DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES Y SERVICIOS



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Dirección General de Tecnologías de la Información Subdirección General de Servicios Dirección de Operación Subdirección de Administración de Centros de Datos ANEXO TÉCNICO Compra, Instalación y puesta en Operación de la Red de Fibra Óptica para la interconexión del Centro de Cómputo con los cuartos de comunicaciones del Edificio Sede de la Suprema Corte de Justicia de la Nación

ANEXO TÉCNICO COMPRA E INSTALACIÓN DE LA RED DE FIBRA ÓPTICA PARA LA INTERCONEXIÓN DEL CENTRO DE CÓMPUTO CON LOS CUARTOS DE COMUNICACIONES DEL EDIFICIO SEDE DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN Contenido ANTECEDENTES... 3 DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES Y SERVICIOS... 3 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS... 3 LUGAR DE INSTALACIÓN DE LOS BIENES Y SERVICIOS... 7 PROPUESTA TÉCNICA... 7 PERSONAL Y ROLES REQUERIDOS... 9 FECHA DE ENTREGA... 10 HORARIO DE TRABAJO... 10 REQUISITOS DURANTE LA JORNADA DE TRABAJO... 10 PROTOCOLO DE RECEPCIÓN... 11 MEMORIA TÉCNICA... 12 GARANTÍA... 13 FORMA DE PAGO... 14 PENALIZACIÓN... 14 Página 2 de 16

ANEXO TÉCNICO COMPRA E INSTALACIÓN DE LA RED DE FIBRA ÓPTICA PARA LA INTERCONEXIÓN DEL CENTRO DE CÓMPUTO CON LOS CUARTOS DE COMUNICACIONES DEL EDIFICIO SEDE DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN ANTECEDENTES La red de fibra óptica instalada en un inicio en el edificio Sede de este Alto Tribunal fue concebida para funcionar con equipos de red LAN de una tecnología que en su momento representaba la mejor opción, hace aproximadamente 12 años. Estos equipos trabajaban a unas velocidades de transmisión que durante mucho tiempo fueron funcionales pero que hoy día resultan obsoletas. Ya que los nuevos equipos trabajan a velocidades de 10 GbE mientras que hace 12 años la velocidad máxima alcanzada era de 1 GbE. Hoy día con la renovación de la infraestructura de red LAN resultan insuficientes estos enlaces de red de fibra óptica, por lo cual, mediante el presente anexo se especifica las características mínimas a cubrir que deberá tener la fibra óptica para solventar las necesidades de la red LAN. DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES Y SERVICIOS Se requiere contratar una empresa especializada en fibra óptica y cableado estructurado para realizar el suministro, instalación y puesta en operación de 14 enlaces de fibra óptica, incluyendo la canalización necesaria para tal fin y el desmontaje de las instalaciones de fibra óptica que queden fuera de operación al finalizar los trabajos de actualización. Estos trabajos se realizaran en el Edificio Sede de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ubicado en la calle de José María Pino Suarez no. 2, Col. Centro Histórico de la Cd. de México, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06060. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Los requerimientos técnicos mínimos a cubrir se detallan en el cuadro siguiente, éste deberá ser llenado por los ofertantes interesados en realizar los trabajos solicitados. Los ofertantes deberán anotar en la columna identificada con el Página 3 de 16

ANEXO TÉCNICO COMPRA E INSTALACIÓN DE LA RED DE FIBRA ÓPTICA PARA LA INTERCONEXIÓN DEL CENTRO DE CÓMPUTO CON LOS CUARTOS DE COMUNICACIONES DEL EDIFICIO SEDE DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN nombre de REFERENCIA, el número de página exacto en el que se encuentre la evidencia del cumplimiento de cada uno de los puntos que se señalan. Este cuadro será la base para la evaluación que realice la Dirección General de Tecnologías de la Información. Por el tipo de bienes y servicios requeridos, los trabajos deberán ser ejecutados por un solo prestador de servicios. PARTIDA ÚNICA. Objeto de los trabajos a ser contratado: Compra, instalación y puesta en operación de 14 enlaces de Fibra óptica del tipo OM4 multimodo para 10, 40 y 100 GbE. La distancia máxima es de 150 metros y la mínima es de 90 metros. Todos los componentes a instalar como fibras, panel y conectores deben ser de la misma marca o fabricante. DESCRIPCIÓN REFERENCIA 1.- CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS Y ESPECIFICACIONES DE LAS FIBRAS ÓPTICAS. 1.1.- 12 hilos, 6 pares con armadura resistente a rayos ultravioleta y a la absorción de luz para interior/exterior. 1.1.1.-Dieléctrica. 1.1.2.- 50 / 125 µm diseñada para trabajar en longitudes de onda de 850 nm / 1300 nm 1.1.3.- Máxima atenuación por kilómetro de 3 db/km para 850 nm y de 1 db/km para 1300 nm 1.1.4.- Terminación en conectores tipo LC y en bandeja o panel de remate diseñado para tal fin, con conectores prepulidos y sin empalmes, directamente sobre la fibra. 1.1.5.- Todos los componentes a instalar como fibras, panel y conectores deberán de ser del mismo fabricante. 1.1.6.- El cable deberá ser del tipo seco sin gel. 1.1.7.- Deberá de contar con un elemento central dieléctrico que Página 4 de 16

ANEXO TÉCNICO COMPRA E INSTALACIÓN DE LA RED DE FIBRA ÓPTICA PARA LA INTERCONEXIÓN DEL CENTRO DE CÓMPUTO CON LOS CUARTOS DE COMUNICACIONES DEL EDIFICIO SEDE DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN DESCRIPCIÓN REFERENCIA proporcione resistencia a la tensión. 1.1.8.- La cubierta del cable deberá ir marcada con la marca y especificaciones técnicas del fabricante. 1.1.9.- Como prueba de calidad y antes de realizar cualquier corte al carrete de fibra suministrado, deberá de realizarse una prueba a todo el carrete que garantice su instalación. 2.- TRAYECTORIA DE LOS ENLACES DE FIBRA ÓPTICA. 2.1.- Cuatro de los enlaces partirán del Centro de Cómputo ubicado en el primer piso del inmueble hacia los cuartos de telecomunicaciones que se encuentran en la azotea, siguiendo la trayectoria especificada en el plano del ANEXO 1. Saldrán del Centro de Cómputo por el sótano hasta la vertical que existe en el centro del Edificio, y de ahí se distribuyen a cada uno de los cuartos de telecomunicaciones. 2.2.- Uno de los enlaces partirá del centro de cómputo de primer piso hacia el cuarto de telecomunicaciones de planta baja ubicado en las oficinas del Canal Judicial (IDF 5), conforme al plano del ANEXO 2. La trayectoria de este enlace será por el sótano del edificio. 2.3.- Uno de los enlaces partirá del centro de cómputo de primer piso hacia el cuarto de telecomunicaciones de planta baja ubicado en el estacionamiento junto al taller de carpintería (IDF 6), conforme al plano del ANEXO 3. 2.4.- Cuatro enlaces partirán del Centro de Cómputo del primer piso hacia cada uno de los cuartos de telecomunicaciones, saliendo del centro de cómputo, hacia el sótano y de aquí a cada uno de los cubos de los elevadores, para después llegar hacia cada uno de los cuartos de telecomunicaciones conforme al plano del ANEXO 4. 2.5.- Los últimos cuatro enlaces, estarán canalizados en la azotea, partiendo de cada uno de los cuartos de telecomunicación hacia el contiguo, de forma tal que se tenga un anillo, tal y como se aprecia en el plano del ANEXO 5. 3.- MATERIALES QUE SE DEBEN CONSIDERAR 3.1.- Todos los enlaces dentro de Centro de Cómputo se remataran en un rack abierto de 19 (el rack será proporcionado por este Alto Tribunal). Por lo que es necesario considerar la bandeja, charola o panel de remate de alta densidad para tal fin, así como los organizadores verticales necesarios, de manera que se emplee el menor número de unidades de rack posible. Página 5 de 16

ANEXO TÉCNICO COMPRA E INSTALACIÓN DE LA RED DE FIBRA ÓPTICA PARA LA INTERCONEXIÓN DEL CENTRO DE CÓMPUTO CON LOS CUARTOS DE COMUNICACIONES DEL EDIFICIO SEDE DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN DESCRIPCIÓN REFERENCIA 3.2.- Todos los paneles o charola de remate deberán de tener acceso frontal y trasero, así como elementos sujetadores del cable en su conjunto y de cada hilo de fibra. 3.3.- Considerar dentro de los trabajos, los cordones de parcheo o jumper de fibra óptica en un numero de 90. Todos con conectores LC en ambas puntas de 5, 10 y 15 metros. Divididos de la siguiente forma 30 de 5 metros, 30 de 10 metros y 30 de 15 metros. 3.4.- El único medio de sujeción de la fibra óptica será mediante cinta tipo Velcro, por lo que no ce aceptaran cinturones plásticos o alambres en ninguna de las trayectorias. 3.5.- Todos los remates en cada panel de remate o bandeja deberán de estar claramente identificados indicando hacia que IDF o que puerto en el MDF le corresponde. 3.6.- Considerar dentro de estos trabajos, la canalización necesaria, la cual deberá de cumplir con las siguientes características como mínimo: 3.7.- Tubería tipo conduit de pared gruesa de 2 pulgadas de diámetro. Toda la tubería deberá de ir pintada en color naranja. 3.7.1.- Soportada cada 1.5 metros con varilla roscada y soporte tipo pera o unicanal y abrazadera. 3.7.2.- Colocar en cada cambio de dirección un gabinete metálico con placa de montaje, tipo himel de 40 x 40 x 20 cm con grado de protección IP66 (contra humedad). Como se indica en planos. 3.7.3.- Todas las cajas deberán estar rotuladas mediante pintura color naranja con la leyenda FIBRA ÓPTICA RED LAN. 3.7.4.- Considerar la colocación de la contra y el monitor en cada tubo que llegue a la caja himel, de manera que se asegure que la tubería quedará completamente aislada. 3.7.5.- Considerar la instalación de la escalerilla porta cables de malla electro soldada de acero galvanizado desde el punto de distribución (ya sea rack en el Centro de Cómputo o en el paso en cada uno de los cuartos de telecomunicación) hasta el rack donde se ubicará la bandeja o panel de remate. Esta escalerilla será tipo charofill de 50 mm de ancho por 33 mm de peralte y deberá de ser instalada con los accesorios recomendados por el fabricante de la misma. Pintada en color naranja. 3.7.6.- la tubería a instalar en la vertical será una tubería tipo conduit de pared gruesa de 4 pulgadas de diámetros. En el recorrido de esta deberá de considerarse dos cajas tipo himel, las cuales se colocaran en el intermedio del recorrido de la vertical. Página 6 de 16

ANEXO TÉCNICO COMPRA E INSTALACIÓN DE LA RED DE FIBRA ÓPTICA PARA LA INTERCONEXIÓN DEL CENTRO DE CÓMPUTO CON LOS CUARTOS DE COMUNICACIONES DEL EDIFICIO SEDE DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN DESCRIPCIÓN REFERENCIA 4.- CONSIDERACIONES GENERALES 4.1.- Los ofertantes interesados deberán realizar una visita a sitio obligatoria, para observar a detalle las condiciones de cada una de las áreas de trabajo. De no cubrirse este punto, quedarán descalificadas para el proceso de selección. 4.2.- Los ofertantes interesados deberán de considerar dentro de todos los trabajos solicitados el suministro de los insumos, materiales herramientas, mano de obra y maniobras necesarias y recomendadas por el fabricante de manera que todo quede funcionando de manera óptica, todo dentro del alcance del proyecto. 4.3.- No se permitirán empalmes de fibra, de ningún tipo, durante la trayectoria o al conectorizar en los paneles o charolas de remate. 4.4.- Todos los ofertantes deberán tener en consideración que no se cuentan con espacio para almacenar herramienta o material, por lo que deberán de realizar la logística para contar con los insumos diarios de trabajo. 4.5.- Para la presente licitación no se permitirá la subcontratación. LUGAR DE INSTALACIÓN DE LOS BIENES Y SERVICIOS Todos los trabajos se realizarán en el Edificio Sede de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ubicado en la calle de José María Pino Suarez No. 2, Col. Centro, México, Distrito Federal, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06060. PROPUESTA TÉCNICA Para la evaluación, los ofertantes deberán de presentar una propuesta técnica, la cual deberá de tener las características y contenido que a continuación se describe: 1. El cuadro anteriormente descrito con los requerimientos técnicos mínimos a cubrir, éste deberá ser llenado por los ofertantes interesados en realizar los trabajos solicitados. Los ofertantes deberán anotar en la columna identificada con el nombre de REFERENCIA, el número de página exacto Página 7 de 16

ANEXO TÉCNICO COMPRA E INSTALACIÓN DE LA RED DE FIBRA ÓPTICA PARA LA INTERCONEXIÓN DEL CENTRO DE CÓMPUTO CON LOS CUARTOS DE COMUNICACIONES DEL EDIFICIO SEDE DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN en el que se encuentre la evidencia del cumplimiento de cada uno de los puntos que se señala. 2. La propuesta se debe presentar foliada, con número consecutivo y respetando el numeral y el orden del cuadro técnico. 3. Diagrama de la solución. 4. Relación de material a implementar. Este deberá de contener: a. Descripción de los componentes propuestos. Incluir catálogo del fabricante donde se indique claramente la marca y modelo propuesto. b. Unidad de medida. (metros, piezas, tramos) c. Cantidad. 5. Plan de trabajo completo integrado por los siguientes documentos: a. Cronograma. b. Logística para implementar la solución. 6. Lista del personal técnico y administrativo del ofertante que trabajará en la instalación de la fibra óptica. 7. Lista de herramientas a emplear. 8. Carta bajo protesta de decir verdad, firmada por el representante legal del fabricante de la solución de Fibra óptica, en relación a que el producto ofertado cumple con la norma EIA/TIS 568 C.3 para cables OM4 en relación a la atenuación que deberá de ser de 3 db a 850 nm y de 1 db para 1300 nm. 9. Carta firmada por el representante legal del ofertante, comprometiéndose a guardar confidencialidad de la información que sea de su conocimiento con motivo de la prestación de los servicios y su compromiso de no hacerla Página 8 de 16

ANEXO TÉCNICO COMPRA E INSTALACIÓN DE LA RED DE FIBRA ÓPTICA PARA LA INTERCONEXIÓN DEL CENTRO DE CÓMPUTO CON LOS CUARTOS DE COMUNICACIONES DEL EDIFICIO SEDE DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN pública, salvo petición judicial de autoridad competente en territorio mexicano. Dicha restricción será aplicable en forma permanente (perpetua). 10. Carta bajo protesta de decir verdad, firmada por el representante legal del fabricante de la solución de Fibra óptica, en relación a que el ofertante cuenta con la autorización para la comercialización de los productos ofertados. 11. Carta bajo protesta de decir verdad, firmada por el representante legal del ofertante de la solución de fibra óptica, en relación a que cuenta con la capacidad técnica y operativa para instalar el sistema de fibra óptica propuesto. 12. Carta bajo protesta de decir verdad, firmada por el representante legal del ofertante, indicando que la fibra óptica y todos los materiales a suministrar son nuevos y originales. 13. Carta bajo protesta de decir verdad, firmada por el representante legal del ofertante donde indique claramente que conoce las áreas de trabajo y que entiende los requerimientos solicitados. PERSONAL Y ROLES REQUERIDOS El prestador de servicios ofertante deberá designar un líder técnico que será responsable de la instalación de los enlaces hasta la entrega de éstos a entera satisfacción de la SCJN. Este líder técnico deberá de contar con estudios de licenciatura y estar titulado en alguna de las siguientes áreas: telecomunicaciones, comunicaciones y electrónica, informática, telemática y/o carrera a fin y deberá de contar con certificado vigente en instalación de fibra óptica emitido por el fabricante de la solución propuesta. Previo al inicio de los trabajos y una vez designado por este Alto Tribunal el ofertante ganador, deberá de entregar copia simple de la documentación que avale su grado de estudio (copia simple de título y cedula profesional), su Página 9 de 16

ANEXO TÉCNICO COMPRA E INSTALACIÓN DE LA RED DE FIBRA ÓPTICA PARA LA INTERCONEXIÓN DEL CENTRO DE CÓMPUTO CON LOS CUARTOS DE COMUNICACIONES DEL EDIFICIO SEDE DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN experiencia y su capacitación con certificado vigente emitido por el fabricante de la solución propuesta. FECHA DE ENTREGA La totalidad de la entrega de los trabajos será en 60 días naturales a partir del día posterior del pago del anticipo. HORARIO DE TRABAJO Los horarios propuestos para laborar, una vez adjudicado el proyecto, serán: De las 9:00 horas y hasta las 20:00 horas de lunes a viernes. Sábados y Domingos se podrá laborar las 24 horas, por lo que es responsabilidad de la ofertante ganadora, definir a detalle dichos tiempos, y contar con los insumos materiales, humanos y financieros necesarios para cumplir con el plan de trabajo previamente establecido. Se podrá laborar los días feriados y festivos, si la ofertante ganadora así lo manifiesta por escrito con 48 horas de anticipación. Se podrá laborar las 24 horas de lunes a viernes, si la ofertante ganadora así lo manifiesta por escrito con 48 horas de anticipación. Los tiempos de desconexión y apagado de equipos (en caso de requerirse alguno) deberán estar claramente documentados y en el momento de la ejecución deberá de notificarse con 5 días de anticipación de la fecha de apagado. REQUISITOS DURANTE LA JORNADA DE TRABAJO El personal del licitante ganador deberá portar en todo momento el uniforme y credencial que lo identifiquen como miembro de dicha empresa. Así mismo, deberá mostrar un buen comportamiento durante el tiempo que permanezca en las instalaciones de la SCJN. Página 10 de 16

ANEXO TÉCNICO COMPRA E INSTALACIÓN DE LA RED DE FIBRA ÓPTICA PARA LA INTERCONEXIÓN DEL CENTRO DE CÓMPUTO CON LOS CUARTOS DE COMUNICACIONES DEL EDIFICIO SEDE DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN Al término de cada una de las jornadas de trabajo, se deberá realizar la limpieza general de las áreas donde se laboró. PROTOCOLO DE RECEPCIÓN El protocolo de recepción se realizará después de que el ofertante adjudicado notifique que ha concluido los trabajos. El objetivo será asegurar que ninguno de los componentes fue dañado durante su traslado e instalación, cumpliendo con la funcionalidad y criterios de desempeño especificados por el fabricante, así como asegurar la óptima operación de la fibra óptica una vez que haya sido instalada. Las pruebas de aceptación se deberán ejecutar en presencia del personal designado por la Dirección General de Tecnologías de la Información. Entre los principales puntos a revisar están: 1. Que existan 14 enlaces conectados. 10 saliendo del Centro de cómputo hacia cada uno de los cuartos de telecomunicación y 4 saliendo de cada cuarto de comunicación hacia el cuarto vecino. 2. Se verificará mediante supervisión que los materiales suministrados cumplan con las especificaciones técnicas solicitadas, mediante una inspección en sitio. 3. Se verificará que todos los materiales se encuentren correctamente bien instalados y funcionando, de manera que su operación no ponga en riesgo a las personas ni a los sistemas mismos. 4. Se verificará que las canalizaciones y tuberías estén bien realizados. Sin situaciones fuera de norma que pongan en riesgo a las personas o los equipos. 5. Como parte del protocolo de validación de la funcionalidad de las fibras, se realizarán pruebas de escaneo aleatorias de por lo menos 2 pares de fibra ópticas en los 6 cuartos de telecomunicación dando un total de 12 pares a Página 11 de 16

ANEXO TÉCNICO COMPRA E INSTALACIÓN DE LA RED DE FIBRA ÓPTICA PARA LA INTERCONEXIÓN DEL CENTRO DE CÓMPUTO CON LOS CUARTOS DE COMUNICACIONES DEL EDIFICIO SEDE DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN revisar, estos en sitio a manera de validación y de manera independiente del escaneo de certificación necesario. 6. Se verificará que la infraestructura de Este Alto Tribunal no haya sufrido daños a causa de los trabajos realizados por la empresa prestadora del servicio. De ser el caso, será responsabilidad del prestador del servicio reparar los daños de conformidad con las indicaciones de la Suprema Corte. 7. Se verificará que todas las instalaciones queden completamente limpias. 8. Como parte del protocolo de recepción se deberá entregarse en el acto la memoria técnica. MEMORIA TÉCNICA La memoria técnica deberá contener como mínimo la siguiente información: a. Copia simple del contrato firmado entre el representante de este Alto Tribunal y el representante del ofertante ganador. b. Fichas técnicas en español, de los sistemas, equipos, componentes y materiales empleados, emitidas por el fabricante. c. Garantía de los sistemas instalados y de mano de obra. Firmadas por el responsable legal del ofertante y deberá de indicar el nombre, teléfono y correo electrónico, así como el procedimiento y condiciones para hacer valida estas garantías. Estas garantías deberán especificar el tiempo y cobertura, así como las condiciones que la invalidan. d. Certificado de funcionalidad, con vigencia mínima de 20 años, emitido por el fabricante de la Fibra Óptica instalada. Indicando claramente las condiciones que la invalidan, y la forma en cómo hacerla valida. Página 12 de 16

ANEXO TÉCNICO COMPRA E INSTALACIÓN DE LA RED DE FIBRA ÓPTICA PARA LA INTERCONEXIÓN DEL CENTRO DE CÓMPUTO CON LOS CUARTOS DE COMUNICACIONES DEL EDIFICIO SEDE DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN e. Carta finiquito de entrega de trabajos, firmada por la ofertante que ejecutó los trabajos y por el representante de la Dirección General de Tecnologías de la Información, donde se especifique claramente que los trabajos se apegaron a las normas solicitadas y a los requerimientos técnicos previamente establecidos. f. Galería fotográfica de los trabajos realizados, incluir fotografías de todas las instalaciones antes, durante y después de cada uno de los trabajos realizados. g. Diagramas arquitectónicos con las trayectorias y ubicación final, esquemas, planos, dibujos isométricos indicando distancias y trayectorias, memorias de cálculo, mapas y demás documentos generados en el proyecto. h. Impresión del escaneo de certificación de acuerdo a los parámetros establecidos por el fabricante, para cada uno de los pares de fibra óptica, de manera que se garantice su funcionalidad. i. Catálogo final de materiales empleados detallado (volumetría). j. Toda la documentación, planos, mapas, diagramas, isométricos, cálculos, fotografías, etc. solicitada y generada, durante el procedimiento de adjudicación, previo al inicio de los trabajos y al finalizar éstos, deberá ser entregada en su formatos originales de creación (Windows, Office, Project, Acrobat y Autocad.) en CD y sin contraseñas. GARANTÍA El licitante adjudicado deberá proporcionar las siguientes garantías: a. Certificación con vigencia mínima de 20 años, emitido por el fabricante de la Fibra Óptica instalada. Página 13 de 16

ANEXO TÉCNICO COMPRA E INSTALACIÓN DE LA RED DE FIBRA ÓPTICA PARA LA INTERCONEXIÓN DEL CENTRO DE CÓMPUTO CON LOS CUARTOS DE COMUNICACIONES DEL EDIFICIO SEDE DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN b. Garantía de funcionamiento de cualquier componente de la tubería o fibra óptica instalada por parte del licitante adjudicado (canalizaciones, tuberías y demás materiales instalados) FORMA DE PAGO Se pagará el 35% del valor total del proyecto, a manera de anticipo, y el restante 65% al finalizar los trabajos de instalación y puesta en operación a entera satisfacción de la Suprema Corte, previa realización del protocolo de recepción. PENALIZACIÓN Las penas convencionales serán determinadas por la SCJN, en razón del incumplimiento en que haya incurrido el participante adjudicado, conforme a lo siguiente: En caso de incumplimiento de las obligaciones pactadas en el instrumento contractual y de sus anexos, que en su oportunidad lleguen a celebrarse, la SCJN podrá aplicar al participante adjudicado una pena convencional hasta por un 10% del monto que corresponda al valor de los bienes y/o servicios (sin incluir I.V.A.) que no se hayan recibido, o bien, no se hayan realizado a entera satisfacción de la SCJN. Se aplicará una pena convencional por los atrasos que le sean imputables en la entrega de los bienes equivalente al monto que resulte de aplicar el 10 al millar por cada día natural de retraso, a la cantidad que importen los bienes pendientes de entrega, pena que no podrá exceder del 10% del monto total del contrato, sin incluir I.V.A. En el caso de los servicios de instalación y puesta en operación de cada uno de los enlaces, se aplicará una penalización correspondiente al 10 al millar por cada día natural de retraso, sobre el monto total de los servicios solicitados en el apartado número 2 del anexo técnico TRAYECTORIA DE LOS ENLACES Página 14 de 16

ANEXO TÉCNICO COMPRA E INSTALACIÓN DE LA RED DE FIBRA ÓPTICA PARA LA INTERCONEXIÓN DEL CENTRO DE CÓMPUTO CON LOS CUARTOS DE COMUNICACIONES DEL EDIFICIO SEDE DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN DE FIBRA ÓPTICA, aún y cuando se hubiere entregado el equipo en tiempo, hasta un máximo del 10% del monto total del contrato. La SCJN podrá en cualquier momento rescindir el contrato, bajo las siguientes consideraciones: Retrasos en la entrega del proyecto global o de cualquiera de los enlaces. El participante adjudicado responsable del incumplimiento se hará acreedor a las sanciones previstas en los numerales anteriores, con independencia de que se hagan efectivas las garantías otorgadas. ELABORÓ: REVISÓ: ING. LUIS CARRERA CARPIZO SUBDIRECTOR ING. MARCO ANTONIO MENDEZ GUERRERO DIRECTOR DE OPERACIÓN SUPERVISÓ: Página 15 de 16

ANEXO TÉCNICO COMPRA E INSTALACIÓN DE LA RED DE FIBRA ÓPTICA PARA LA INTERCONEXIÓN DEL CENTRO DE CÓMPUTO CON LOS CUARTOS DE COMUNICACIONES DEL EDIFICIO SEDE DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN LIC. ENRIQUE GAMEROS MONROY SUBDIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS Página 16 de 16

CONTRATO SCJN/DGIF/--/--/2013 CONTRATO PARA LA COMPRA DE LA RED DE FIBRA ÓPTICA PARA EL EDIFICIO SEDE DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, EN LO SUCESIVO LA SUPREMA CORTE, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL LICENCIADO RODOLFO HÉCTOR LARA PONTE, OFICIAL MAYOR, Y POR LA OTRA, EN LO SUCESIVO EL PROVEEDOR, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR, EN SU CARÁCTER DE, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES: D E C L A R A C I O N E S I. La Suprema Corte manifiesta por conducto de su representante que: I.1. Es uno de los órganos depositarios del Poder Judicial de la Federación en términos de lo dispuesto en los artículos 94 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1º, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. I.2. Requiere comprar los bienes para instalar la red de fibra óptica para la interconexión del centro de cómputo con los cuartos de comunicaciones del edificio Sede de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, del inmueble ubicado en la calle de José María Pino Suárez número 2, colonia Centro de la Ciudad de México, delegación Cuauhtémoc, código postal 06060, México, Distrito Federal, los cuales se describen de manera general en la cláusula primera del presente instrumento y se detallan en el anexo técnico, así como en las bases del concurso que forman parte integrante del presente instrumento jurídico. I.3. El Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones en su sesión celebrada el de de, respecto de la invitación pública SCJN/DGIF/CIP/--/2013, autorizó adjudicar la contratación referida en la declaración I.2 a favor de el Proveedor, de conformidad con lo establecido en los artículos 42, 43, fracción II y 78 al 81 del Acuerdo General de Administración VI/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal y del Reglamento Interior en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por tratarse de una contratación clasificada como intermedia. La suficiencia presupuestal se encuentra contemplada en el Programa Anual de Necesidades 2013, para cubrir las erogaciones provenientes del presente contrato y se encuentra disponible en la partida presupuestal del presupuesto autorizado para el ejercicio 2013. I.4. El licenciado Rodolfo Héctor Lara Ponte, en su carácter de Oficial Mayor, está facultado para suscribir el presente contrato según lo dispuesto en el artículo 13 fracción XIX, del Reglamento Interior en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y suscribe el presente contrato para dar cumplimiento a la autorización a que se refiere la declaración I.3. I.5. Cuenta con el Registro Federal de Contribuyentes expedido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público SCJ9502046P5. I.6. Para todo lo relacionado con el presente contrato señala como su domicilio el ubicado en la calle de José María Pino Suárez número 2, colonia Centro de la Ciudad de México, delegación Cuauhtémoc, código postal 06060, México, Distrito Federal. II. El Proveedor por conducto de su representante manifiesta que: II.1. Es una sociedad mercantil constituida conforme a las leyes mexicanas, en términos de la escritura pública número de fecha de de, otorgada ante la fe del licenciado, Notario Público número del Página 1 de 18

CONTRATO SCJN/DGIF/--/--/2013, cuyo primer testimonio quedó inscrito en el Registro Público de, bajo el folio mercantil número. II.2. El en su carácter de, cuenta con facultades suficientes para suscribir el presente contrato, por así constar en la escritura pública número de fecha de de, otorgada ante la fe del licenciado, Notario Público número del facultades que hasta la fecha no le han sido revocadas ni limitadas en forma alguna. II.3. No se encuentra en los supuestos previstos en el artículo 48 y 58, fracción XVI del Acuerdo General de Administración VI/2008 del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal. II.4. Cuenta con personal con la suficiente experiencia, calificación, capacidad técnica y para llevar a cabo la venta, instalación y puesta en operación de la red de fibra óptica para la interconexión del centro de cómputo con los cuartos de comunicaciones del edificio Sede de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, detallada en la cláusula primera de este contrato, así como con los elementos técnicos, experiencia y capacidad técnica en obra de características similares en cuanto a trabajos de construcción y adecuación de oficinas con instalaciones electromecánicas y capacidad económica necesarios para tal fin. II.5. Para el desarrollo de sus actividades mercantiles cuenta con la siguiente documentación: Registro Federal de Contribuyentes número, expedido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, según cédula de identificación fiscal que exhibe. Registro Patronal número, expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social, según tarjeta de identificación patronal que exhibe. Cédula Profesional número a nombre de, responsable técnico, expedida por la Secretaría de Educación Pública. II.6. Para todo lo relacionado con el presente contrato, señala como su domicilio el ubicado en la calle número, colonia, código postal. Asimismo, manifiesta que notificará por escrito a este Alto Tribunal cualquier cambio de domicilio que realice. II.7. Para recibir los pagos derivados del presente contrato, señala la cuenta de cheques número, de la institución bancaria, sucursal, con número de clabe bancaria estandarizada. III. De las partes por conducto de sus representantes que: III.1 Se reconocen mutuamente la personalidad y capacidad jurídica con la que comparecen por conducto de sus representantes para la celebración del presente contrato y manifiestan que todas las comunicaciones que se realicen entre ellas se dirigirán a los domicilios indicados en los numerales 1.6. y II.6. III.2 Conocen el alcance y contenido de este contrato, por lo que están de acuerdo en darle cumplimiento al tenor de las siguientes: C L Á U S U L A S PRIMERA. OBJETO DE CONTRATO. Con motivo de la Compra, instalación y puesta en operación de la red de fibra óptica para la interconexión del centro de cómputo con los cuartos de comunicaciones del edificio Sede de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, inmueble ubicado en la calle de José María Pino Suárez número 2, colonia Centro de la Ciudad de México, delegación Cuauhtémoc, código postal 06060, el Proveedor vende y se obliga a entregar a la Suprema Corte, los bienes Página 2 de 18

CONTRATO SCJN/DGIF/--/--/2013 motivo de este instrumento; así como llevar a cabo su instalación y puesta en operación de: Venta, instalación y puesta en operación de 14 enlaces de fibra óptica de tipo OM4 multimodo para 10, 40 y 100 Gbe. La distancia máxima es de 150 m y la mínima de 90 m. Cualquier otra característica de los bienes, su instalación y puesta en operación no especificados en esta cláusula, se contiene en las propuestas técnica y económica presentadas por el Proveedor, el de de dos mil trece, así como en el anexo técnico, documentos éstos, que forman parte integrante del presente contrato. SEGUNDA. MONTO DEL CONTRATO. La Suprema Corte cubrirá a el Proveedor como precio por la compra de los bienes, su instalación y puesta en operación mencionados en la cláusula anterior, la cantidad de $ ( /100 moneda nacional), más el impuesto al valor agregado equivalente a la cantidad de $ ( /100 moneda nacional), ascendiendo a un monto total de $ (--/100 moneda nacional). El monto pactado en la presente cláusula cubrirá el importe total de los trabajos hasta su total terminación. El Proveedor se compromete y obliga a respetar el monto y las condiciones de pago pactados en este contrato. Para efectos fiscales de este contrato el Proveedor deberá presentar las facturas correspondientes con los requisitos señalados en las declaraciones I.5 y I.6. TERCERA. CONDICIONES DE PRECIOS. El Proveedor se obliga a respetar en todo momento los precios ofertados con fecha y el monto descrito en la cláusula anterior, así como las condiciones de pago que se pactan en este contrato. No obstante, procederá el ajuste de precios si el Proveedor cumple con el supuesto previsto en el artículo 162 del Acuerdo General de Administración VI/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal. CUARTA. LUGAR Y PLAZO DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS. Para la venta, instalación y puesta en operación de la red de fibra óptica, el Proveedor lo hará dentro de un plazo de sesenta días naturales contado a partir de la entrega del anticipo y puesta a disposición del inmueble en el que se entregarán los bienes y se realizarán los trabajos motivo de este contrato. El plazo de ejecución pactado en el presente contrato únicamente podrá ser prorrogado por causas plenamente justificadas, por razones de interés público y por caso fortuito o fuerza mayor, previa presentación de la solicitud respectiva por parte de el Proveedor y su aceptación por parte de la Suprema Corte. Una vez fenecido el plazo pactado en este contrato, si aún quedarán trabajos sin ejecutar el Proveedor deberá continuar con los trabajos, sin menoscabo de que la Suprema Corte valore las causas del retraso y en su caso, aplique la pena convencional pactada en la cláusula vigésima octava del presente contrato. La Suprema Corte, a través de su Dirección General de Tecnologías de la Información tendrá la facultad para verificar si los trabajos objeto de este contrato se están ejecutando por el Proveedor de acuerdo al cronograma de actividades aprobado o vigente, para lo cual comparará periódicamente el avance de los trabajos. El Proveedor deberá atender a los tiempos establecidos en el plan de trabajo entregado a la Suprema Corte el de de dos mil, en el cual deberá indicarse claramente la logística para la entrega de bienes, su instalación y puesta en operación de la fibra óptica. Página 3 de 18

Página 4 de 18 CONTRATO SCJN/DGIF/--/--/2013 Asimismo el Proveedor deberá actualizar el plan de trabajo al que se refiere el párrafo que antecede al inicio de los trabajos, en el cual se precisará las fechas de inicio y terminación de los mismos dentro del plazo de ejecución de los trabajos establecido en la presente cláusula. Dicha calendarización deberá asentarse en el libro de bitácora a que se refiere la cláusula vigésima tercera. El Proveedor queda obligado a que la entrega de bienes, su instalación y puesta en operación de la fibra óptica, así como los trabajos relacionados para tal fin, comprenden 14 enlaces y se realizarán de la siguiente manera: 1. Cuatro de los enlaces partirán del centro de cómputo ubicado en el primer piso del inmueble hacia los cuartos de telecomunicaciones que se encuentra en la azotea, siguiendo la trayectoria específica en el plano. Saldrán del centro de cómputo por el sótano hasta la vertical que existe en el centro del edificio Sede, y de ahí se distribuyen a cada uno de los cuartos de telecomunicaciones. 2. Uno de los enlaces partirá del centro de cómputo de primer piso hacia el cuarto de telecomunicaciones de planta baja ubicado en las oficinas del Canal Judicial. La trayectoria de este enlace será por el sótano del edificio. 3. Otro de los enlaces partirá del centro de cómputo del primer piso hacia el cuarto de telecomunicaciones de planta baja ubicado en el estacionamiento junto al taller de carpintería. 4. Cuatro enlaces más partirán del centro de cómputo del primer piso hacia cada uno de los cuartos de telecomunicaciones, saliendo del centro de cómputo, hacia el sótano y de ahí a cada uno de los cubos de los elevadores, para después llegar hacia los cuartos de telecomunicaciones. 5. Los últimos cuatro enlaces, estarán canalizados en la azotea, partiendo de cada uno de los cuartos de telecomunicaciones hacia el contiguo de forma tal que se tenga un anillo, tal y como se aprecia en el plano del anexo 5 del alcance técnico. QUINTA. FORMA DE PAGO. La Suprema Corte cubrirá el importe del objeto de este contrato de la siguiente forma: Se entregará a el Proveedor un anticipo equivalente al 35% (treinta y cinco por ciento) del monto total contratado, mediante transferencia electrónica dentro de los ocho días hábiles siguientes a la presentación de la factura correspondiente en ventanilla única y que las fianzas de anticipo y cumplimiento estén dictaminadas favorablemente por la Dirección General de Asuntos Jurídicos. Se hará un pago final por el 65% (sesenta y cinco por ciento) restante a la entrega y conclusión de los trabajos de instalación y puesta en operación de la fibra óptica, y éstos se encuentren a entera satisfacción de la Suprema Corte. En el caso de comprobantes electrónicos (CFD) y (CFDI), se deberá enviar a la dirección de correo electrónico: dguillen@mail.scjn.gob.mx, lo siguiente: archivo electrónico de la factura en formato XML, acuse de recepción del archivo XML en el correo antes citado, validación en el SAT del folio fiscal y validación en el SAT de la estructura, el sello y cadena original. Los pagos que realice la Suprema Corte a favor de el Proveedor sólo podrán realizarse mediante depósito por transferencia bancaria en la cuenta de cheques señalada en la declaración II.7. de este instrumento, la que podrá sustituirse mediante escrito firmado por en su carácter de de el proveedor, previa exhibición de la factura correspondiente, la cual deberá presentarse dentro de los diez días hábiles siguientes al en que hayan sido recibidos a entera satisfacción de la Suprema Corte los trabajos que ampare dicha factura SEXTA. PAGOS EN EXCESO. El Proveedor, deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses que correspondan conforme a la tasa prevista en la Ley de Ingresos de la Federación, del ejercicio correspondiente a la firma de este instrumento, para los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los cargos se calcularán sobre

Página 5 de 18 CONTRATO SCJN/DGIF/--/--/2013 las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales, desde la fecha del pago a el Proveedor hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de la Suprema Corte. En caso de rescisión o terminación anticipada del contrato, el Proveedor deberá reintegrar, en su caso, los pagos que haya recibido de más y los intereses correspondientes calculados conforme a lo indicado con anterioridad. SÉPTIMA. IMPUESTOS. El impuesto al valor agregado se pagará a el Proveedor aplicando la tasa de 16%, en términos de lo previsto en el artículo 1º de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, debiéndose efectuar su desglose en la factura correspondiente. La Suprema Corte retendrá a el Proveedor los impuestos federales y locales que correspondan. OCTAVA. ANTICIPO. Previo al inicio de los trabajos, la Suprema Corte otorgará un anticipo del 35% (treinta y cinco por ciento) del monto total del presente contrato, equivalente a la cantidad de $ ( --/100 moneda nacional), más el impuesto al valor agregado equivalente a la cantidad de $ ( --/100 moneda nacional), ascendiendo el importe total del anticipo a la cantidad de $ ( --/100 moneda nacional). La Suprema Corte podrá retener pagos para efecto de garantizar el anticipo cuando se advierta que el monto de los trabajos sea considerablemente inferior al presupuesto original o bien cuando exista un atraso relevante en la obra. NOVENA. GARANTÍA DEL ANTICIPO. Para garantizar la debida inversión del anticipo o la devolución del anticipo a que se refiere la cláusula octava del presente contrato, el Proveedor otorgará a la Suprema Corte, fianza de compañía legalmente autorizada por el equivalente al 100% del anticipo, mismo que asciende a la cantidad de $ ( --/100 moneda nacional) incluido el impuesto al valor agregado, la cual deberá ser entregada dentro de los cinco días hábiles posteriores a la firma del presente contrato. La garantía a que se refiere esta cláusula será requisito para la entrega del anticipo y deberá subsistir desde la fecha de su expedición y hasta la total entrega de bienes, su instalación y puesta en operación, que los trabajos hayan sido recibidos en su totalidad, se encuentren en operación y a entera satisfacción de la Suprema Corte. En el texto de la póliza de fianza que presente el Proveedor, deberá constar la siguiente leyenda: - Nombre de la afianzadora- en ejercicio de la autorización que le fue concedida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, se constituye ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en fiadora hasta por la cantidad de $ ( --/100 moneda nacional), para garantizar, por parte de, con domicilio ubicado en número, colonia,, código postal,, la debida inversión, a satisfacción de la Suprema Corte, o en caso contrario, la devolución parcial o total del importe que corresponde al anticipo otorgado al amparo del contrato número SCJN/DGIF/--/--/2013, con el objeto de llevar a cabo la Compra, instalación y puesta en operación de la red de fibra óptica para la interconexión del centro de cómputo con los cuartos de comunicaciones del edificio Sede de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de la Nación y, con un monto total contratado que asciende a la cantidad de $ ( --/100 moneda nacional) incluido el impuesto al valor agregado. La afianzadora expresamente declara que: - La presente fianza se expide de conformidad con lo establecido en el Acuerdo General de Administración VI/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho,

CONTRATO SCJN/DGIF/--/--/2013 del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por el que se determinan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal y en el contrato número SCJN/DGIF/--/-- /2013 celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de la Nación y, con el objeto de realizar la Compra, instalación y puesta en operación de la red de fibra óptica para la interconexión del centro de cómputo con los cuartos de comunicaciones del edificio Sede de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, con un monto total contratado que asciende a la cantidad de $ ( --/100 moneda nacional) incluido el impuesto al valor agregado. - La fianza se otorga atendiendo a las cláusulas contenidas en el contrato número SCJN/DGIF/--/--/2013. - La presente fianza tendrá vigencia desde la fecha de su expedición y hasta que la Contratista haya amortizado totalmente el anticipo otorgado, acreditando tal circunstancia ante la Suprema Corte, considerándose el anterior, como plazo determinado; y que para su cancelación será necesaria en forma previa y por escrito, la comunicación a la afianzadora por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. -La presente fianza garantiza el pago de intereses que se llegaren a generar a favor de la Suprema Corte. - En caso de que exista prórroga o atraso en los servicios con la consiguiente ampliación del plazo para la amortización del anticipo, la fianza continuará vigente por el mismo lapso. -La presente fianza cubrirá los accesorios en el caso de que el anticipo no sea amortizado por el Proveedor o cuando los haya invertido para fines diversos a los previstos en el presente contrato. - La Suprema Corte de Justicia de la Nación o la Tesorería de la Federación podrán reclamar el pago de la cantidad establecida en la presente póliza de fianza, conforme a los procedimientos señalados por los artículos 93 y 95 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, con respecto al destino que debe darle al anticipo otorgado, a su obligación de acreditarlo a satisfacción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, o a devolverlo en caso de ser requerido para ello. - Para la interpretación y cumplimiento de las cláusulas contenidas en el presente contrato de fianza, así como en caso de controversia, siempre que una de las partes en contienda sea la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la institución de fianzas se somete expresamente a las decisiones del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, órgano competente para interpretar y hacer cumplir lo pactado en este contrato, renunciando en forma expresa a cualquier otro fuero que, en razón de su domicilio, tenga o llegare a tener, en términos de lo dispuesto por el artículo 11, fracción XX, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. DÉCIMA. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. Para garantizar el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que, asume con la celebración del presente contrato, así como para el pago de las penas pactadas y posibles pagos en exceso, se obliga a otorgar fianza de compañía legalmente autorizada por el equivalente al 10% del monto total del mismo sin incluir el impuesto al valor agregado, esto es, por la cantidad de $ (--/100 moneda nacional) y hasta 20% más en el supuesto de que por algún motivo deba incrementarse el costo de los bienes y servicios contratados. La presente garantía, deberá contratarse de modo que esté vigente desde la fecha de su expedición y hasta que los bienes y servicios materia del contrato de referencia hayan sido recibidos en su totalidad, se encuentren en operación y a entera satisfacción de la Suprema Corte, lo que deberá asentarse en un acta de entregarecepción, se haya realizado el finiquito y recibido por parte de "la Suprema Corte" la carta de finiquito expedida por el Proveedor. Dicha fianza sólo podrá ser cancelada con el consentimiento previo y por escrito de "la Suprema Corte" y previa entrega de la garantía de vicios ocultos. Página 6 de 18

CONTRATO SCJN/DGIF/--/--/2013 I. En el texto de la póliza de fianza, deberá constar la siguiente leyenda: "- Nombre de la afianzadora- en ejercicio de la autorización que le fue concedida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de conformidad con lo dispuesto en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, se constituye ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en fiadora hasta por la cantidad de $ (--/100 moneda nacional), y hasta 20% más en el supuesto de que por algún motivo deba incrementarse el costo de los bienes y servicios contratados, para garantizar por parte de la empresa, con domicilio en la calle número, colonia, delegación, código postal,, el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo, derivadas del contrato número SCJN/DGIF/--/--/2013, celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de la Nación y la empresa, con un monto total contratado que asciende a la cantidad $ (---/100 moneda nacional), más el impuesto al valor agregado. La afianzadora expresamente declara que: - La presente fianza se expide de conformidad con lo establecido en el Acuerdo General de Administración VI/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal y en el contrato número SCJN/DGIF/--/-- /2013, celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de la Nación y, con el objeto de garantizar el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a cargo de, para la Compra, instalación y puesta en operación de la red de fibra óptica para la interconexión del centro de cómputo con los cuartos de comunicaciones del edificio Sede de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, con un monto total contratado que asciende a la cantidad de $ (--/100 moneda nacional) más el impuesto al valor agregado. - La fianza se otorga atendiendo a las cláusulas contenidas en el contrato número SCJN/DGIF/--/--/2013. - La presente fianza tendrá vigencia desde la fecha de su expedición y hasta que los bienes y servicios especializados hayan sido terminados y recibidos a entera satisfacción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, lo que deberá asentarse en un acta de entrega-recepción, se haya realizado el finiquito y recibido por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación la carta de finiquito expedida por y para su cancelación será necesaria comunicación previa y por escrito a la afianzadora por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, así como la entrega de la garantía de vicios ocultos. - De existir recursos legales o juicios relacionados con el contrato número SCJN/DGIF/--/--/2013, la fianza otorgada por la empresa tendrá plena vigencia durante la substanciación y hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente. - La afianzadora acepta someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para la efectividad de la fianza, aun para el caso de que procediera el cobro de intereses con motivo del pago extemporáneo del importe de la fianza requerida. - La fianza garantiza el cumplimiento total de lo contratado, aun cuando exista subcontratación con la autorización expresa de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. - La fianza garantiza el pago de sanciones, penas convencionales, pagos en excesos e intereses que se generen por éstos en los términos contratados. - La Suprema Corte de Justicia de la Nación o la Tesorería de la Federación podrán reclamar el pago de la cantidad establecida en la presente póliza de fianza, conforme a los procedimientos señalados en los artículos 93 y 95 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas. Página 7 de 18