INFORMACIÓN OBLIGATORIA DE LAS ETIQUETAS DE PRODUCTOS TEXTILES. Las etiquetas de los productos textiles deben informar sobre su composición



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INFORMACIÓN OBLIGATORIA DE LAS ETIQUETAS DE PRODUCTOS TEXTILES Las etiquetas de los productos textiles deben informar sobre su composición Un producto textil (una prenda de vestir, unas cortinas, una toalla de baño, etc.) es el que está compuesto exclusivamente por fibras textiles, cualquiera que sea el proceso seguido para su mezcla y obtención. Información en la etiqueta La normativa de etiquetado de los productos textiles (Ley de Etiquetado y Composición de productos textiles) exige que sus etiquetas muestren una información obligatoria. Estos son los datos que deben llevar las etiquetas de estos productos y que se deben mostrar de manera clara y, al menos, en castellano: -Nombre, razón social o denominación del fabricante, comerciante o importador y su domicilio, -Número de identificación fiscal del fabricante nacional, para productos fabricados en España, o del importador, para los productos textiles importados y distribuidos en el mercado nacional, -Composición del artículo. Los comerciantes, tanto mayoristas como minoristas, podrán etiquetar los productos textiles con marcas o datos propios, debiendo figurar en la etiqueta su número de identificación fiscal. En prendas de confección y punto, esa etiqueta será de naturaleza textil e irá cosida a la propia prenda, salvo en el caso de calcetines, medias o leotardos, en los que la etiqueta de composición podrá pegarse sobre el producto. Cuando los productos textiles se vendan con envoltura, la información del etiquetado debe figurar también en ella, salvo que pueda verse de manera clara en el producto. Los símbolos de conservación o las informaciones de que el producto es inencogible, ignífugo, impermeable, etc. deben aparecer bien diferenciados.

Reglas específicas para fijar el etiquetado Por regla general, los productos textiles deben llevar un etiquetado por cada unidad individual. Sin embargo, en determinados artículos existen reglas específicas de etiquetado: Productos confeccionados con hilo: La etiqueta tiene que figurar en las cajas o envoltorios, constando el número de unidades que contiene cada envase. Si una unidad pesa 40g o más, debe figurar también la etiqueta sobre ella, Tejidos: Es obligatorio que cada pieza lleve etiquetado. Irá cosido o impreso cada tres metros sobre la pieza o la orilla del paño, para que sea visible durante el tiempo que el producto esté a la venta, Pasamanería, encajes y bordados: El etiquetado puede figurar únicamente en la caja o envoltorio. En él se deben indicar el número de unidades que contiene, así como los metros o el peso por unidad, Textiles del hogar y ropa de mesa y cama: Cuando se vendan por juegos o por unidades, la etiqueta debe ir cosida en cada una de las piezas, excepto en los juegos de ropa de mesa, en los que podrá figurar una sola etiqueta en la pieza principal. Si se venden en cajas, el etiquetado debe figurar en la caja, donde constará el número de piezas que contiene, Mantas, alfombras, tapices, visillos, cortinas y similares: Si se trata de piezas que se venden por metros, el etiquetado debe figurar en ambos extremos de cada pieza. Para los artículos que no se vendan así, la etiqueta debe ir colocada en cada unidad, cualquiera que sea su dimensión o peso. Etiquetado sobre la composición Textiles formados por un sólo componente: En estas prendas, se podrá utilizar la inscripción 100%, puro o todo seguido de la denominación de una fibra únicamente cuando el producto esté compuesto exclusivamente por esa materia (por ejemplo, 100% pura lana virgen). Textiles formados por más de un componente: Cuando un producto esté compuesto por dos o más fibras y una de ellas represente al menos el 85% del peso total, la información del etiquetado se detallará de una de estas tres formas: o El nombre de la fibra y su porcentaje en peso (por ejemplo, algodón 90%), o El nombre de la fibra y la indicación 85% mínimo, o La composición porcentual completa del producto, ordenada de mayor a menor (por ejemplo, algodón 85%, lycra 5%). o Si ninguna de las fibras llega al 85% del peso total, el artículo se debe designar con la denominación y el porcentaje de, al menos, los dos materiales con porcentajes mayores y a continuación la enumeración del resto de fibras en orden decreciente según su porcentaje en peso, aunque

éste puede indicarse o no (por ejemplo, 45% acrílico, 45% poliamida, 5% lana, 5% alpaca o 45% acrílico, 45% poliamida, lana, alpaca). Por otro lado, se puede utilizar la denominación otras fibras, cuando los materiales de los que está hecho el producto representan menos del 10%. Si un producto está formado por varias partes de distinta composición, cada una de ellas debe llevar la correspondiente etiqueta. No es obligatorio en las partes que representen menos del 30% del peso total del producto. Las piezas o prendas que formen parte de un conjunto inseparable y que tengan idéntica composición pueden llevar un solo etiquetado. Productos exentos de etiquetado No necesitan llevar etiquetado de composición una larga relación de artículos textiles recogidos en el anexo III de la Ley de Etiquetado y Composición de productos textiles, de los cuales destacamos los que más nos llaman la atención: Pulseras de reloj de material textil, Almohadillas para clavar alfileres (acericos), Lienzos pintados, Fieltros, Polainas y botines, Artículos de viaje de material textil, Cremalleras, botones y hebillas forrados de material textil, Tapas de material textil para libros, Juguetes, Paños y guantes para retirar fuentes del horno, Neceseres para aseo o calzado, Cuerdas, cordajes y cordeles, Cinturones de seguridad, paracaídas, chalecos salvavidas y otros artículos de protección, Artículos textiles para animales.

Etiquetado de la piel En el etiquetado de la piel se incluyen los productos de vestir, colchas, alfombras y tapices. Estos artículos deben llevar una etiqueta informativa en la que consten los siguientes datos: Identificación del fabricante, Composición: especie animal del que procede, país de origen de la piel, parte del cuerpo utilizada (cola, lomo ) cuando sea necesario, Cuando el artículo esté confeccionado en España, lo debe indicar, Referencia para identificar el producto en la factura. Todos esos datos tienen que constar en la etiqueta, que debe estar fijada a la pieza, y las letras deben tener una altura mínima de 2 mm. El etiquetado de los productos textiles Todos sabemos que cualquier producto textil comercializado en el territorio español debe ir provisto de la correspondiente etiqueta, en la que se facilitará información al consumidor sobre las características del mismo y sobre la identidad de la empresa responsable de su puesta en el mercado, que podrá ser el fabricante, el mayorista o importador o un comerciante minorista. Pero cuál exactamente esa información? En las etiquetas de los productos textiles deberán figurar los siguientes datos: Si el responsable del producto es un fabricante español, se indicará su nombre o razón social y su número de registro industrial de fabricante. Cuando se trate de productos importados de países pertenecientes a la Unión Europea, se indicará el nombre y domicilio del fabricante. Cuando se trate de productos procedentes de países no pertenecientes a la Unión Europea, se indicará el nombre o razón social, el domicilio y el número de identificación fiscal del importador. Si los productos se etiquetan con el nombre del comerciante, mayorista o minorista, se indicará su nombre, razón social y su número de identificación fiscal. No es necesario, en este caso, indicar los datos del fabricante. País de origen, cuando los productos procedan de países no signatarios del Acuerdo de Ginebra sobre obstáculos técnicos al comercio. Composición del artículo textil, de acuerdo con las normas contenidas en el Real Decreto 928/1987, de 5 de junio (BOE 17.07.87) y en el Real Decreto 396/1990, de 16 de marzo (BOE 27.03.90).

Los datos contenidos en las etiquetas deberán aparecer con caracteres claramente visibles y fácilmente legibles por el consumidor, debiendo figurar obligatoriamente, al menos, en la lengua oficial del Estado. El correcto etiquetado de las prendas, además de cumplir los requisitos de la legislación vigente, transmite al cliente la sensación de tranquilidad y confianza en la calidad de los productos a la venta.