PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS

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Transcripción:

559126 NORMAS LEGALES Jueves 13 de agosto de 2015 / El Peruano PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Aprueban Lineamientos para la constitución y funcionamiento del Voluntariado en Emergencias y Rehabilitación - VER resolución ministerial n 187-2015-pcm Lima, 11 de agosto de 2015 VISTOS: El Oicio N 1556-2015-INDECI/5.0 de la Jefatura del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, el Informe Técnico N 006-2015-INDECI/12.0 de la Dirección de Políticas, Planes y Evaluación del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI y el Informe N 021-2015-SGRD- PCM de la Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres de la Presidencia del Consejo de Ministros; CONSIDERANDO: Que, la Ley N 29664 - Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), establece en el artículo 4, como uno de los principios generales que rigen la Gestión del Riesgo de Desastres, el Principio de Participación, que se sustenta en la capacidad inmediata de concentrar recursos humanos y materiales que sean indispensables para resolver las demandas en una zona afectada; Que, asimismo, de acuerdo al artículo 4 de la Ley N 29664, en atención al Principio de Participación, durante las actividades, las entidades competentes velan y promueven los canales y procedimientos de participación del sector productivo privado y de la sociedad civil; intervención que se realiza de forma organizada y democrática; Que, de conformidad con lo dispuesto en los literales e) y f) del artículo 8 de la Ley N 29664, son objetivos del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), entre otros, la promoción de la participación de diferentes actores locales, de la sociedad civil y del sector privado en general, en la identiicación de prioridades y el desarrollo de acciones subsidiarias pertinentes; así como la articulación de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres con otras políticas de desarrollo a escala nacional e internacional; Que, de acuerdo a los numerales 18.2 y 18.4 del artículo 18 de la Ley N 29664, todas las personas naturales o jurídicas se encuentran facultadas para organizarse a nivel de organizaciones sociales y de voluntariado a in de optimizar el cumplimiento de sus actividades vinculadas a la Gestión del Riesgo de Desastres; organizaciones que constituyen la base social de organismos tales como la Cruz Roja Peruana, juntas vecinales, comités parroquiales, de instituciones educativas y empresariales; Que, conforme a lo dispuesto en el literal e) del artículo 13 de la Ley N 29664, y en los artículos 8 y 9 del Reglamento de la Ley Nº 29664 que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo N 048-2011-PCM, corresponde al Instituto Nacional de Defensa Civil INDECI, entre otras funciones, elaborar los lineamientos para el desarrollo de los instrumentos técnicos que las entidades públicas puedan utilizar para la planiicación, organización, ejecución y seguimiento de las acciones de preparación, respuesta y rehabilitación; Que, la Ley N 28238, Ley General del Voluntariado, en su artículo 2 deine el voluntariado, como la labor o actividad realizada sin ines de lucro, en forma gratuita y sin vínculos ni responsabilidades contractuales, que comprende actividades de interés general para la población; Que, de acuerdo a las disposiciones de la Ley Nº 29664 y su Reglamento, el voluntariado en situación de emergencia y rehabilitación, es un mecanismo de la Gestión Reactiva del Riesgo de Desastres, cuyas actividades están vinculadas a los procesos de Preparación, Respuesta y Rehabilitación, en las instancias del sector público, privado, sociedad civil y organizaciones nacionales e internacionales; Que, asimismo, según lo dispone el artículo 56 del Reglamento de la Ley Nº 29664, el Instituto Nacional de Defensa Civil INDECI, establecerá el mecanismo de voluntariado en emergencias y rehabilitación, el cual incluirá la incorporación de criterios e indicadores mínimos y organización de brigadistas para la gestión y actualización del voluntariado; Que, en el marco de sus competencias y funciones, el Instituto Nacional de Defensa Civil INDECI, ha promovido la aprobación de los Lineamientos para la constitución y funcionamiento del Voluntariado en Emergencias y Rehabilitación - VER, deiniendo las características, organización y estructura del Voluntariado en Emergencias y Rehabilitación - VER, con el in de establecer su funcionamiento en los tres niveles de gobierno, teniendo como base la propuesta del Comité Técnico de dicha entidad; Estando a lo propuesto, y con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM y sus modiicatorias; SE RESUELVE: artículo 1.- Aprobar los Lineamientos para la constitución y funcionamiento del Voluntariado en Emergencias y Rehabilitación VER, que en Anexo forman parte de la presente resolución ministerial. artículo 2.- El Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, es la entidad encargada de conducir, orientar y supervisar el cumplimiento de los lineamientos aprobados por la presente resolución ministerial, así como absolver consultas sobre los aspectos no contemplados, en el ámbito de su competencia. artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución ministerial en el Diario Oicial El Peruano ; adicionalmente, los Lineamientos para la constitución y funcionamiento del Voluntariado en Emergencias y Rehabilitación VER y su Exposición de Motivos, serán publicados en los Portales Institucionales de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob. pe), de la Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres (sgrd.pcm.gob.pe) y del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI (www.indeci.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oicial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros 1273500-1 Aprueban Lineamientos para la Formulación y Aprobación de Planes de Contingencia resolución ministerial nº 188-2015-pcm Lima, 11 de agosto de 2015 CONSIDERANDO: Que, el numeral 37.1 del artículo 37 del Reglamento de la Ley Nº 29664 que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, aprobado por D.S. Nº 048-2011-PCM, dispone que el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres tiene por objeto establecer las líneas estratégicas, los objetivos y las acciones, de carácter plurianual necesarios para concretar lo establecido en la Ley y la Política Nacional de Gestión del Riesgo de