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Transcripción:

VIDA EFICAZ PESOS Requisitos generales para acceder a cada uno de los productos. REQUISITOS PARA COTIZAR: Actividad del asegurado Fecha de Nacimiento o Edad (en caso de que el cliente cumpla años cerca, se debe utilizar la nueva edad) Género del Asegurado Modalidad del seguro (Pagos Limitados o Pagos Permanentes) Crecimiento del Valor Asegurado Amparos solicitados y Valores asegurados Descuentos por Fumador y/o examen médico Ahorro REQUISITOS PARA SUSCRIBIR: Cumplir requisitos de asegurabilidad de acuerdo a la edad y el valor asegurado. Vida Eficaz Pesos Monto ($) / Edad (Años) Hasta 40 De 41 a 50 De 51 a 60 De 61 a 70 Hasta $80.000.000 1 1 1 2 De $80.000.001 a $150.000.000 De $150.00.001 a $200.000.000 De $200.000.001 a $300.000.000 De $300.000.001 en adelante 1 1 2 3 1 3 4 5 4 4 5 5 5 5 5 5 1: Solicitud de Seguro y Declaración de Asegurabilidad 2 : 1 más Examen Médico de Asegurabilidad 3 : 2 más Parcial de orina 4 : 3 más Electrocardiograma 5 : 4 más Cuadro Hemático, Triglicéridos, Colesterol Total y fracciones,

Glicemia, Ácido Úrico, Creatinina, Transaminasas (TGO y TGP) RX del Tórax (Anteroposterior y Lateral) A criterio del médico examinador, se puede solicitar en grandes fumadores, pacientes con antecedentes de asma, epoc, sospecha de enfermedad pulmonar o de hipertrofia cardiaca. Costos por cuenta de la compañía. Prueba ELISA HIV Debe pedirse para toda solicitud con un valor asegurado mayor a USD100.000 (Liberty Life y Vida Eficaz Dólares) y $280.000.000 (Vida Pesos, Vida Eficaz Pesos y Liberty College). No aplica para solicitantes mayores de 60 años. A.P.E. Debe pedirse para todo solicitante que cumpla con las tres siguientes características: a. Solicitante mayor de 50 años b. Solicitud de $80.000.000 ó más c. Antecedente familiar positivo para cáncer de próstata Toda solicitud cuyo asegurado tenga un IMC mayor a 30 debe cumplir con examen médico y parcial de orina. Para valores asegurados mayores a $1.200.000.000 se requerirá realizarse un Ecocardiograma sin estrés. Costos por cuenta de la Compañía. Para las solicitudes con valores asegurados mayores o iguales a los anotados a continuación, se debe solicitar informe confidencial a uno de los proveedores autorizados por la Gerencia de Vida: VIDA PESOS, VIDA EFICAZ PESOS $ 250.000.000 Queda a criterio de la Sucursal/ADN solicitar el informe para riesgos con menor valor asegurado, para lo cual se deben evaluar los siguientes aspectos: Solicitantes que reporten ingresos por varios conceptos y su actividad no esté claramente definida.

Solicitantes que reporten capital e ingresos mensuales muy altos y que no guarden relación con la actividad declarada. Plazos y términos Vigencia de la póliza: Temporal a un año Prorroga: Previa solicitud por escrito del Tomador, o por decisión de la Compañía. Renovación: Renovable automáticamente, esta póliza podrá ser renovada sin requisitos de asegurabilidad a la fecha de terminación establecida, si en tal fecha la edad alcanzada por el asegurado no excede de 79 años. Revocación de la póliza: Podrá ser revocado en cualquier momento por solicitud del cliente, en cuyo caso se procederá a la devolución de las primas de protección causadas. Terminación del Seguro Individual y/o Cancelación de los Productos y Servicios: Cuando Liberty haya pagado la totalidad del valor asegurado Cuando el Seguro de Vida se convierta en seguro Saldado o Prorrogado Cuando la póliza termine por cualquier causa, especialmente por mora en el pago de la prima. Términos para el ejercicio del Derecho: En caso de muerte de un trabajador, el Tomador deberá dar aviso a LIBERTY dentro de los diez (3) días comunes siguientes a aquel en que haya conocido o debido conocer su ocurrencia. La prescripción de las acciones derivadas de la presente Póliza se regirá de conformidad con los términos consagrados en el artículo 1081 del Código de Comercio. Se recomienda que el aviso del siniestro se realice en el menor tiempo posible, de esta forma el asegurado no se expone a que se cumplan los tiempos limites para el derecho de la indemnización Términos de Respuesta a Solicitudes de Productos y Servicios: De acuerdo a los términos consagrados en el artículo 1046 del Código de Comercio se estipula que:

El documento por medio del cual se perfecciona y prueba el contrato de seguro se denomina póliza y esta debe ser entregada al Tomador dentro de los quince días siguientes a la fecha de expedición. Procedimientos para la celebración y terminación de los contratos. CELEBRACIÓN DEL CONTRATO 1. El cliente, solicita la cotización del seguro a través de los medios habilitados por la compañía, como son: a. Intermediario / Corredor de Seguros 2. Evalúa las condiciones ofrecidas 3. En caso de aceptar las condiciones, debe anexar los siguientes documentos: Solicitud de Seguro y declaración de asegurabilidad. Documento de Identidad del Asegurado Principal y tomador si es diferente al asegurado SARLAFT del tomador Cámara de Comercio (si el tomador es persona jurídica) Requisitos médicos en caso de que sean necesarios. 4. Una vez recibidos los documentos la oficina procederá a la expedición de la póliza, la cual contiene las condiciones del contrato de seguro. NOTA: Es importante que al recibir la póliza de seguro, revisa de forma detallada, ya que este documento contiene las características del tipo de póliza contratada. TERMINACIÓN DEL CONTRATO 1. El cliente envía comunicación manifestando su intención de terminar el contrato. 2. La oficina recibe la comunicación y verifica el estado de la cartera 3. La oficina procede a la terminación de la póliza Coberturas básicas con exclusiones AMPARO BÁSICO: Amparo de Vida (Muerte por cualquier causa no excluida) Incluye homicidio desde el inicio de vigencia y excluye suicidio los dos primeros años de vigencia. Se otorga sin exceder $1.400.000.000 o US$1.000.000. AMPAROS OPCIONALES Incapacidad Total y Permanente (Semiprofesional) por Enfermedad o Accidente, para el Asegurado Principal que produzca lesiones orgánicas o alteraciones funcionales que de por vida impidan a la persona ejercer su ocupación habitual o cualquier otra actividad que esté de acuerdo con sus

conocimientos, formación o experiencia Se otorga hasta el 200% del valor contratado en el amparo de Vida sin exceder $1.400.000.000 o US$1.000.000. Indemnización Adicional por Muerte Accidental y Beneficios por Desmembración e Inhabilitación Accidental: Si a consecuencia de un accidente cubierto por el presente Amparo, el asegurado sufre cualquiera de las perdidas señaladas en la tabla de indemnizaciones que se encuentra en el clausulado, Liberty pagará dichas cantidades, sin exceder el valor total de la suma asegurada correspondiente a este amparo, siempre y cuando dichas pérdidas se manifiesten dentro del los (180) días siguientes a la ocurrencia del accidente. Se otorga hasta el 200% del valor contratado en el amparo de Vida sin exceder $1.400.000.000 o US$1.000.000.* Gastos para rehabilitación: Si a consecuencia de una enfermedad o accidente que produzca una Incapacidad Total y Permanente el asegurado requiere asistencia médica, Liberty pagará los gastos por mencionadas asistencias y exámenes necesarios para su rehabilitación, por un periodo máximo de seis (6) meses. Enfermedades Graves: Como anticipo del Valor Asegurado del Amparo Básico, con los siguientes eventos adicionales a los tradicionales del amparo: Hemiplejía o Paraplejía, Cirugía para Enfermedad de la Aorta, Reemplazo de la Válvula del Corazón, Transplante de órganos. Se pagará, siempre que hayan transcurrido por lo menos sesenta (90) días desde la fecha de entrada en vigencia del amparo. Se otorga hasta el 50% del valor contratado en el amparo de Vida sin exceder $300.000.000. EVENTOS TRADICIONALES: A. INFARTO DE MIOCARDIO B. CÁNCER C. ACCIDENTE CEREBRO-VASCULAR D. INSUFICIENCIA RENAL E. ESCLEROSIS MULTIPLE F. HEMIPLEJIA O PARAPLEJIA

G. CIRUGÍA DE ARTERIAS CORONARIAS H.CIRUGIA POR UNA ENFERMEDAD DE LA AORTA I.REEMPLAZO DE LA VÁLVULA DEL CORAZÓN J. TRANSPLANTE DE ÓRGANOS EXCLUSIONES DEL AMPARO BÁSICO: El fallecimiento motivado directa o indirectamente por suicidio ocurrido dentro del año siguiente desde la fecha de expedición de la póliza. Enfermedades, lesiones, defectos físicos o limitaciones sufridas por el asegurado como consecuencia de accidentes ocurridos o enfermedades diagnosticadas o manifiestas con anterioridad al inicio de vigencia de este amparo. EXCLUSIONES DEL AMPARO DE INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE POR ENFERMEDAD O ACCIDENTE: Lesiones causadas a sí mismo o por otra persona ( se cubre hurto y accidentes de tránsito) Lesiones sufridas por el asegurado como consecuencia de su participación en actos de guerra, en competencias de velocidad, en deportes de alto riesgo, o se encuentre prestando servicio en las fuerzas armadas, a su vez cuando se encuentre viajando como piloto o pasajero en aviones privados, Enfermedades, lesiones, defectos físicos o limitaciones sufridas por el asegurado como consecuencia de accidentes ocurridos o enfermedades diagnosticadas o manifiestas con anterioridad al inicio de vigencia de este amparo. Defectos de nacimiento o enfermedades congénitas. EXCLUSIONES DEL AMPARO DE INDEMNIZACIÓN ADICIONAL POR MUERTE ACCIDENTAL Y BENEFICIOS POR DESMENBRACIÓN E INHABILITACIÓN ACCIDENTAL Lesiones causadas a sí mismo o por otra persona ( se cubre hurto y accidentes de tránsito) Lesiones sufridas por el asegurado como consecuencia de su participación en actos de guerra, en competencias de velocidad, en deportes de alto riesgo, o se encuentre prestando servicio en las fuerzas armadas, a su vez cuando se encuentre viajando como piloto o pasajero en aviones privados, Defectos de nacimiento o enfermedades congénitas.

Accidentes que sobrevengan de lesiones causadas con armas de fuego, cortantes y cortas punzantes, o cuando se encuentre bajo la influencia de bebidas embriagantes o sustancias que por su propia naturaleza produzcan alteración de su plena conciencia. Los accidentes que sobrevengan de lesiones causadas por energía atómica. EXCLUSIONES DEL AMPARO DE GASTOS DE REHABILITACIÓN: Este amparo excluye toda actividad mencionada en las exclusiones del Amparo de Incapacidad Total y Permanente. EXCLUSIONES DEL AMPARO DE ENFERMEDADES GRAVES: Síndrome de Inmunodeficiencia adquirida (SIDA) o cualquier enfermedad derivada de esta. Cuando alguna de las enfermedades amparadas hayan sido diagnosticadas antes del inicio de vigencia o durante los primeros 90 días desde la fecha de inicio del amparo. Cáncer de seno no metas asico o cáncer de matriz El cáncer no invasivo o in-situ y los tumores de la piel exceptuando el melanoma maligno. Lesiones causados por el mismo asegurado, o cuando este participe en competencias de velocidad o deportes de alto riesgo. Accidentes que sufra el asegurado cuando se encuentre viajando como pasajero o piloto en aviones privados; o bajo el efecto de bebidas embriagantes o sustancias que por su propia naturaleza produzcan dependencia. Nota: La descripción aquí realizada no reemplaza ni complementa las exclusiones definidas en el condicionado general de la póliza El alcance de cada una de estas cobertura y sus exclusiones por amparo deben ser consultados en el condicionado 15/01/08-1418-P-37-VEP-03 Se debe tener en cuenta que lo anterior puede variar por vía de condiciones particulares Valor que será tenido en cuenta en la indemnización Cargos adicionales por Corresponde a los Valores Asegurados Se definen con el Tomador de acuerdo a los ingresos del asegurado. No aplica

beneficios Conversión Durante la vigencia de esta póliza, o al vencimiento de la misma, el Asegurado podrá convertirla en un plan de Seguro de Vida Entera, hasta por el valor asegurado alcanzado en la fecha de la conversión sin requisitos de asegurabilidad. La nueva póliza se expedirá con la edad que el Asegurado tuviere en la fecha de conversión, con la tarifa de primas que Liberty tenga en ese momento, y tendrá las mismas extra primas y restricciones del seguro original. SEGURO DE VIDA TEMPORAL: Brinda protección durante un determinado tiempo, al cabo del cual cesa la cobertura. SEGURO DE VIDA ENTERA: También llamado Ordinario, este brinda protección hasta cuando el Asegurado Fallezca. SEGURO SALDADO El tomador podrá disponer del valor de cesión acumulado, para adquirir un seguro de Vida Entera, con cobertura en el amparo básico únicamente y, hasta por el valor asegurado originalmente contratado o hasta el valor que haya alcanzado en ese momento. SEGURO PRORROGADO El tomador podrá disponer del valor de cesión acumulado, para adquirir un seguro Temporal, por el tiempo que alcance, con cobertura en el amparo básico únicamente y, hasta por una suma asegurada equivalente al valor asegurado originalmente contratado o hasta el valor que haya alcanzado en ese momento. Moneda de Contrato Limite de edades La suma asegurada esta convenida en pesos Colombianos, Igualmente, las primas se expresan en esta misma moneda