Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción Nueva Operatoria Sistema Web IERIC FEBRERO 2009
El Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción inscribe y lleva registro de todos los empleadores y trabajadores comprendidos en la Ley 22250, para lo cual entrega constancias fehacientes de las presentaciones efectuadas por los sujetos obligados en dicha norma. El IERIC ha previsto la creación de un Sistema Web cuyo beneficio central radica en brindar al empleador la posibilidad de inscribir un trabajador con una metodología ágil y diferente. Permitiéndole declarar la relación laboral a través de Internet e imprimir la Libreta de Fondo de Cese Laboral en formato Hoja Móvil en esa misma oportunidad. Asimismo el Sistema Web IERIC prevé la búsqueda de trabajadores, la visualización de sus datos y actualización de los mismos. Entre otras funciones también permite consultar la historia laboral de uno o más trabajadores de la construcción que hubieren prestado servicios para el empleador en cuestión. 2
Bases de la Nueva Metodología Fase de Implementación Condiciones para poder operar con el Sistema Web Nuevos Trámites 3
Bases de la Nueva Metodología 1. La Libreta de Fondo de Cese Laboral Hoja Móvil mantiene: - Su carácter obligatorio como instrumento de aplicación del Régimen de la Industria de la Construcción y su contenido (los datos requeridos por la Ley 22250). - La existencia de una única libreta por relación laboral vigente. 2. El Empleador continuará con su obligación de realizar la inscripción del trabajador en el IERIC dentro de los 15 días hábiles del ingreso. La diferencia radicará en que, a través de una Aplicación Web, podrá realizar la declaración por Internet hasta las 24 horas del día en que se cumplen los 15 días hábiles. A los efectos del cómputo del plazo que establece la Ley no se tendrán en cuenta los días correspondientes a los feriados locales. 3. Las Multas previstas por registraciones tardías fijadas por la Ley 22250 y el Pacto Federal del Trabajo, ratificado por la Ley 25212, continúan en plena vigencia al igual que las reducciones previstas por la Resolución 4/2008 12/2008 y su reglamentación. 4
Bases de la Nueva Metodología 4. Libreta de Fondo de Cese Laboral en formato Hoja Móvil : Podrá ser impresa por el empleador que declare la relación laboral con el trabajador respectivo. Posee un apartado para ser utilizado como constancia liberadora de los fondos del trabajador ante las instituciones bancarias. Cuenta con un algoritmo de seguridad que permite validar que el contenido del documento ha sido emitido utilizando el Sistema del IERIC. 5. El IERIC considerará como Fecha de Ingreso del trabador aquella que el empleador hubiere declarado en el Registro de Mi Simplificación (AFIP). 5
Bases de la Nueva Metodología Con la existencia del Sistema Web lo que fundamentalmente varía es el formato de la Libreta de Fondo de Cese laboral, la manera en que se obtiene y cómo se declara la relación laboral ante el Instituto. ANTES HOY La libreta continua vigente: varía el Formato. Libreta Tradicional Libreta Hojas Móviles La Declaración de la Relación Laboral ante el IERIC y la obtención de la Libreta de FCL A través de la rúbrica de Libreta Tradicional A través del Sistema Web. Se ingresan los datos de la relación a partir de los cuales se habilita la impresión de la Libreta Hoja Móvil 6
Bases de la Nueva Metodología ANTES HOY El empleador Tramita la libreta dentro de los 15 días del ingreso del trabajador. En el IERIC En la Web El empleador Tramita la libreta luego de 15 días del ingreso del trabajador. En el IERIC En el IERIC 7
Bases de la Nueva Metodología Fase de Implementación Condiciones para poder operar con el Sistema Web Nuevos Trámites 8
Fase de Implementación Los empleadores que revistan la calidad de Sociedades Tipo B podrán comenzar a operar bajo la nueva modalidad a través del Sistema Web IERIC desde el 01/04/2009; en tanto las Sociedades de Tipo A lo podrán hacer desde el 01/07 del corriente. Sin embargo, entendiendo que el pasaje de una modalidad a otra pretende ser gradual, el IERIC ha previsto la coexistencia de Libretas Tradicionales y Libretas Hojas Móviles. A tales efectos el Instituto continuará: Rubricando las Libretas Tradicionales que se encuentren en poder de los empleadores. Expidiendo Libretas Tradicionales hasta el 30/09/2009 para las sociedades de tipo A y de 30/06/2009 para las sociedades de tipo B. Asimismo el IERIC ofrecerá a los empleadores la posibilidad de realizar la Inscripción de un Trabajador (declaración de la relación laboral a través de la Web) desde las distintas Representaciones del País y sus dependencias en forma totalmente gratuita durante el período de transición de una modalidad a otra. 9
Bases de la nueva operatoria Fase de Implementación Condiciones para poder operar con el Sistema Web Nuevos Trámites 10
Condiciones para poder operar con el Sistema Web 1. Contar con un lector de tarjetas inteligentes. 2. Haber instalado el lector de tarjetas. 3. Haber descargado el software del Aplicativo. 4. Encontrarse al día con el pago de Aranceles. 5. Contar con la Tarjeta Inteligente del Trabajador cuya relación se pretende declarar. 11
1. Dónde adquirir un lector de Tarjetas Inteligentes? Todo empleador que hubiere renovado aranceles correspondientes al período 2009 recibirá un lector de tarjetas inteligentes en la medida que no hubiere recibido alguno a lo largo del año 2008. La entrega de los lectores se realizará en la Representación que hubiere renovado el arancel a partir de las siguientes fechas: Empresas Tipo B: 15/03 al 30/04/2009 Empresas Tipo A: 15/06 al 31/07/2009 La persona que concurra a retirar el lector en nombre del Empleador deberá hacerlo con: DNI Credencial Empresaria En caso de que el empleador necesite contar con más de un lector de tarjetas inteligentes el IERIC informará una serie de proveedores donde podrán adquirirlos. 12
2. Instalación de un Lector A fin de instalar el lector de tarjetas inteligentes se deberán seguir las indicaciones del Instructivo que podrá descargar de www.ieric.org.ar/. Los mismos estarán disponibles a partir del 15/03/2009. 3. Instalación del Software del Sistema Web IERIC Habiendo conectado el lector de tarjetas inteligentes se deberá proceder a la instalación del Software siguiendo las pautas del Instructivo que podrá ser descargado de www.ieric.org.ar. Los mismos estarán disponibles a partir del 15/03/2009. 4. Imposibilidad de operar con el Sistema Web IERIC Habiendo instalado el lector y el software correspondiente para efectivamente comenzar a utilizar la Aplicación Web el empleador requerirá estar al día con el pago de Aranceles, pues caso contrario, no podrá obtener el nombre de usuario y contraseña para ingresar al Sistema. 13
5. El trabajador no cuenta con Tarjeta Inteligente Cómo tramitarla? A lo largo del ciclo lectivo 2008 algunos trabajadores de la construcción han recibido su tarjeta inteligente de parte del empleador. Sea porque éste la ha recibido del IERIC en la etapa de Pre - Lanzamiento o porque la obtuvo al momento de tramitar la rúbrica de la libreta. Si el trabajador no contare con una tarjeta inteligente el Empleador deberá gestionarla en el IERIC cuando: 1. Se trate de un trabajador no inscripto, es decir, aquel trabajador que: Se esté empleando por primera vez en un puesto vinculado a la actividad de la construcción. No tenga ni hubiere tenido Libreta de Fondo de Cese Laboral o Libreta de Aportes Patronales. 2. Se trate de un trabajador inscripto que no posee tarjeta inteligente y con el cual mantiene relación laboral vigente. Se entiende como trabajador inscripto aquel que tiene libreta de FCL (con o sin fojas disponibles) o ha tenido libreta tradicional en el pasado. 14
Bases de la nueva operatoria Fase de Implementación Condiciones para poder operar con el Sistema Web Nuevos Trámites 15
Nuevos Trámites 1. Emisión de Tarjetas para Trabajadores No Inscriptos 2. Emisión de Tarjetas para Trabajadores Inscriptos 3. Registro de una Relación Laboral Tardía 4. Actualización del Registro del trabajador 16
1. Emisión de Tarjetas para Trabajadores No Inscriptos Cuándo deben solicitar la emisión de una tarjeta inteligente? Siempre que un empleador contrate los servicios de un trabajador no inscripto deberá gestionar la credencial del mismo en el IERIC. Se entiende como trabajador no inscripto conjuntamente: aquél que reúne las siguientes características - Se esté empleando por primera vez en un puesto vinculado a la actividad de la construcción. - No tenga ni hubiere tenido Libreta de Fondo de Cese Laboral. - No posea tarjeta inteligente. Quien debe solicitar la emisión de una tarjeta para un trabajador? Solo podrá solicitar la emisión de una credencial para un trabajador no inscripto su empleador. 17
Qué documentación se debe presentar para la emisión de una tarjeta para un no inscripto? FI.001: Formulario Emisión de Tarjeta Inteligente para trabajadores no inscriptos (a proporcionar por el IERIC) Credencial del empleador: original o copia autenticada. DNI del trabajador: copia de la primera y segunda hoja. Constancia de CUIL del trabajador otorgada por ANSES. Constancia de Alta Temprana del trabajador: copia de la misma. 18
2. Emisión de Tarjeta para Trabajadores Inscriptos Cuándo se solicitará la emisión de una tarjeta inteligente un Trabajador Inscripto? Cuando se trate de un trabajador inscripto en el IERIC no posee tarjeta inteligente y con el cual mantiene una relación laboral vigente. Se entiende como trabajador inscripto aquel que tiene libreta de FCL (con o sin fojas disponibles) o ha tenido libreta en el pasado. Quien puede solicitar la emisión de una tarjeta inteligente? La emisión de una tarjeta inteligente para un trabajador inscripto podrá solicitarla empleador al momento de contratar sus servicios o el trabajador siempre y cuando no posea una relación laboral activa. 19
Qué documentación se debe presentar para la emisión de la Credencial? FI.002: formulario Emisión de Tarjeta Inteligente para Trabajadores Inscriptos Denuncia policial: cuando el trabajador hubiere recibido una tarjeta inteligente pero no la posee en el presente porque la ha extraviado o ha sufrido un robo. Si la solicita el Empleador Credencial Empresaria (original o copia autenticada) DNI del trabajador: copia de la primera y segunda hoja. Constancia de CUIL del trabajador otorgada por ANSES. Constancia de Alta Temprana del trabajador: copia de la misma. Si lo solicita el Trabajador que no posee una relación laboral activa DNI (original): si quien solicita la emisión de su tarjeta es el Trabajador. Asimismo se informa que con posterioridad a la presentación realizada por el trabajador, si el trámite lo requiere, IERIC podrá solicitar la documentación adicional a la mencionada. 20
Emisión de una Tarjeta Inteligente SI Tramita Trabajador NO Inscripto FI.001 EMPLEADOR No ha tenido ni tiene Libreta de FCL SI Trabajador Inscripto Ha tenido o Tiene Libreta de FCL FI.002 Tramita EMPLEADOR o TRABAJADOR 21
3. Registro de una Relación Laboral Tardía Cuándo solicitarán la registración de una relación laboral tardía? Cuando el empleador no pueda declarar la relación laboral con un trabajador a través del Sistema Web. Dicha situación tendrá lugar cuando hubieren transcurrido más de 15 días hábiles entre la fecha de ingreso del trabajador declarada en AFIP y la fecha en que se inserta la tarjeta inteligente del trabajador en la lectora. 22
Qué documentación se debe presentar al momento de declarar tardíamente una relación laboral? FI.004: formulario Declaración de Relación Laboral Tardía Credencial del empleador: original o copia autenticada. DNI del trabajador: copia de la primera y segunda hoja. Constancia de CUIL del trabajador otorgada por ANSES. Constancia de Alta Temprana del trabajador: copia de la misma. DDJJ RESOLUCIÓN 4/2008-12/2008 manifestando la etapa administrativa en la que se encuentra, cuando hubieren transcurrido un plazo superior a los 45 días desde el ingreso del trabajador. Tarjeta Inteligente del trabajador: cuando hubiere transcurrido más de 30 días de que insertó la tarjeta en el lector o bien, cuando no la hubiere insertado en ninguna oportunidad. 23
4. Actualización del Registro del trabajador Cuándo solicitarán la actualización del Registro de un trabajador? Cuando el empleador advierta errores en los datos del trabajador tales como, Nombre y Apellido o Número de CUIL o bien; cuando el trabajador quiera actualizar los datos contenidos en su registro. Quien podrá solicitar la actualización? La actualización de los datos del registro del trabajador podrá ser solicitado por el trabajador de la Industria de la Construcción o por el Empleador con consentimiento del trabajador en cuestión. 24
Actualización del Registro del trabajador Qué documentación se debe presentar? FI.003: formulario Actualización del Registro de un Trabajador DNI del trabajador Constancia de CUIL otorgada por la ANSES Tarjeta inteligente si se actualizan los datos visibles en ella (Nombre y Apellido, N CUIL) Si lo solicita el empleador además se requerirá Credencial del empleador Constancia de Alta temprana Si lo solicita el trabajador además se requerirá DNI original 25