 2. Ley Ganadera para el Estado de Tamaulipas 1993. 3. NOM-031-ZOO-1995 Campaña Nacional contra la Tuberculosis Bovina. 4. NOM-041-ZOO-1995 Campaña Nacional contra la Brucelosis en los animales. 5. NOM-019-ZOO-1994 Campaña Nacional contra la Garrapata Boophilus Spp. 6. Clasificación de los Estados de acuerdo al USDA (13 de junio del 2003). 7. Decreto No. 204 y su reglamento.