ACTUALIZACIONES Y NOVEDADES NOVEDADES Y MEJORAS. Inicialización automática del ejercicio 2017 (Actualización provisional de Bases de Cotización).

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Transcripción:

NOVEDADES Y MEJORAS Inicialización automática del ejercicio 2017 (Actualización provisional de Bases de Cotización). En el B.O.E. de fecha 3-12-2016 se publicó el Real Decreto-ley 3/2016, de 2 de diciembre en el que se establece que el Gobierno incrementará el importe del Salario Mínimo Interprofesional en un 8% (Disposición Adicional Única), así como las bases máximas de cotización en un 3% sobre las existentes en el año 2016 (Art. 9). En el B.O.E. de fecha 31-12-2016 se publicó el Real Decreto 742/2016, de 30 de diciembre, en el que se establecen los importes diario, mensual y anual del Salario Mínimo Interprofesional (Arts. 1 y 3). En ninguna de estas disposiciones se hace referencia a si el incremento del Salario Mínimo Interprofesional se toma como referencia para subir la cuantía de las bases mínimas de cotización a la Seguridad Social. A pesar de ello y tomando como referencia el criterio mantenido en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado de años anteriores, para esta actualización se incrementan las bases mínimas de cotización en el mismo porcentaje en que se ha incrementado el Salario Mínimo Interprofesional. RECUERDE: La actualización de los importes de Bases de Cotización, tanto máximas como mínimas es provisional, en tanto no se publiquen las cuantías definitivas mediante disposición normativa. Si tras dicha publicación se produjera alguna modificación sobre los importes que ahora se remiten, se procederá a actualizarlos a la mayor brevedad posible, lo cual implicará que se deberán recalcular las nóminas que ya se hubieran calculado con anterioridad. Al inicializar el ejercicio 2017 mediante la presente actualización se mantienen los importes del ejercicio 2016, excepto en las opciones que se relacionan a continuación: Tipos Bases y Otros : En Bases mínimas y máximas contingencias comunes: se incrementan los importes de bases mínimas en un 8% sobre las de 2016 y máximas en un 3% sobre las de 2016. En Tope máximo y mínimo AT y EP: se incrementan los importes de tope mínimo y máximo de AT y EP tanto del Régimen General como del Sistema Especial Agrario en un 8% el mínimo y 3% el máximo sobre el de 2016.

En S.E. Agrario-B. Diarias CC/Prof: se incrementan los importes de bases mínimas en un 8% sobre las de 2016 y máximas en un 3% sobre las de 2016. En S.E. Agrario-B. Mensuales CC/Prof: se incrementan los importes de bases mínimas en un 8% sobre las de 2016 y máximas en un 3% sobre las de 2016. En Otros datos, se actualizan los valores del Salario Mínimo Interprofesional diario, mensual y anual con 2 extras. En Cotización contratos de aprendizaje y formación, se incrementan las cuotas de empresa y trabajador en un 8% sobre los importes de 2016. En Bases mínimas por horas, se incrementan en un 8% sobre los importes de 2016. Bases de cotización Artistas: en Bases de cotización Artistas I y Artistas II, se incrementan los importes de las bases máximas de todos los grupos de cotización en un 8% sobre el 2016. Embargos LEC: se actualizan las tablas en función al nuevo Salario Mínimo Interprofesional. Tipos y Bases Empleados Hogar: se incrementan los importes de tramos y las bases de cotización para cada uno de ellos en un 8% sobre los importes del año 2016. Tabla de Retenciones de IRPF: se incorpora la tabla de cuotas para el año 2017, así como el cálculo correspondiente a dicho año, según el Algoritmo de Cálculo para 2017 publicado en la página web de la AEAT con fecha 22-12- 2016. El nuevo algoritmo no introduce ninguna modificación sobre el cálculo de retenciones con respecto al ejercicio 2016. Implementación y Novedades del Modelo 190 Estatal. Se permite el cálculo del modelo 190 para el ejercicio 2016. Este modelo introduce varias novedades con respecto al del ejercicio 2015. En este enlace NOVEDADES 190 AEAT se puede ver, con detalle, las novedades implementadas por la AEAT en el Modelo 190. El siguiente esquema refleja, en color rojo, los principales cambios que incorpora la AEAT en el Modelo 190 que afectan a cailab y en color azul las mejoras que ha introducido cailab en relación con dichos cambios.

1- Modificación de Sub-claves: A continuación, se relacionan aquellas que han sufrido cambios respecto al 2015 y se detalla la forma en que serán gestionadas en cailab. Eliminación de sub-clave 2 de la Clave A: Se elimina la sub-clave 2 que se había creado en el ejercicio 2015 para incluir únicamente los importes derivados de prestaciones de IT abonadas en pago

delegado por el empresario. En su lugar se incorporan campos nuevos dentro la sub-clave 1 para reflejar dichos importes. INFORMACIÓN: En las nóminas que se calcularon a lo largo del ejercicio 2016 los datos de Prestaciones de IT y Cuota IRPF que pudieran existir se han ido guardando a medida que se realizaba el cálculo de nómina, por lo que no es necesario efectuar ningún proceso especial a la hora de efectuar la generación del modelo 190. Eliminación de la Sub-clave 4 de la Clave G Dado que la Sub-clave 4 de la letra G era provisional para el ejercicio 2015, ya no debería existir ningún registro en la opción IRPF, Otros perceptores de IRPF/Seg. Social con esta clave y sub-clave en el ejercicio 2016. PROCESOS EN CAILAB: a) Modificación automática de sub-claves Al realizar el proceso de actualización de la presente versión en la aplicación del usuario se llevará a cabo un control para detectar los registros de la opción IRPF, Otros perceptores de IRPF/Seg. Social pertenecientes al ejercicio 2016 en los que pueda haberse introducido alguna de las sub-claves que se eliminan para el 190 de este ejercicio (clave A, sub-clave 2 y Clave G, sub-clave 4). Si al realizar la actualización se detecta la existencia de alguna de estas claves y sub-claves se procederá a reconfigurar la sub-clave que ya no es válida para el ejercicio 2016 según el siguiente criterio:

CLAVE A, SUB-CLAVE 2: se sustituye el código de sub-clave por el 1 y se traspasan los importes de base y cuota de IRPF a los nuevos campos creados en el registro de percepciones para informar dichos datos. Los nuevos campos son los siguientes: Prestaciones IT Cuota Ret. IT El resto de los datos del registro se mantienen tal como los introdujo el usuario. CLAVE G, SUB-CLAVE 4: se sustituye el código de sub-clave por 2 y se incorpora el código E en el campo periodicidad, manteniéndose el resto de los datos del registro tal como los introdujo el usuario. Esta sustitución de sub-claves se efectuará también en el campo Sub- Clave de la cabecera de la pantalla en la opción IRPF, Otros Perceptores de IRPF/Seg. Social. Ejemplo: Antes de actualizar: Después de la actualización: b) Información de sub-claves modificadas: Si ha sido necesario modificar algún registro de sub-clave, durante el proceso de actualización cailab emitirá una lista de incidencias informando al usuario de dichas modificaciones. Esta lista tendrá una apariencia similar al siguiente ejemplo:

Se recomienda imprimir este mensaje para poder realizar una verificación posterior de los registros modificados durante la actualización. INFORMACIÓN: La AEAT tiene un apartado de preguntas frecuentes al que puede acceder mediante el siguiente enlace: PREGUNTAS FRECUENTES AEAT En relación con las novedades introducidas para el modelo 190 de 2016 por la Orden HAP/1626/2016, de 6 de octubre, cabe comentar que se establece que en los nuevos campos incorporados en la CLAVE A deberán figurar tanto el importe íntegro anual de las percepciones en concepto de Incapacidad Laboral abonadas directamente por el pagador al trabajador como el de aquellas que excepcionalmente se satisfagan en forma de prestaciones en especie. A la fecha de esta actualización no se ha aclarado por parte de la AEAT a qué tipo de prestaciones se refiere la Orden cuando dice prestaciones en especie. IMPORTANTE En la opción IRPF, Otros perceptores de IRPF/Seg. Social se han creado 5 nuevos campos para que el usuario pueda informar los importes correspondientes a percepciones derivadas de prestaciones de Incapacidad Temporal. Los campos se han denominado de la siguiente forma: Prestaciones IT Cuota Ret. IT Prod. Especie IT Ingr. Cta. IT Ingr. Cta. IT Trab. Para las percepciones de clave A que necesite informar a partir de esta actualización, si el perceptor ha percibido prestación de Incapacidad Temporal se deberán introducir en los dos primeros campos arriba señalados los importes de prestación de Incapacidad Temporal y de cuota de retención derivada de la misma. En los tres últimos campos (que son los correspondientes a prestaciones

en especie) se recomienda que no se informe ningún importe en tanto no se aclare qué tipo de prestación corresponde indicar en los mismos. 2- Eliminación de la Movilidad Geográfica provisional para 2014 Se realizan los cambios oportunos para eliminar el campo introducido en el ejercicio 2015 para reflejar el importe transitorio de la reducción por movilidad geográfica que existía en dicho ejercicio y que solo se aplicaba si el traslado se había producido durante el año 2014. Para el presente ejercicio se mantiene únicamente el campo Movilidad Geográfica-Fecha de traslado correspondiente a la pantalla Fiscales, para que se aplique la reducción en los casos en que la fecha de traslado pertenezca al año 2015 o posterior. Implementación del Modelo 296. Se permite el cálculo del 296 para el ejercicio 2016. En lo referente a este Modelo no existen cambios con respecto al 2015. Implementación y novedades del Modelo 190 de Comunidad Foral de Navarra. Se habilita el cálculo del modelo 190 para el ejercicio 2016 de la Comunidad Foral de Navarra. Los cambios más relevantes son los siguientes: Al igual que ocurre con el 190 estatal, Se elimina la sub-clave 2 que se había creado en el ejercicio 2015 para incluir únicamente los importes derivados de prestaciones de IT abonadas en pago delegado por el empresario. En su lugar se incorporan nuevos campos dentro la sub-clave 1 para reflejar dichos importes. Durante el proceso de actualización de esta versión, se localizarán automáticamente los registros que el usuario haya introducido en la opción IRPF, Otros Perceptores de IRPF y Seguridad Social con la clave A, subclave 2 y se procederá a realizar el mismo proceso antes expuesto, para el 190 estatal, con este tipo de clave y sub-clave. En la clave L-Rentas Exentas y dietas exceptuadas de gravamen, se cambian los textos de las siguientes sub-claves: o Sub-clave 20: Prestaciones Públicas por nacimiento, adopción, hijos a cargo, acogimiento de menores, orfandad, parto o adopción múltiple o Sub-clave 25: Otras Rentas Exentas RECUERDE: Durante el proceso de actualización de esta versión, se localizarán automáticamente los registros que el usuario haya introducido en la opción

IRPF, Otros Perceptores de IRPF y Seguridad Social con la clave L20, y se sustituirán automáticamente por L25. Activación de los Modelos 111, 216, 715 y 745 para el ejercicio 2017. Con esta actualización, se activan los cálculos de los modelos estatales 111 y 216, así como el 715 y 745 de la Comunidad Foral de Navarra para el ejercicio 2017. Dichos modelos no han sufrido ningún cambio con respecto al año 2016. Importación desde Excel de Vacaciones y Permisos (Solo Versión Advanced). En la opción de menú: Utilidades, Otros Procesos, Importación de Incidencias Mensuales, Generar Plantilla se añade, a la opción ya existente de Importación de Datos Variables, la posibilidad de realizar la importación de Vacaciones y Permisos desde una hoja Excel. Para ello el usuario dispondrá, en el momento de generar la plantilla, de dos nuevas pestañas (Vacaciones y Permisos), desde las cuales se podrán establecer distintos criterios en la generación de la plantilla referentes a: El texto del tratamiento de la incidencia en la nómina, si se quiere reflejar las fechas de las mismas y/o descontar las vacaciones/permisos de los conceptos configurados por días TRA. Una vez establecidos los criterios para la generación de la plantilla, y tras pulsar el botón de Exportar, cailab mostrará la siguiente pantalla para que el usuario indique que datos se desea generar.

Una vez el usuario ha mecanizado los datos en la hoja Excel, el proceso de importación a cailab será el mismo que el ya utilizado para los datos variables. CRA: Nuevo filtro para el tratamiento de empresas en Baja. En la opción de menú: Procesos Mes, Sistema RED, envió ficheros CRA, se incorpora un nuevo filtro denominado Tratar empresas con Fecha Fin trabajos. Su selección hará que se muestren en el árbol las empresas con fechas fin trabajo indicada bajo el siguiente criterio: Se mostrarán en color Rojo, aquellas empresas con fecha fin trabajos igual o menor al año y mes tratado. Se mostrarán en color Verde, aquellas empresas con fecha fin trabajos posterior al año y mes tratado. Régimen Especial Minería del Carbón: Cobro Mensual y Cotización Diaria. En la opción Trabajadores, Laborales, Laborales, se incorpora un nuevo campo denominado Cobro Mensual con Cotización Diaria solo para aquellos trabajadores que estén asociados un CCC perteneciente al Régimen Especial de Minería del Carbón. La activación de este nuevo check, implicará que los trabajadores de cobro mensual se traten como diarios a efectos de cotización. RECUERDE: Con la selección de este nuevo check se ocultará el panel Cobro de la opción: Trabajadores, Laborales, Laborales. Aunque a efectos de cotización se tratará el trabajador como diario, a efectos de remuneración se seguirá tratando como mensual. Esta nueva opción solo se aplicará en aquellas nóminas iguales o posteriores a enero del 2017.

Cambio de codificación de la reducción para trabajadores con Contrato en Formación si además están inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil. En el BOE de 24 de diciembre se publicó el Real Decreto Ley 6/2016 de 23 de diciembre que añade un nuevo apartado 5 al artículo 3 de la Ley 3/2012, de 6 de julio que establece lo siguiente: «5. Los beneficios en las cotizaciones a la Seguridad Social a cargo de las empresas previstos en este artículo consistirán en una bonificación cuando la contratación se produzca con trabajadores inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 105 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, aplicándose dicha bonificación en los mismos términos que las reducciones previstas en los apartados anteriores.» Esto implica que los beneficios de cotización correspondientes a Contratos en Formación realizados o prorrogados a partir de 1-1-2017 con trabajadores que además estén inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, se deberán informar como Bonificación en lugar de Reducción, quedando esta última para el resto de trabajadores de formación. A efectos de informar este dato en cailab en el campo «Tipo de Bonificación» de la opción Trabajadores, Contrato, Bonificaciones se deberá informar el dato B- Bonificaciones. Ejemplo de este tipo de bonificaciones: RECUERDE: En la Disposición Transitoria Única del Real Decreto Ley 6/2016 de 23 de diciembre se estipula lo siguiente: «Las reducciones que, de conformidad con lo previsto en el artículo 31 de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo, y en el artículo 3 de la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, se vinieran disfrutando con anterioridad al 1 de enero de 2017, pasarán a partir de esta fecha a tener la naturaleza de bonificaciones en las cotizaciones sociales en el caso de trabajadores inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 105 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, sin que de ello se deriven efectos para los empresarios que vinieran disfrutando de las mismas.» En lo relativo a las reducciones que ya estuvieran en vigor a 1-1-2017, será la Tesorería General de la Seguridad Social la que indique la manera en que se llevará a cabo la conversión de Reducciones en Bonificaciones, en aquellos casos en que corresponda.