CENTRO DE INVESTIGACIONES Y ESTUDIOS SUPERIORES EN ANTROPOLOGÍA SOCIAL REGLAMENTO GENERAL DEL PROGRAMA BECAS DEL CIESAS

Documentos relacionados
CONSEJO QUINTANARROENSE DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

Estancias Posdoctorales Vinculadas al Fortalecimiento de la Calidad del Posgrado Nacional C O N V O C A B A S E S G E N E R A L E S

Procedimiento para el Otorgamiento de Licencias por Beca Comisión

CONVOCATORIA Programa de Becas para la Formación y Desarrollo de Capital Humano del IMP Becas

LA ACTIVIDAD DEL CONACYT POR ENTIDAD FEDERATIVA. Jalisco

Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Especialización en Gestión de Organizaciones con Fines Sociales

REGLAMENTO DEL CONSEJO TÉCNICO CONSULTIVO DEL CIESAS. ARTÍCULO l. FUNCIONES

PROGRAMA REGLAMENTADO DE BECAS

UNIVERSIDAD DE LIMA REGLAMENTO

CONVOCATORIA A CONCURSO DE OPOSICIÓN ABIERTO CIESAS - SURESTE

REGLAMENTO DE MEDIOS DE APOYO

REGLAMENTO DE BECAS Mayo 2012

PROGRAMA SEMESTRAL DE RESIDENCIAS PROFESIONALES AGOSTO DICIEMBRE 2016

CAPITULO V DE LA GESTIÓN DEL CONCURSO ECUATORIANO DE PROGRAMAS DE CAPACITACIÓN A INVESTIGADORES MIEMBROS DE LA RED AVANZADA CECIRA.

CONVOCATORIA No. IFTDH DOCENTE LOGÍSTICA MEDIO TIEMPO

UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA NACIONAL FRANCISCO MORAZAN PROCESO DE SELECCIÓN DEL DOCENTE DISTINGUIDO PARA EL AÑO 2016

Centro de Enseñanza para Extranjeros. Biblioteca Simón Bolívar Reglamento interno

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS DE LA DIRECCION MUNICIPAL DE EDUCACION DEL H. AYUNTAMIENTO DE LOS CABOS, B.C.SUR.

Procedimiento para Orientación Becas-SEP

CONVOCATORIA No. DRU - 041

ANEXO 2 OPERACIÓN Y FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL FONDO PYME

INSTITUTO NACIONAL PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN

Convocatoria Becas Santander de Movilidad Nacional Santander Universidades CONVOCA

UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA NACIONAL COMISIÓN ACADÉMICA DICTAMINADORA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE HIDALGO

CONVOCATORIA DE BECAS TESIS PRIMERA PROMOCIÓN 2016

PROGRAMA NACIONAL DE BECAS 2014 BECAS DE TITULACIÓN PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR

UNIVERSIDAD ESTATAL DE SONORA REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS INSTITUCIONALES PARA ESTUDIOS DE POSGRADO

Sistema de Garantía Interna de Calidad de los programas de doctorado de la UAM

VISTO el Expediente N /13, la Resolución (CS) N 247/05, la Resolución (CS) Nº 097/09, y

La Universidad Nacional Autónoma de México. a través del. Programa de Maestría y Doctorado en Ingeniería

ANEXO 01 INSTRUCTIVO PARA EL MODELO DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS

UNIVERSIDAD TÉCNICA ESTATAL DE QUEVEDO Campus Manuel Haz Álvarez SECRETARIA GENERAL

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS INSTITUCIONALES CONSIDERACIONES GENERALES

UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAAGUAZÚ

UNIDAD DE SERVICIOS FONDO EDITORIAL UNIVERSIDAD CATÓLICA DE ORIENTE UCO DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO UNIVERSIDAD CATÓLICA DE ORIENTE

REGLAMENTO GENERAL DE BECAS PARA ALUMNOS

ESCUELA DE ARQUITECTURA DE MÁLAGA

LA JUNTA DIRECTIVA DEL COLEGIO DE INGENIEROS AGRÓNOMOS DE GUATEMALA CONSIDERANDO

PROCEDIMIENTO PARA EL DESARROLLO DE TRABAJOS DE GRADO DE PROGRAMAS ACADÉMICOS DE PREGRADO

Programa de becas complementarias. Centro de Geociencias

PROCESO CAS N ANA COMISIÓN DE SELECCIÓN

DECIDE: CAPITULO I PROGRAMA DE DIFUSION ESTADISTICA DE LA COMUNIDAD ANDINA

COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE QUINTANA ROO

Programa Anual de Trabajo de la Contraloría Social, 2016

SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES (SRE) DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS CULTURALES DIRECCIÓN DE INTERCAMBIO ACADÉMICO SOLICITUD A

PROTOCOLO DE EVALUACIÓN PARA LA VERIFICACIÓN Y MODIFICACIÓN DE TÍTULOS OFICIALES DEL SISTEMA UNIVERSITARIO DE CASTILLA Y LEÓN (Ed.

CONVOCATORIA CONVOCA BASES

RESOLUCIÓN N 064/13 C.S.

REGLAMENTO DE SOCIEDADES Y ASOCIACIONES CIENTIFICAS DE TECNOLOGIA MEDICA DEL COLEGIO TECNOLOGO MEDICO DEL PERU CAPITULO I GENERALIDES CAPITULO II

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

INFORME DE EVALUACIÓN PROPUESTAS OFICIALES DE POSGRADOS DE MASTER DE LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS CANARIAS

Dirección General de Institutos Tecnológicos. Manual de procedimientos para

PROGRAMA NACIONAL DE BECAS 2014 BECAS DE CAPACITACIÓN PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR

CONVOCATORIA PARA ASPIRANTES A DOCENTE CERTIFICADO POR EXAMEN 2015

Doctorado en Diseño. Universidad Autónoma del Estado de México Programa de Estudios Avanzados 2016

PERFIL DE LOS(AS) INTEGRANTES EL COMITÉ DE EQUIDAD DE GÉNERO

Reglamento de Prácticas Profesionales. Aprobado el 14 de agosto de 2014

Plan Propio de Internacionalización de la Universidad de Granada 2015

PLAN OPERATIVO INSTITUCIONAL 2007

Universidad Nacional Autónoma de México Facultad de Medicina. División de Estudios de Posgrado

DECRETO SUPREMO N MINCETUR

REGLAMENTO INTERNO COMITÉ DE SOLIDARIDAD

CONEAU. Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria MINISTERIO DE EDUCACION Año de homenaje a Raúl Scalabrini Ortiz

ACUERDO MINISTERIAL No Guatemala, 18 de marzo de EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL CONSIDERANDO: CONSIDERANDO:

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CIENCIA POLÍTICA MENCIONES GOBIERNO Y POLÍTICAS PÚBLICAS Y RELACIONES INTERNACIONALES TITULO III

CINCO PREGUNTAS CLAVE PARA ENTENDER LA REFORMA EDUCATIVA

Identificación, Actualización y Evaluación de Requisitos de Cumplimiento Legal

PROCESO CAS N ANA COMISION PERMANENTE

AYUDAS A PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN SOBRE TERAPIA OCUPACIONAL EN LA PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA PERSONAL Y ATENCIÓN A LAS PERSONAS EN SITUACIÓN DE

subcontraloría de auditoría financiera y contable

Tiene beca o comisión de alguna institución para realizar sus estudios?

PROCESO CAS N ANA COMISION ESPECIAL

Misión. Visión. Organización. Antecedentes. Funciones

LA COLABORACIÓN Y EL INTERCAMBIO: ESTRATEGIAS PARA LA TRANSFORMACIÓN Y EL CAMBIO EN LAS ESCUELAS NORMALES AUTORES:

CRITERIOS GENERALES DE VALORACIÓN DE MERITOS PARA LA CONTRATACIÓN DE PROFESORADO DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA

PROCEDIMIENTO CLAVE PARA EL EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA ACTIVIDAD FÍSICA Y EL DEPORTE DE LA ULPGC

Programa curricular Maestría en Gestión Pública

CENTRO DE ESTUDIOS SUPERIORES DEL NOROESTE REGLAMENTO DE BIBLIOTECA

REGLAMENTO DE AUTOCONTROL COOPERATIVO DECRETO SUPREMO N TR

PROCESO CAS N /UGEL-SM/U.E. 312

CONVOCATORIA NO. FE 034 DOCENTE GERENCIA DE RIESGOS LABORALES Y SEGURIDAD PARA EL TRABAJO

PROCESO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS - CAS CODIGO N.º 029-CAS-MC-2013 PRIMERA CONVOCATORIA

MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA CHAPINGO

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA. División de Ciencias Biológicas y de la Salud

Esta norma define los términos para prestar de manera satisfactoria los diferentes

OPCIONES DE TITULACIO N (MODELO EDUCATIVO ENFACE)

Descripción. Objetivo. Perfil de ingreso

Becas de Movilidad Virtual Internacional UNED CAMPUS NET. Convocatoria

ESPECIALIDADES DE ENFERMERÍA en el MARCO DEL EEES

Maestría en Estudios Sustentables Regionales y Metropolitanos

Sociedad Española de Cirugía Ortopédica y Traumatología, SECOT REGLAMENTO DE PROYECTOS CIENT FICOS E INVESTIGACIŁN SECOT 2016

Datos Generales de la Unidad Administrativa responsable del seguimiento a la evaluación

ACUERDO 03 DE (Julio 14)

PROCESO CAS N ANA COMISION PERMANENTE

Partidos Políticos en el Distrito Federal

REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS

Manual de Procedimientos

Proyecto de Innovación Educativa FORMapps

Dirección de Comunicaciones y Relaciones Públicas - Corte Suprema de Justicia BOLETÍN INFORMATIVO

Transcripción:

CENTRO DE INVESTIGACIONES Y ESTUDIOS SUPERIORES EN ANTROPOLOGÍA SOCIAL REGLAMENTO GENERAL DEL PROGRAMA BECAS DEL CIESAS CONSIDERANDO: - Que el CIESAS es un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene por objeto fomentar la investigación científica y la formación de especialistas en el campo de la antropología y disciplina afines. - Que para el cumplimiento de sus objetivos tiene la función de otorgar becas para participar en proyectos de investigación y demás actividades académicas, según lo marca la fracción VII del artículo 2 de su Decreto de Creación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de septiembre de 1980, y el título IV, capítulo II de su Reglamento Interno, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de noviembre de 1982. - Que el CIESAS cuenta con una larga y fructífera tradición en el otorgamiento de becas, cuyos resultados han mostrado la necesidad de elaborar una reglamentación al respecto acorde con sus actuales condiciones. Se establece la presente normatividad que sienta las bases para el ingreso, permanencia temporal y desempeño de los becarios en la institución, según el subprograma al que se inscriba el becario. I. POLÍTICAS GENERALES: El presente Reglamento se enmarca dentro de los propósitos siguientes: 1. Apoyar y promover la formación de investigadores en Antropología Social y disciplinas afines que se cultivan en la institución, buscando resultados de alta calidad, en tiempos establecidos, que incidan en la comunidad académica y contribuyan a la solución de los principales problemas nacionales. 2. Incorporar a becarios con diferentes niveles de escolaridad, con el propósito de contribuir a su formación rigurosa y especializada en las líneas de investigación que se desarrollan tanto en la sede central como en las diferentes Unidades del CIESAS. 3. Colaborar en la formación de becarios provenientes de los diversos programas formativos del CIESAS y de otras instituciones afines, seleccionados rigurosamente por la calidad de sus propuestas de investigación y trayectoria escolar. II. OBJETIVOS:

Apoyar y encauzar la formación de recursos humanos especializados en la investigación relacionada con la Antropología Social y disciplinas afines, buscando obtener resultados de alta calidad en tiempos establecidos. Para cumplir con este objetivo, este programa comprende los siguientes asuntos: a) Cuatro subprogramas, a los cuales deberá adscribirse el becario. b) Los órganos responsables de la conducción académica de cada subprograma. c) Derechos y Obligaciones que deberán mantener los becarios. d) Causales de cancelación de la beca. Para el mejor cumplimiento de este Programa, el CIESAS procurará obtener la asignación de los recursos necesarios en función de sus disponibilidades presupuestales. III. SUBPROGRAMAS Los becarios del CIESAS podrán participar en alguno de los siguientes cuatro subprogramas: 1. Becas para los posgrados del CIESAS: Apoyar a los estudiantes inscritos en los programas de posgrado del CIESAS que no cuenten con otra beca, para que puedan dedicarse de tiempo completo y de manera exclusiva a realizar sus estudios hasta la obtención del grado en los tiempos y con la calidad académica establecidos por el programa respectivo. 2. Becas de tesis externas: Apoyar a pasantes de licenciatura y a candidatos a maestro o doctor que estudien en instituciones externas al CIESAS, nacionales o extranjeras, para que realicen sus tesis bajo la dirección de investigadores de tiempo completo de la Institución, en un periodo cuya duración normal será de un año para licenciatura, de año y medio para maestría y de dos años para doctorado. 3. Becas de capacitación en técnicas y metodología de investigación:

Capacitar a alumnos de Antropología Social y disciplinas afines y que estén en el último año de la licenciatura, en el desarrollo de habilidades relacionadas con las metodologías y técnicas de investigación que utilizan los investigadores de la Institución en el desarrollo específico de sus proyectos. Este entrenamiento contribuirá a complementar la formación terminal de nivel licenciatura y a favorecer la elaboración de mejores proyectos de tesis. La duración considerada será de seis meses, por promoción. 4. Becas para doctorantes en programas externos al CIESAS: Apoyar a candidatos a doctor que se encuentren en la última fase de su formación académica, en México o en el extranjero, para dedicarse de manera exclusiva a la terminación de su tesis. Una vez obtenido su doctorado y de conformidad con las condiciones de la Entidad y con sus políticas de investigación, las instancias académicas pertinentes podrán considerar su incorporación al CIESAS como investigador, para fortalecer y promover la apertura de nuevas líneas de investigación pertinentes a la institución, así como a contribuir a su permanente actualización académica. La duración de la beca será de conformidad con el programa presentado por el becario y la evaluación de la Comisión de Becarios, sin exceder un máximo de dos años. IV. ÓRGANOS RESPONSABLES DEL PROGRAMA DE BECAS: 1. En el subprograma de becas para los posgrados del CIESAS (Artículo III inciso I de este Reglamento General), serán los Comités Académicos de los respectivos Programas Docentes del CIESAS quienes, con base en las normas establecidas en cada uno de ellos, propondrán a la Coordinación de Docencia a los mejores candidatos para obtener las becas respectivas. 2. En el subprograma de becas de tesis externas y en el de capacitación en técnicas y metodología de investigación (artículo III, incisos 2 y 3 de este Reglamento General), será la Comisión de Becarios (artículo V) la encargada de convocar, seleccionar y darle seguimiento. Esta misma Comisión tendrá el cargo de avalar a los candidatos del subprograma de becas para doctorantes en programas externos al CIESAS (artículo III, inciso 4). 3. Los Comités Académicos de los respectivos Programas Docentes y la Comisión de Becarios, elaborarán la normatividad relativa a la operación específica de cada uno de los subprogramas de becas antes mencionados, incluyendo convocatorias, procedo de selección, duración y demás requisitos que consideren pertinentes para cada uno. Asimismo, establecerán los mecanismos y procedimientos institucionales que aseguren la calidad de los resultados de los subprogramas de su competencia. 4. Para el mejor cumplimiento de sus tareas, estos órganos podrán auxiliarse de otras instancias académicas que juzguen convenientes, sin menoscabo de su

responsabilidad en la conducción académica del subprograma que a cada uno le compete. 5. Los Comités Académicos de los respectivos Programas Docentes y la Comisión de Becarios, rendirán informes periódicos a la Dirección General y al Consejo Técnico Consultivo sobre las actividades y los resultados de los subprogramas de becas que sean de su competencia. V. COMISIÓN DE BECARIOS 1. La Comisión de Becarios estará conformada por el Coordinador de Docencia, quien la presidirá, y de seis distinguidos miembros de la comunidad académica, dos de ellos a propuesta de los investigadores, dos del Consejo Técnico Consultivo y dos de la Dirección General. 2. En su conformación se buscará una composición plural en cuanto a especialidades, líneas de investigación y adscripción (sede central y Unidades regionales). La Comisión nombrará de entre sus miembros a quien fungirá como Secretario de la misma. 3. El Consejo Técnico Consultivo del CIESAS será la instancia que ratificará la integración de la Comisión de Becarios. VI. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS BECARIOS 1. Una vez aprobado su ingreso a alguno de los cuatro subprogramas de becas que ofrece el CIESAS, el becario tendrá los siguientes derechos: a) Percibir mensualmente y por el tiempo establecido, el monto de la beca que se ofreció en la convocatoria del subprograma respectivo. b) Hacer uso de las instalaciones y de los servicios que el CIESAS asigne a los becarios, en especial de las bibliotecas y el equipo informativo. c) Participar en las diversas actividades académicas que el CIESAS organice, en caso de considerarlo de interés para su formación. 2. El becario tendrá las siguientes obligaciones: a) Dedicar tiempo completo al desarrollo del programa de estudios, proyecto de tesis o propuesta de capacitación para el que le fue otorgada la beca respectiva. b) Firmar el convenio-beca con el CIESAS, mediante el cual se formaliza su relación con la Entidad, el cual no implica la relación laboral alguna con la misma. c) Dar crédito explícito al CIESAS en cualquier resultado de investigación, intermedio o final, que el becario presente o publique y que se derive del programa de estudios, proyecto de investigación o programa de capacitación para el cual le fue otorgada la beca.

d) Entregar al CIESAS, al término de la vigencia de su beca, la versión final resultado de la investigación de tesis o de su programa de capacitación, así como una copia del acta aprobatoria de su examen de grado. e) Comprometerse a que en su caso, el CIESAS sea la primera opción de publicación del resultado de su investigación de tesis. f) En el caso del subprograma de becas para doctorantes en programas externos al CIESAS (artículo III, inciso 4 de este Reglamento General) el becario, una vez habiendo obtenido su doctorado y en caso de haber sido seleccionado para ello, se comprometerá a trabajar en la Institución por un periodo similar al tiempo durante el cual recibió el apoyo. En su defecto, reembolsará al CIESAS el monto de los recursos recibidos. VII. CAUSALES DE CANCELACIÓN DE LA BECA. 1. Incumplimiento de las obligaciones señaladas en este Reglamento General, así como en las específicas del subprograma de becas correspondiente. 2. Falta de veracidad en la información académico-administrativa suministrada al CIESAS. 3. Incumplimiento en la entrega de los informes periódicos y del manuscrito final en los plazos establecidos en cada caso, según la normatividad del subprograma de beca que corresponda. VIII. GENERAL: La resolución de los aspectos no considerados en este Reglamento General, será de competencia de los órganos responsables de cada uno de los subprogramas de becas, según se especifica en el artículo IV de este Reglamento General y, en su caso, del Consejo Técnico Consultivo. ARTÍCULO TRANSITORIO. El presente Reglamento General de Becas del CIESAS sustituye al anterior. Ha sido aprobado por la Dirección General del CIESAS y entra en vigor a los siete días de ser presentado ante la junta Directiva de la Institución, el 6 de mayo de 1998.