REGLAMENTO DE LA FEDERACIÓN INTERAMERICANA DE ABOGADOS QUE ESTABLECE LA POLÍTICA DE USO DE REDES SOCIALES FACEBOOK, TWITTER, BLOGS, Y YOUTUBE

Documentos relacionados
PROCESO COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL PROCEDIMIENTO COMUNICACIÓN INTERNA

Por qué crear un canal en YouTube

(mayo 10) Diario Oficial No de 18 de mayo de 2007 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

CONTROL DE COMBUSTIBLES PARA UNIDADES VEHICULARES

CAPÍTULO 17 ADMINISTRACIÓN DEL TRATADO

CONSIDERANDO PRIMERO:

Las normas que los diferentes campus deberán seguir son las siguientes:

MANUAL SOBRE USO DEL NOMBRE Y LOGOTIPO DE LA FEDERACION NACIONAL DE COOPERATIVAS DE AHORRO Y CREDITO DEL PERU

BOLIVIA TRANSPARENTE. MI VOTO CUENTA Elecciones Judiciales Visita: Línea Gratuita

MANUAL DE OPERACIÓN DE LA. NORMATECA INTERNA Hoja: 1 de 9

Política de uso de la CAFe: proveedores de servicio. DAGSer Dirección Adjunta de Gerencia de Servicios

LINEAMIENTOS GENERALES

ESTATUTOS SOCIALES DE LA FUNDACION PARA EL SERVICIO DE ASISTENCIA MEDICA HOSPITALARIA PARA LOS ESTUDIANTES DE EDUCACION SUPERIOR.

Aviso Legal y Politica de Privacidad

División de Comunicaciones y Prensa. Publicación de contenidos en el Portal Web Institucional 1. PROCESO/SUBPROCESO RELACIONADO:

Flota Occidental. INSTITUCIONALES Página: 1 de 7

EL CONSEJO DEL SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACION DE LA EDUCACION SUPERIOR (SINAES) REGLAMENTO PARA EL USO DE SELLOS, EMBLEMAS Y DENOMINACION SINAES

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO DECRETO NÚMERO DE 2012 ( )

SECRETARIA DE FINANZAS SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL MANUAL OPERATIVO SEGUIMIENTO FUMP ELECTRÓNICO

Política de. Divulgación y Transparencia

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: sin modificaciones

RESOLUCIÓN DE 21 DE JUNIO DE 2016 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

TÉRMINOS Y CONDICIONES PORTAL RESIDENCIAL

REDES SOCIALES. lo positivo y lo negativo

Colegio Universitario de Cartago Página 1 de 7 PA-FIN-09 Procedimiento para elaborar Presupuesto Extraordinario. Versión 01

ANEXOS GUÍA SOBRE CONFLICTOS DE INTERÉS GUÍA DE GOBIERNO CORPORATIVO PARA EMPRESAS SEP

Política de Responsabilidad Social Corporativa

Es una aplicación web gratuita de microblogging que reúne las ventajas de los blogs, las redes sociales y la mensajería instantánea.

REGLAMENTO DEL USO DE EQUIPOS DE CÓMPUTO, PROYECTORES MULTIMEDIA Y LABORATORIOS DE FACEM

sobre las notificaciones de pasaporte de intermediarios de crédito con arreglo a la Directiva 2014/17/UE («Directiva de crédito hipotecario»)

RESOLUCIÓN NÚMERO 6790

POLITICA EDITORIAL Y DE ACTUALIZACION PAGINA WEB

Oficina Asesora de Comunicaciones

CONCEJALIA DE FAMILIA, SERVICIOS SOCIALES Y PROTECCIÓN CIUDADANA. GUÍA DE USO-Entidades

H. CONGRESO DEL ESTADO. PRESENTE:

CARTA FUNDAMENTAL DE LOS JUEGOS DEPORTIVOS NACIONALES INTERCOLEGIOS DE ABOGADOS DE VENEZUELA

Contraloría General de la República

1. En los importes reseñados en los anexos está incluido el tipo del Impuesto sobre el Valor Añadido correspondiente.

CONSULTA Y GENERACIÓN DE CÓDIGOS DE EXTRANJEROS

MANUAL DEL PROCESO DE COMUNICACIÓN INTERNA CA-SGI-01-P02

PROTOCOLO EN LAS REDES SOCIALES

REGLAMENTO INTERNO COMITÉ DE SOLIDARIDAD

CRÉDITO FAMILIAR S.A. DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD REGULADA, GRUPO FINANCIERO SCOTIABANK INVERLAT.

1. DATOS IDENTIFICATIVOS

ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR

Cauces de comunicación. Web 2.0.

Procedimiento de Adquisición de Insumos Clínicos y Médicos en el Hospital Dr. Rafael Avaria Valenzuela de Curanilahue

VISTA la Ley No Monetaria y Financiera de fecha 21 de noviembre del 2002, y sus modificaciones;

PO-1TI-001. Código: Versión: Elaborado por: - Gerencia de IT. Página: Revisado por: - Gerencia de IT. Page 1 of 5

DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN LIMA PROVINCIAS MANUAL MANEJO DEL PORTAL PERUEDUCA 2014

POLÍTICA DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES

MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO

LEY No. 9. De 12 de enero de Por la cual se aprueba el Acuerdo de Cooperación Ambiental entre. la República de Panamá y la República de Chile

NU SKIN ES UN NEGOCIO SOCIAL PAUTAS DE NU SKIN PARA PUBLICACIONES EN REDES SOCIALES

RESOLUCIÓN 193 DE 05 DE MAYO DE 2016 CONTADURIA GENERAL DE LA NACIÓN

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEPARTAMENTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN

Lineamientos para el uso de equipo de cómputo

REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DEL MAGDALENA MUNICIPIO DE NUEVA GRANADA DESPACHO DEL ALCALDE Nit:

Incluye información sobre premios literarios, cursos, empleo sector editorial, actualidad... Puls a aqui

El acceso y uso de este sitio web se rige bajo los términos descritos a continuación.

Paseo por SIGAD ÍNDICE. Introducción...2. Acceso a la aplicación...3

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE ARCHIVO Y RESGUARDO DE DOCUMENTACION UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

CUESTIONARIO DE AUTO-EVALUACIÓN DEL CEI (Lista de verificación)

POLITICA DE PRIVACIDAD THELSA MOBILIY SOLUTIONS

HSBC BANK (CHILE) MANUAL DE MANEJO DE INFORMACION DE INTERES PARA EL MERCADO

AUTORIZACIÓN PARA PARTICIPAR EN EL CONCURSO DE RELATOS UN PAÍS DE CAPACIDADES

SISTEMA DE BLOGS UNIVERSIDAD DE LEÓN

Esquema de Publicación de Información

ESCALA DE AUTOEVALUACIÓN Y DE CONOCIMIENTO DEL USO QUE HACEN LOS MENORES DE LAS DE RRSS PADRES Y FAMILIA

Creación y Modificación de Blog

REVISIÓN DE CONTRATOS Y/O CONVENIOS DE CURSOS NO REGULARES SJ-01

La participación de la sociedad civil en la Unión Europea

PROTOCOLOS DE ATENCIÓN AL CIUDADANO: Virtual

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE COMPRAS

Regulación de la Ética de la Investigación en Chile. Dr. Marcelo O. Muñoz C. Jefe Oficina Ministerial de Bioética Santiago, 21 noviembre 2012.

RESOLUCION NUMERO 3104 DE 2005

Uso ético de la información: los derechos de autor

(julio 25) Diario Oficial No de 3 de agosto de 2006 SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS

GUÍA DE USUARIO DEL MÓDULO DEL REGISTRO UNIFICADO DE USUARIO NACIONAL RUU-N-

FEDERACIÓN INTERNACIONAL DE ESGRIMA. Pliego de condiciones

Becas de investigación Jeff Thompson. Políticas y procedimientos

Sistema electrónico de Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS)

Qué requisitos fiscales debo cumplir para facturar electrónicamente (emitir Comprobantes Fiscales Digitales)?

COMITÉS AUXILIARES. El Consejo de Administración de Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V. cuenta con los siguientes comités auxiliares:

CODIGO DE ÉTICA Y CONDUCTA DEL ACTUARIO

Transparencia y acceso a la información de los partidos políticos

INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL GABINETE DE PRESIDENCIA UNIDAD DE TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

INFORME QUE RINDE LA SECRETARÍA EJECUTIVA, AL PLENO DEL CONSEJO GENERAL, RELATIVO AL MONITOREO DE MEDIOS IMPRESOS, SONDEOS Y CONTEOS RÁPIDOS.

ASOCIACION CIVIL MAGNUM CITY CLUB Informe de Revisión Especial sobre Procedimientos Previamente Convenidos Diagnóstico Organizacional Reportes

Twitter Qué es Twitter?

RESOLUCIÓN RECTORAL No (Junio 8 de 2010)

3.1 Mecanismo de Aprobación de Proyectos

Política de Protección de Datos Personales en el Ministerio de Minas y Energía

Manual de Usuario para el registro de la Depreciación de los Activos Públicos en el Sistema de Bienes y Existencias

RECONOCIMIENTO AL RECICLAJE DE RESIDUOS Convocatoria

EL COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL LOGO

SEXUALIDAD E INTERNET

REGLAMENTO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE BOLSA DE EMPLEO DE LA ESCUELA COLOMBIANA DE INGENIERÍA JULIO GARAVITO

INSTRUCTIVO LICENCIAMIENTO DE MARCA

De Joven a Joven por la Salud Integral a través del Arte y la Cultura

Transcripción:

REGLAMENTO DE LA FEDERACIÓN INTERAMERICANA DE ABOGADOS QUE ESTABLECE LA POLÍTICA DE USO DE REDES SOCIALES FACEBOOK, TWITTER, BLOGS, Y YOUTUBE CONSIDERANDO: Que la Federación Interamericana de Abogados (FIA) reconoce que las redes sociales son un canal para la comunicación bidireccional con el afiliado, y con terceros. Que, por lo mismo, la FIA decide que no utilizará las redes sociales solamente como canal de expresión de información, sino principalmente como un conducto de acogimiento de dicha información. DECISIÓN: La FIA, a través de su Comité Ejecutivo, a continuación aprueba el siguiente Reglamento que Establece la Política de Uso de Redes Sociales, Facebook, Twitter, Blogs, y Youtube. I. NORMAS GENERALES 1. Las cuentas oficiales de la FIA a la fecha son: Facebook: Federación Interamericana de Abogados,InterAmericanBarAssociation;Twiter:@federacioninteramericanadeabogados- FIA-IABA y Youtube: FIA-IABAOFICIAL 2. Las citadas cuentas de redes sociales son de propiedad de la FIA y serán administradas por su Comité Ejecutivo, quien designará de cuando en cuando a uno de sus miembros para su manejo y administración, con el fin de dar a conocer las actividades académicas, gremiales, jurídicas, de intercambio profesional y cultural de la institución y sus respectivos miembros.

3. Otras aplicaciones como WhatsApp, Tango, Instagram, entre otros a la fecha, no son medios utilizados por la FIA. En caso de uso por parte de las autoridades o miembros de la misma, deberán mantenerse las directrices mencionadas más abajo. 1. Protección de la información confidencial y propietaria: No se publicará información confidencial o reservada acerca de la Federación Interamericana de Abogados, sus autoridades o funcionarios, miembros individuales, institucionales y asociaciones nacionales o locales afiliadas y en general cualquiera de las categorías de miembros que contemplen los Estatutos. 2. Respeto de la audiencia: No se utilizarán insultos étnicos, personales u obscenidades de ninguna clase que atenten contra el buen nombre de la Institución y de los miembros que la componen, o de terceros. Se mostrará respeto por la privacidad de las personas, especialmente en consideración de los temas que puedan ser objetables en los ámbitos religioso, político, socioeconómico y cultural. 3. Respeto el derecho de autor y el uso justo: Al publicar documentos, imágenes, archivos audiovisuales o de cualquiera otra clase, se dará estricta aplicación al respeto de los derechos de autor y de propiedad intelectual. 4. No uso del nombre, logo, o cualquier otro distintivo de la FIA con fines políticos y publicitarios: No se utilizarán ni el nombre, logo ni cualquiera otro distintivo de la Federación Interamericana de Abogados para promocionar ninguna clase de producto o un partido político, fuera de los casos en que las autoridades de la FIA lo autoricen conforme a sus Estatutos y la legislación aplicable. 5. Conducta en redes: Las autoridades y miembros de la Federación Interamericana de Abogados velarán que su conducta en las redes sociales sea coherente y acorde con los Estatutos de la Federación. 6. Uso del sentido común: Se establece el deber de abstenerse de publicar artículos, noticias, avisos o cualquiera clase de comunicación que sean perjudiquen o reflejen negativamente la imagen y buen nombre de la Federación Interamericana de Abogados, incluyendo los comentarios y mensajes sobre el abuso de drogas o alcohol, expresiones fuera de tono o con contenido de humor sexual u otras conductas inapropiadas con Memes negativos. 7. Respeto de las diferencias: Se observará el deber de apreciar la diversidad de opiniones dentro del marco del respeto profesional y ético.

8. No insultar o caer en provocaciones: Dada la facilidad de establecer un diálogo puede suceder que existan ataques de provocadores, también llamados trolls, para los cuales su único objetivo es provocar al interlocutor, basándose en insultos o argumentaciones sin sentido. Cuando se detecte algún usuario de este tipo se deberá ignorar y reportar a quien corresponda. 9. Publicación de Fotos y Videos: Queda prohibida la publicación de fotos y reproducción de videos que involucren a las autoridades o miembros de la Federación Interamericana de Abogados en donde se vea vulnerada su integridad o la de la Federación. De igual forma, las imágenes deben responder a actividades netamente institucionales. Las autoridades y miembros de la Federación deben evitar agregar como contactos a personas de dudosa reputación, de igual forma deben evitar incluir dentro del Facebook, Twitter o Youtube fotos o videos de los mismos. 10. Prohibición de Medios No Oficiales (Whatsapp, Tango, Instagram, Blogs no aprobados por el Comité Ejecutivo): Las autoridades y miembros de la Federación Interamericana de Abogados deben evitar crear espacios o grupos (chat) en donde se divulguen mensajes negativos acerca de los mismos o donde se viertan apreciaciones que no construyan ambientes sanos y de respeto. De igual forma, deberán abstenerse de construir páginas o portales adicionales a nombre de la Federación o de sus comités, ya que la institución no se hace responsable de sus publicaciones. Toda la información de la Federación y los Comités debe hacerse medio de canales oficiales de la misma. II. POLÍTICA DE USO DEL ADMINISTRADOR OFICIAL DE LAS REDES SOCIALES 1. La Federación Interamericana de Abogados contará con un Comité Editorial para Publicaciones en Redes Sociales (el Comité Editorial ) liderado por un Administrador Oficial de las Redes Sociales, los que serán designado por el Presidente de la Federación. El Comité Editorial aprobará los lineamientos generales para el uso de las Redes Sociales de la FIA, mientras que el Administrador Oficial de las Redes Sociales (el Administrador ) revisará y aprobará los asuntos enviados por los distintos miembros para su respectiva publicación. 2. El Comité Editorial estará integrado por 4 miembros del Comité Ejecutivo, que para tal fin decida el Presidente. 3. Las funciones del Administrador Oficial de las Redes Sociales serán las siguientes:

3.1. Una vez recibida la solicitud de publicación del material por parte de una autoridad o miembro de la Federación o, en su caso, de un tercero, la enviará al Comité Editorial quien deberá en un lapso no mayor a 48 horas autorizar o rechazar su publicación, con o sin enmiendas. 3.2. Mantener la calidad y actualización de la información publicada. 3.3. Atender y dar respuesta de forma expedita las comunicaciones emitidas por los usuarios, a través de los esquemas electrónicos y enviar respuestas automáticas. 3.4. Velar porque la calidad de los mensajes emitidos prevalezca sobre la cantidad de los mismos. 3.5. Publicar eventos o celebraciones de la Federación Interamericana de Abogados, material audiovisual (fotos, videos o audios) de la Federación, información general relacionada con el objeto de la misma, teniendo en cuenta que sean mensajes que promuevan la interacción con los distintos miembros de los países afiliados. III. DEL COMITÉ EDITORIAL PARA PUBLICACIONES EN REDES SOCIALES 1. El Comité Editorial para Publicaciones en Redes Sociales deberá decidir sobre la publicación o no de una noticia, artículo, foto, video o cualquier otra información que las autoridades of miembros de la FIA soliciten publicar y que cumpla con los objetivos de la Federación Interamericana de Abogados. 2. Para tal fin, una vez que el Administrador le envíe la solicitud de publicación, el Comité Editorial deberá decidir sobre la misma en un máximo de 48 horas aprobando con o sin modificaciones o rechazando, la respectiva solicitud. 3. Toda publicación debidamente autorizada por la FIA deberá enmarcarse dentro de los objetivos de la Federación Interamericana de Abogados, por lo tanto es deber del Comité Editorial velar por la estricta sujeción de las mismas a estos postulados. IV. INFORMACIÓN A RECOPILAR Y PUBLICAR 1. Cuando el miembro de la FIA no facilita o autoriza a obtener cierta información.

Tratándose de una publicación de un tema específico que la autoridad o el miembro de la Federación solicite que sea publicado en las redes sociales y que tenga relación directa con los objetivos de la FIA conforme a sus Estatutos. Así mismo, la autoridad o miembro de la FIA podrá autorizar al Comité Editorial a obtener desde su respectiva página Web o cuenta de red social, la información que sea de interés para los miembros de la FIA, previo diligenciamiento del formulario de autorización emitido por los respectivos Colegios de Abogados, Asociaciones, Despachos de Abogados, entre otros. 2. Cuando el miembro de la FIA autoriza el uso de la información. En algunos casos, los miembros de la Federación Interamericana de Abogados podrán compartir datos con el Comité Editorial a través de sus respectivas páginas Web, blogs o sitios donde publiquen las actividades que realizan en beneficio de los objetivos de la Federación. La Federación Interamericana de Abogados, que es propietaria de las redes sociales en Facebook, Twitter, Blogs, y Youtube ya señaladas, y en cumplimiento de las condiciones de uso y política de privacidad de tales medios determina que cuando el usuario hace clic en el botón "Me gusta" de una página, o se hace seguidor de la misma, crea una conexión con la FIA. Como la conexión se incluye en su perfil, los amigos del usuario pueden verla en sus secciones de noticias. La página de la Federación puede publicar actualizaciones en su sección de noticias o sus mensajes y se puede poner en contacto con el usuario. Los responsables de estas páginas oficiales en ningún caso utilizarán los datos para otras finalidades que las descritas anteriormente, ni se pondrán en contacto con el usuario sin su solicitud previa. En todo momento, el usuario puede dejar de ser seguidor de las páginas oficiales de la Federación Interamericana de Abogados, dando click en la casilla "ya no me gusta" o dejar de seguir según sea el caso para la red social. La Federación Interamericana de Abogados respeta los derechos de propiedad intelectual de los demás usuarios de medios sociales y velará para que sus usuarios hagan lo mismo. De acuerdo con la Digital Millennium Copyright Act de 1998, cuyo texto puede encontrarse en el sitio web de la oficina de derechos de autor de Estados Unidos en http://www.copyright.gov, la Federación Interamericana de Abogados responderá con celeridad a las demandas de violación de los derechos de autor cometidas utilizando el servicio de redes sociales de la misma, que se notifiquen al agente de derechos de autor designado por la Federación Interamericana de Abogados. Si es propietario de derechos de autor, autorizado tanto para actuar en nombre de otro como bajo cualquier derecho exclusivo amparado por la ley de derechos de autor, el

usuario comunicará cualquiera presunta violación de los derechos de autor ocurridas en o a través de los servicios de redes sociales de la Federación Interamericana de Abogados, enviando el aviso de presunta violación y entregándolo al agente de derechos de autor designado por la misma. En el momento de recibir un aviso, La Federación Interamericana de Abogados emprenderán las acciones, a su exclusivo criterio, que considere oportunas, comprendida la retirada del uso impugnado desde los servicios y/o la extinción de la cuenta del usuario de redes sociales. V. APROBACIÓN, MODIFICACIÓN, Y PUESTA EN VIGENCIA El presente Reglamento ha sido probado por el Comité Ejecutivo de la Federación Interamericana de Abogados con fecha 13 de julio de 2015. Toda modificación al presente Reglamento será hecha mediante resolución del Comité Ejecutivo de la FIA adoptada en conformidad con los Estatutos de la FIA y demás regulaciones aplicables. El presente Reglamento entrará en vigencia el día de su publicación en la página Web institucional de la FIA. Carlos López López Presidente Dante Figueroa Secretario General