REGLAMENTO DEL CENTRO DE INFORMACIÓN DEL ITSE. Capítulo I. Generalidades

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REGLAMENTO DEL CENTRO DE INFORMACIÓN DEL ITSE Capítulo I Generalidades Art. 1 La finalidad del Centro de Información es fortalecer el conocimiento mediante la promoción y apoyo de actividades encaminadas al proceso de enseñanza aprendizaje, la labor docente, la investigación y las actividades culturales que se realizan en el Instituto Tecnológico Superior de Escárcega. Para lograr lo anterior, en el Centro de Información se realizarán las siguientes actividades acciones: a) Proporcionar servicios eficientes, de calidad y de manera oportuna a todos los usuarios. b) Promover entre de comunidad tecnológica los servicios que se brindan. c) Gestionar la continua capacitación del personal para mejorar el desarrollo profesional d) Actualizar los servicios y el acervo bibliográfico, acorde a las necesidades de los usuarios y las capacidades del ITSE; así como impulsar el uso de tecnologías para el manejo de información y consulta. e) Procurar la optimización de los recursos y su buen manejo mediante la orientación a al usuario. Art. 2 Para efectos del presente Reglamento se entiende por: I. Usuarios Los beneficiarios de los servicios proporcionados por el sistema, mismos que pueden ser: a) Internos: - Personal académico, administrativo y de apoyo - Estudiantes

b) Externos: Instituciones, funcionarios y público en general. Art. 3 II. Servicios Conjunto de acciones académicas, técnicas y administrativas para la selección, adquisición, sistematización, almacenamiento, difusión, control y préstamo y conservación del material bibliográfico, audiovisual y equipos de cómputo. El horario del Centro de Información Lunes a Viernes de 7:00 a 20:00 hrs. Y los sábados de 10:00 a 13:00 hrs. Capítulo II De los servicios Art. 4 El Centro de Información, proporcionará a los usuarios los servicios: Consulta y préstamo de material bibliográfico Hemeroteca y síntesis periodística Cubículo de estudio grupal Revistas especializadas Equipo de cómputo e Internet Asesoría e información Reprografía (Fotocopiado e impresión) A recibir cualquiera de estos servicios el usuario deberá de entregar sus artículos escolares o personales al ingresar al Centro de Información al personal encargado.

Capítulo III De los préstamos Los servicios podrán solicitarse por los usuarios en dos modalidades: Préstamo interno o en sala: se proporcionará el material que se solicite para consulta exclusivamente dentro de las instalaciones del Centro de Información Art 5 Préstamo externo o a domicilio: Sólo se proporcionará a los usuarios internos el material bibliográfico y/o audiovisual que solicite, de acuerdo al presente reglamento, para consulta y uso fuera de las instalaciones de Centro de Información. El horario para solicitar préstamos, internos, será de 7:00 a 20:00 hrs., de lunes a viernes, y los sábados de 9:00 a 13:00 hrs. Art. 6 El préstamo interno, se realizará bajo la modalidad de estantería abierta, a todos los usuarios, con previo registro. Art. 7 El material consultado, de manera interna deberá entregarse al personal encargado; bajo ninguna circunstancia deberá regresarse a la estantería. Art. 8 El préstamo a domicilio, será exclusivo para los usuarios miembros de la institución. Cada usuario, tendrá derecho a solicitar 2 materiales o ejemplares de forma simultánea, siempre y cuando el material solicitado no sea ejemplar único. Los usuarios solo podrán llevar en calidad de Préstamo Externo un ejemplar de cada título.

Para los usuarios que provienen de comunidades o lugares diferentes a la Ciudad de Escárcega, y que por esos motivos no pueden entregar los ejemplares el día sábado, se les permitirá entregarlos el día lunes. Art. 9 El préstamo a domicilio tendrá una duración de 24 hrs. Y se realizarán en los horarios siguientes: Turno matutino de 12:00 a 14:00 hrs. Y el vespertino de 18:00 a 20:00 hrs. Art. 10 Para solicitar material y/o libros a domicilio, es necesario que el usuario: No presente adeudos de material bibliográfico. No tener multas pendientes, sin pagar. No estar bloqueado en el sistema, luego de varios adeudos o multas incumplidas. Presentar credencial actualizada que lo acredite como alumno regular o personal del ITSE o credencial de elector. Art. 11 Los usuarios tendrán derecho a 2 renovaciones por cada préstamo, siempre y cuando existan más ejemplares del La Renovación de préstamos de material bibliográfico, deberá realizarse antes de la fecha de vencimiento del préstamo, en caso contrario se considerará como un retraso. Los horarios para renovación serán para el turno matutino de 7:00 a 9:00 hrs y de 14:00 a 16:00 hrs para el turno vespertino. Los sábados la renovación podrá realizarse en un horario de 09:00 a 13:00 hrs. La renovación podrá realizarse siempre y cuando el libro no sea requerido por otros usuarios. Para solicitar la renovación de material, deberán acudir en persona a las instalaciones del Centro de Información, al módulo de atención a usuarios. Art. 12 Si el usuario requiere el material por más de dos períodos de renovación, deberá acudir en persona y será indispensable presentar el (los) ejemplar (es) para verificar el estatus del usuario y generar un nuevo préstamo.

Capítulo IV De la Devolución del material Art. 13 Para efecto de devolución el usuario entregará el material de lectura al personal encargado del Centro de Información, en el turno matutino de 7:00 a 9:00 hrs. Y en el vespertino de 14:00 a 16:00 hrs. Observará que se descargue del sistema, el préstamo. Si el usuario entrega el ejemplar después del horario establecido, aunque solo sean 1 minuto de diferencia se le cobrará una multa por $2.5 Art. 14 Cuando un usuario no devuelva el (los) ejemplar (es) al término del período de préstamo, o bien, no realice la renovación de dicho préstamo, se aplicarán las sanciones contempladas en el Capítulo IX de este reglamento. Art. 15 En caso de pérdida, mutilación o deterioro no intencionados de algún ejemplar, se aplicarán las sanciones descritas en el capítulo IX, Artículo 27 Capítulo V De las asesorías e información Art. 16 El personal del centro de Información dará asesorías a cualquier usuario que lo solicite sobre el uso y manejo de fuentes de información que se tengan disponibles para consulta. Art. 17 El Centro de Información puede organizar talleres sobre lo servicios y fuentes de información que se ofrecen a los usuarios internos. Es recomendable que dichos talleres sean tomados por los alumnos de nuevo ingreso. Capítulo VI De la Utilización de Computadoras y la Búsqueda en Bases de Datos Electrónicas

Art. 18 El préstamo de computadoras será exclusivamente para los usuarios internos del Instituto Tecnológico Superior de Escárcega Art. 19 El uso de las computadoras será exclusivamente con fines académicos, como trabajos, investigaciones, consultas; quedando restringido el uso de computadoras e Internet para fines de entretenimiento u ocio. Art. 20 Los usuarios, podrán hacer uso de los siguientes servicios: Paquetería Office Navegación en Internet para investigar Correo electrónico, únicamente con fines académicos Enciclopedias electrónicas Discos Compactos Los discos compactos solo se utilizarán en las instalaciones del Centro de Información en calidad de préstamo interno. Art. 21 Los usuarios que se sorprendan haciendo uso de las computadoras fuera de las políticas mencionadas (chats, navegar en Internet y utilizar correo electrónico con fines personales, ocio o entretenimiento) recibirán llamadas de atención Art. 22 Los usuarios que reincidan en las acciones descritas en el artículo 21, serán sancionadas, solicitándoseles cerrar la sesión y salir de las instalaciones del Centro de Información. Capítulo VII De la utilización de los cubículos

1.- Los usuarios deberán Registrarse en el formato de préstamo de cubículos especificando la actividad a realizar 2.- La persona que solicite el servicio se responsabilizará de su apropiada y cuidadosa utilización, así como el de entregar la credencial al personal responsable. 3. - Los cubículos sólo podrán ser utilizados por seis personas como Máximo. 4. Utilizar el cubículo como un máximo de 3 horas 5. No ocupar un cubículo diferente al asignado. 6. Durante la estancia en el cubículo se observarán los siguientes puntos: Guardar limpieza, orden y silencio. No fumar e introducir alimentos y bebidas. No rayar, manchar o maltratar pisos, paredes y mobiliario. Abstenerse de practicar actividades diferentes a las del estudio. 7. Al retirarse, registrar la hora de salida y recoger la credencial. 8. Obedecer las indicaciones del personal del Centro de Información Capítulo VIII De los usuarios Art. 23 Los usuarios tendrán prohibido: Fumar dentro de las instalaciones del Centro de Información Hablar en voz alta y con palabras altisonantes Introducir cualquier tipo de líquido Ingresar en estado de ebriedad o intoxicado Acceder a las instalaciones del Centro de Información en shorts, chanclas, gorras, lentes oscuros, playeras, sport. Sacar del Centro de Información material sin que éstos hayan sido registrados en el sistema de préstamo. Hacer uso de las instalaciones para actividades distintas a las de consulta, estudio, la investigación y las actividades culturales. Retirar o mover sin previa autorización del Responsable del Centro de Información, cualquier mobiliario o equipo. Hacer uso de teléfonos celulares,), cámaras fotográficas, etcétera

Art. 24 Los usuarios tendrán como obligaciones: Responsabilizarse del material otorgado en calidad de préstamo, ya sea interno o a domicilio Contribuir en la preservación de las instalaciones, mobiliario, equipos y acervo bibliográfico Deberán apegarse a los mecanismos de control, administrativos y normatividad que sean establecidos. Guardar debido respeto y ser considerado con los demás usuarios y el personal de Centro de Información. Ser responsable de devolver el material solicitado en las fechas que se establezcan. Verificar que el material que devuelvan al Centro de Información, sea dado reportado en el sistema de préstamos como devuelto o entregado. Responsabilizarse del buen uso del material bibliográfico y de las computadoras. Entregar a las personas y los lugares indicados el material que haya consultado. Conocer y respetar las disposiciones contempladas en este reglamento. Art. 25 Son derechos de los usuarios: Ser tratados por el personal del Centro de Información con amabilidad y respeto. Recibir los servicios descritos en este reglamento. Hacer uso del mobiliario y equipo, en los términos aquí descritos. Capítulo IX Sanciones Art. 26 Al usuario que se sorprenda mutilando, rayando, maltratando o haciendo uso indebido del acervo bibliográfico, revistas, mobiliario y equipo, le serán suspendidos todos los servicios del Centro de Información en tiempo indefinido, conforme al informe emitido por el Centro de Información. Art. 27 Los usuarios que no devuelvan en el tiempo autorizado, el material que tengan en préstamo a domicilio se harán acreedores a las siguientes sanciones: En caso de no entregar en tiempo y forma un ejemplar o revista $5.00 por material solicitado y por cada día de retraso en la devolución, para alumnos regulares

$10.00 por material solicitado y por cada día de retraso en la devolución, para el personal administrativo, docente y de apoyo del ITSE En caso de entregar el ejemplar en mal estado (mutilado, manchado, rayado, maltratado, mojado) Cubrir el 50% de costo del libro o revista y este se quedará en el Centro de Información. En caso de pérdida u hojas faltantes del ejemplar: Devolver un ejemplar del mismo título, de la misma o nueva edición o Pagar el costo total del material bibliográfico o de la revista Art. 28 En el Centro de Información, el sistema indica automáticamente el monto total de de la multa. La sanción se eliminará al realizar el pago. Art. 29 Los usuarios con multas pendientes, sin pagar, o bien, con préstamos vencidos, no podrán hacer uso del servicio de préstamo a domicilio hasta que regularice su situación. Art. 30 En caso de extravío del material solicitado, se deberá notificar para evitar, además. Las multas. Art. 31 Capítulo X Transitorios Los alumnos y el personal docente, administrativo y de servicios deberán conocer y observar las disposiciones descritas en el presente documento, por lo que el desconocimiento de las mismas no los disculparán de las responsabilidades por incumplimiento. Art. 32 La Dirección General del ITSE y/o la Subdirección de Planeación y Vinculación, contemplarán cualquier punto no previsto en este reglamento.

Art. 33 Este reglamento entra en vigor a partir de su publicación y se aplicará a todos los usuarios de los servicios del Centro de Información del Instituto Tecnológico Superior de Escárcega.