Expediente nº 245.769 PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE AGENCIA DE VIAJES DEL CENTRO DE INVESTIGACIONES ENERGÉTICAS MEDIOAMBIENTALES Y TECNOLÓGICAS (CIEMAT). Al estar ubicado este Centro en una zona deshabitada desde el punto de vista comercial, y con el fin de agilizar y facilitar la gestión, se precisa la contratación de un servicio de Agencia de Viajes, de acuerdo con las siguientes prescripciones técnicas: PRIMERA: Objeto del Contrato: La contratación de un servicio de Agencia de Viajes en el CIEMAT, en Madrid, para la prestación exclusiva del mismo al Organismo y su personal, con el fin de obtener la mejor atención al usuario y la máxima rentabilidad al presupuesto del Centro. SEGUNDA: Prestaciones: Los principales servicios a realizar por la Agencia de Viajes serán los siguientes: 1.- VIAJES OFICIALES: Billetes Tramitación y confirmación de todo tipo de billetes de transporte, para viajes nacionales e internacionales. El personal destinado en el CIEMAT podrá realizar directamente reservas de billetes sin utilizar los servicios de la empresa adjudicataria, cuando las tarifas sean inferiores a las proporcionadas por dicha empresa adjudicataria. Reserva de Hoteles La Agencia adjudicataria realizará las reservas de hotel, tanto nacionales como en el extranjero.
Coches de alquiler Este servicio se efectuará cuando se requiera, en las mejores condiciones de precio y seguridad. La solicitud de los servicios oficiales mencionados se realizará por el destinatario del servicio, previa autorización de la Unidad Administrativa del CIEMAT designada a estos efectos, autorización sin la cual la empresa adjudicataria no debe realizar tramitación alguna de viajes oficiales. 2.- VIAJES PARTICULARES: Se autoriza a la empresa adjudicataria a tramitar los servicios anteriores para el personal funcionario, becarios, y personal en general destinado en el CIEMAT, a título particular (viajes no oficiales), en cuyo caso se aplicarán los descuentos y cargos de emisión de billetes de avión ofrecidos en la oferta económica a la factura correspondiente, corriendo a cargo del destinatario del servicio particular el abono de dicha factura (el CIEMAT exclusivamente abonará las facturas correspondientes a viajes oficiales autorizados). TERCERA: Tarifas y facturación: La empresa que resulte adjudicataria se compromete a ofertar las tarifas más ventajosas para los servicios a prestar. A todos los servicios que preste la empresa adjudicataria se aplicarán los descuentos y cargos por emisión de billetes de avión que figuren en su oferta económica. Cada servicio se facturará individualmente, debiendo indicarse en cada factura el importe de los descuentos y cargos por emisión de billetes de avión aplicados. En cualquier caso, en los servicios prestados como consecuencia de indemnizaciones por razón del servicio, el importe facturado en concepto de alojamiento y gasto de locomoción no podrá superar los importe máximos que, para cada grupo de personal, país y régimen de resarcimiento establezca la normativa vigente. La empresa adjudicataria facilitará mensualmente a la Unidad Administrativa del CIEMAT designada para la autorización de solicitud de los servicios oficiales, un informe sobre los servicios de carácter oficial facturados en el mes anterior, indicando número y fechas de las facturas emitidas, nombre y apellidos del destinatario del servicio, importe del servicio y descuentos aplicados.
La empresa se compromete a realizar los pagos de los hoteles por adelantado a fin de que el personal del CIEMAT pueda presentar el bono a la llegada a los mismos como justificante de pago y sin necesidad de realizar desembolso alguno. CUARTA: Horario: El adjudicatario atenderá y realizará el servicio en jornada de lunes a viernes, con el siguiente horario: mañana de 08.30 horas a 14.00 horas y de 15.00 a 18.00 horas por la tarde. Durante la jornada de verano, podrá establecerse un horario diferente, de acuerdo con las necesidades del Organismo. QUINTA: Personal: 5.1. Para la ejecución del contrato, el contratista destinará el número de trabajadores preciso para garantizar en todo momento su normal realización, de acuerdo con los requerimientos del CIEMAT. Estos trabajadores pertenecerán a la plantilla de la empresa adjudicataria. Queda expresamente prohibida la ejecución de este contrato por parte de la empresa adjudicataria utilizando trabajadores de otras empresas, o subcontratando la ejecución del servicio. 5.2. La empresa adjudicataria designará un encargado, el cual coordinará la ejecución de los trabajos objeto de este contrato. Asimismo, dicho encargado será el responsable de recibir las instrucciones que el CIEMAT le indique en uso de sus facultades de dirección e inspección del servicio, y adoptará las medidas oportunas para que dichas instrucciones se lleven a efecto por sus trabajadores. Este encargado formará parte de los técnicos que presten el servicio. 5.3. Las condiciones de trabajo del personal de la contrata son responsabilidad del adjudicatario, si bien han de ser compatibles con la correcta ejecución del contrato. 5.4. La empresa presentará la relación de los trabajadores destinados a la ejecución del servicio, así como la documentación que acredite su experiencia profesional y su condición de contratados en plantilla. 5.5. El contratista adoptará las medidas necesarias para la protección, seguridad y salud de sus trabajadores, incluida la prevención de riesgos profesionales, cumplimiento con el deber de información y cooperación,
en los términos regulados en la LEY 31/1995 de 8 de noviembre de PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. El CIEMAT vigilará, por parte del Contratista, el cumplimiento de estas obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales. SEXTA: Ubicación del local: El servicio de Agencia de Viajes, será instalado en un local ubicado en el edificio nº 1 entrada principal del edificio, E01 P0 64. La superficie del habitáculo es de 22 metros cuadrados aproximadamente. La cesión del local no constituirá contrato de arrendamiento de clase alguna, y la empresa adjudicataria se obliga a desalojar el local cedido en un máximo de 7 días a partir de la fecha de extinción o resolución del contrato, respondiendo de todos los daños y perjuicios que se deriven de la ocupación del local, tanto durante la ejecución del contrato como a su finalización, responsabilidad que se extenderá al mobiliario y maquinaria, propiedad del CIEMAT, que se encuentre en dicho local. SÉPTIMA: Instalaciones: El CIEMAT pondrá a disposición del adjudicatario la instalación de una línea telefónica para uso interno exclusivamente y si fuera necesario una conexión con el Sistema de Información Corporativo del CIEMAT. Cualquier otro medio de comunicaciones que se instale, será por cuenta del adjudicatario. El CIEMAT proporcionará el suministro eléctrico y de calefacción al local. Todos los gastos derivados de la instalación de la Agencia de Viajes, tales como los de mobiliario, equipamiento informático, pintura, adaptación del local, así como cualquier otro que fuera realizado para su acondicionamiento, será por cuenta de la empresa adjudicataria, quedando a beneficio del CIEMAT las mejoras y obras de todo tipo que se realicen en el local cuyo uso se facilita, sin derecho alguno a reclamación por parte del usuario. OCTAVA: Cobertura de riesgos: La empresa suscribirá un seguro de responsabilidad civil por el ejercicio de la actividad, por un importe mínimo de 9.000.000 euros (nueve millones de euros).
La empresa realizará el pago de todos los títulos de transporte internacional mediante una tarjeta de crédito corporativa propia cuyas prestaciones aseguradoras garanticen, al menos, la cobertura de las siguientes contingencias: a) Seguro de accidente en viaje: No inferior a 1.100.000 euros. b) Seguro accidente 24 horas durante al menos 30 días. c) Traslado sanitario de enfermos o heridos. d) Traslado de restos mortales. e) Desplazamiento urgente del asegurado por fallecimiento de un familiar. f) Cobertura de demoras. g) Cobertura de pérdidas de equipajes. h) Cobertura de responsabilidad civil. La empresa adjudicataria garantizará que las compañías de transporte estén cubiertas por la correspondiente póliza de seguro, de acuerdo con la legislación vigente. Madrid, 11 de abril de 2012 La Coordinadora General, Pilar Martín Navas,