Construcción de Cerco Perimétrico de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales Ing. Residente (01).- Ing. Civil, con experiencia mínima acumulada de 4 años como Residente o Supervisor o Inspector de Obras iguales o similares. Deberá acreditar capacitación en: Ley de Contrataciones del Estado, acreditado mediante copia simple de título, diploma, certificado o constancia emitido por centro de capacitación por un mínimo 50 horas de capacitación con una antigüedad no mayor a 05 años a la fecha de presentación de propuestas. Residencia o Supervisión o Seguridad de Obras, acreditado mediante copia simple de título, diploma, certificado o constancia emitido por centro de capacitación por un mínimo 50 horas de capacitación, con una antigüedad no mayor a 05 años a la presentación de propuestas. Asistente Técnico (03).- Ingenieros civiles, con experiencia mínima acumulada de 2 año como Residente o Supervisor o Inspector o Asistente de Residente o Asistente de Supervisor o Asistente de Inspector de Obras iguales o similares. Deberán acreditar capacitación en: Ley de Contrataciones del Estado, acreditado mediante copia simple de título, diploma, certificado o constancia emitido por centro de capacitación por un mínimo 12 horas de capacitación, con una antigüedad no mayor a 05 años a la presentación de propuestas. Administrador de Obra (01).- Ingeniero, con experiencia mínima acumulada de 4 años como Administrador de Obra o Administrador de Supervisión o Administrador de Inspección de Obras iguales o similares. Deberá acreditar capacitación en: Gerencia de Proyectos, acreditado mediante copia simple de título, diploma, certificado o constancia emitido por centro de capacitación por un mínimo 50 horas de capacitación, con una antigüedad no mayor a 05 años a la presentación de propuestas La experiencia del personal propuesto se acredita con copia simple de contratos de trabajo y su respectiva conformidad, constancias o certificados y se considerará la experiencia como válida a partir de la fecha de colegiatura. EL PROFESIONAL PROPUESTO BRINDARÁ SERVICIO EN FORMA EXCLUSIVA EN LA EJECUCIÓN DE LA OBRA. La experiencia del personal propuesta se considera partir de la fecha de colegiatura. Se considera obras iguales o similares a la ejecución de edificaciones en general. Experiencia en Obras en General: Deberá acreditar experiencia en obras en general por un monto mínimo acumulado equivalente a cuatro (04) veces el valor referencial. Las obras consideradas no podrán tener una antigüedad mayor a diez (10) años a la fecha de presentación de propuestas. Se acredita con copia simple de contratos y sus respectivas actas de recepción y conformidad; contratos y sus respectivas resoluciones de liquidación; o contratos y cualquier otra documentación de la cual se desprende fehacientemente que la obra fue concluida, así como su monto total. - Experiencia en Obras Similares: Deberá acreditar experiencia en obras similares por un monto mínimo acumulado equivalente a una (01) vez el valor referencial. Las obras consideradas no podrán tener una antigüedad mayor a diez (10) años a la fecha de presentación de propuestas. Se acredita con copia simple de contratos y sus respectivas actas de recepción y conformidad;
contratos y sus respectivas resoluciones de liquidación; o contratos y cualquier otra documentación de la cual se desprende fehacientemente que la obra fue concluida, así como su monto total. Se considerará obras similares a la ejecución de edificaciones en general EVALUACION A. EXPERIENCIA EN OBRAS EN GENERAL Se evaluará considerando el monto facturado acumulado por el postor correspondiente a la ejecución de obras en general, durante un periodo de diez (10) años a la fecha de presentación de propuestas, hasta por un monto máximo acumulado equivalente a dos (02) veces el valor referencial de la contratación correspondiente a la ejecución de la obra. La experiencia se acreditará mediante copia simple de: contratos y sus respectivas actas de recepción y conformidad; contratos y sus respectivas resoluciones de liquidación; o contratos y cualquier otra documentación de la cual se desprenda fehacientemente que la obra fue concluida, así como su monto total. En los casos que se acredite experiencia con contratos en los que se participó en consorcio, deberá presentarse la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato. Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012, se entenderá que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa formal o del contrato de consorcio. En caso en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales. (20 PUNTOS) M >= [6] veces el valor referencial: [20]puntos M >= [5] veces el valor referencial y < [6] vez el valor referencial): [14]puntos M > [RTM] y < [5] veces el valor referencial): [07]puntos M = [RTM]: Nota: [00] puntos M= Monto facturado acumulado por el postor por la ejecución de obras en general RTM= 4 veces el V.R El número de veces establecidos como factor de evaluación son adicionales al número de veces establecidos como RTM. Cuando los contratos presentados se encuentren expresados en moneda extranjera, deberá indicarse el tipo de cambio venta publicada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 6, referido a la experiencia en obras en general del postor. La obra presentada para acreditar la experiencia en obras similares servirá para acreditar la experiencia en obras en general.
B. EXPERIENCIA EN OBRAS SIMILARES Se evaluará considerando el monto facturado acumulado por el postor correspondiente a la ejecución de obras similares, durante un periodo no mayor a diez (10) años a la fecha de presentación de propuestas, hasta por un monto máximo acumulado equivalente al valor referencial de la contratación correspondiente a la ejecución de la obra. Se considerará obra similar: ejecución de edificaciones en general, cuyo valor mínimo sea equivalente al quince por ciento (15%) del valor referencial. (S/. 388,053.429 Nuevos Soles). La experiencia se acreditará mediante copia simple de: contratos y sus respectivas actas de recepción y conformidad; contratos y sus respectivas resoluciones de liquidación; o contratos y cualquier otra documentación de la cual se desprenda fehacientemente que la obra fue concluida, así como su monto total. En los casos que se acredite experiencia con contratos en los que se participó en consorcio, deberá presentarse la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato. Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012, se entenderá que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa formal o del contrato de consorcio. En caso en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales. Cuando los contratos presentados se encuentren expresados en moneda extranjera, deberá indicarse el tipo de cambio venta publicada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 7, referido a la experiencia en obras similares del postor. (35 PUNTOS) M >= [02] vez el valor referencial [35] puntos M >= [1.5] veces el valor referencial y < [02] vez el valor referencial: [20]puntos M> [RTM] y < [1.5] veces el valor referencial: [05]puntos M= [RTM] : [00] puntos Nota: M= Monto facturado acumulado por el postor por la ejecución de obras iguales y similares. RTM= 01 vez el V.R. El número de veces establecidos como factor de evaluación son adicionales al número de veces establecidos como RTM. C. EXPERIENCIA DEL PERSONAL PROFESIONAL PROPUESTO C.1 EXPERIENCIA DEL PERSONAL PROPUESTO (30 PUNTOS) 20 puntos
a.- INGENIERO RESIDENTE Se evaluará en función al tiempo de experiencia como residente o supervisor o inspector de obras iguales o similares (Ejecución de edificaciones en general). De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado. Mediante la presentación de copia simple de contratos de trabajo y su respectiva conformidad, constancias o certificados, y se considerará la experiencia válida a partir de la fecha de colegiatura. Ingeniero Residente Igual o mayor a [5] años: [20] puntos Mayor a [RTM] y menor a [5] años: [10] puntos Igual a [RTM]: NOTA: RTM= 04 años. [0] puntos El número de años establecidos como factor de evaluación son adicionales al número de años establecidos como RTM.